Ordenanzas

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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
3087 19/10/2015
Artículo 2° de la Ordenanza Municipal 3042, el quí que ará redactado de la siguiente forma: "
ARTICULO 2°.- El Consejo creado en el Artículo 1° de la presente, estará integrado por: a) El Intendente Municipal o quien este designe en su lugar; b) Un (1) integrante de cada Bloque Político del Concejo Deliberante; c) El Subsecretario de Planeamíento Urbano Municipal; d) La Coordinadora de Desarrollo Urbano de la Municipalidad; e) La Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Ushuaia. Asimismo se invitará a participar a: a) Dos (2) integrante del Colegio de Graduados en Servicio Social y/o Trabaji Social; b) Dos' (2) representantes de asociaciones ambientalistas; c) Dos (2) representante de Asociaciones Vecinales reconocidas; d) Dos (2) representantes del Foro Social Urbano; e) Dos (2) representantes de la Asociación de Inquilinos; f) Un (1) representante de la Subsecretaria de Tierras para el Hábitat Social la Nación; g) Un (1) representante del Instituto Provincial de Vivierida; h) Dos '(2) representantes del Colegio de Arquitectos de Tierra del Fuego: i) Un representante del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia; j), Dos (2) representantes de asentamientos cuntenidos en la crisis habitacionai k) Dos '(-2) representantes del movimiento Fueljuinos Autoconvocados."
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Mod. 3042
Mod. por 3141
3086 19/10/2015
ARTICULO 1°: INCORPORASE al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139. el Articulo VII.1.2.6.1 AREA PROYECTOS ESPECIALES 1, el que quedará redactado de -la siguiente manera: Se aplicarán como base los indicadores urbanísticos esta- blecidos para la zona en la cual se implante el proyecto. Antes de su aprobación, se someterán a estudios particularizados los que: a) Se retiren de las líneas de edificación frontal y contrafrontal en todas sus plan- tas para hacer uso del espacio comprendido entre los retiros y el plano limite, y utilicen un FOS menor al máximo establecido para la zona: logrando de este modo una mayor cantidad de pisos habitables; b) Superen un Plano Límite de Altura Máxima de QUINCE (15) metros en las zo- nas de influencia del Paseo del Centenario y del Barrio Piedrabuena, identifi- cadas catastralmente conio Sección C, Macizos 12, 19, 22, 23. 38 y 18a; c) Horizontalicen el nivel natural del terreno que se encuentra por sobre el nivel de vereda, promediado si ésta tuviese desniveles; efectuando un movimiento de suelos superior al VEINTE POR CIENTO (20%) de la superficie del terreno o superior a UN MIL METROS CÚBICOS (1000 m3), o r se destruyan taludes de pendiente superior al VEINTICINCO POR CIENT0 4 (25%) No se incluyen en este inciso excavaciones por debajo del nivel de vereda.'
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Mod. 2139
3079 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Inciso a) del Artículo 2° de la Ordenanza Municipal 3042, el que quedará redactado de la siguiente forma: "a) El Intendente Municipal de la ciudad de Ushuaia;"
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Mod. 3042
3064 19/10/2015
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal 3041, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 3041
3063 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ESTABLECER como único sentido de circulación vehicular para la calle Teniente Juan Domingo Perón el de Norte - Sur, desde su intersección con la calle Pastor Juan Lawrence y hasta su intersección con la calle Fuegia Básquet.
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3042 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CREASE, en función de la emergencia habitacional existente, el Consejo de Planificación Habitacional en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia.
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Mod. por 3079, 3087
3031 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ADHERIR en todos sus términos a la Ley Nacional N° 25.653.
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Mod. por 3049
3027 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a Ilamar a Licitación Pública para la adjudicación en concesión y explotación de nuevas Licencias del Servicio Público de Transporte Taxi.
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2845 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La presente Ordenanza tiene como objeto regular el funcionamiento, control y fiscalización de los establecimientos habilitados como "Residencia para Adultos Mayores", públicos y privados, ubicados dentro del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia.
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2829 19/10/2015
ARTICULO 1°.- RATIFICANSE el Ámbito de Aplicación; Régimen de Ingreso para el Personal de Planta Permanente; Derechos; Obligaciones; Prohibiciones; Incompatibilidades; Adscripciones; Del Personal de Planta Política; pbligaciones del Empleador; Cemisiones Paritarias Permanente; Negociación de Buena Fe; Higiene y Seguridad; Del Fondo Permanente de qapacitación y Recalificación Laboral y Fuentes de Mayores Beneficios, que regirán las relaciones laborales de todo el personal del Departamento Legislativo de la ciudad de Ushuaia, en el marco del Convenio Municipal de Empleo, para el ámbito del Concejo Deliberante, establecido en el Artículo 108 de la Carta Orgánica Municipal y conforme los términos acordados por los representantes paritarios designados por aplicación del decreto C.D. 05/2003; que se incorporan a la presente como Anexo I.
