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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
4038 05/10/2011
ARTICULO 1º.-OBJETO: La presente ordenanza tiene por objeto regular los aspectos relativos a la habilitación y control de las condiciones edilicias y sanitarias de todo establecimiento emplazado en la jurisdicción de la Municipalidad de Ushuaia, sea este público o privado, de carácter educativo o no educativo, y cualquiera sea la denominación que adopte para su funcionamiento, que tome temporalmente a su cargo el cuidado de niños, por encargo de las personas que detentan legalmente su guarda.
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3907 02/03/2011
ARTÍCULO 1º- Se considera ALIMENTO GENUINO o NORMAL aquel que se elabore, fraccione, conserve, transporte, exponga, importe o exporte, que satisfaga las exigencias del Código Alimentario Argentino, su comercialización esté autorizada por la Autoridad Sanitaria Competente y cumpla con las Ordenanzas vigentes.
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Deroga 395
Mod. por 4204
3856 03/11/2010
ARTÍCULO 1º.- ASIGNAR los usos establecidos en el Capítulo VIII: Normas Generales sobre Uso del Suelo del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Ushuaia para la zonificación R3 — Distrito Residencial Densidad Baja, a las parcelas pertenecientes al barrio Yaganes (ex In.Te.V.U. XIV), surgidas de la división parcelaria aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 1577/1996.
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3719 17/03/2010
ARTÍCULO 1°.- CREAR el Fondo de Promoción del Deporte que tendrá por objeto: a) Propiciar la preservación, promoción y desarrollo de los centros deportivos; b) Promover el desarrollo de la actividad deportiva o de apoyo a la instrumentación de actos deportivos, haciendo uso de la infraestructura de los centros deportivos Municipales; c) Adquirir materiales con destino a las prácticas deportivas.
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3715 17/03/2010
ARTÍCULO 1o-. La presente Ordenanza tiende a la regularización de las Guarderías Transitorias de Canes que se encuentren dentro del ejido de la ciudad de Ushuaia.
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3645 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ESTABLECER la obligatoriedad de contar con Cartas y Menús con tipografía Braile y Macro tipo en todos los establecimientos Gastronómicos que se encuentren dentro del Ejido Municipal.
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3554 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La presente ordenanza tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las Escuelas de Verano/Invierno y Colonias de Vacaciones.
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3537 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Las presentes disposiciones serán de aplicación a todos los Kioscos existentes en Establecimientos Escolares Publico, Privados y/o Públicos de gestión privada, de todos los niveles.
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3492 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación efectuada por parte de la firma "Coca-Cola Polar Argentina S.A., División Tierra del Fuego" a la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia, de los elementos y artefactos de laboratorio usados y en funcionamiento que se detallan a continuación: 1. Una (1) Cabina de Flujo Laminar Horizontal, marca LABCONCO PURIFIER CLEAN BENCH - Catálogo Nro. 36139-00 - Serie Nro. 226610 B - fabricada por la firma LABCONCO CORPORATION de Kansas City - Missouri - Estados Unidos de América; 2. Una (1) Estufa de Cultivo, marca BIOLEC Industria Argentina con las siguientes dimensiones: 55 cm de alto; 39 cm de ancho y 35 cm de profundidad; 3. Una (1) Estufa de Cultivo, marca F.A.L. Industria Argentina con las siguientes dimensiones: 55 cm de alto; 39 cm de ancho y 35 cm de profundidad; 4. Un (1) Agitador Magnético Vortex, marca F.A.C. fabricado por Fábrica de Aparatos Científicos S.A. Industria Argentina; 5. Un (1) Baño Térmostático modelo Balaus, marca F.A.C. fabricado por Fábrica de Aparatos Científicos S.A. Industria Argentina.
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3449 19/10/2015
ARTICULO 1°.- F1JESE en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 243.237.257) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2009, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 9°, 10 y 11.
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Mod. por 3660
3406 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CRÉASE el Fondo de Promoción de la Cultura que tendrá por objeto: a) Propiciar la preservación, promoción y desarrollo de los centros culturales y la biblioteca Municipal; b) Promover la contratación de artistas locales y entidades que desarrollen toda actividad cultural o de apoyo a la instrumentación de actos culturales, haciendo uso de la infraestructura de los centros culturales Municipales; c) Adquirir libros y publicaciones en general con destino a la "Biblioteca Municipal", apoyando la publicación de autores locales.
