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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
2821 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZANSE espacios reservados entre discos de CATORCE (14) metros, para el ascenso y descenso de pasájeros con una leyenda en placa adicional "ESPACIO RESERVADO PARA ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS DESTINADO A HOSPEDAJES TURISTICOS", los que estarán emplazados sobre la margen Sur de la Avenida José de San Martín, a partir de la Línea de Edificación, en intersecciones de las calles que a continuación se detallan: a) Patagonia; b) Sarmiento; c) Juan Manuel de Rosas; d) 9 de Julio; e) Juana Fadul; f) Antártida Argentina.
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2813 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE de cumplir con el Artículo IV.1.4.2. del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Ushuaia, en lo que respecta a que los espacios verdes se destinen al uso recreativo público al aire libre, autorizándose a construir sobre las parcelas denominadas catastralmente como 1 y 2 del Macizo 40 de la Sección "D" un Centro Comunitario, a cuyos efectos el Departamento Ejecutivo Municipal podrá ,:onvenir con la Asociación Vecinal y/o el Gobierno de la Provincia los términos de cooperación para la construcción, uso y administración del mismo.
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Mod. por 3878
2784 19/10/2015
ARTICULO 1°.- i nstituyese el marco regulatorio para la habilitación y funcionamiento de locales comwciales y venta ambulante en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia, dedicados a la E laboración y /o comercialización de alimentos elaborados en un todo de acuerdo con o establecido en el Código Alimentario Argentino.
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Deroga 481, 543, 545, 697, 1081, 1221, 1477, 1654, 2151
Mod. por 4000
2782 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Crease el régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obras para las obras públicas municipales, cuyo financiamiento sea realizado con recursos propios o de organismos públicos nacionales o provinciales, cuya metodología se establece como Anexo I de la presente.
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2773 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Todo frentista de calles y/o pasajes en el ámbito del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, está obligado a la colocación o construcción de buzones para la contención de la correspondencia.
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2762 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 2161, e que quedará redactado de la siguiente forma: "
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Mod. 2161
2755 19/10/2015
ARTICULO 1º.- INCORPORASE dentro de lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano, en el Artículo III.4.1.5. OCHAVAS, los incisos a) y b), los que quedarán redactados de la siguiente forma: "III.4.1.5. OCHAVAS a) Siempre que se ceda una ochava, la misma se trazará de SEIS (6) metros para aquellos casos en que los ángulos internos conformado por las proyecciones de las Líneas Municipales, sean comprendidos entre 60º y 135º. Cuando éste ángulo sea mayor o igual a 135º, el Area Técnica competente, podrá resolver la prescindencia de la ochava. En los casos en que el ángulo mencionado sea menor de 60º, o que las parcelas que deban ceder la ochava cuentan con una superficie menor a DOSCIENTOS (200) metros cuadrado, el Area Técnica competente, resolverá la dimensión de la ochava a ceder de acuerdo a cada caso particular." b) Autorízase a ocupar con construcciones las superficies cedidas como ochavas para aquellas edificaciones existentes que se encuentren dentro del Area de Preservación Histórica de la zona central de la Ciudad, definida en el Plano de Zona del Código de Planeamiento Urbano y de los Macizos denominado catastral- mente como Sección "C", Macizos 33, 34, 35 y 36 del Barrio Solier, mientras mantengan las edificaciones originales en su estructura y sus características arquitectónicas exteriores. En caso de modificación o demolición de la misma, deberá adecuarse la nueva construcción cediendo la superficie de ochava prevista en el Inciso a) del presente Artículo."
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Mod. 2139
2746 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 2139 - para la edificación ubicada en la Parcela 1b del Macizo 23 de la Sección "B", propiedad del señor Juan BARRIENTOS RUIZ, autorizándose un F.O.S. máximo de 0,96.
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2740 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Créase el Sistema de Mediación Vecinal, como programa social, por el cual podrá ser objeto de tratamiento todo conflicto planteado al mismo por la parte interesada y que no este prohibido ser motivo de transacción por la legislación vigente.
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2717 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- La presente Ordenanza constituye el marco regulatorio para la habilitación comercial y el funcionamiento del rubro “Confiterías Bailables” dentro del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia.
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Deroga 1935, 1951, 2232, 2240
2704 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de cumplir con el Artículo V.2.2. PATIOS DE 1º CATEGORIA, del Código de Planeamiento Urbano, a la edificación ubicada en la Parcela 14a del Macizo 45 de la Sección "D", propiedad del señor Eduardo José NIETO, autorizándose a dejar un patio con un lado mínimo de 2,60 mts.