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2792 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- Crease la Comisión Municipal de Carnavales en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia. De su objetivo
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2769 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La presente norma instrumenta la conformación y funcionamiento del Consejo Consultivo Municipal de Concertación y Gestión de Políticas y Programas Sociales que constituye el marco institucional mediante el cual deberá informarse y monitorearse todo programa de promoción y asistencia social en la que participe todo organismo público Municipal, Provincial y Nacional y afecte fondos públicos, en un todo de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 59 de la Carta Orgánica Municipal. Serán sus objetivos: a) Optimizar los recursos existentes destinados a la promoción y asistencia social de la población, propendiendo a una correcta articulación y complementación entre los organismos públicos y las instituciones civiles relacionadas a la problemática; b) Proponer un ordenamiento de roles, atribuciones y mecanismos de acción de los organismos públicos con competencia en el desarrollo social dentro del territorio correspondiente al ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, a efectos de evitar la superposición de esfuerzos y recursos públicos, racionalizando las estructuras y los procesos administrativos correspondientes; c) Promover y articular la gestión de proyectos sociales que tiendan a fortalecer los lazos familiares y vecinales en una comunidad, posibilitando al mismo tiempo la generación de recursos humanos, técnicos, financieros y materiales destinados a la asistencia y promoción social; d) Generar, ordenar y sistematizar la información, registro único de beneficiarios actuales y potenciales de programas sociales, a través de una base de datos que, sin vulnerar la privacidad y reserva pertinentes, permita articular la labor de las distintas organizaciones e instituciones dedicadas a la asistencia y promoción social que conforman éste Consejo, e) Generar y difundil por medios masivos de comunicación información periódica sobre los programas en ejecución, los precios y volúmenes de bienes y servicios adquiridos y contratados para su implementación y las características de la población beneficiaria; Realizar el monItoreo y seguimiento de todo programa o acción destinada a la asistencia y promoción social que se realice en el ámbito de la ciudad de Ushuaia con participación de organismoS puolicos. Garantizando un marco de transparencia, 1,17 1, !)171. ORICinVi • • • •. • ••• E2 Despeche neral Q•ene•jo Qallberikrit• 'Las ls/as vu/oinas, Georylas Sandwich de/Sur y los Hielos Continentales, son y serán rcientinos' .PonGe Ze792,te c/e CII/,‘/-adde 9h4~e,a ecuanimidad eficacia y eficiencia en su aplicación.
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Deroga 2466
2748 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE al evento denominado “1º FIESTA DE LAS PROVINCIAS” de la prohibición establecida en la Ordenanza Municipal Nº 1056.-
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2745 19/10/2015
ARTICULO 1º.- DECLARAR la necesidad del traslado físico de la Planta Orión de almacenaje de combustibles líquidos de su actual emplazamiento ubicado en la Sección "E", Macizo 2, Parcela 1c del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia.
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2715 19/10/2015
ARTICULO 1º.- APRUËBASE el Convenio registrado bajo el Nº 2639, celebrado con fecha 27 de julio de 2004 entre la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia representada por el señor Intendente Municipal Jorge Alberto GARRAMUÑO y la empresa TRANEX TURISMO S.A., representada por el señor Rubén Oscar DIAZ, mediante el cual se acuerdan las condiciones para el desarrollo de la Etapa I del Proyecto denominado “TREN DEL FIN DEL MUNDO”, cuya copia certificada forma parte integrante de la presente.-
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2714 19/10/2015
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la transferencia dominial del predio identificado catastralmente como Parcela 5 y 6 del Macizo 30 de la Sección "G", de una superficie de 521,34 m2 y 446,10 m2 respectivamente y su adjudicación a los señores Jorge Aquiles NIÑO de GUZMAN y María Esther ZANIN de LEON, de conformidad a la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo celebrado el día 09 de Diciembre de 2003, registrada bajo el Nº 2422 del registro Municipal, aprobada mediante Decreto Municipal Nº 377/2004.
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2713 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Pública para la adjudicación en concesión y explotación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros que como Anexo I y con TREINTA Y DOS (32) fojas útiles forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
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2712 19/10/2015
ARTICULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 711, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “
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Mod. 711
2661 19/10/2015
ARTICULO 1º.- ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 590
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2624 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el ACTA DE RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS con la firma AGROTÉCNICA FUEGUINA S.A.C.I.F. referida a los servicios de Higiene Urbana y Tratamiento de Residuos, de acuerdo a los anáksis de precios por mayores costos, que constan en los Anexos I y que forman parte de la presente.-
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2616 19/10/2015
Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 2432, en la suma de PESOS TRES MILLONES SESENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3.060.342,55), conforme a la metodología establecida en el Decreto N° 1295/2002 y 1953/2002 y la Resolución Conjunta N° 272/2003 y 175/2003 del Poder Ejecutivo Nacional, que como Anexo I forma parte de la presente.
