Ordenanza N° 2529 —

Datos de la ordenanza
Número
2529
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1°.- APRUÉBASE la Estructura de Gabinete de las Secretarías del Municipio, de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.

ARTICULO 2°.- APRUEBANSE las Misiones y Funciones de las Secretarías del Municipio de acuerdo a los Anexos 11; 11.1; 11.2 y11.3 que forman parte de la presente.

ARTICULO 3°.- FACULTAR al Ejecutivo Municipal para establecer el sistema de reemplazos de la diferentes Secretarías ante la ausencia del titular.

ARTICULO 4°.- La Estructura de Gabinete de las Secretarías del Municipio tomará vigencia a partir cie a publicación de la presente en el Boletín Oficial Municipal

ARTICULO 5°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para SU promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- 2 5 2 9 .- ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE CHA: 12/11/2002.- Jam M( BEA iZO Presid pÇS F LUGONES Concejo Dol berante etario Con Deliberard6 ,N n-iJC.71)ZiGUEZ C,Sncelo Dellborartte 'Zas /s/as Maloinas, 6" '.iiasg Sandwich del Sur y los Ifielos Continentales, son y serán rgentfizos" Ordenanza Numero: 2529 ,Jfrío Despacho Generai 2/13 D.L.T y D 2(,)nreio• _%- -.'e(/f•o/e-ya //1(, "er:o-dcbd (Ve '1A,Á,rtafa

ANEXO I A 4• ORDENANZA MUNICIPAL N° INTENDENTE Secretaría Secretaría de Secretaría de Secretaría de Gobierno y Economía y Obras, Turismo y Desarrollo Cultura Finanzas Servicios Social Públicos y Ambiente Urbano MAR( S';'• F A. LUGONES PIA F1EL 4 Se retario )NIC4JBEATRIZ O Co:s10 eliberante residente Concelo Deliberante MON ROD GUEZ uespacho G neral jc, Dehburen 7.ur klus •o/vinas, Geor, Sondwich ,-/d/ Sur ti /os 1//, > /os Con(mci71,//cs, son scran Ordenanza Numero: 2529 rdenas 3/13 n Daspache General D G A.L.M. "ercincelo _qe7(/(owz,r/e /(7 ciArtriza/ a(e. ")?1,,i/r.ua

