Datos de la ordenanza
Número
2546
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción
ARTICULO 1°.- Todo aquel comercio habilitado que por cambio de titularidad y/o de rubro, siempre que, en el eventual cambio de rubro, no se modifiquen los requisitos de habitabilidad o seguridad, ni se hubieran introducido cambios algunos en el local, podra reemplazarse la presentación del nuevo Certificado de Aptitud Técnica con una Declaración Jurada de No Modificación, resultando en lo demás aplicable lo dispuestc en los Artículos 2°, 30, 4 0 y 5° de la Ordenanza Municipal N`) 2419.
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación dese al Boletín Municipal para su publicación y ARCHIVESE, 2546 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 10/12/2002.
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Documento