Ordenanza N° 2792 —

Datos de la ordenanza
Número
2792
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Cultura
Comisión
Calidad de Vida, Deportes, Cultura y Educación
Descripción

ARTÍCULO 1°.- Crease la Comisión Municipal de Carnavales en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia. De su objetivo

ARTÍCULO 2°.- Será objetivo de la Comisión referida en el Artículo 1°, la organización, difusión y fiscalización de las Fiestas anuales de Carnaval que se realicen en la ciudad de Ushuaia bajo la jurisdicción Municipal. De sus autoridades

ARTÍCULO 3°.- La Comisión Municipal de Carnavales estará integrada de la siguiente manera: UN (1) veedor designado por el Poder Ejecutivo Municipal, DOS (2) representantes designado por el Poder Ejecutivo Municipal, UN (1) representante de cada Bloque Político del Concejo Deliberante y UN (1) representante por cada una de las comparsas que participaran del evento.

ARTÍCULO 4°.- Cada una de las comparsas nominará a un delegado titular y un suplente para acompañar al veedor oficial durante las jornadas de carnaval. CAPITULO De las funciones de las autoridades

ARTÍCULO 5°.- La Comisión Municipal de Carnavales será la responsable de la organización del carnaval en cada edición, determinando: a) Lugar y fecha de realización. b) Horario de iniciación. c) Orden de ingreso de las comparsas. d) Elección de los jurados. e) Zona correspondiente a cada comparsa para ubicación de palcos, sillas y puestos de ventas que se autoricen. f) Ubicación del jurado. g) Fijar precios de entradas, palcos y sillas, si correspondiere. h) Elección del sonido central fijo. i) Garantizar el servicio uridad.

ARTÍCULO 6°.- Lá comisión como o gano colegiado resolverá sobre lo que se trate JITE. HECTOF3)RAMON ODRIGUEZ o ,.encejo Doliberant-J ES com oa ORIGM Miria m ña Opto. Despa o Gral D.L. y D.G L.M Mum p ipah id de shuaia Woltcejct e4Gleziea/rae (lculad cie 9iducata - por mayoría, constando en actas, rubricada por los presentes y cuyas decisiones serán irrevocables. La única forma de revocar una decisión ya tomada por la Comisión es que ésta, sea acordada por mayoría agravada de los DOS TERCIOS (2/3) de sus integrantes.

ARTÍCULO 70.- Los delegados serán los encargados de recibir en cada jornada a los jurados, acompañarlos durante todo el tiempo que dure la misma, supervisarán que se cumpla el tiempo otorgado a cada comparsa para explicar el tema a desarrollar, y el tiempo que tendrá cada comparsa para iniciar y culminar el recorrido del circuito determinado. Asimismo serán los únicos responsables junto al veedor oficial de recibir los sobres conteniendo las planillas de evaluación de los jurados, procediendo a colocarlos en la urna habilitada a tal efecto y depositando la misma en el lugar establecido por la Comisión Municipal de Carnavales. Cada noche las planillas entregadas por los júrados serán colocados en un sobre de oficio, posteriormente se procederá al cierre del mismo y rubricados por los delegados, identificando a que fecha o jornada pertenece (por ejemplo: Primera noche o 20/02/2005) CAPITULO De las comparsas

ARTÍCULO 8°.- Cada comparsa tendrá un mínimo-de VEINTICINCO (25) integrantes, en lo que hace a bailarines, para no sufrir penalidades establecidas en Artículo 29.

ARTICULO 9°.- Las Escuelas de ZambaS, o la denominación que cada comparsa le dé al grupo que ejecuten instrumentos de percusión, teclados y/o viento tendrá un mínimo de DIEZ (10) integrantes para poder entrar en competencia.

ARTÍCULO 10.- En la categoría comparsa de mayores, la edad mínima de los integrantes será de DOCE (12) años. o

ARTICULO 11.- Se exceptúa a los que ejecuten instrumentos de percusión, teclados y/o viento del cumplimiento del Articulo 90 de la presente. Cada comparsa de mayores podrá contar con un máximo de CINCO (5) integrantes menores .cle DOCE (12) años.