ARTICULO 2°.- Ratificar el monto establecido en el Punto lILa., del Anexo III de la Ordenanza Municipal N° 2432, como Monto a Prorratear entre los vecinos beneficiarios en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SESENTA Y UNO CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 1.145.061,96).
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2615 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DEJAR sin efecto el Convenio Registrado en la Municipalidad bajo el N° 813, aprobado por Decreto Municipal N° 0113/99 y ratificado por el Concejo Deliberante mediante Resolución C.D. N° 046/99, correspondiente a la suscripción de un préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), por la suma de DOLARES DOS MILLONES (u$s 2.000.000), en el marco del PROGRAMA DE REFORMA Y DESARROLLO DE LOS MUNICIPIOS ARGENTINOS.
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2614 19/10/2015
ARTICULO 1° - AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a redistribuir los fondos provenientes del Cont rato de Subpréstamo de fecha 29 de octubre de 2001, que fuera firmado con la Unidad Ejecutora Provincial y registrado en la Municipalidad bajo el N° 1945
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2613 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La organización, funciones, deberes, a . • ibuciones, procedimientos y situación institucional del Defensor del Vecino, se rigen por las disposiciones contenidas en los Artículos 209, 210, 211, 212 y 213 de la Carta OrOrlica Municipal y la presente ordenanza.-
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Mod. por 2643, 2644, 2683
2564 19/10/2015
ARTíCULO INSTITÚYASE por la presente el marco normativo que reglamenta la onformación y funcionamiento del Consejo de Planeamiento Urbano de la (;iudad de Ushuaia, conforme lo dispuesto en los Artículos 37, 49, 50, 52, 53 y 26 de la Carta Orgánica Municipal.
ARTÍCULO 2° - El Consejo de Planeamiento Urbano tiene a su cargo la gestión y articulación técnica para la formulación del Plan Urbano de la ciudad, constitúyén- dose en ámbito de opinión y seguimiento de las acciones y proyectos relativos a: 1) El régimen general de usos del suelo, subsuelo y espacio aéreo, la localizaciCn de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de espacios públicos y privados, 2) El uso adecuado de los predios y la regulación y coordinación de las atribuciones urbanísticas de la propiedad de los mismos, las actividades y edificacicn s que sobre ellos se establezcan, 3) La actividad administrativa en materia de ordenamiento y planificación territorial, quedando prohibida la construcción en zonas de reserva ambiental dispuestas por autoridad administrativa o judicial; 4) La fiscalización de las concesiones de usos de los espacios públicos, que deberán ! .cspetar los fines establecidos en el artículo precedente; 5) El uso de suelo, en especial su urbanización, respetando el interés público y el social ce la propiedad, garantizando la distribución equitativa de las cargas y benefielJs derivados de la construcción colectiva del hábitat y la consecuente asignación de atributos urbanísticos al territorio. 6) La planific0,ción urbana del ejido. 7) La desafeL:tación y transferencia dominial de las tierras fiscales. En consecuenc:a, corresponde al Consejo de Planeamiento Urbano: a) Participar en cada una de las instancias y talleres de trabajo que se organicen para la formulación del Plan Urbano, conforme la propuesta metodológi de trabajo presentada por la presidencia. b) Proponer n edidas relacionadas con los asentamientos urbanos; o) Asesorar Concejo Deliberante y al Ejecutivo Municipal en la elaboración de planes y programas de desarrollo urbanístico, e intervenir en sus modificaciones: d) Participar n la formulacion o reformulación del Código de Planeamiento foo,. y Sandwu1/2 de/ Sur y /os Hielos Cononentoles, s017 serOn .-iroconnos- , , (- ncejo e(r,b-e:Kan4 c/e '`31ZÁ-ecaía e Dp rIGUEZ noral Urbano o el Código de Edificación, nto e) . Dar opinión previa a la sanción de cualquier ordenanza por la que: 1) Se produzea la desafectación de espacios que hubiesen sido cedidos .al uso público. 2) Se otorguen excepciones ai Código de Planeamiento Urbano o de Edificación. 3) Se produzca la transferencia dominial de tierras fiscales libres de asentamientos urbanos. f) Proponer convenios con organismos nacionales, provinciales, regionales, universitarios. entidades intermedias o no gubernamentales sobre aspectos urbanos y ambientales; g) Coordinar acciones con el Consejo de Planeamiento Estratégico. h) Dictar su propio reglamento interno.
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