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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
2781 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Fíjase en la suma de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS SIETE ($ 81.202.507,00) las erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2005, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 8° y 9°.
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Mod. por 2831, 2840, 2885, 2963, 2988
2779 19/10/2015
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE el Pliego de Bases y Condiciones para el Ilamado a Licitación Pública para la adjudicación en concesión del Servicio Integral de Control de Estacionamiento Medido en la Vía Pública, que como Anexo I y con VEINTIDOS (22) fojas útiles, forma parte, integrante de la presente Ordenanza.
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2778 19/10/2015
ARTICULO 1°.- El Juzgado Administrativo Municipal de Faltas tiene competencia sobre el juzgamiento de las faltas, contravenciones y demás infracciones a normas municipales que se cometan dentro del ejido municipal de la ciudad de Ushuaia, como así también en aquellos casos en que las normas nacionales o provinciales establezcan que el control jurisdiccional compete a las municipalidades. El Juzgado Administrativo Municipal de Faltas podrá celebrar convenios, con las autoridades de aplicación de, normativa contravencional en territorios nacionales o provinciales ubicados en el Departamento de Ushuaia a fin de ejercer su jurisdicción en ellos. Excusación - Recusación:
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Mod. por 2997, 3060, 3083, 3680, 3781, 4293, 4399, 5059, 6540
2769 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La presente norma instrumenta la conformación y funcionamiento del Consejo Consultivo Municipal de Concertación y Gestión de Políticas y Programas Sociales que constituye el marco institucional mediante el cual deberá informarse y monitorearse todo programa de promoción y asistencia social en la que participe todo organismo público Municipal, Provincial y Nacional y afecte fondos públicos, en un todo de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 59 de la Carta Orgánica Municipal. Serán sus objetivos: a) Optimizar los recursos existentes destinados a la promoción y asistencia social de la población, propendiendo a una correcta articulación y complementación entre los organismos públicos y las instituciones civiles relacionadas a la problemática; b) Proponer un ordenamiento de roles, atribuciones y mecanismos de acción de los organismos públicos con competencia en el desarrollo social dentro del territorio correspondiente al ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, a efectos de evitar la superposición de esfuerzos y recursos públicos, racionalizando las estructuras y los procesos administrativos correspondientes; c) Promover y articular la gestión de proyectos sociales que tiendan a fortalecer los lazos familiares y vecinales en una comunidad, posibilitando al mismo tiempo la generación de recursos humanos, técnicos, financieros y materiales destinados a la asistencia y promoción social; d) Generar, ordenar y sistematizar la información, registro único de beneficiarios actuales y potenciales de programas sociales, a través de una base de datos que, sin vulnerar la privacidad y reserva pertinentes, permita articular la labor de las distintas organizaciones e instituciones dedicadas a la asistencia y promoción social que conforman éste Consejo, e) Generar y difundil por medios masivos de comunicación información periódica sobre los programas en ejecución, los precios y volúmenes de bienes y servicios adquiridos y contratados para su implementación y las características de la población beneficiaria; Realizar el monItoreo y seguimiento de todo programa o acción destinada a la asistencia y promoción social que se realice en el ámbito de la ciudad de Ushuaia con participación de organismoS puolicos. Garantizando un marco de transparencia, 1,17 1, !)171. ORICinVi • • • •. • ••• E2 Despeche neral Q•ene•jo Qallberikrit• 'Las ls/as vu/oinas, Georylas Sandwich de/Sur y los Hielos Continentales, son y serán rcientinos' .PonGe Ze792,te c/e CII/,‘/-adde 9h4~e,a ecuanimidad eficacia y eficiencia en su aplicación.
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Deroga 2466
2758 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE a la U.T.E. conformadas por las empresas Giro Construcciones S.A. y Atilio Vial S.A., a continuar con los trabajos de la Planta Asfáltica ubicada en la desembocadura del Río Olivia.-
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2750 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Créase el Programa de Desarrollo para la Zonificación, Condiciones y Restricciones de Uso del área geográfica denominada “Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra”, el que será regido por lo dispuesto en la presente Ordenanza y los reglamentos a que ella de lugar.
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2747 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del pago de los aranceles establecidos en el Artículo 16 de la Ordenanza Tarifaria Nº 1508 y sus modificatorias, a todo el Personal que desempeñe funciones en el ámbito de la Municipalidad de Ushuaia y a su grupo familiar conviviente, con independencia de su situación de revista, incluyendo Personal de Planta Permanente, Transitoria, beneficiarios de los Planes Nacionales "Jefas y Jefes de Hogar" y Plan Municipal de Empleo "Ushuaia Cambia", o de aquellos que en el futuro los reemplacen.
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Deroga 675
2736 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Institúyase en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia el Sistema de Promoción de Inversiones por Iniciativa Privada. Se considerará incursa en dicho sistema a toda propuesta de personas físicas o jurídicas para realizar obras, servicios públicos o emprendimiento que requieran permisos, licencias o concesiones por parte de la Municipalidad a costa y riesgo del proponente. Objeto:
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2732 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- OBJETO: La presente Ordenanza y su reglamentación regula el uso de la vía pública y es de aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la vía pública; también a las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente, en cuanto tengan alguna relación con causales del tránsito.
