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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
4096 22/02/2012
ARTÍCULO 1º.- CREAR la Línea Complementaria de Transporte Público Colectivo de Pasajeros en el sector del Valle de Andorra.
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4033 05/10/2011
ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 2° de la ordenanza municipal Nº 3810, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 3810
4012 03/08/2011
ARTICULO 1°.- OBJETO. La presente ordenanza tiene por objeto regular el ejercicio de la actividad de Guardavidas en el ámbito de la ciudad de Ushuaia.
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3959 03/08/2011
artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL 1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUA1A DECRETA , sancionada por
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 3959 el Concejo Deliberante de la cludad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 03/08/2011, por medio de la cual se ratifica el Decreto Municipal N° 994/2011, por el cual -se autoriza ad- referéndum del Concejo Deliberante un incremento en la tartfa de la línea regular de transporte de pasajeros, colectivos. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
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3936 13/04/2011
ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Convenio de Colaboración celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia y la Asociación Síndrome de Down Ushuaia, a los efectos de propiciar el desarrollo y mejora de las actividades de bien común llevadas a cabo por la asociación civil, por la cual se le cede mensualmente el importe equivalente al veinte por ciento (20%) de lo recaudado por la venta de boletos de la calesita y juegos individuales que se encuentran implantados en la plaza pública Comandante Luis Piedrabuena.
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3810 25/08/2010
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a crear el sistema municipal de localización electrónica de vehículos de transporte público de pasajeros.
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Mod. por 4033, 4313
3771 30/06/2010
ARTÍCULO 1º.- SUSTITÚYASE, el artículo 1º de La Ordenanza Municipal 1533, modificado por la Ordenanza Municipal 2691, el cual quedará redactado de la siguiente forma:             “Artículo 1º.- Establecer en el ámbito de la jurisdicción de la ciudad de Ushuaia, durante la temporada invernal o cuando las condiciones climatológicas así lo aconsejen, el uso obligatorio para todos los vehículos automotores en circulación, de cubiertas provistas de clavos, cadenas para nieve/hielo o cubiertas para uso de nieve severa que estén debidamente homologadas para tal fin. Las cubiertas (que no posean clavos) para uso en nieve severa deberán contener en su banda lateral exterior un logotipo universal identificatorio que las reconoce como tales de acuerdo al Anexo I de la presente, y ser siempre en pares comenzando por el eje motor, que es el delantero, si el vehículo es de tracción delantera y el de atrás, si es de tracción trasera. Los vehículos automotores afectados al Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros podrán circular excepcionalmente provistos de cubiertas con tacos cuando, a criterio de la autoridad de aplicación, las condiciones de transitabilidad así lo permitan, siempre que no sea posible o aconsejable utilizar cubiertas con clavos o cadenas para nieve/hielo”.
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Mod. 1533
Deroga 2691
3672 02/12/2009
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2009, aprobado por la Ordenanza Municipal N° 3449, conforme al detalle que se consigna a continuación: a) incorporación del Recurso "001 001 001 050 — Servicio de Línea Urbana Adicional" por un monto total de pesos cien mil ($100.000,00); b) incorporación del Recurso "003 001 032 — Aportes Consulta Popular" por un monto total de pesos sesenta y cinco mil ($65.000,00); c) incorporación del Recurso "003 001 033 — Aportes Ushuaia Magnifica" por un monto total de pesos cincuenta mil ($50.000,00); d) incorporación del Recurso "003 001 034 — Aportes Inclemencias Climáticas" por un monto total de pesos un millón trescientos mil ($1.300.000,00) e) incorporación del Recurso "002 002 002 001 — Venta de bonos" por un monto total de pesos quinientos mil ($500.000,00); f) incorporación del Recurso "003 001 011 — Convenio Plan Federal de Emergencia Habitacional" por un monto total de pesos noventa y seis mil ciento seis ($96.106,00); g) disminución del Recurso "003 003 001 — Resultados Ejercicios Anteriores" por un monto total de pesos tres millones seiscientos treinta y tres mil doscientos cincuenta ($3.633.250,00); h) disminución del gasto correspondiente a la Partida 51 — Bienes de capital por un monto total de pesos un millón quinientos veintidós mil ciento cuarenta y cuatro ($1.522.144).