ANEXO II iNrnrs ORDENANZA MUNICIPAL N o.‘z) SECRETARIA DE GOBIERNO Y DESARROLLO SOCIAL DE SU ORGANIZACIÓN: La Secretaría de Gobierno y Desarrollo Social dependerá del Intendente y estará a cargo de un Secretario, que tendrá a su cargo las siguientes Misiones y Funciones: MISION: Asistir al Intendente Municipal en el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y normas del Departamento Ejecutivo. Actuar como autoridad de aplicación en la prestación de servicios de asistencia social, promoción comunitaria y deportiva. Implementar las políticas de fiscalización y control en materia de tránsito, transporte, seguridad alimentaria y comercio. FUNCIONES: Analizar la Administración Municipal efectuando estudios referentes a estructuras, procedimientos y reglamentaciones pertinentes; 2. Verificar el cumplirniento de las disposiciones legales, decretos, reglamentaciones, resoluciones y/o demás normas del Departamento Ejecutivo; 3. Refrendar la firma del Señor Intendente Municipal en Decretos que produzca en razón de su cargo; 4. Organizar y.administrar las tareas inherentes a los servicios de Defensa Civil; 5. Establecer re , aciones con las autoridades políticas y administrativas nacionales, provinciales, de otras municipalidades, empresariales y gremiales; 6. Entender en el Ceremonial Municipal y organización de actos públicos; 7. Pautar las comunicaciones e informaciones públicas comunales; 8 Divulgar las publicaciones de interés municipal, co ando la publicación del Bole- 1riEt la t;esjach General Gelo Dellbe ante 72as /slas Malvinas, GeorMs Sandwich de/ Sur y /os Hie/os Conrinentalcs, son scran Araentinos- Ordenanza Numero: 2529 ,T.S1 4/13 rd-ohs, PDot.o Despacho General 0,T.T yD G "eonce o '.9 _ ;e7i71(39irin,(e r/e 2529 Ceitc/a,a( 9‘,J,At1ac:a tín Oficial Municipal; 9. Difundir normas, regímenes, planes, programas, servicios, ordenanzas, decretos, decisiones y actos municipales relevantes por los medios de comunicación orales y escritos; 10. Relevar la opinión, demandas, necesidades, problemas e inquietudes de la población y sobre la eficacia de la acción municipal; 11. Intercambiar informaciones con otros organismos oficiales de acción local; 12 Atender la información y permanente actualización de los registros públicos de productores, Industriales, comerciantes, cooperativas, profesionales y prestadores de servicios automotores, de conductores de vehículos particulares y profesionales. dentro del árnbito de competencia municipal; 13. Ejercer el poder de policía e inspección de industrias, comercios, hoteles, restaurantes, confiterías, bares, salones de baile, boites, cines, teatros, casas de vecindad y dtros sitios de atención al público, pesas y medidas, vendedores ambu- lantes, marcas y señales, construcciones, instalaciones de edificios, viviendas, espectáculos públicos, recreaciones, artefactos mecánicos, etc.; 14. Preservar las costumbres sociales de la comunidad, sus criterios morales y normas de convivencia velando por el mantenimiento del decoro en los usos y costumbres, actos, espectáculos y exhibiciones de cualquier naturaleza que se realicen en la vía , pública, lugares de uso público y/o locales de acceso público; 15. Llevar el registro de patentes, inspección, protección de la sanidad animal y vacunaciones 16. Implementar las acciones sanitarias contra plagas y pestes urbanas, animales y vegetales: 17.Regular deniro del ejido urbano en relación a la ubicación y funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales o de servicio, siendo el área responsable de las habilitaciones; 18. Fiscalizar la producción, elaboración y comercialización de productos y control de calidad; 19. Ejercer el control del faenamiento y la tenencia de animales para consumo; 20. Ejercer el dontrol del tránsito, transporte urbano público o privado de personas o RiGUEZ ener-ál t44-jw Dwill+wr mw 'Las Mos ,Va/ronos, Geor, , for Sondwich de/ Sur /os Ihelos Counnenta/es.son ser6n ti roentinu5 - Ordenanza Numero: 2529 715 5/13 Cardena D p 10 Despacho Generai y D G - A.L.M. O2c-o ..(Velr,/efi,a•ide r/e 7r1 25 29 - 175c4d a¿e '`MÁtzairi cosas y de seguridad peatonal: 21.Articular con los organismos nacionales, provinciales y entes descentralizados de la administración pública nacional, las comunicaciones y tramitaciones administrativas necesarias para optimizar el funcionamiento operativo y técnico de la municipalidad: 22.0torgar las distintas habilitaciones del transporte público y privado, y de las perso- nas acorde a las normas en vigencia; 23. Implementar políticas destinadas a la creación y apoyo técnico de las organizacio- nes de base, promoviendo nuevos canales de participación; 24. Gestionar y ejecutar programas y proyectos sociales destinados a los sectores más vulnerables de la sociedad, potenciando las redes de solidaridad; 25. Promover, pianificar y . ejecutar acciones para la atención de la