| 2694 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.-. Esta Ordenanza tiene por objeto regular dentro de la esfera de la
competencia Municipal el uso de parques, jardines, plazas, espacios verdes, playones
deportivos y tierras fiscales de propiedad Municipal, dentro de las competencias
Municipales, elementos de juegos infantiles, bancos, papeleras y demás mobiliario
urbano existente en los indicados lugares, el arbolado urbano de la ciudad y locales
de titularidad de la Municipalidad de la Ciudad de Ushuaia, en un todo de acuerdo con
lo establecido en los Artículos 80,83,86,87 y 88 de la Carta Orgánica Municipal. […ver más en el detalle] |
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| 2690 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO
LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de
Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO:
El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la
forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a
las condiciones de habitabilidad más convenientes y a las existencias, si las
hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII -
ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4
metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro
contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80 metros.
El presente Artículo será de aplicación para las zonificaciones CE – CE1 – R1
y R2, y se deberán respetar los indicadores urbanísticos de cada zonificación" […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
Mod. por 3016
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| 2678 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO
LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de
Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO:
El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la
forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a
las condiciones de habilidad más convenientes y a las existencias, si las
hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII -
ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4
metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro
contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80
metros.” […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2632 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1(3 .- AUTORIZASE el Uso Confitería Bailable para el local comercial ubicado en la Parcela 02, del Macizo 80 de la Sección "A", propiedad de la Asociación Caza y Pesca de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 2629 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE la Estructura de Gabinete en las siguientes Secretarías que a continuación se detallan: a) GOBIERNO; b) HACIENDA Y FINANZAS; c) OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS;. d) TURISMO, e) DESARROLLO SOCIAL […ver más en el detalle] |
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| 2610 |
19/10/2015 |
Artículo 152 Inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: !=L INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal ri. 1 0 , sancionada por el "1,) Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/10/2003, por la cual se autoriz al Departamento Ejecutivo Municipal a dar de baja del Patrimonio Municipal los elemenhs detallados en el 1nventario General de Bajas ño 2000 y 2001. Ello en virtud de lo eg ,puesto en el exordio. […ver más en el detalle] |
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| 2608 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1 0 - EXCEPTUASE de lo establecido en el Artículo VI.4.2 "ALTURAS MINIMAS" del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139 - Código de Planeamiento Urbano - para la propiedad ubicada en la Parcela 11b, del Macizo 06 de la Sección B, autorizándose una altura mínima de 2,40 metros para el local comercial. […ver más en el detalle] |
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| 2587 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- INCORPORASE el Artículo V.1.6.1. PARCELAS PASANTES, al Anexo de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), el que.quedar redactado de la siguiente manera: "V.1.6.1. PARCELAS PASANTES: a) Para los casos en que la parcela pasante se encuentre en Zonificaciones Residenciales 2, 3 y 4 y cuente con uno de sus frentes sobre Correaor Comercial, sólo se permitirá el uso comercial sobre el frente que linde sobre el Corredor. El Uso.Residencial deberá preverse sobre el frente que se encuentre sobre la otra calle, será obligatorio en planta baja y como mínimo deberá desarrollar un 30% del F.O.S. para éste Uso, pudiendo .usar el resto para el uso comercial. No se permitirán accesos desde la calle del sector residencial para la actividad comercial. b) Para las Parcelas Pasantes que se encuentren sobre diferentes zonificaciones, sin que se trate del caso enunciado en el Punto anterior, se aplicarán sobre ella los indicadores urbanísticos más favorables en cuanto al F.O.S. y F.O.T., debiéndose respetar en cada frente las alturas máximas sobre la Línea de Edificación y Retiros de acuerdo a la zonificación que le corresponda." […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2586 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo VII.1.7. del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), Hoja de Zona CO: CORREDOR COMERCIAL, según la Hoja de Zona :gue forma parte de la presente como Anexo I. […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2578 |
19/10/2015 |
ARTICULO ESTABLÉCESE por la presente el Régimen Electorál que regirá las elecciones ordinariz-,:; y extraordinarias de la Municipalidad de la Ciudad de Ushuala. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3240, 3820, 3875, 3888, 6148
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| 2560 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- INSTITUYESE por la presente el marco normati o que regula la actividad de producción, exposición y venta de artesanías en la ciudad , de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 2549 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- A partir de la promulgación de la .presente OrdenanZa el Municipio de la Ciudad de Ushuaia, reconOce oficialmente al lenguaje e interpretación de señas como lengua y medio de comunicación para las personas con necesidades éspeciales auditivas, en todo el ámbito de la ciudad de Ushuaia.- […ver más en el detalle] |
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| 2546 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- Todo aquel comercio habilitado que por cambio de titularidad y/o de rubro, siempre que, en el eventual cambio de rubro, no se modifiquen los requisitos de habitabilidad o seguridad, ni se hubieran introducido cambios algunos en el local, podra reemplazarse la presentación del nuevo Certificado de Aptitud Técnica con una Declaración Jurada de No Modificación, resultando en lo demás aplicable lo dispuestc en los Artículos 2°, 30, 4 0 y 5° de la Ordenanza Municipal N`) 2419. […ver más en el detalle] |
