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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
2740 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Créase el Sistema de Mediación Vecinal, como programa social, por el cual podrá ser objeto de tratamiento todo conflicto planteado al mismo por la parte interesada y que no este prohibido ser motivo de transacción por la legislación vigente.
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2666 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE el Programa para la Construcción y Mejoramiento de Veredas el que tendrá una vigencia limitada al Ejercicio Presupuestario del año 2004/05, pudiendo ser prorrogado de manera consecutiva previa declaración de necesidad por parte del Concejo Deliberante. Objeto
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2661 19/10/2015
ARTICULO 1º.- ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 590
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2629 19/10/2015
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE la Estructura de Gabinete en las siguientes Secretarías que a continuación se detallan: a) GOBIERNO; b) HACIENDA Y FINANZAS; c) OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS;. d) TURISMO, e) DESARROLLO SOCIAL
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2613 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La organización, funciones, deberes, a . • ibuciones, procedimientos y situación institucional del Defensor del Vecino, se rigen por las disposiciones contenidas en los Artículos 209, 210, 211, 212 y 213 de la Carta OrOrlica Municipal y la presente ordenanza.-
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Mod. por 2643, 2644, 2683
2578 19/10/2015
ARTICULO ESTABLÉCESE por la presente el Régimen Electorál que regirá las elecciones ordinariz-,:; y extraordinarias de la Municipalidad de la Ciudad de Ushuala.
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Mod. por 3240, 3820, 3875, 3888, 6148
2552 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CREASE a partir de la p romulgación de la presente, una Cuente Bancaria con Afectación Específica, cuyo único objetivo será recaudar el monto total de la masa salarial mensual del Personal Municipal pertenecientes a las distintas áreas Municipio de la ciudad de Ushuaia, la que se conformará de los siguientes recursos: cle? a) C o p articipación de Impuestos Federales; b) C oparlicipación por Regalías Hidrocarburíferas; c) C oparticipación por Impuestos Provinciales.
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2538 19/10/2015
ARTICULO 1°.- l_a organización, funciones, deberes, atribuciones, procedimientos y situación institucional de la Reglamentación de Revocatoria de Mandato, se rigen por las disposiciones contenidas en los Artículos 239, 240, 241, 242, 243, 244 y 245 de la Carta Cirgaruca Munícipal y la presente Ordenanza. ARTIC ULO 2°.- IMPLEMENTASE que la ciudadanía pueda solicitar la Revocatoria de Mandatc de cualquier Funcionario Municipal en ejercicio de un cargo al cual se accediere mediante un proceso Electoral Directo Municipal.
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2529 19/10/2015
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE la Estructura de Gabinete de las Secretarías del Municipio, de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.
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Mod. por 2529, 2544
2364 22/08/2001
ARTICULO 1º.- INSTITÚYASE el “Programa Municipal de Información y Asesora- miento Vecinal”.
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NO
2352 08/08/2001
ARTICULO 1º.- A los efectos de regular la circulación por la vía pública de los vehículos denominados “CONTAINERAS” utilizados en las operaciones de estiba portuaria y plazoletas de maniobras, se establecen las siguientes condiciones: a) Solo se autorizará su circulación dentro del ejido urbano en horas diurnas, de acuerdo a los horarios que estacionalmente establezca la reglamentación de la presente. b) A tal fin, la empresa propietaria o locataria de la máquina, deberá solicitar el pertinente permiso especial de circulación ante la autoridad municipal de contralor, con no menos de veinticuatro (24) horas de anticipación. c) La autoridad de tránsito municipal, previa evaluación de la solicitud, podrá autorizar o no el traslado, basándose en las medidas de seguridad del tránsito automotor y peatonal, su normal fluidez, condiciones climáticas imperantes, horario propuesto, recorrido a efectuar y demás circunstancias que sean menester tomar en consideración. d) Adjunto a la solicitud deberá agregarse fotocopia del Título de Propiedad de la máquina, o contrato que acredite su legítima tenencia y fotocopia de la póliza de seguro en vigencia; además fotocopia de la Licencia de Conducir del chofer en la categoría habilitante para el rodado expedida por la Municipalidad de Ushuaia. Asimismo, en la solicitud deberá indicarse el lugar y hora de partida, itinerario del recorrido y hora y lugar de destino. e) La máquina deberá contar con todos los elementos de seguridad exigidos por la Ley Nacional Nº 24.449 y su reglamentación, asimilables a la maquinaria especial. f) De autorizarse la solicitud de traslado, la autoridad de tránsito emitirá un permiso especial de circulación, válido para un solo viaje de ida, y eventualmente de vuelta si esta se produce dentro de las doce (12) horas. g) La autoridad de tránsito municipal podrá exigir, además del acompañamiento que obligatoriamente se realice con vehículos asignados por la autoridad municipal competente, que la empresa propietaria de la máquina containera asigne vehículos escoltas adicionales para acrecentar el dispositivo de seguridad vial. h) Queda prohibido el estacionamiento y circulación por la vía pública de maqui- naria especial sin previa autorización de la autoridad municipal competente.
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NO
2307 16/05/2001
ARTICULO 1°.- DECLARASE de Interés Municipal el PROGRAMA DE REFORMAS Y DESARROLLO DE LOS MUNICIPIOS ARGENTINOS, a ejecutarse bajo la coordinación y dirección de la Secretaría de Provincias del Ministerio del Interior.