familia, la niñez y adolescencia, los jóvenes, los miembros de la tercera edad y las personas con discapacidao, 26. Fomentar, promover, planificar y ejecutar políticas y actividades deportivas y recrea- tivas; 27. Intervenir en la administración de los bienes y fondos asignados a la Secretaría; 28. Confeccionar el anteproyecto de presupuesto correspondiente al área; 29. Elevar el informe anual de las actividades desarrolladas, 30.Actuar como enlace entre las distintas dependencias del Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante; 31. Intervenir en la política y administración de los recursos humanos que presten servicios en el área a su cargo; 32. Ejercer toda otra función que sea propia de la naturaleza de su cargo o le sea encomendada por el Intendente Municipal; 33.Articular con los proveedores públicos y privados prestadores de servicios, la contratación y/o adquisición de bienes y servicios extrajurisdiccionales. F.A. LUGONES 110:J:0C, :EATRIZ EDA Secretario presidente Concelo Deliberante o Deliberan Despacho General jo Dellher nte "Las Islas Malcinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos" Ordenanza Numero: 2529 re, 6/13 ,ndena5 uespache General y D G.- A.L,M. 0-91/Ce ,,7 r/o 9/Á v¿ty.ria{./ 0/ ANEXO O RDENANZA MUNICIPAL N° 5 29 SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DE SIJ OR GANIZACIÓN: La Secretaría de Economía y Finanzas dependerá del Intenderte y estará a cargo de un Secretario, que tendrá a su cargo las siguientes Misiones y Funci,mes: MISION: Adrninistrar los recursos que ingresen o egresen a la administración municipal, optimizando su uso a fin de que la Municipalidad de Ushuaia asegure la prestación de los servicios publicos, brindando el apoyo técnico y administrativo necesario a la gestión. FUNCIONES: Supervisar la administración del sistema contable de la gestión financiera y econó- mica de la hacienda pública municipal; 2. Supervisar la administración de los recursos que en todo concepto ingresen y/o egresen en la a d ministración municipal; 3. Definir la política tributaria y supervisar la aplicación, percepción y fiscalización de la misma a partir de las disposiciones vigentes; 4 Supervisar la dirección técnica y administrativa de los Sistemas Informáticos de la Municipalidad; 5. Supervisar la gestión de adquisición, resguardo y contrcl de los bienes y servicios, la liquidación de haberes del personal municipal y el despacho administrativo de la jurisd icción; 6. Refrendar la firrna del Señor Intendente Municipal en Decretos que próduzca en razón de su ca.go; 7. Elevar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Municipio para su remisión al Concejó Deliberante; 8. Disponer de un registro del personal del municipio y un ce enal de los recursos OPIA FIEL IGUEz colo Dellberanto -1,as Is/as Malvinas, Georgias Sandwich del Sur /os Hielos continentales, son sernn Argentinos" Ordenanza Numero: 2529 araenas 7/13 D D 1.0 Ls pachO General y D O. A.L,M. (991,ceio '6t:ee-xo-//.7(, 7r1 (r(u/ r/e/)///,.1,f(ii(1 humanos municipales; 9. Supervisar a recaudación e inversiones de Ics recursos, conforme a las disposicionel: iegales vigentes; 10. Disponer el cierre y cuenta general del ejercicio vencido al 31 de diciembre del año anterior; 11.Administrar y disponer de los bienes de dominio púbhco y privado municipal según el caso. de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente; 12. Publicar, anualmerte, el Inventarío General y Memoria; 13. Pubíicar el estado de Ingresos y egresos en forma mensual y anual; 14. Formular las reservas de créditos en los presupuestos futuros cuando el Concejo Deliberante autorice planes plurianuales de obras públicas o inversiones que se amorticen en más de un ejercicio presupuestario; 15. Intervenir en la administración de los bienes y fondos asignados a la Secretaría; 16. Confeccionar el anteproyecto de presupuesto correspondiente al área; 17, Elevar el informe anual de las actividades desarrolladas 18. Intervenir er l política y administración de los recursos humanos que presten servicios en l area a su cargo; 19. Ejercer toda ctra función que sea propia de la naturaleza de su cargo o le sea encomendada: por el Intendente Municipal, 20.Articular con los proveedores públicos y privados prestadores de servicios, la contratación y/o adquisición de bienes y servicios extrajurisdiccionales; 21.Actuar corno enlace, en materia económica, entre el Departamento Ejecutivo Municipal y e' Concejo Deliberante; 22.Verificar el cumplimiento de la normativa en las contrataciones y todo tipo de erogación. rS fl eliberante '7 OJ Presidente ‘;oncejo Deliberante espach General cejo Dell be ante 70s Rlos .Vateinas, Georuuis u Sandwich del Sur i, tos Ihelos ('ontInentofi's. son w seran Argentinos Ordenanza Numero: 2529 -3rGenas 8/13 pi c.)1c Dspacho Genera1 y O G. ."e0 .22,oe 9q-/e r/e /(7 rr 'fzr/ay-/ r/e '9?-/J/ ryit (.(z