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2690 19/10/2015
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera: "V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO: El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a las condiciones de habitabilidad más convenientes y a las existencias, si las hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII - ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4 metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80 metros. El presente Artículo será de aplicación para las zonificaciones CE – CE1 – R1 y R2, y se deberán respetar los indicadores urbanísticos de cada zonificación"
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Mod. 2139
Mod. por 3016
2678 19/10/2015
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera: "V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO: El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a las condiciones de habilidad más convenientes y a las existencias, si las hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII - ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4 metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80 metros.”
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Mod. 2139
2674 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Institúyese por la presente el marco normativo relativo al régimen de faltas y el funcionamiento del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas. CAPITULO II DISPOSICIONES GENERALES
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Mod. por 2776, 5578
2671 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 1577, para la edificación ubicada en la Parcela 06 del Macizo 93 de la Sección "C", propiedad del señor Jorge Andrés LECHMAN, autorizándose a: a) Un F.O.T. de 3,36; b) Altura máxima medida sobre la fachada principal 8,40 metros; c) Altura máxima medida sobre la fachada del contrafrente 10,90 metros; d) Altura máxima medida sobre la cumbrera 10,00 metros;
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Mod. por 4456
2666 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE el Programa para la Construcción y Mejoramiento de Veredas el que tendrá una vigencia limitada al Ejercicio Presupuestario del año 2004/05, pudiendo ser prorrogado de manera consecutiva previa declaración de necesidad por parte del Concejo Deliberante. Objeto
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2645 19/10/2015
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 1081, el que quedará redactado de la siguiente forma: "
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Mod. 1081
2623 19/10/2015
ARTICULO MODIFICASE el texto del ArtícuIo V.1.3.1. "DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO" del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139, Codigo de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente "V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO" El porcentaje de espacio libre se distribuirá entre el retiro de frente obIig torio y O osetiro ContrafrontaI configurando una línea de edificación Contrafrontal donde ias construccJones alcanzan una altura según la zonificación. Las fachadas posteriores deberán ser tratacias arquitectónicarnente, según el criterio del proyectista. El retiro Contrafrontal mínimo sera el que fije la zonificación. EI porcentaje de espacio libre será distribuido en la parcela, adoptándose la solución que favorezca una mejor orlentación de la edificáción, debiéndose respetar un retiro de fondo mínimo según Ia zonificación. Asimismo se permitirá, la ocupación parcial de hasta 1/3 sobre ectiranero de fondo y hasta 4,00m de ancho, en aquellos casos en que ei tercio resui:o inenor a esta medida. La. altura máxima permitida será de 4,80m para cualduier zonIcacion. Cualquiera sea la solucion adoptada, esta no deberá crear situaciones perjuoiciales respecto al espacio libre del macizo."
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Mod. 2139
2616 19/10/2015
Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 2432, en la suma de PESOS TRES MILLONES SESENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3.060.342,55), conforme a la metodología establecida en el Decreto N° 1295/2002 y 1953/2002 y la Resolución Conjunta N° 272/2003 y 175/2003 del Poder Ejecutivo Nacional, que como Anexo I forma parte de la presente.
ARTICULO 2°.- Ratificar el monto establecido en el Punto lILa., del Anexo III de la Ordenanza Municipal N° 2432, como Monto a Prorratear entre los vecinos beneficiarios en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SESENTA Y UNO CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 1.145.061,96).
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2596 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUA11 ::de lo establecido en el Artículo VII.1.9. del Anexo I de la , Ordenanza Municipai N° 259,1Código de pláneamiento Urbano), a la edificación ubicada 11 len la Parcela 4b del Maci l 108 :hla SeócióW,',!,G", propiedad del señor José Gabriel DIAZ, , Iautorizándose a ocupar 'IL- ; Retiro Frontal hasta 4 metros medidos desde la Línea ( 1;íM' unicipal. - : '
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2587 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INCORPORASE el Artículo V.1.6.1. PARCELAS PASANTES, al Anexo de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), el que.quedar redactado de la siguiente manera: "V.1.6.1. PARCELAS PASANTES: a) Para los casos en que la parcela pasante se encuentre en Zonificaciones Residenciales 2, 3 y 4 y cuente con uno de sus frentes sobre Correaor Comercial, sólo se permitirá el uso comercial sobre el frente que linde sobre el Corredor. El Uso.Residencial deberá preverse sobre el frente que se encuentre sobre la otra calle, será obligatorio en planta baja y como mínimo deberá desarrollar un 30% del F.O.S. para éste Uso, pudiendo .usar el resto para el uso comercial. No se permitirán accesos desde la calle del sector residencial para la actividad comercial. b) Para las Parcelas Pasantes que se encuentren sobre diferentes zonificaciones, sin que se trate del caso enunciado en el Punto anterior, se aplicarán sobre ella los indicadores urbanísticos más favorables en cuanto al F.O.S. y F.O.T., debiéndose respetar en cada frente las alturas máximas sobre la Línea de Edificación y Retiros de acuerdo a la zonificación que le corresponda."