ARTICULO 12.- Para establecer el máximo de integrantes de cada comparsa se tomará la mayor cantidad existente entre la primera y segunda jornada o noche. Prohibiéndose de ahí en más la surria ie nuevos integrantes de comparsa. Se podrá reemplazar integrantes, no así trajes en grupo, figura suelta o cualquier denomina- - espache neral Donc DMiber nte "Las Islas Maluinas, Georgias y Sandwich del Sur y las Hielos Continentales, son y serán Argentinos" 11~~1415~.44i-.--Ww=: ;i3 ••-• wo,nceja Miriam l• • • a F. Jefa Dpto Despach rat D.L.T. D.G - A .M em ipal ead de hu is ghÁtcata ción que se le otorgue, permitiéndose la terminación de los trajes según diseño original presentado desde el primer día, exceptuándose a las reinas y a las bastoneras de comparsa y Escuelas de Zamba. Cada comparsa presentará el día de inicio de los Carnavales y al momento de reunirse con los integrantes del jurado la carpeta de diseño original que será rubricada y sellada por los miembros de la Comisión.

CAPITULO IV De las competencias

ARTÍCULO 13.- Como es característico, el corso tendrá una duración, como mínimo de CUATRO (4) jornadas o noches.

ARTICULO 14.- Los jurados encargados de evaluar el trabajo de cada comparsa, o calificarlos por los rubros establecidos en la competencia serán CUATRO (4) por noche o jornada y las evaluaciones serán individuales, es decir que cada jurado realizará su propia evaluación. Los CUATRO (4) jurados deberán estar al inicio del desplazamiento de las .Comparsas y ubicados en el sector que les asignara la Comisión Municipal de Carnavales, a cada uno.

ARTÍCULO 15.- Los puntos obtenidos en cada rubro que entren en competencia por las comparsas serán acumulables durante las CUATRO(4) noches o jornadas o las que dure el corso, si por fuerza mayor se debiera suspender alguna jornada, en cuyo caso la Comisión Municipal de Carnaval será la que determinará si se programa la fecha suspendida o se da por concluida la edición.

ARTÍCULO 16.- ,Cada comparsa de mayores tendrá un tiempo como mínimo de TREINTA (30) minutos para realizar su presentación y su total desplazamiento en el circuito, con una tolerancia máxima de CINCO (5) minutos en el tiempo asignado. Si supera la cantidad de CIEN (100) integrantes tendrá un adicional de DIEZ (10) minutos, siendo en este caso el tiempo de CUARENTA (40) minutos para su presentación y total desplazamiento en el circuito, con una tolerancia máxima de CINCO (5) minutos en el tiempo asignado.

ARTÍCULO 17.- El show de Escuela de Zamba tendrá una duración de DIEZ (10) minutos utilizados a criterio de cada comparsa, dentro del tiempo asignado a cada una de ellas.

ARTÍCULO 18.- La Comisió(n'Municipl de Carnavales marcará el perímetro del frIVI ES CO1 'Concelo Dellberanto 'Zas islas Maluinas, Georgic4s y Sandwich del Sur y los ineloS Continentales, son y sérán Argentinós" ..- a F. Jela Dpti Despac Gral D.G - A .M Municip idad de U.huaia Ce0")beejd eh,/J-e,9~e cle (Iezdad 9hÁti-aca - circuito con dos líneas una de largada y otra de Ilegada. Se dará por concluido o culminado el recorrido a cada comparsa cuando la carroza o él último integrante cruce la línea de Ilegada.

ARTÍCULO 19.- Se establece que entre la salida de una comparsa y el ingreso de otra, el tiempo previsto es de DIEZ (10) minutos. Un adicional de CINCO (5) minutos quedará a criterio del veedor oficial del Carnaval. Transcurridos los.. DIEZ (10) minutos y/o su adicional, se comenzará a computar el tiempo de cada comparsa según se ajuste al Artículo 16.