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Mod.
3308 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- Fíjese en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 0/00 ($ 196.080.482,00) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2008, de acuerdo a la distribución y detalle que fígura en los artículos 8° y 9°.-
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Mod. por 3309, 3351, 3353, 3366, 3391
3251 19/10/2015
ARTICULO 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar una habilitación comercial a favor del señor Walter Daniel SCHREINER, bajo el Rubro Depósito de Productos Alimenticios / Distribuidor Mayorista para explotar comercialmente el local comercial ubicado en la calle Fuegia Básquet 989, nomenclatura catastral Parcela 7 del Macizo 73, de la Sección L propiedad de José Isidro CARAZO.
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3128 19/10/2015
ARTICULO 1º.- INSTITÚYASE por la presente el marco regulatorio para la instrumentación del Programa de Indicación de Procedencia “HECHO EN USHUAIA”, como política de estado que fortalezca la participación en el mercado de los productos locales asociados al perfil turístico de la ciudad, en defensa de las expresiones y productos culturales genuinos y originarios del lugar.
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3010 19/10/2015
ARTICULO 1° Fijase en la suma de PESOS CIENTO TRECE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 113.999.400,00) las erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2006, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 8° y
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Mod. por 3110
2948 19/10/2015
ARTICULO 1º.- CREASE el Programa Municipal de Formación de Consumidores, Elaboradores y Usuarios de la ciudad de Ushuaia, cuya Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Gobierno.
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Mod.
Mod. por
2935 19/10/2015
ARTICULO 1º.- ESTABLECER la construcción de un “COMPLEJO MUNICIPAL DE DESCONSOLIDACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CARGAS”, destinado a camiones de gran porte que arriben al ámbito de la ciudad de Ushuaia.
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2933 19/10/2015
ARTICULO 1º.- INCORPORASE al Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 2919 el Punto I – ALIMENTOS – el que quedará redactado de la siguiente forma: “PUNTO I - ALIMENTACIÓN - Toda persona que preste servicio, cualquiera sea su índole o categoría, en empresas dedicadas a la elaboración, distribución, fraccionamiento, transporte y/o venta de alimentos destinados al consumo humano, en un todo de acuerdo a lo normado por la Ordenanza Municipal Nº 2242 y su modificatoria, Ordenanza Municipal Nº 2323.”
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Mod. 2919
2845 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La presente Ordenanza tiene como objeto regular el funcionamiento, control y fiscalización de los establecimientos habilitados como "Residencia para Adultos Mayores", públicos y privados, ubicados dentro del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia.
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2784 19/10/2015
ARTICULO 1°.- i nstituyese el marco regulatorio para la habilitación y funcionamiento de locales comwciales y venta ambulante en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia, dedicados a la E laboración y /o comercialización de alimentos elaborados en un todo de acuerdo con o establecido en el Código Alimentario Argentino.
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Deroga 481, 543, 545, 697, 1081, 1221, 1477, 1654, 2151
Mod. por 4000
2781 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Fíjase en la suma de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS SIETE ($ 81.202.507,00) las erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2005, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 8° y 9°.
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Mod. por 2831, 2840, 2885, 2963, 2988
2674 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Institúyese por la presente el marco normativo relativo al régimen de faltas y el funcionamiento del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas. CAPITULO II DISPOSICIONES GENERALES
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Mod. por 2776, 5578
2551 19/10/2015
ARTICULO DENOMINASE "Salón de Fiestas y Reuniones" a aquellos locales en alquiler para eventos especiales coma -casamientos, cumpleaños„ bautismos c reuniones sociales en los que no se exija ei pago .de entrada o consumición obligatoria corno condición de ingreso. En éstos locales no estará permitida la venta de bebidas alimentos.
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2504 19/10/2015
ARTICULO 1 AUTORIZASE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días desde la reglamentación ce la presente, el fraccionamiento en los lugares de venta al público, de los artículos comestibles y otros, que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza.
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2383 19/09/2001
ARTICULO 1º.- SUSTITÚYASE la tabla de usos correspondiente al punto II1.Alimentos y Bebidas, del Capítulo VIII del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, de acuerdo al Anexo I de la presente.
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NO
Mod. 2139