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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
2615 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DEJAR sin efecto el Convenio Registrado en la Municipalidad bajo el N° 813, aprobado por Decreto Municipal N° 0113/99 y ratificado por el Concejo Deliberante mediante Resolución C.D. N° 046/99, correspondiente a la suscripción de un préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), por la suma de DOLARES DOS MILLONES (u$s 2.000.000), en el marco del PROGRAMA DE REFORMA Y DESARROLLO DE LOS MUNICIPIOS ARGENTINOS.
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2613 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La organización, funciones, deberes, a . • ibuciones, procedimientos y situación institucional del Defensor del Vecino, se rigen por las disposiciones contenidas en los Artículos 209, 210, 211, 212 y 213 de la Carta OrOrlica Municipal y la presente ordenanza.-
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Mod. por 2643, 2644, 2683
2612 19/10/2015
ARTICULO SUSTITUYASE el Inciso j) Atención del Grupo Familiar, del Punto 1.b Licencias Especiales, del Artículo 1° Licencias, del Capítulo IV Lícencias, Justificaciones y Franquicias; Título II Derechos, del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2581, Convenio Municipal de Empleo, el que quedará redactado de la siguiente manera: j) Atención del Grupo Familiar: Para atención de un miembro del grupo familiar, padres o hermanos que residan o nc en el mismo domicilio o localidad, declarado en el legajo del. Agente, que se encuentren enfermos o accidentados y requieran la atención personal de Agente, éste tendrá licencia de hasta TREINTA (30) días corridos por año calendario, continuos o discontinuos, con goce de haberes. Este Plazo podrá prorrogarse, sin goce de sueldo, hasta un máximo de NOVENTA (90) días corridos más. El certificado de enfermedad respectivo, la autoridad que lo extienda deberá consignar la identidad del paciente.
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Mod. 2581
2605 19/10/2015
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Artículo 6° de la Ordenanza Municipa: ' i° 2328, el-que quedará redactado de la siguiente forma: "
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Mod. 2328
2603 19/10/2015
ARTICULO 1° - DESAFECTASE del Uso Público una superficie de 3.040,00 m2 áproximadamente, del Espacio Verde denominado catastralmente como Sección "H", IMacizo 17, de acuerdo al plano que forma parte de la presente como Anexo I. ,
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2581 19/10/2015
ARTICULO 1°.- RA — IFICANSE por la presente las Disposiciones Generáles y el Régimen de Licencias, J ustificaciones y Franquicias que regirán las reláciones lab,Jrales de todo el personal de la Municipalidad de Ushuaia, en el marco del Convepio Muh;cipal de Empleo, establecido en el Artículo 108 de la Carta Orgánica Municipal y confe:rne los términos acordados por los Representantes Paritarios designados por aOicación de la Ordenanza Municipal N° 2465, que se incorporan a la presente como Anexo
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Mod. por 2612
2564 19/10/2015
ARTíCULO INSTITÚYASE por la presente el marco normativo que reglamenta la onformación y funcionamiento del Consejo de Planeamiento Urbano de la (;iudad de Ushuaia, conforme lo dispuesto en los Artículos 37, 49, 50, 52, 53 y 26 de la Carta Orgánica Municipal.