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| 2537 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1 O .- MODIFICASE el Inciso 6) del Artículo 176 de la Ordenanza Fiscal N°
1507, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"6) Los Ex combatientes que hayan participado de las acciones bélicas
desarrolladas en el Atlántico Sur, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982,
que posean un solo inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia y
permanente y con ingresos mensuales inferiores a una Categoría DIEZ (10)
del Escalafón Municipal, siempre que no posean bienes muebles registrados
ante la Dirección General de Rentas como así tampoco registren actividad
comercial o industrial a su nombre." […ver más en el detalle] |
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Mod. 1507
Mod. por 3500
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| 2529 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE la Estructura de Gabinete de las Secretarías del Municipio, de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 2529, 2544
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| 2504 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1 AUTORIZASE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días desde la reglamentación ce la presente, el fraccionamiento en los lugares de venta al público, de los artículos comestibles y otros, que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. […ver más en el detalle] |
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| 2484 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE el uso de Filtros Solares de poliéster adhesivos de alta
resistencia, en la superficie total interna de los vidrios laterales y luneta, como así también
en una franja de hasta un máximo de QUINCE CENTIMETROS (15cm), de ancho en la
parte superior de los parabrisas, en todos los vehículos radicados en la ciudad de Ushuaia,
conforme al siguiente detalle:
ESPECIFICACION:
Tipo B35
Coeficiente de sombreado 0,68%
Energía rechazada 40,5%
Energía reflejada 9,9%
Energía absorbida 44,2%
Energía transmitida 45,9%
Luz visible reflejada 8,4%
Luz visible transmitida 38,1%
Transmisión U.V. |
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| 2467 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- A los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza, entiéndase por “Ruidos Molestos” aquellos que por su intensidad superen los niveles establecidos en los Artículos 6º y 21 de la presente Ordenanza. La intensidad de los ruidos, cualquiera sea su origen y medidos desde el exterior, será determinado mediante la utilización de un medidor de nivel sonoro (Decibelímetro) acorde con lo requerido por las normas IRAM Nº 4062 (octubre/84). […ver más en el detalle] |
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Deroga 1721, 2382
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| 2462 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la habilitación de locales comerciales, en forma exclusiva
o simultánea con otros rubros de actividad comercial o de servicios que resulten
compatibles, destinados a la instalación y funcionamiento de aparatos de habilidad y
destreza manuales, electrónicos y/o electromecánicos, que funcionen con cospeles,
fichas, tarjetas magnéticas, control remoto, controles manuales y otro método de
funcionamiento similar y que tengan como único objeto la generación de actividades de
esparcimiento y recreación. […ver más en el detalle] |
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Deroga 1182
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| 2443 |
20/03/2002 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4.2
Alturas Mínimas del Capítulo VI de la Ordenanza Municipal Nº 2139, al local comercial
ubicado catastralmente en la Parcela 06a del Macizo 26 de la Sección “A”, propiedad de
la señora Laura TAVERNA, autorizándose una altura mínima de 2,20 m para la Planta
Alta, exclusivamente para la actividad que actualmente se desarrolla en dicho local. […ver más en el detalle] |
SI
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| 2419 |
28/11/2001 |
ARTICULO 1º.- Los titulares de comercios habilitados por la Municipalidad de la
ciudad de Ushuaia, que por estar suscriptos a un plan de pagos o por ser
inquilinos del local que explotan, deban renovar la habilitación comercial y en los
casos que no exista cambio de rubro, ni cambio alguno en el local, podrán
reemplazar la presentación del nuevo Certificado de Aptitud Técnica con una
declaración jurada de no modificación. Tal posiblidad será de aplicación
exclusivamente en los casos en que el Certificado de Aptitud Técnica hubiese sido
emitido con posterioridad al 1º de mayo de 200. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2402 |
31/10/2001 |
ARTICULO 1º.- Establécese el sistema de estacionamiento medido para automotores o
unidades de remolque en la vía pública, en aquellos lugares que las condiciones viales lo
permitan con acuerdo del Concejo Deliberante, facultando al Ejecutivo Municipal a
suspender el sistema cuando razones de fuerza mayor, en época invernal, así lo
aconseje.- […ver más en el detalle] |
SI
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Deroga 1781, 1978, 181, 260, 944, 966
Mod. por 2724, 5810
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| 2349 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Inciso 10) del Artículo V.2.1.2. del ANEXO I de la
Ordenanza Municipal Nº 2139, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ Inciso 10) En caso de dos (2) o mas viviendas unifamiliares independientes en
el mismo predio, edificio de administración y/o comercio, la separación mínima
entre ellos será igual a 5,00 metros, medidos entre sus parámetros exteriores
enfrentados, en los que existan vanos de iluminación y ventilación de locales de
primera clase pertenecientes a distintas unidades de edificación. En caso que no
existan en los muros enfrentados vanos, no se exigirá separación mínima” […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2139
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| 2347 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 2298, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2298
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| 2326 |
13/06/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Capítulo VIII, Artículo IX,
punto 9-1, Servicios Personales y del Hogar, del Anexo I, de la Ordenanza Municipal
Nº 2139, para el local comercial ubicado en la calle Antártida Argentina Nº 71,
autorizándose el Uso Taller de Reparación de Electrodomésticos. […ver más en el detalle] |
NO
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