ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR dos espacios reservados para estacionamiento, con característica de parada de colectivo, de aproximadamente ocho (8) metros cada uno, destinados a vehículos de fantasía en los lugares y empresas que se detallan a continuación: a) un espacio de ocho (8) metros en calle Lasserre, margen Este, y su intersección con la avenida Maipú, frente al edificio del Hotel Albatros destinado al vehículo fantasía propiedad de la señora Elena Brigida Paez; b) un espacio de ocho (8) metros en calle San Martín, margen Norte, y su intersección con la calle Juana Fadul, frente al edificio de la Secretaría de Turismo Municipal, propiedad de la empresa Ushuaia Double Decker Tour.
ARTÍCULO 2º.- DETERMINAR el período de estacionamiento dispuesto en el artículo 2º desde el 1º de septiembre al 30 de abril.
ARTÍCULO 3º.- Las empresas mencionadas en el artículo 1 9 deberán cumplir con los siguientes requisitos además de los exigidos por reglamentación: a) poseer habilitación extendida por el área correspondiente; b) prestar el servicio como mínimo 5 días a la semana; c) no podrá comercializar el servicio a viva voz; d) no podrá instalar mesa de apoyo o cualquier otro tipo de mobiliario fijo o portátil, sobre la acera ni arteria que pudiera entorpecer el tránsito del peatón y/o vehicular; e) mantener los vehículos en buen estado de conservación y limpieza; f) mantener a la vista los precios al público por los servicios que se ofrezcan.
ARTÍCULO 4º.- INFORMAR al Departamento Ejecutivo Municipal para la colocación de la cartelería correspondiente, así como el cobro establecido en la Ordenanza Municipal Nº 3501, parte especial, Anexo II, artículo 1º, inciso o).
ARTÍCULO 5º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 2502.