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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
5245 19/04/2017
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 2° de la Ordenanza Municipal 4690, el que quedará redactado de la siguiente forma: "
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Mod. 4690
Deroga 3620
5243 10/05/2017
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 5116, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. hasta la suma de pesos treinta y cinco millones ($ 35.000.000) discriminados de la siguiente manera: a) hasta la suma de pesos veintidós millones ($22.000.000) para la adquisición de colectivos para prestar el servicio público de transporte de pasajeros; b) hasta la suma de pesos trece millones ($13.000.000) para la ejecución de obra pública." 
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Mod. 5116
5215 15/03/2017
ARTÍCULO 1°.- Los servicios de transporte público habilitados por el municipio de Ushuaia deberán llevar impreso el ISO logotipo alusivo a la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, conteniendo la leyenda "Las Malvinas son Argentinas".
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5207 15/03/2017
ARTÍCULO 1°.- SUSTITUIR el artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 5179, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 5179
5201 14/12/2016
OBJETO
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER la prohibición, para los usuarios de Transporte Público Colectivo de Pasajeros del ejido municipal de la ciudad de Ushuaia, de reproducir música y/o sonidos a través de dispositivos portátiles de cualquier tipo, en modo de altavoces y/o parlantes que resulten audibles para el resto de los pasajeros. La reproducción de música o sonidos sólo está permitida con la utilización de auriculares. FACULTADES DEL CONDUCTOR
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5163 23/11/2016
ARTICULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal 1693/2016, de fecha 22 de noviembre de 2016, mediante el cual se autoriza ad referéndum del Concejo Deliberante un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros taxi.
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5116 21/09/2016
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por hasta la suma de pesos treinta y cinco millones ($35.000.000).
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Mod. por 5243, 5392
5081 10/08/2016
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 1055/2016, de fecha 08 de agosto de 2016, mediante el cual se aprueba ad referéndum del Concejo Deliberante el Acta Acuerdo registrada bajo el número 10496, celebrada entre la Municipalidad de Ushuaia, la empresa Ushuaia Integral Sociedad del Estado y la empresa Autobuses Santa Fe S.R.L., con el objeto de dar continuidad a partir del 6 de julio de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016 a la explotación del servicio público de transporte urbano colectivo de pasajeros.
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5073 27/06/2016
ARTICULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal 790/2016, de fecha 27/06/2016, dictado ad referéndum del Cuerpo de concejales, por medio del cual se autoriza un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros taxi, consistente en llevar el valor de la ficha de pesos uno con treinta centavos ($1,30) a pesos uno con cincuenta centavos ($1,50), y la bajada de bandera de pesos diecisiete ($17,00) a pesos dieciocho ($18,00).
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5020 17/02/2016
ARTICULO 1°.- DECLARAR por el lapso de seis (6) meses, la Emergencia en el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros en la dudad de Ushuaia, la que podrá ser prorrogada por única vez por idéntico plazo en forma debidamente fundada por el Departamento Ejecutivo Municipal.
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4987 02/12/2015
ARTÍCULO 1°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a eximír del pago de una (1) de las doce (12) cuotas mensuales y consecutivas del pago anual de la Tasa a las Actividades Comerciales e Industriales de Ushuaia (CAEU) establecidas en la Ordenanza Fiscal vigente y de acuerdo a las alícuotas establecidas por Ordenanza Tarifaria vigente, a los titulares de comercios que tengan habilitada una boca de expendio y recarga para el sistema de tarjeta magnética correspondiente al Servicio Público de Transporte Colectívo de Pasajeros de la ciudad de Ushuaia. Aquellos contribuyentes que habiliten el servicio o se acojan al presente beneficio iniciado el año fiscal, reciben el descuento proporcional en las cuotas partes de la tasa anual correspondientes a los meses subsiguientes al de su habilitación.
