ARTICULO 1 0 .- DECLARESE como Obra de Utilidad Pública y sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, la obra denominada "PAVIMENTACION PARCIAL BARRIO LOS CALAFATES"
ARTICULO 2°.- ,La ejecución de las obra mencionada en el Artículo 1° de la presente se efectuará con financiamiento del Instituto Provincial de Viviend a' , en el marco de los Convenios N° 606/98 y 1180/99 del Registro de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia, que fuerg n ratificados por Resolución del Concejo Deliberante N° 066/2000.-
ARTICULO 3°.- Considéranse incluidos en el Régimen de Contribúción por Mejoras de la Obra enunciada en el Artículo 1° de la presente, a los frentistas en razón de los metrps lineales de frente linderos a la vía pública que den a la obra mencionada y a la cantidad de unidades contributivas involucradas ( punto 16,
PARTE III del
ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 1521, prorrateo por frente y unidad contributiva).-
ARTICULO 4°.- i- UTORIZASE al Ejecutivo Municipal a efectuar la apertura del Registro de OposIción a la realización de la obra mencionada en el Artículo 1°.-
ARTICULO 5°.- Autorízase al Ejecutivo Municipal a efectuar el Ilamado a licitación para la ejecución de la obra mencionada en el Artículo 1°.-
ARTICULO 6°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- 2 1 07 ORDENANZA MUN1CIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 23/08/2000.-