CAPITULO V Rubros a competir Articulo 20.- Los rubros a competIr serán los siguientes: a) Estandarte de comparsa. b) Portaestandarte de comparsa. c) Bastonera de comparsa. d) Comparsa. e) Estandarte de Escuela de Zamba. f) Portaestandarte de Escuela de Zamba. g) Bastonera de Escuela de Zamba. h) Escuela de Zamba. i) Reina de Comparsa. j) Reina del Carnaval. k) Carroza. I) Mejor dúo o pareja de bailes. m) Mejor grupo n) Mejor traje masculino. o) Mejor traje femenino. p) Mejor Animación. q) Mejor Hinchada.

CAPITULO VI Evaluaciones del jurado /,-, ,

ARTÍCULO 21.- Los jurados Calificará a cada rubro en competencia, con las puntua- r C.-; '1' 1.VM ' . .71 InY3r 4 .. 4.).. ”.;',.s.lrv.. A,.:1 Deap echb General concelo Dellb ente »Las islas Malvinas, Georgias Sandwich del Sur y las liz"CW'Cóñtínéntalés, gón ge°,4á»~eCírtós/' JLeil Despach ral D v D.G - A M ceiLl didadde Ush aia Ceo~eja Ce¿achrd 9,hÁtizat; ciones 1, 2, 3, hasta la cantidad de comparsas participantes, correspondiendo lógicamente la más alta al mejor. Ejemplo: Un jurado considera que la comparsa 2A!' cs la mejor en el rubro comparsa y otorga TRES (3) puntos a la misma, asimismo de las otras dos comparsas considera que la comparsa "B" es la que sigue en mérito y le otorga DOS (2) puntos y califica a la tercera "C" con UN (1) punto. Lógicamente que los rubros que entren en competencia cuentan con varios ítems a evaluar, estas serán realizadas por los jurados en forma conceptual para poder dar la puntuación a cada rubro. Ejemplo: Rubro comparsa, la puntuación final será de 1, 2, 3, hasta la cantidad de comparsas participantes y en los ítem de dicho rubro vestuario con relación al tema, desplazamiento, coreografía, cada jurado evaluará conceptualmente con distinguido, excelente, muy bueno, bueno o regular. Se instruirá a los jurados para que la puntuación sea en números y letras. En caso de que un jurado no puntuara un rubro determinado, se anularán los puntos de las otras dos comparsas, en ese rubro de ese único jurado.

CAPITULO VII Penalidades

ARTÍCULO 22.- La comparsa de mayores que se exceda en el tiempo de TREINTA (30) minutos y/o CUARENTA (40) minutos más los CINCO (5) minutos de tolerancia que se le otorga de acuerdo a lo establecido en el Artículo 16, en cada presentación o jornada será penálizada con descuento de puntos en todos los rubros que entren en competencia y de la siguiente manera: UN (1) minuto a DIEZ (10) minutos de tiempo excedido, UN (1) punto por rubro, de DIEZ (10) minutos y Cero un (01) segundo a QUINCE (15) minutos de tiempo excedido DOS (2) puntos por rubro; de QUINCE (15) minutos y Cero un (01) segundo en adelante de tiempo excedido la totalidad de los puntos obtenidos en cada rubro.

ARTÍCULO 23.- A efectos de poder realizar un control fehaciente del tiempo transcurrido desde el inicio al término del recorrido, el veedor oficial designado por la Comisión Municipal de Carnavales contará con un cronómetro que accionará en el momento de la largada de cadá com arsa y que será fiscalizado por un delegado de cada comparsa, como así también c ando la comparsa abandone el circuito, deter- 1,1/1'11.- L .:tnL L e Opto• sche neral Concejo Dellboran 4 "Ld. islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los HieloS Gónilnentales, son y serán Argéntinos" mririam riñaF. Jeta 1)F . Desp 1 Gral y D.G L.M lidad d Ushuaia Wuncejno,a e. da4 Wadaade ghÁtt-aitb minándose de esta manera el tiempo utilizado por cada comparsa.

