ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal 3041, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar decreto de adjudicación y posterior título de propiedad a todos los vecinos que hayan suscripto Convenios con el Departamento Ejecutivo Municipal relativo a la urbanización de los predios ubicados en el sector denominado F - Remanente100, identificados como sección "F", macizos 120, 121 y 122, que hubieran construido su vivienda unifamiliar o se encuentren comprendidos en alguna de las operatorias que al efecto ejecute el Instituto Provincial de la Vivienda u otras instituciones financieras que permitan asegurar el destino de los predios para la vivienda unifamiliar."
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 3 0 64 DADA EN SESION ORISINARIA DE FECHA: 17/05/2006.