ARTICULO 1° - AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a redistribuir los fondos provenientes del Cont rato de Subpréstamo de fecha 29 de octubre de 2001, que fuera firmado con la Unidad Ejecutora Provincial y registrado en la Municipalidad bajo el N° 1945
ARTICULO 2°.- La autorización conferida en el articulo anterior, es Ad-referéndum de la asignación de nuevos recursos que realice el Programa, conformé el Artículo 3° del Contrato de Prestamo Subsidiario N° 2529/96 suscripto entre la Secretaría ,de Desarrollo Social de la Nación Argentina y la Província de Tierra del Fuego, en el marco del Contrato de Préstamo Subsidiario N° 3860/AR, suscripto entre la Nación Argentina y el •Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, conforme a lo establecidó en el SEGUNDO PROGRAMA DE DESARROLLO MUNICIPAL PDM II, que fuera declarado de Interél Municipal mediante Ordenanza Municipal N° 1855.
ARTICULO 3°.- Transfiérase del monto autorizado en el Artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 2385, la cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCI NTOS DIECINUEVE MIL, TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON VENTICINCO CENTAVOS (u$s 319.331,25), que como remanente surge de la nueva paridad del peso con el dólar, en el Proyecto de Mejoramiento Vial denominado: "Pavimentación de los Barrios El Libertador y 12 de Octubre de la ciudad de Ushuaia", descripto en el Anexo I de la mencionada Ordenanza; para la realización de lo establecido en el Artículo 5° de la presente y conforme ai detalle consignado en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 4°.- Dejar sin efecto la aprobación dispuesta en el Artículó 3° de la Ordenanza Municipal N° 2385, del . Proyecto de Mejoramiento Vial denominado "Pavimentación del Circuito Costanero de la Ciudad. Sectores 3 y 4" 'descripto en el Anexó I de la"Mentionada Ordenanza y transfiérase el monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECiENTOS TRECE MIL SETEC1ENTOS TREINTA Y OCHO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS (u$s 713.738,35), aJtorizado en el Artículo 4° de la mencionada Ordenanza; ,• para la realización de lo establecido en el Artículo 5° de la presente.
ARTICULO 5°.- Aprobar los proyectos de Mejoramiento Vial que como Anexo lkforman parte de la presente.
ARTICULO 6°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar,,cu to a la presente-Ordenanza y a dictar las tt.,tte~ nte Vsitiltzo( /), ebay,.a. reglamentaciones que fuera menester para el cumplimiento de las , obligaciones emergentes de la misma.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su 'promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 2614 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ESPECIAL DE FECHA: 10/11/2003.
ANEXO II: PROYECTOS DE MEJORAMIENTO VIAL 11-1 Los Calafates y Thomas Bridges Denominación: Pavimentación de los barrios Los Calafates y Thomas Bridges de la ciudad de Ushuaia. Objetivos y beneficios: Mejorar la seguridad del tránsito y las personas. Disminuir los costos de mantenimiento de las calles. Saneamiento del sector mejorando la calidad de vida. Componentes: Movimiento de suelo y saneamiento de la sub-rasante. Base drenante y anticongelante. Cordón cuneta de hormigón. Carpeta de rodamiento en asfalto. Desagües pluviales. Beneficiarios del proyecto: Los beneficiarios directos se estiman en 8.000 -habitantes. Costo estimado: Pesos dos millones, noventa y seis mil, ciento veintinueve con 94/00 ($ 2.596.129,94). Estructura de financiamiento: Programa Total _ Municipalidad % 25 75 100 $ 649.032,49 1.947.097,46 2.596.129,94 Recupero de los costos: La Pavimentación de los Barrios Los Calafates y Thomas Bridges fue declarada, Ad-referendum del Concejo Deliberante, como obra de Utilidad Pública y Sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, conforme la Ordenanza N° 1521 y concordantes, mediante el Decreto Municipal N° 817/2001 de fecha 31/07/2001. Ratificado por Resolución Concejo Deliberante C.D. N° 76/2001 de fecha 22/08/2001. Los montos de las Contribuciones por Mejoras y el Registro de Oposición estuvieron disponibles en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos parp su observación u oposición, desde el 01/11 al 22/11/99. No se registró Oposicióri. "LAS ISLAS MALVINAS, 6EORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, Y LOS H1ELOS CONT1NENTALES, SON Y SERÁN AR6ENT1NO5" • (,1-VaS 03 GeneFal Ordenanza Numero: 2614 2614' 5/6 •r• . A 71.;./Ire«ta 11-2 Barrios I.P.V. Denominación: Pavimentación de los Barrios I.P.V. de la Ciudad de Ushuaia - Segunda Etapa. Objetivos y beneficios: Mejorar la seguridad del tránsito y las personas. Disminuir los costos de mantenimiento de las calles. Saneamiento del sector mejorando la calidad de vida. Componentes: Movimiento de suelo y saneamiento de la sub-rasante. Base drenante y anticongelante. Badenes de hormigón. Carpeta de rodamiento en asfalto. Beneficiarios del proyecto: Los beneficiarios directos se estiman en .9.000 habitantes. Costo estimado: Pesos dos millones, dos cientos noventa y siete mil, novecientos treinta y cuatro con 40/00 ($ 2.297.934,40). • Estructura de financiamiento: Municipalidad Programa Total 56 44 100 1.297.167: 74 1.000.766,66 2.297.934,40 Recupero de los costos: La Pavimentación de los Barrios I.P.V. fue .declarada como obra de Utilidad Pública y Sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, conforme la Ordenanza N° 1521 y concordantes, mediante la Ordenanza Municipal N° 2017 dada en la Sesión Ordinaria de fecha 19/05/99, promulgada por Decreto Municipal N° 847/99 de fecha 24/06/99. Los montos de las Contribuciones por Mejoras y el Registro de Oposición estuvieron disponibles en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para su observación u oposición, desde el 31/07 al 22/08/2001. No se registró Oposición. 101 CA ;;ATRIZ JEDA Pri.dente Concej lberante "LAS ISLAS MALVINAS, SL'126IAS Y SANDWICH DEL SLIR, Y LOS HIELOS CONTINENTALES, SON Y SERÁN ARGEN77NOS" c Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlantien Sur pú blica Argentina cho Geng rr , 1 1 I NOV 21103 A.L.M. USHUMA, VISTO la especial del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia de fecha 10/1 .1/2003; y CONSIDERANDO: Que a solicitud del Departamento EjecutiVo se trataron entre otros, ternas relacionados con la realización de obras públicas con financiamiento internacional. Que el suscripto entiende necesario promulgar la Ordenanza Municipal sancionada en dicha sesión, por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal redistribuir los fondos provenientes del Contrato de Subpréstarno de fecha 29 de octubre de 2001, que fuera firmado con la Unidad Ejecutora Provincial y registrado en la Municipalidad bajo el N° 1945. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del pressente, en virtud de lo dispuesto por los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA 26 1 4 DECRETA: sancionada por.
ARTICULO I O .- Promnigar la Ordenanza Municipal N° el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión especial del día 10/11/2003 por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a redistribuir los fondos provenientes del Contrato de Subpréstamo de fecha 29 de octubre de 2001, que fuera firmado con la Unidad Ejecutora Provincial y registrado en la Municipalidad bajo el N° 1945. Ello en virtud d o expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Cunoiicra.r. Dar al Boletín Oficial de I Municipalídad de UDsEhCuaRiaE.TCOumMpUliNdoI,CaIrP:hAivLaNr.«' ,Lj" V/2003.- (?7, 111 ;*Y41FEi1n2aUnns