ARTÍCULO 24.- Si por razones de fuerza mayor (desperfecto del sonido, desconexión de cables, cortes de luz u otros) la comparsa que ya iniciara el recorrido deba detenerse, el veedor detendrá en ese instante el cronómetro e informará a los delegados de comparsa, el tiempo transcurrido.

ARTÍCULO 25.- La comparsa de mayores que no Ilegue a completar el mínimo de integrantes exigido por reglamento, será penalizada de la siguiente manera: Sufrirá el descuento de UN (1) punto por cada rubro en cumpetencia, en cada una de las jornadas en que incurriere en falta.

ARTÍCULO 26.- Para comprobar que las comparsas cumplan o no, con la cantidad de integrantes exigidas, el veedor oficial, acompañado de los delegados de las comparsas, procederá a contar a los integrantes de comparsa, antes del inicio del recorrido de cada comparsa. Asentará en la Planilla Oficial, que por duplicado le proveerá la Consión Municipal de Carnaval, como así también el horario de largada de cada comparsa, rubricada por el veedor y los Delegados.

ARTÍCULO 27.- El descuento de puntos se realizara recién en el escrutinio final, el veedor colocará una planilla en el sobre que contenga las evaluaciones de los jurados, quienes deberán esperar la entrega de dicha planilla oficial, de parte del veedor en cada jornada.

ARTÍCULO 28.- Si alguna Escuela de Zamba se excede en el tiempo establecido para el Show de percusión de acuerdo al Artículo 17, se procederá al descuento de UN (1) punto en el rubro mencionado.

ARTÍCULO 29.- La comparsa de mayores que incurriera en falta de acuerdo al Artículo 8° será penalizada de la siguiente manera: Sufrirá el descuento de un punto en el rubro comparsa, cada jornada en que incurriera dicha falta.

CAPITULO VIII Com pa rsas i nfanti les

ARTÍCULO 30.- F ara establecer el máximo de integrantes de cada Comparsa Infantil se tomará la cantidad en la primer y segunda jornada, prohibiéndose de ahí en más, la alteración de integrantes y traies.

ARTÍCULO 31.- Los puntos obtenid s en cada rubro, que entre en competencia por R RAMON ROnPIralF7 Jefe pto. Despache General Conce10 Doilborento "Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y CantinentaleS, Son y sérán Ár.ontinos" o Miríam. rir]sa F. Jefa DptJ. Desac1fo Gral D.L.T. t D. - A.L.M Municip lidad de Ushuaia (e, p.25e4/.2a, cle (e.dadde las comparsas serán acumulables durante las noches que dure el Carnaval.

ARTÍCULO 32.- Cada comparsa infantil tendrá TREINTA (30) minutos para realizar su presentación y desplazamiento en el circuito.

ARTÍCULO 33.- Los jurados calificaran a cada rubro en competencia con las puntuaciones establecidas en el Articulo 21 de la presente.

ARTICULO 34.- Cada Comparsa Infantil, será acompañada durante su desplazamiento por DIEZ (10) personas mayores (integrantes de comparsa, madre o padre de bailarines).

ARTÍCULO 35.- los Rubros a competir serán los siguientes: a) Estandarte de Comparsa. b) Portaestandarte de comparsa. c) Bastonera de Comparsa. d) Comparsa. e) Bastonera de Escuela de Zamba. f) Vestuario. g) Coreografía.

CAPITULO IX De los premios

ARTÍCULO 36.- El Departamento Ejecutivo Municipal en cada edición anual de las fiestas de Caimaval en la ciudad, determinará los premios a instituir en cada uno de los rubros convocados a competir.

ARTÍCULO 37.- Regístrese. Pase al departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.- ORDENANZA MUNIC2IP7A9L2 N"°" DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 15/12/2004.-

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