ARTÍCULO 2° - El Consejo de Planeamiento Urbano tiene a su cargo la gestión y articulación técnica para la formulación del Plan Urbano de la ciudad, constitúyén- dose en ámbito de opinión y seguimiento de las acciones y proyectos relativos a: 1) El régimen general de usos del suelo, subsuelo y espacio aéreo, la localizaciCn de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de espacios públicos y privados, 2) El uso adecuado de los predios y la regulación y coordinación de las atribuciones urbanísticas de la propiedad de los mismos, las actividades y edificacicn s que sobre ellos se establezcan, 3) La actividad administrativa en materia de ordenamiento y planificación territorial, quedando prohibida la construcción en zonas de reserva ambiental dispuestas por autoridad administrativa o judicial; 4) La fiscalización de las concesiones de usos de los espacios públicos, que deberán ! .cspetar los fines establecidos en el artículo precedente; 5) El uso de suelo, en especial su urbanización, respetando el interés público y el social ce la propiedad, garantizando la distribución equitativa de las cargas y benefielJs derivados de la construcción colectiva del hábitat y la consecuente asignación de atributos urbanísticos al territorio. 6) La planific0,ción urbana del ejido. 7) La desafeL:tación y transferencia dominial de las tierras fiscales. En consecuenc:a, corresponde al Consejo de Planeamiento Urbano: a) Participar en cada una de las instancias y talleres de trabajo que se organicen para la formulación del Plan Urbano, conforme la propuesta metodológi de trabajo presentada por la presidencia. b) Proponer n edidas relacionadas con los asentamientos urbanos; o) Asesorar Concejo Deliberante y al Ejecutivo Municipal en la elaboración de planes y programas de desarrollo urbanístico, e intervenir en sus modificaciones: d) Participar n la formulacion o reformulación del Código de Planeamiento foo,. y Sandwu1/2 de/ Sur y /os Hielos Cononentoles, s017 serOn .-iroconnos- , , (- ncejo e(r,b-e:Kan4 c/e '`31ZÁ-ecaía e Dp rIGUEZ noral Urbano o el Código de Edificación, nto e) . Dar opinión previa a la sanción de cualquier ordenanza por la que: 1) Se produzea la desafectación de espacios que hubiesen sido cedidos .al uso público. 2) Se otorguen excepciones ai Código de Planeamiento Urbano o de Edificación. 3) Se produzca la transferencia dominial de tierras fiscales libres de asentamientos urbanos. f) Proponer convenios con organismos nacionales, provinciales, regionales, universitarios. entidades intermedias o no gubernamentales sobre aspectos urbanos y ambientales; g) Coordinar acciones con el Consejo de Planeamiento Estratégico. h) Dictar su propio reglamento interno.
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2560 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INSTITUYESE por la presente el marco normati o que regula la actividad de producción, exposición y venta de artesanías en la ciudad , de Ushuaia.
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2556 19/10/2015
ARTICULO EI Ejecutivo Municipal deberá remitir al Concejo Deliberante todos ios Convenios, Acuerdos o Tratados que celebre con la Nación, Provincias, Municipios, ente:-; públicos pertenecientes o no a la Provincia, u organizaciones internacionales, que, por su naturaleza, requieren autorización y/o ratificación del Cuerpo Deliberativo por aplicación de las disposiciones descriptas en la Carta Organica Municipal.
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Deroga 2497
Mod. por 5218
2552 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CREASE a partir de la p romulgación de la presente, una Cuente Bancaria con Afectación Específica, cuyo único objetivo será recaudar el monto total de la masa salarial mensual del Personal Municipal pertenecientes a las distintas áreas Municipio de la ciudad de Ushuaia, la que se conformará de los siguientes recursos: cle? a) C o p articipación de Impuestos Federales; b) C oparlicipación por Regalías Hidrocarburíferas; c) C oparticipación por Impuestos Provinciales.
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2551 19/10/2015
ARTICULO DENOMINASE "Salón de Fiestas y Reuniones" a aquellos locales en alquiler para eventos especiales coma -casamientos, cumpleaños„ bautismos c reuniones sociales en los que no se exija ei pago .de entrada o consumición obligatoria corno condición de ingreso. En éstos locales no estará permitida la venta de bebidas alimentos.
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2529 19/10/2015
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE la Estructura de Gabinete de las Secretarías del Municipio, de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.
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Mod. por 2529, 2544
2486 19/10/2015
ARTICULO 1º.- CREASE el sistema de Incentivo a la Cultura y el Deporte en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia.
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2475 19/10/2015
ARTICULO 1º.- Las relaciones entre empleador y trabajadores, las condiciones de trabajo y empleo, del personal dependiente de la Municipalidad de Ushuaia y sus entes Autárquicos y descentralizados, serán determinadas mediante la celebración de Convenio Municipal de Empleo establecido en el Articulo 108 de la Carta Orgánica Municipal y la presente Ordenanza.
