Ordenanza N° 2497 NO

Datos de la ordenanza
Número
2497
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
NO
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 2° - Todo acto ad ministrativo descrito en el Articulo ingresos 10 que por su naturaleza genere o egresos económicos como así también comprometan el Patrimonio Municipal ce p erá ser remiticlo al Concejo Deliberante para su aprobación o rechazo, el cual deberá Cuerpo ser resuelto por estu en un plazo no mayor a los QUINCE (15) días corridos de su recepclOn A RTICULO 3 5 - Los Convenios, Acuerdos o Tratados comprendidos en el Articulo 1 0 de la presente norma, !E ndrán vigencia a partir de la aprobación por parte del Concejo Deliberante.- A RTICULO 4".- El D e p artamento Ejecutivo, a través del área competente, elevará m ensualmente al Concejo Deliberante un listado actualizado de todos los Convenios que ou suscr,ptc• emergente del Registro de Convenios, Contratos y Actas creado a través de r..ecretos ML números 224/96 y 351/96 Adjuntando copia autenticada de los m,smos

ARTICULO 5 E. instrumento indicado en el Articulo 40 deberá contener número de Libro y Foilo oel "Regisf-o de Convenios, Contratos y Actas", c o rrespondiente al detalle numérico y correiativo de tod los Contratos, Acuerdos y Convenios registrados en el mismo, por el p erocjo mensual c, a se Informa.- A RTICULO 6' - A los efectos de agilizar los mecanismos de información y control, el listado en ei Articulo 40 será elevado al Concejo Deliberante antes del día QUINCE (15) del r-nes s pguiente al periodo informado.-

ARTICULO 7" - DEROGASE toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTICULO 8' Registrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese a Boletin Wcial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORD P NANZA MJ,\IICIPAL N° 7 4 9 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 18/09/2002-.-

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