Ordenanza N° 2556 —

Datos de la ordenanza
Número
2556
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO EI Ejecutivo Municipal deberá remitir al Concejo Deliberante todos ios Convenios, Acuerdos o Tratados que celebre con la Nación, Provincias, Municipios, ente:-; públicos pertenecientes o no a la Provincia, u organizaciones internacionales, que, por su naturaleza, requieren autorización y/o ratificación del Cuerpo Deliberativo por aplicación de las disposiciones descriptas en la Carta Organica Municipal.

ARTICULO 2 0 .-Eii caso de que los Convenios referidos en el Artículo 1° estable- cieran una fecha de entrada en vigencia, deberán ser remitidos al Concejo Delibe- rante con anticipación a la misma para su autorizaCiOn y/o ratificación. (Artículos Nros. 125, Inc.19); 152, Inc.21) y concordantes e la Carta Orgánica Municipal).

ARTICULO 3°.- Si el Ejecutivo Municipal no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, los Convenios, Acuerdos o Tratados comprendidos en la norma tendrán vigencia a partir de la aprobacIón de los mismos por parte del Concejo Deliderante,

ARTICULO El Departamento Ejecutivo, a través del área competente, elevará mensualmente al Concejo Deliberante un listado actualizado de todos los Convemos que hublere suscripto, emergente del Registro de Convenios, Contratos y Actas creado a traves de los Decretos Municipales números 224/96 y 351/96. Adjuntando copia autenticada de los mismos.

ARTICULO Ei instrumento indicado en el Artículo 40 deberá contener número de Libro y Follo del "Registro de Convenios, Contratos y Actas", correspondiente al detalle numenco correlativo de todos los Contratos, Acuerdos y Convenios registrados en el mismo, por el período mensual que se informa.

ARTICULO 6'.- A los efectos de agilizar los mecanismos de informacion y control, ci Iistadc diSpuesto en el artículo 4 0 será eleyado al Concejo Deliberante antes del día quince del mes siguiente ,al período informado.

ARTICULO 7°.- ABROGASE toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTICULO Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promuidación . dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 2556 d ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDNARlA DE FECHA: 16/04/2003..-

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