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3669 02/12/2009
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER la categoría de transporte Diferencial Rápido dentro de las modalidades de transporte público de pasajeros que cuenta la ciudad de Ushuaia.
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3629 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DECLARAR de Interés y Promoción Municipal, la iniciativa para la construcción de "Refugios para el servicio público de transporte urbano colectivo de pasajeros" y explotación comercial de sus espacios publicitarios, a los efectos de convocar a los interesados bajo el Sistema de Promoción de Inversiones por Iniciativa Privada, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza municipal 3565.
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3602 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DECLARAR en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, el ESTADO DE EMERGENCIA del Sistema Públíco de Transporte Colectivos de Pasajeros.
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3584 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CREASE en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, una LINEA URBANA MUNICIPAL que brindará y complementará el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros.-
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3545 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ADHERIR al Código Ético Mundial para el Turismo (CEMT), aprobado por la resolución AIRES/406(XIII) de la Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo, que forma parte de la presente como Anexo I.
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3540 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICAR el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal 2135, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 2135
3449 19/10/2015
ARTICULO 1°.- F1JESE en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 243.237.257) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2009, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 9°, 10 y 11.
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Mod. por 3660
3342 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- ABROGASE la Ordenanza Municipal 3169.
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Deroga 3169
3341 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INSTITUYASE que la fijación y/o modificación de los Cuadros Tarifarios de Servicios Públicos Municipales, deberán ser previamente sometidos a tratamiento de Asamblea Tarifaria, que será convocada al efecto en un plazo no mayor a DIEZ (10) días de producido el requerimiento, y se realizará conforme el procedimient o que se establezca por vía de reglamentación.
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Mod. por 3546, 6300
3313 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DECLARAR en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, el estado de crisis del Sistema Público de Transporte Colectivo de Pasajeros.
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3308 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- Fíjese en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 0/00 ($ 196.080.482,00) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2008, de acuerdo a la distribución y detalle que fígura en los artículos 8° y 9°.-
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Mod. por 3309, 3351, 3353, 3366, 3391
3221 19/10/2015
ARTICULO 1º.- INCORPORESE al Capítulo XI - Faltas al Servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros - del Anexo I de la Ordenanza Municipal 1492, por la que se aprueba el Régimen de Penalidades por Faltas Municipales, como Artículo 179 bis) el siguiente texto: “
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Mod. 1492
3145 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- La presente Ordenanza instituye el marco regulatorio para la evaluación de impacto ambiental de obras, actividades o proyectos que pudieran afectar en forma negativa el ambiente natural o urbanizado del Ejido Municipal de la ciudad de Ushuaia, constituyéndose como instrumento de gestión para el cumplimiento de las disposiciones del Artículo 82 de la Carta Orgánica Municipal, el derecho de la comunidad a gozar de un ambiente sano, así como los demás principios y normas de protección ambiental previstos en la Carta Orgánica Municipal.
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3121 19/10/2015
ARTICULO 1º.- APRUÉBASE el Programa de Saneamiento Ordenamiento y Recuperación Urbana de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra que como ANEXO I se incorpora a la presente y el que será regido por las Ordenanza Municipales 2750, 3085, 3099, lo dispuesto en la presente Ordenanza y los reglamentos a que ella de lugar.
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Mod. por 3543
3094 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DECLARASE al tabaco como una sustancia nociva pará la salud de las personas. La presente Ordenanza tiene por objeto proteger a los fumadores pasivos que en forma compulsiva, se ven expuestos a los efectos del tabaco en locales habilitados por el Municipio y/o oficinas públicas municipales, promoviendo al mismo tiempo le erradicación del hábito de fumar.
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Deroga 2390
3088 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Todo oncfer de Iranspui-te colectivo de pasajeros, debera estar debidamente identifícadd. A e deberá exhibir en lugar claramente visible de la unidad, un cartel que conienga( mínimo. a) Foto del chofer: b) Nombre y c) Número de documento: d) Turno que realiza.
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3010 19/10/2015
ARTICULO 1° Fijase en la suma de PESOS CIENTO TRECE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 113.999.400,00) las erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2006, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 8° y
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Mod. por 3110