ANEXO 11.2 2 5 20 ORDENANZA MUNICIPAL N o SECRETARIA DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y AMBIENTE URBANO DE SU ORGANIZACIÓN: La Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente Urbano dependerá del Intendente y estará a cargo de un Secretario, que tendrá a su cargo las siguientes Misiones y Funciones: MISION: Implementar la planificación y control de los procedimientos dirigidos al ordenamiento urbano, ejecución de obras públicas, prestación de servicios de saneamiento y conser- vación de espacios públicos, administración de las tierras fiscales dentro del ejido urbano municipal, brindando el apoyo técnico y administrativo necesario a la gestión. FUNCIONES: 1. Realizar las obras públicas municipales, conforme a la legislación vigente; 2. Organizar y prestar servicios públicos, conforme a la normativa vigente en la materia; 3. Refrendar la firma del Señor Intendente Municipal en Decretos que produzca en razón de su cargo; 4. Fiscalizar a todas las personas físicas o jurídicas que ejecuten obra pública o que exploten concesiones de servicios públicos; 5. Intervenir en Ia administración de los bienes y fondos asignados a la Secretaría; 6. Confeccionar el anteproyecto de presupuesto correspondiente al área; 7. Elevar el info rme anual de las actividades desarrolladas; 8. Intervenir en la política y administración de los recursos humanos que presten servicios en el área a su cargo; 9. Ejercer el poder de policía respecto a las normas de protección ambiental y las que rigen el planeamiento urbano, la edificación particular y la ocupación o disposición 7.a.s• InG Georri:ris r/ ,YandwIch ,Yrir /os 1firio.s..s'on t; .,cron Argentmos- jeie Upto 0@spacho General D.L.T yo O A.L.M. "ero-ncet.o- oie 252 (1,07-0/ c/e r7 (11(1 de espacios públicos municipales; 10.Actuar como autoridad de aplicación técnica y administrativa respecto a la gestión de las tierras fiscales ubicadas dentro del ejido urbano municipal; 11. Intervenir, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 de la Carta Orgánica Municipal, en el Consejo de Planeamiento Urbano; 12. Ejercer toda otra función que sea propia de la naturaleza de su cargo o le sea encomendada por el Intendente Municipal. MOC9S .A/ LUGONES ,.tO'NlICA , A11121Z OJ Pr idente \ S cretario Conce¡ Deliberante c.9 ¿ o Deliberant '1as /slas .Valivnas, Georgios e Sandwrel7 rid Sur y los Hielos aniwzirales, son seran Arycon1/2os Ordenanza Numero: 2529 1\ta.4'.+ 1.roenas 10/13 f Jeie DpIn i(---pacho General y O G. Cea42cr gje47)-exanzte de W«,,cr.dde 91sÁtara