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4982 14/12/2015
ARTÍCULO 1°.- CREAR la sociedad de estado municipal denominada "Ushuaia Integral Sociedad de Estado", cuyo objeto se constítuye en la prestación de Servicios Generales tendiente a la conservación, el mantenimiento y la mejora del desarrollo social, económico, urbanístico, cultural y tecnológico de centros urbanos y/o a urbanizarse. Para ello podrá: a) prestar servicios públicos de recolección de residuos sólidos urbanos, barrido y limpieza de calzadas, con sus p restaciones básicas y complementarias. Incluido el transporte, disposición, tratamiento, reciclado, aprovechamiento y comercialización del material resultante; b) prestar servicios públicos de recolección de residuos patógenos, su tratamiento y disposición final; c) generar y/o extraer materia prima para generar energía y su posterior comercialización; d) prestar servicio público de limpieza y desmalezamiento de espacios verdes, veredas, baldíos y basurales; e) prestar servicio público de mantenimiento, refacción, ampliación y construcción de infraestructura de bienes públicos y privados; f) servicio, producción y comercialización de materiales de construcción y bienes productivos en general; g) realizar obras de pavimentación, bacheo, escoriado de vía pública y cualquier obra tendiente al mejoramiento vial; h) realizar estudios de suelo, concreto, asfalto y demás materiales de construcción, así como toda otra actívidad tendiente a medir el impacto ambiental de obras de insfraestructura i) prestar servicio de transporte público urbano e interubano de pasajeros, transporte escolar, especial y transporte de carga en general; j) prestar servicio de monitoreo y video vigilancia y cualquier actividad tendiente a su instalación y desarrollo; k) prestar servicio de telecomunicaciones, fibra óptica, inalámbrica, coaxil, triple toda actividad tendiente a su instalación; play y/o cualquier otra tecnología existente o a desarrollarse, como así también toda actividad tendiente a su instalación; I) prestar servicios de radiodifusión e imprenta, tendientes a mejorar la comunicación y la difusión de asuntos de interés general, y toda otra actividad dirigida a su instalación y explotación comercial; m) prestar servicios para la atención de necesidades eventuales mediante unidades portátiles como oficinas, sanitarios, dormitorios, stands, depósitos, gateras, consultorios, aulas, salas de reuniones, vestuarios, viviendas, boleterías. Así como toda actividad que permita su traslado, carga, descarga, colocación, limpieza y mantenimiento; n) prestar o desarrollar cualquier otro servicio y/o producción de bienes que resultaren necesarios para el desenvolvimiento de centros urbanísticos o a urbanizarse.
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Mod. por 5308
4975 02/12/2015
ARTICULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 1733/2015, de fecha 24 de noviembre de 2015, mediante el cual se aprueba ad-referéndum del Concejo Deliberante un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros Taxi, consistente en Ilevar el valor de la ficha de pesos uno con diez centavos ($1,10) a pesos uno con treinta centavos ($1,30), y la bajada de bandera de pesos dieciséis ($16,00) a pesos diecisiete ($17,00).
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4853 08/07/2015
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 933/2015, de fecha 2 de julio de 2015, mediante el cual se autoriza ad referéndum del Concejo Deliberante un incremento en la tarifa del Transporte Público de Pasajeros Taxi, consistente en llevar el valor de la ficha de noventa centavos ($0,90) a pesos uno con diez centavos ($1,10), y la bajada de bandera de pesos quince ($15,00) a pesos dieciséis ($16,00).
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4810 10/12/2014
ARTICULO 1º.- Serán reconocidas como Organizaciones de Representación Vecinal (ORV) las organizaciones de vecinos, de carácter voluntario, sin fines de lucro, que tengan por objeto satisfacer las necesidades comunes mediante la participación comunitaria, que se encuentren trabajando en un mismo barrio, cuenten con el aval de los vecinos y sea representativa del mismo; aquellas, cualquiera sea su denominación, serán reconocidas como tales por la Municipalidad de Ushuaia a los fines del artículo 258 de la Carta Orgánica Municipal. En todos los casos, las mismas deberán cumplir con la presente normativa o la que la reemplace en el futuro.
