ARTICULO en la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 52.264.842) las erogaciones de la Administración Municipal, del Concejo Deliberante y Juzgádo de Faltas para el Ejercicio 2000, con el destino y composición que se detalla analíticamente en las planillas anexas que forman parte de la presente ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 5°, 6° y 70._
ARTICULO 2°.- Estimase en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DIECINUEVE MIL ClENTO CUARENTA Y DOS ( $ 46.019.142) , el cálculo de Recursos destinadcs a atender las erogaciones fijadas en el Artículo 1° de la presente ordenanza.
ARTICULO 3°.- Los importes que en concepto de Erogaciones Figurativas se incluyen, constituyen autorizaciones legales para imputar las erogaciones a sus correspondientes créditos, según el origen de los aportes y contribuciones para el Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- Como consecuencia de lo establecido . en los artículos precedentes, determinase el siguiente Balance Financiero Preventivo. EROGACIONES $ 52.264.842 RECURSOS $ 46.019.142 NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO $ 6.245.700
ARTICULO 5°.- Fíjanse los importes que se detallan a continuación, para las Partidas Principales correspondientes a la Sección 1 de la Clasificación Económica: 1) EROGACIONES CORRIENTES (en pesos) Partida Principal 11 (Personal) $ 28.936.530 Partida Principal 12 (Bienes y Servícios) $ 9.993.803 Partida Principal 21 (Intereses de Deuda) $ 1.404.771 Partida Principal 31 (Transferencias) $ 201.100
ARTICULO 6°.- Fijase los importes que a continuación se detallan para las partidas principales correspondientes a la Sección 2 de la Clasificación Económica: 2) EROGACIONES DE CAPITAL (en pesos) Partida Principal 32 ( Transferencias) $ 1.227.000 Partida Prin c' ipal 51 ( Bienes de Capital) $ 374.000 r ea-yr..as y aquia.hic.4 1GUE2 Jefs 7Tr. espac. General Copceto Dellberantl. afx, .10)1 y Ordenanza Numero: 2200 ES CO15,1"( OEL bEk. 2/6 .scrtrYr-da s Jefe Dpto Despacho General D.L T yDG A.L.M Partida Principal 52 (Trabajos Públicos) $ 6.970.172 artida p inclpal 71 ( Inversión Financiera) $ 2.480 Importes que se detallan a continuación para las Partidas 11es corresndjentes a las Sección 3 de la Clasificación Económica: RAS EROGACIONES (en pesos) Partida Drincipal 101 ( Amortización de la Deuda) $ 2.554.986 Partida Principal 91 (Erogaciones Figurativas) $ 600.000
ARTICULO 8°.- Fíjase en la suma de PÉSOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETEC1ENTOS ( $ 6.245.700) el financiamiento de la Administración Municipal de acuerdo a la distribución que se fija seguidamente: APORTES NO REINTEGRABLES $ 1.370.000 USO DEL CREDITO $ 4.875.700 FINANCIAMIENTO $ 6.245.700
ARTICULO 9°.- Como consecuencia de los artículos 7° y 8° de la presente ordenanza, estimase el financiamiento neto de la administración Municipal en la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CATORCE ( $ 3.690.714) , destinados a atender el financiamiento determinado en el Artículo 4°) conforme el resumen que se indica a continuación: FINANCIAMIENTOS $ 6.245.700 $ 2.554.986 ,AMORTIZACION DE DEUDA $ 3.690.714 .F1 NANCIAMIENTO NETO
ARTICULO 10°.- Fíjase en 1026 el número total de cargos para el presente p resupuesto. Esta ulfra se compone de la siguiente manera: PERSONAL PERMANENTE PLANTA PERMANENTE 880 cargos PERSONAL NO PERMANENTE AUTORIDADES SUPERIORES 24 cargos PERSONAL DE GABIENTE 34 cargos PERSONAL TEMPORARIO 88 cargos
ARTICULO 11°.- El Ejecutivo Municipal para introducir modificaciones en las partidas y cargos del presupuesto deberán ajustarse a lo establecído en la Ordenanza Muni- FIEL jEeCergR R. MON RU79411UEZ (1. o Dellberentb Cgial Wilahx.Itas eoaral y ,1_7,7(cri< del-o x„,9,4 y .;CX(1" drY"ilajn es (X)PAk FIEL DEL ORIGNIM á".47 Ordenanza Numero: 2200 Jefe Dp -Garabnas eral 3/6 D.L Despacho Gen T yDG A.L.M. -0e,/(4e4~,&‹41ct wictihqUatua ecutivo Municipal podrá incorporar Ad-Referendum de Concejo Deliberante recursos provenientes del orden Nacional, Provincial o Privado que estén destinados al financiamiento específico de algún concepto incorporando en este caso las respectivas partidas de erogaciones.
ARTICULO 13°.- El Ejecutivo Municipal deberá presentar mensualmente al Concejo Deliberante un informe de la Ejecución Presupuestaria. El mismo se compondrá de iguales planillas a las anexas a este presupuesto, informando el compromiso, devengamiento y pagos de gastos del mes y la evolución de la planta personal por jurisdicción. Dicho informe deberá presentarse dentro de los TREINTA (30) días corridos al vencimiento del mes. Las partidas de personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Capital, Transferencias, Trabajos Públicos y Bienes Preexistentes, serán contabilizadas por el máximo nivel de desagregación que figuren en los clasificadores de Erogaciones vigentes.
ARTICULO 14°.- El Concejo Deliberante rendirá cuenta de sus gastos al Tribunal de Cuentas de la Provincia. La Contaduría General de la Municipalidad no intervendrá en ninguna etapa de la contabilización de las erogaciones del Concejo Deliberante, únicamente registrará las remesas que deba transferir a su requerimiento, conforme lo establecido en la Partida principal 91 (Erogaciones Figurativas)
ARTICULO 15°.- beterminase, a los efectos de la contabilización de los recursos y de las erogacionas, las siguientes equivalencias de denominación entre las fijadas por la ley Territorial 236 y las de uso habitual en los clasificadores Nacionales y Provinciales vigentes que se encuentran integrando los sistemas presupuestarios y contable municipal: LEY TERRITORIAL 236 USO HABITUAL RECURSOS CORRIENTES FINANCIAMIENTO ORDINARIOS USO DEL CREDITO OP1A EXTRAORDINARIOS Y ESPECIALES DE CREDITO EROGAC1ONES 7N1 ).40N ROD IGUE2 Con?* nebbcranzL 111097;as yC- .92~1~;(Á dei-ans sow y seXSPI. (254't nh;YUZ.11 Ordenanza Numero: 2200 why 4/6 /C. _Carcier Jefe D016 Despacho Generai D.L T yDG A.L M
CAPITULO CARACTER Capítulp 0- Administración Central Carácter 0 — Adm Cent. Capítulo f — Cuéntas Especiales Carácter 1 — Ctas. Esp. Capítulo 2 — Organismos Descentralizados Carácter 2 Org. Desc. JURISDICCIONES UNIDADES DE ORGANIZACION
ARTICULO 16°.- Fijase en la suma de PESOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CIN- CUENTA:Y Npgvp.„( 176.'159) las erogaciones y en igual suma los recursos de la Cuenta Es, pecial (Fr;ri 'dici 'Especial de Deportes) , Ordenanza Municipal N° 300, con el destino y composipión que se detalla en las planillas anexadas a la presente ordenanza.
ARTICULO 17°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y 2200 .- . • ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 06/09/2000.-