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Mod. 2139
2576 19/10/2015
ARTICULO 1°,- INCORPORASE al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139, dentro del Capítulo VII, el Artículo 1 1, hoja de zona que define los Indicadores Urbanísticos de la ZONIFICACION RESERVA TURISTICA, de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.
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Mod. 2139
2575 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Artículo V.1.3.1., DETER- MINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO, del Anexo I de la Ordenanza Municipal N" 2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la edificación ubibadd-en la Parcela 3g del Macizo 66 de la Sección "A", propiedad , del señor Jorge Argentino MOYANO, autorizándose a ocupar el Retiro • Contrafrontal . en forma parcial, dejando un espacio libre en el Contrafrente de 57,82 mts2, destinado a patio.
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2571 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Artículo C p nstrucciones Permitidas en los Retíros Obligatorios - Retiro Frontal, de las NORMAS GENERALES SOBRE TEJIDO URBANO del Anexo I de la Ordenanza Munícipal N'' 2139, a la edificación ubicada catastralmente sobre la Parcela 07 del Macizo 09 de la Sección "A". propiedad de la señora Ana María IVANDIC, autonzandose a ocupar con un Cuerpo Sallente sobre la Línea de Edificación en la Ochava hasta 2,70 m.
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2564 19/10/2015
ARTíCULO INSTITÚYASE por la presente el marco normativo que reglamenta la onformación y funcionamiento del Consejo de Planeamiento Urbano de la (;iudad de Ushuaia, conforme lo dispuesto en los Artículos 37, 49, 50, 52, 53 y 26 de la Carta Orgánica Municipal.
ARTÍCULO 2° - El Consejo de Planeamiento Urbano tiene a su cargo la gestión y articulación técnica para la formulación del Plan Urbano de la ciudad, constitúyén- dose en ámbito de opinión y seguimiento de las acciones y proyectos relativos a: 1) El régimen general de usos del suelo, subsuelo y espacio aéreo, la localizaciCn de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de espacios públicos y privados, 2) El uso adecuado de los predios y la regulación y coordinación de las atribuciones urbanísticas de la propiedad de los mismos, las actividades y edificacicn s que sobre ellos se establezcan, 3) La actividad administrativa en materia de ordenamiento y planificación territorial, quedando prohibida la construcción en zonas de reserva ambiental dispuestas por autoridad administrativa o judicial; 4) La fiscalización de las concesiones de usos de los espacios públicos, que deberán ! .cspetar los fines establecidos en el artículo precedente; 5) El uso de suelo, en especial su urbanización, respetando el interés público y el social ce la propiedad, garantizando la distribución equitativa de las cargas y benefielJs derivados de la construcción colectiva del hábitat y la consecuente asignación de atributos urbanísticos al territorio. 6) La planific0,ción urbana del ejido. 7) La desafeL:tación y transferencia dominial de las tierras fiscales. En consecuenc:a, corresponde al Consejo de Planeamiento Urbano: a) Participar en cada una de las instancias y talleres de trabajo que se organicen para la formulación del Plan Urbano, conforme la propuesta metodológi de trabajo presentada por la presidencia. b) Proponer n edidas relacionadas con los asentamientos urbanos; o) Asesorar Concejo Deliberante y al Ejecutivo Municipal en la elaboración de planes y programas de desarrollo urbanístico, e intervenir en sus modificaciones: d) Participar n la formulacion o reformulación del Código de Planeamiento foo,. y Sandwu1/2 de/ Sur y /os Hielos Cononentoles, s017 serOn .-iroconnos- , , (- ncejo e(r,b-e:Kan4 c/e '`31ZÁ-ecaía e Dp rIGUEZ noral Urbano o el Código de Edificación, nto e) . Dar opinión previa a la sanción de cualquier ordenanza por la que: 1) Se produzea la desafectación de espacios que hubiesen sido cedidos .al uso público. 2) Se otorguen excepciones ai Código de Planeamiento Urbano o de Edificación. 3) Se produzca la transferencia dominial de tierras fiscales libres de asentamientos urbanos. f) Proponer convenios con organismos nacionales, provinciales, regionales, universitarios. entidades intermedias o no gubernamentales sobre aspectos urbanos y ambientales; g) Coordinar acciones con el Consejo de Planeamiento Estratégico. h) Dictar su propio reglamento interno.
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