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2458 19/10/2015
ARTICULO 1º.- APRUÉBASE el Reglamento para la Prevención y Eliminación de Elementos Contaminantes, que forma parte de la presente como Anexo I, por el cual se regula la acción Municipal en materia de prevención y eliminación de los elementos contaminantes que pudieran afectar el ecosistema humano, natural y biológico propio del ejido urbano de la ciudad, conforme y dispuesto en el Artículo 83 de la Carta Orgánica Municipal, en el marco del control de la generación y evacuación de residuos bajo su jurisdicción garantizada por aplicación del Artículo 81 de la referida Carta Orgánica Municipal.
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2405 31/10/2001
ARTICULO 1°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar por vía de la Licitación Pública o Contratación Directa con Entidades de Bien Publico u Organizaciones no Gubernamentales cuyo objeto primordial fuese la generación de empleos, el Sistema de Estacionamiento Medido previsto en la normativa vigente.
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SI
Deroga 1910
2365 05/09/2001
ARTICULO 1º.- CREASE el Plan Municipal de asistencia deportiva a niños y adolescentes de hasta 17 años de edad con diagnóstico de Diabetes y/u Obesidad.
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NO
2328 13/06/2001
ARTICULO 1º.-FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder el uso y goce, mantenimiento y administración parcial o total a Clubes, Comisiones Vecinales que cuenten con personería jurídica o Asociaciones Civiles sin fines de lucro de: a) Centros vecinales. b) Espacios verdes y otros espacios públicos.
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NO
Mod. por 2605
2307 16/05/2001
ARTICULO 1°.- DECLARASE de Interés Municipal el PROGRAMA DE REFORMAS Y DESARROLLO DE LOS MUNICIPIOS ARGENTINOS, a ejecutarse bajo la coordinación y dirección de la Secretaría de Provincias del Ministerio del Interior.
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NO
2263 05/12/2000
ARTICULO 1º.- FIJASE en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS ($ 47.306.182,00), los gastos corrientes, gastos de capital y otros gastos del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2001, con destino a las instituciones que se indican a continuación y analíticamente en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 5º, 6º y 7º: INSTITUCIÓN TOTAL GASTOS GASTOS DE OTRAS 42.641.917 CORRIENTES CAPITAL EROGACIONES Administración 2.828.890 Municipal 36.445.069 3.367.958 Concejo Deliberante 4.047.933 3.151.933 896.000 Juzgado de Faltas 616.332 600.932 15.400 TOTAL 47.306.182 40.197.934 2.844.290 4.263.958
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NO
Mod. por 2634, 2725, 2795
2243 15/11/2000
ARTICULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE EMBELLECIMIENTO Y CONSOLIDACION URBANA DE LA CIUDAD DE USHUAIA, como un programa amplio, general, planificado y convergente hacia el mejoramiento permanente de la imagen de la ciudad, afianzando su perfil turístico y elevando la calidad de vida de los vecinos de Ushuaia.
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NO
Mod. por 2269, 2824, 2894
2197 23/08/2000
ARTICULO 1 0 .- DECLARESE como Obra de Utilidad Pública y sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, la obra denominada "PAVIMENTACION PARCIAL BARRIO LOS CALAFATES"
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NO
2180 12/07/2000
ARTICULO 1°.- Institúyase el mecanismo operativo para viabilizar y agilizar las operaciones propuestas por los eventuales adjudicatarios de intercambio entre parcelas fiscales municipales adjudicadas con destino a vivienda unifamiliar y unidades habitacionales adjudicadas por el Instituto Provincial de Vivienda.
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NO
2179 12/07/2000
ARTICULO 1°.- INSTITUYASE el marco regulatorio específico dirigido a resolver en forma definitiva la regularización dominial de los vecinos de los macizos 15, 52, 53, 54 A y 56A de la Sección L, correspondientes al Barrio Felipe Varela.
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NO
2171 14/06/2000
ARTICULO 1°.- DENOMINASE “BOSQUE COMUNAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA”, a la Reserva Natural establecida en el Capítulo VII del Anexo I del Código de Planeamiento Urbano.
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NO