Ordenanza N° 2347 NO

Datos de la ordenanza
Número
2347
Fecha de sanción
11/07/2001
Vigencia
NO
Decreto
770
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 2298, el

que quedará redactado de la siguiente forma:

“

ARTICULO 3º.- De la Habilitación Comercial:

Los Stands deberán poseer Habilitación Comercial.

A los efectos de solicitar la habilitación del Stand los interesados deberán

presentar:

Contrato o autorización extendida por el titular del local en el que está

contenido el Stand.

Croquis del Stand y plano de implantación en el local.

Certificado de Uso conforme que indique la no interferencia en la aptitud del

local principal.

Número de Inscripción en la Dirección General de Rentas de la Provincia.

Número de Inscripción en la Caja Nacional de Previsión.

Si el solicitante fuera una sociedad, contrato correspondiente con la

constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Certificado de Prevención contra incendios aprobado por el Area Técnica

de Bomberos de la Policía de la Provincia.

Certificado de Libre Deuda de la Dirección de rentas Municipal

Certificado de Libre Deuda del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de

Ushuaia.

Las Habilitaciones se otorgarán por el término de un (1) año, pero no podrán

exceder el término de la habilitación del local en el que están contenidos,

pudiendo ser renovables por igual término en la medida que cumplan con los

requerimientos del presente Artículo.”

ARTÍCULO 2°.- COMUNIQUESE. Pase al Departamento Ejecutivo para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y

ARCHÍVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2347 .-

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 11/07/2001.-

DECRETO MUNICIPAL N° 769 .-

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