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Deroga 2698
4800 10/12/2014
TÍTULO I De sus Fines
ARTÍCULO 1°.- INSTITUIR el Plan Municipal de Tenencia Responsable de Animales Domésticos de Compañía (ADC), que regula la tenencia responsable de las especies domésticas (canes y felinos) que el hombre utiliza como compañía, dentro del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, y cuya formulación y ejecución estará a cargo de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia. TÍTULO II De la Tenencia Responsable
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Deroga 469,560,1673,2338,2583,2618,3114,3151.
Mod. por 4841, 5328, 6507
4763 12/11/2014
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 1975/2014, de fecha 3 de diciembre de 2014, mediante el que se aprueba ad referéndum del Cuerpo de concejales el incremento de la tarifa del servicio público de pasajeros taxi y de la tarifa del servicio público de transporte colectivo de pasajeros.
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4690 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- RÉGIMEN. IMPLEMENTAR el régimen de Boleto Estudiantil Gratuito para todos los niveles educativos obligatorios en el Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la ciudad de Ushuaia. El mismo será de aplicación al transporte colectivo en su alcance actual y en aquellas líneas o soluciones especiales a crear y/o concesionar en el futuro para cualquier zona del ejido municipal.
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Deroga 426,568
Mod. por 5245
4677 20/08/2014
ARTÍCULO 1º.- CREAR en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia el siguiente Manifiesto sobre Turismo Accesible, por medio del cual todas las personas,sin excluir a aquellas con algún tipo de discapacidad o movilidad reducida, tienen pleno derecho a ser turistas y a hacer uso de los servicios y productos turísticos con la máxima autonomía e independencia en nuestra ciudad.
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4593 18/06/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el estacionamiento vehicular sobre ambas márgenes de las calles Gobernador José María Paz y Gobernador Deloqui entre las calles Piedrabuena y Yaganes.
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4556 26/03/2014
ARTÍCULO 1 1 .- INSTRUIR al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el Ilamado a licitación del Servicio de Transporte Público de Colectivos dentro de un plazo no mayor a los treinta (30) días a partir de aprobado el pliego de licitación para el servicio mencionado anteriormente, por parte del Concejo Deliberante.
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4502 11/12/2013
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar predios o fracciones fiscales municipales adecuadas a la construcción de unidades funcionales destinadas a satisfacer la demanda habitacional, de conformidad al mecanismo previsto por la presente Ordenanza.
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4413 18/09/2013
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, el sistema de padrinazgo voluntario de construcción y mantenimiento de garitas de transporte público de pasajeros por parte de las personas jurídicas que asuman formalmente el costo de las tareas de mantenimiento y/o construcción de tales sitios.
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4298 13/03/2013
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR dos espacios reservados para estacionamiento, con característica de parada de colectivo, de aproximadamente ocho (8) metros cada uno, destinados a vehículos de fantasía en los lugares y empresas que se detallan a continuación: a) un espacio de ocho (8) metros en calle Lasserre, margen Este, y su intersección con la avenida Maipú, frente al edificio del Hotel Albatros destinado al vehículo fantasía propiedad de la señora Elena Brigida Paez; b) un espacio de ocho (8) metros en calle San Martín, margen Norte, y su intersección con la calle Juana Fadul, frente al edificio de la Secretaría de Turismo Municipal, propiedad de la empresa Ushuaia Double Decker Tour.
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Deroga 2502
Mod. por 4565, 4822, 4913, 6587
4207 31/10/2012
ARTÍCULO 1 , .- RATIFICAR el Decreto Municipal N 1063/2012, en virtud del cual se autoriza, ad referéndum del Concejo Deliberante, un incremento de la tarifa del transporte colectivo de pasajeros.
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