ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por hasta la suma de pesos treinta y cinco millones ($35.000.000).
ARTÍCULO 2°.- APROBAR las condiciones financieras ofrecidas por el Banco Macro S.A. según se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado por el artículo 1° de la presente los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo reemplace y/o los recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente operatoria.
ARTÍCULO 4°.- Los fondos del préstamo comercial serán afectados íntegramente con los fondos de los Presupuestos 2016 y sucesivos que resulten necesarios para cancelar todos y cada uno de los cánones, valor residual, como así también todo importe que usualmente corresponda abonar en la operatoria de crédito aprobada.
ARTÍCULO 5°.- OTORGAR poder especial a favor de la Contaduría General de la Provincia, a fin de que, a pedido del Banco Macro S.A., proceda a retener de los Fondos Coparticipables los montos que correspondan hasta la suma comprometida, con el objeto de hacer efectiva la garantía y el medio dispuesta en el artículo 3°.
ARTÍCULO 6°.- En caso que el empréstito, Sociedad del Estado, no funcione, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá Ilamar a licitación en un plazo de un (1) año.
ARTÍCULO 7°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los contratos y demás documentación que fuera menester a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.