ANEXO 11.3 2529 ORDENANZA MUNIC1PAL N° SECRETARIA DE TURISMO Y CULTURA DE SU OR GANIZACIÓN: La Secretaría de Turismo y Cultura dependerá del Señor Intendente Municipal y estará a cargo de un Secretario, que tendrá a su cargo las siguientes Misiones y Funciones: MISION: Desarrollar y ejecutar las políticas para el desarrollo integral de la actividad turística y cultural. FUNCIONES: 1. Ejecutar y planificar la actividad turística y cultural en la ciudad de Ushuaia y zona de influencia; 2. Propiciar, mediante la aplicación de distintas estrategias, la afluencia turística durante todo el año, orientando los mayores esfuerzos hacia la superación de la temporada baja; 3. Refrendar la firma del Señor Intendente Municipal en Decretos que produzca en razón de su cargo; 4. Promover y coordinar las acciones de fortalecimiento a las estrategias implementadas para dar continuidad a las acciones nacionales de apoyo a programas de desarrollo cultural regional; 5. Elaborar el Plan Anual de Promoción Turística, tendiente a dictar las estrategias y acciones que permitan el crecimiento de la afluencia turística y la capacitación de mercados. 6. Incentivar el desarrollo de iniciativas provenientes de individuos con la , finalidad de consensuar intereses y olbjetivos comunes, promoviendo la participación y el compromiso, para crecimiento de la actividad. 7. Incentivar y orientar a potenciales inversores turísticos y culturales hacia la creación "Las Is/as Malvinas, Geowas Sandwieb de/ .Yur /os Hie/os Continenta/es, son serán Aryentinos- Ordenanza Numero: 2529 eTc D p , r c,, enas 11/13 L',),E;pacho Genera1 y O G. • A.L.M. c7,9-bc5p.o, gjele:4eyante a(e 2529 '9hAtbairi de obras de i nfraestructura básica o inexistente. 8. Promover la optimización de la infraestructura turística local y la ,jerarquización de sus servicios. 9. Elaborar estrategias y acciones tendientes a conservar, proteger y revalorizar el patrimonio natural, histórico y cultural de la región. 10. Procurar la creación de estrategias que permitan medir permanentemente la situación existente de los circuitos turísticos, como así también:su capacidad de carga, alertando cualquier deterioro o riesgo de los mismos. 11. Implementar campañas de concientización que promuevan el ecodesarrollo y la sustentabilidad de todos los recursos naturales, históricos y culturales. 12. Prornover la firma de convenios con organismos internacionales, nacionales, provinciales y municipales, público, privados o mixtos, que permitan la ejecución de acciones favorables al desarrollo turístico y cultural. 13. Fornentar el desarrollo de todas aquellas expresiones culturales que permitan potenciar el producto turístico. 14. Propiciar políticas y acciones tendientes a eficientizar el control de los servicios turísticos, desalentando el accionar de personas, empresas u organismos que no se encuentren autorizados a ejercer actividades turísticas. 15. Prornover la cOnsolidación de la dentidad cultural de la ciudad, valorando y preser- vando las diferentes corrientes que la componen. 16. Elevar el proyecto de presupuesto anual de la Secretaría el cual deberá reflejar las tareas programadas para el desarrollo de las actividades turísticas culturales. 17. Intervenír en la administración de los bienes y fondos asignados a la Secretaría. 18. Confeccionar el Anteproyecto de Presupuesto correspondiente al área. 19. Elevar el informe anual de las actividades desarrolladas 20. Intervenir en la Política y administración de los recursos humanos que presten servicios en el área a su cargo. 21. Ejercer toda otra función que sea propia de la naturaleza de su cargo o le sea encomendada por el Intendente Municipal. 22Entender en materia de educación dentro del área de competencia municipal. MAR COS rr i1ONIC B AT OJEOA Se ret t reside e ,.7.ncejo De RIGUE2 Corjo Detib rante Ge4g Pe¿lber ote '7,as /s/as Mahanas, Geornias Sandivien de/ Sur /os Hie/os Con(inentales, son y serán Aryentinos - Pro .,ineia d Tierra del Fuego. á sJ._ 838 OArradareudnaaenIszlaas deNl AullmánteiernoS:ur2529 eilas 12/1R3epúbliea Argeraina Jeín Dplo De ... pacho General Municipalidad de Ushuaia T yD G.- USHUAIA, 25 NOV 2002 VISTO: El Expediente N° CD-0553812002 del Registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la Ordenanza Munícipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaría del día 12/11/2002, mediante la cual se aprueba la Estructura de Gabinete de las Secretarías del Municipio con sus Misiones y Funciones. Que la Asesoría Letrada Munícipal ha tomado la intervención pertinente emitiendo el Dictamen A.L.M. N° 742/2002, recomendando su promUlgación. Que, asimismo, la Secretaría de Economía y Finanzas mediante Nota N° 838/02 obrante a fs. 27, observa que resulta improcedente el Punto 20 del Anexo 11.1 de la norma, dado que el Municipio contrata directamente con los proveedores sin intervenir en la tercerización de sus propios prestadores; resultando confusa su redacción ya que primero refiere a prestadores de servicios y luego menciona la adquisición de bienes también. Señala además con relación al Punto 22 de dicho Anexo que la verfficación del cumplimiento de la normativa en las contrataciones y todo tipo de erogación se reserva al Director de Contaduría General que al emitir la orden de pago efectúa el control legal de la misma; siendo entonces una función propia del Director. Que, atento tales observaciones se entiende procedente el Veto Parcial de la presente Ordenanza en los Puntos 20 y 22 del Anexo 11.1. Que, corresponde vetar también el Punto 33 del Anexo 11 dado que es idéntico al Punto 20 del Anexo 11.1. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 128°, 129° y 152° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal de esta ciudad. Por ello: EL 1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 1CUL 1°.- Vetar en forma parcíal la Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante ///.2. as Islas Malvinas. Georwias v Sandwich del Sur, v Los Hielos Continentales Son v Serán Argentinos" OrdenParnu mzeajaNdeuTmiernet rdoei: 2529 ,-áTd eñas 13/13Antárnda e Islas del At[antieo Sur níc Dplo DespaChO Gene al Repúhlica Argentina DLI y D O. - A,L.M. Municipalidad de 114uaia 1112. de la ciudad de Ushuaia, en sesión ordinaría del día 12/11/2002, mediante la cual se aprueba la Estructura de Gabinete de las Secretarías del Municipio con sus Misiones y Funciones, en los Puntos 33 0 del Anexo II y 20° y 22° del Anexo 11.1. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.

ARTICULO 2°.- Promulgar en sus artículos 1° al 5°, y Anexo I, Anexo 11 Puntos 1 al 32, Anexo 11.1 Puntos 1 al 19 y 21°, Anexo 11.2, y Anexo 11.3 la Ordenanza Municipal N°2 5 2,9 citada en el artículo precedente, previa decisión favorable del Concejo Deliberante, conforme lo establecido por el art. 129° de la Carta Orgánica Municipal de esta ciudad.

ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad d sh aia. Cumplido, archivar, s38 r---- DECR ET 11UNICIPAL N° /2002. (Í" Í"\ I S]ec0rLaAriaTdOeLEEcDoOnoZmUt aMyEFLiZnaUnzas .unictpanciad de Uchuxia ng CIARRAMUÑ -;ndente dad de U5huale "Las Islas Malvinas. Georms y Sandwich del Sur, v Los Hielos continentales Son y Serán Areenanos