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NO
2263 05/12/2000
ARTICULO 1º.- FIJASE en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS ($ 47.306.182,00), los gastos corrientes, gastos de capital y otros gastos del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2001, con destino a las instituciones que se indican a continuación y analíticamente en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 5º, 6º y 7º: INSTITUCIÓN TOTAL GASTOS GASTOS DE OTRAS 42.641.917 CORRIENTES CAPITAL EROGACIONES Administración 2.828.890 Municipal 36.445.069 3.367.958 Concejo Deliberante 4.047.933 3.151.933 896.000 Juzgado de Faltas 616.332 600.932 15.400 TOTAL 47.306.182 40.197.934 2.844.290 4.263.958
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NO
Mod. por 2634, 2725, 2795
2243 15/11/2000
ARTICULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE EMBELLECIMIENTO Y CONSOLIDACION URBANA DE LA CIUDAD DE USHUAIA, como un programa amplio, general, planificado y convergente hacia el mejoramiento permanente de la imagen de la ciudad, afianzando su perfil turístico y elevando la calidad de vida de los vecinos de Ushuaia.
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NO
Mod. por 2269, 2824, 2894
2221 04/10/2000
ARTICULO 1°.- Crease el Consejo Juvenil de Ushuaia, que se configura como órgano autónomo en sus decisiones con relación a los temas de juventud y cuenta con ei reconocimiento de las autoridades municipales de Ushuaia, el que se regirá por el Reglam,ento Interno que el mismo dicte.-
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NO
Mod. por 2341, 5794
2200 06/09/2000
ARTICULO en la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 52.264.842) las erogaciones de la Administración Municipal, del Concejo Deliberante y Juzgádo de Faltas para el Ejercicio 2000, con el destino y composición que se detalla analíticamente en las planillas anexas que forman parte de la presente ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 5°, 6° y 70._
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NO
Mod. por 2261
2130 08/03/2000
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al ejecutivo municipal a realizar las actuaciones conducentes a la incorporación de la Municipalidad de Ushuaia a la Federación Argentina de Municipios, en los términos del Artículo 4º de la Ley Nacional Nº 24.087.
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Mod. por 3809
2117 07/12/1999
ARTICULO 1º.- FIJASE en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONOES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($46.646.798,00) las erogaciones de la Administración Municipal y el Concejo Deliberante para el ejercicio 1998, con el destino y composición que se detallan analíticamente en la planillas Anexas que forman parte de la presente ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 4º y 5º.-
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NO
Mod. 1925
2115 07/12/1999
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir del tesoro nacional (A.T.N.), las sumas de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000,00)y PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00), los que tendrán como destino específco las Obras de saneamiento de la Bahía Encerrada y parte de las erogaciones que demandarán las obras correspondientes a los festejos del Día del Milenio, respectivamente.- ARTIOCULO 2º.- El Ejecutivo municipal deberá incorporar las sumas enunciadas en el Artículo 1º al Presupuesto de recursos y Erogaciones correspondiente al Ejercicio 1999.-
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NO
2082 06/10/1999
ARTICULO 1°.- INCORPORASE al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del Ejercicio 1998, el monto de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL ($ 175.000,00), de acuerdo a lo establecido en el Convenio registrado bajo el N° 803, ratificado por Decreto Municipal N° 055/99 y Resolución C.D. N° 038/99 de fecha 05/05/99, firmado entre el Instituto Provincial de Vivienda y el Departamento Ejecutivo Municipal, de acuerdo a las partidas presupuestarias y destino específico que se detallan en el Anexo I de la presente.-
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NO
Mod. 1925
2081 06/10/1999
ARTICULO 1°.- INCORPORASE al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del Ejercicio 1998, el monto de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON OCHO CENTAVOS ($ 233.347,08), de acuerdo a lo establecido en el Convenio registrado bajo el N° 770, ratificado por Decreto Municipal N° 1493/98 y Resolución C.D. N° 259/98 de fecha 16/12/98, firmado entre el Instituto Provincial de Vivienda y el Departamento Ejecutivo Municipal, de acuerdo a las partidas presupuestarias y destino específico que se detallan en el Anexo I de la presente.-
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NO
Mod. 1925
2070 08/09/1999
ARTICULO 1°.- INCORPORASE al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del Ejer- . cicio 1998, las sumas coparticipables, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 60 0 de la Ley Provincial '1\1° 105 (Residuos Peligrosos), de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000,00), de acuerdo a las partidas presupuestarias y destino específico que se detallan en el ANEXO I de la presente.-
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NO
Mod. 1925
2062 08/09/1999
ARTICULO 1 0.- DECLARAR la Emergencia Financiera del Municipio hasta el 31 de diciembre de 1999, y/o hasta tanto se regularice la remisión de Fondos Coparticipables de Jurisdicción Nacional o Provincial, que permita el normal funcionamiento de la Institución Municipal (Departamento Ejecutivo y Departamento Deliberativo).-
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NO
2039 14/07/1999
ARTICULO 1°.- INCORPORASE al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del ejercicio 1998, un Subsidio Institucional otorgado por la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación de PESOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 26.970,00), de acuerdo a las partidas presupuestarias y destino específico que se detallan en el Anexo I de la presente.-
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NO
Mod. 1925
2038 14/07/1999
ARTICULO 1°.- INCORPORASE al Presupuesto de Recursos y Erogaciones del ejercicio 1998, un Aporte del Tesoro Nacional de PESOS TRESC1ENTOS MIL ($ 300.000,00), de acuerdo a las partidas presupuestarias y destino específico que se detallan en el Anexo I de la presente.-
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NO
Mod. 1925