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2731 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE por el término de (SEIS) 6 años, con opción a una prórroga de DOS (2) años más, el Uso del “Espacio Recreativo Deportivo”, establecido por la Ordenanza Municipal Nº 2139 (Código de Planeamiento Urbano), para la zonas delimitadas: al Norte por la cota de 120 metros; al Este el Arroyo sin nombre, desde la Ruta Nacional Nº 3 hasta la cota de 120 metros; al Sur la Ruta Nacional Nº 3 hasta la intersección con el camino de acceso al campo de Golf y por éste hasta el Arroyo de la Oveja y al Oeste el Arroyo de la Oveja; y el sector denominado catastralmente como parcela 2lr, macizo 1000, sección J, cuyo plano corre agregado como Anexo I de la presente. Las áreas naturales no degradadas ubicadas en el límite norte serán la barrera natural de los sectores a adjudicar para su explotación.
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2719 19/10/2015
ARTICULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 1306, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 1854, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “
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Mod. 1306, 1854
Mod. por 2876, 3381
2713 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Pública para la adjudicación en concesión y explotación del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros que como Anexo I y con TREINTA Y DOS (32) fojas útiles forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
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2711 19/10/2015
ARTICULO 1º.- ESTABLÉCESE como único sentido de circulación vehicular para la calle Francisco González el de SUR - NORTE, desde su intersección con las calles Gobernador Félix María Paz y Luis Vernet.
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2706 19/10/2015
ARTICULO 1º.- IMPLEMENTASE un sistema integral de señalización horizontal y vertical e información al usuario de recorridos, horarios y frecuencias del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, en todas sus líneas de itinerarios de la ciudad de Ushuaia.-
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2705 19/10/2015
ARTICULO 1º.- ACEPTASE la donación efectuada por el Taller Regional Austral, consistente en: • DOCE (12) Conos Viales de 75 cm. De altura - base sólida y reforzada con bandas retrorreflectivas. El valor asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA ($ 330,00), elementos que formarán parte del Patrimonio de la Dirección de Tránsito.
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2695 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Créase el Consejo Municipal de la Familia (CO.MU.FA.) que constituirá el nexo entre los vecinos y el gobierno municipal, con el objeto de canalizar los problemas inherentes a la familia como pilar insustituible de la organización social, y en particular de los niños que se encuentran desprotegidos o en riesgo sus derechos. Sus funciones serán la de asesorar y/o proponer y/o elevar a los organismos competentes y/o dictaminar sobre los requerimientos que le solicite el Municipio.- Autoridad de Aplicación
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2694 19/10/2015
ARTICULO 1º.-. Esta Ordenanza tiene por objeto regular dentro de la esfera de la competencia Municipal el uso de parques, jardines, plazas, espacios verdes, playones deportivos y tierras fiscales de propiedad Municipal, dentro de las competencias Municipales, elementos de juegos infantiles, bancos, papeleras y demás mobiliario urbano existente en los indicados lugares, el arbolado urbano de la ciudad y locales de titularidad de la Municipalidad de la Ciudad de Ushuaia, en un todo de acuerdo con lo establecido en los Artículos 80,83,86,87 y 88 de la Carta Orgánica Municipal.
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2693 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Instituir para el ejido urbano y urbano rural de la ciudad de Ushuaia, la figura de “PADRINO DE LOS ESPACIOS VERDES PÚBLICOS”, para aquellas personas o entidades que deseen asumir la responsabilidad de preservar y/o desarrollar el recurso natural de dichos espacios del dominio municipal, haciéndose cargo del mantenimiento, embellecimiento y/o construcción o refacción de los mismos.
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Mod. por 2730, 3052
2692 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Los funcionarios municipales detallados a continuación, tienen obligación de presentar sus Declaraciones Juradas Patrimoniales y Financieras dentro de los VEINTE (20) días hábiles de haber asumido sus funciones; en un todo de acuerdo con los requerimientos del Articulo 189 de la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego y el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal: 1. Intendente Municipal; 2. Secretarios; 3. Subsecretarios; 4. Prosecretarios; 5. Directores; 6. Concejales; 7. Juez de Faltas; 8. Miembros de la Sindicatura General; 9. Defensor del Vecino; 10. Personal de gabinete. La Declaración Jurada Patrimonial y Financiera contendrá una nómina detallada y completa de los bienes, créditos, deudas e ingresos del declarante, su cónyuge y/o conviviente e hijos.-
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Mod. por 6315
2690 19/10/2015
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera: "V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO: El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a las condiciones de habitabilidad más convenientes y a las existencias, si las hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII - ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4 metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80 metros. El presente Artículo será de aplicación para las zonificaciones CE – CE1 – R1 y R2, y se deberán respetar los indicadores urbanísticos de cada zonificación"
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Mod. 2139
Mod. por 3016
2686 19/10/2015
ARTICULO 1º.- MODIFÍQUESE el sentido de circulación del Pasaje Antonio Romero entre la Avenida Hernando de Magallanes y la calle Solís de nuestra Ciudad, el cual será mano única con sentido Norte - Sur.
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2679 19/10/2015
ARTICULO 1º.- ESTABLECER único sentido de circulación Norte Sur, en la calle Onas entre la Avenida Leandro Alem y la calle Monseñor José María Scriva.
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2678 19/10/2015
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera: "V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO: El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a las condiciones de habilidad más convenientes y a las existencias, si las hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII - ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4 metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80 metros.”
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Mod. 2139
2674 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Institúyese por la presente el marco normativo relativo al régimen de faltas y el funcionamiento del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas. CAPITULO II DISPOSICIONES GENERALES
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Mod. por 2776, 5578
2664 19/10/2015
ARTICULO 1º.- DECLARAR en el ámbito de la ciudad de Ushuaia el estado de Emergencia del Sistema Público de Transporte Colectivo de Pasajeros.
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