| 3692 |
24/02/2010 |
ARTÍCULO 1o.- AUTORIZAR una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2010, aprobado por la Ordenanza Municipal 3663, conforme al detalle que se consigna a continuación:
a) incorporación del Recurso “003 001 036 – Aporte Construcción Templo Buen Pastor” por
un monto total de pesos TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS
($3.959.492,97);
b) incoporación del Recurso “003 001 037 – Aporte Construcción Centro Preventivo
Asistencial Reencontrándonos” por un monto total de pesos DOS MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO CON SETENTA Y
UN CENTAVOS ($2.461.225,71);
c) incorporación del Recurso “003 001 038 – Aporte Construcción Gimnasio Club Las Aguilas” por un monto total de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS ($5.356.700,00);
d) incorporación del Recurso “003 001 039 – Aporte Ampliación Colegio del Sur” por un monto total de pesos CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y OCHO CON DIEZ CENTAVOS ($4.981.068,10);
e) incorporación del Recurso “001 001 004 001 – Ingresos Figurativos Concejo Deliberante”
por un monto total de pesos OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00);
f) incorporación del Recurso “003 001 040 - Aporte Casino Club S.A.” por un monto total de pesos QUINIENTOS MIL (500.000,00);
g) incorporación del Recurso “003 001 041 – Aporte Asociación Civil Barrio Kamshen” por un monto total de pesos UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($1.300.000,00);
h) incorporación del Recurso “001 002 012 – Fondo de Emergencia Urbano Ambiental Ley 766” por un monto total de pesos SEIS MILLONES SETENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($6.070.984,63);
i) disminución del Recurso “003 003 002 – Remanente Ley 766” por un monto total de pesos NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON
TREINTA Y UN CENTAVOS ($961.362,31);
j) incremento del Recurso “001 001 002 – Impuesto Inmobiliario” por un monto total de pesos DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SESENTA Y OCHO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($278.068,34);
k) incremento del Recurso “001 001 008 – Multas por infracciones” por un monto total de pesos DOS CIENTOS MIL ($200.000,00);
l) incremento del gasto correspondiente a la Partida 52 – Trabajo Público por un monto total de pesos VEINTITRES MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($23.129.815,22);
m) incremento del gasto correspondiente a la Partida 13 – Servicios no Personales – por un monto total de pesos UN MILLON TRESCIENTOS NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($1.309.146,88);
n) incremento del gasto correspondiente a la Partida 31 – Transferencias para Financiar Erogaciones Corrientes – por un monto total de pesos CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CINCO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS (148.065,34);
o) incremento del gasto correspondiente a la Partida 51 – Bienes de Capital – por un monto total de pesos TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA($359.150,00). […ver más en el detalle] |
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Mod. 3663
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| 3672 |
02/12/2009 |
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de
Recursos para el año 2009, aprobado por la Ordenanza Municipal N° 3449, conforme al
detalle que se consigna a continuación:
a) incorporación del Recurso "001 001 001 050 — Servicio de Línea Urbana
Adicional" por un monto total de pesos cien mil ($100.000,00);
b) incorporación del Recurso "003 001 032 — Aportes Consulta Popular" por un
monto total de pesos sesenta y cinco mil ($65.000,00);
c) incorporación del Recurso "003 001 033 — Aportes Ushuaia Magnifica" por un
monto total de pesos cincuenta mil ($50.000,00);
d) incorporación del Recurso "003 001 034 — Aportes Inclemencias Climáticas"
por un monto total de pesos un millón trescientos mil ($1.300.000,00)
e) incorporación del Recurso "002 002 002 001 — Venta de bonos" por un monto
total de pesos quinientos mil ($500.000,00);
f) incorporación del Recurso "003 001 011 — Convenio Plan Federal de
Emergencia Habitacional" por un monto total de pesos noventa y seis mil
ciento seis ($96.106,00);
g) disminución del Recurso "003 003 001 — Resultados Ejercicios Anteriores" por un monto total de pesos tres millones seiscientos treinta y tres mil doscientos
cincuenta ($3.633.250,00);
h) disminución del gasto correspondiente a la Partida 51 — Bienes de capital por un monto total de pesos un millón quinientos veintidós mil ciento cuarenta y
cuatro ($1.522.144). […ver más en el detalle] |
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| 3602 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- DECLARAR en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, el ESTADO DE EMERGENCIA del Sistema Públíco de Transporte Colectivos de Pasajeros. […ver más en el detalle] |
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| 3579 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1.- APROBAR el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el Ilamado a Licitación Pública para Ia Concesión de uso que permita el desarrollo y explotación comercial, turístico-recreativa del Camping Municipal Río Pipo, incluyendo el quincho-comedor e instalaciones accesorías sitas en el lugar, el cual corno Anexo I forma parte integrante de la presente. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3613
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| 3554 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- La presente ordenanza tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las Escuelas de Verano/Invierno y Colonias de Vacaciones. […ver más en el detalle] |
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| 3548 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- ESTABLECESE un servicio de atención médica gratuita, para brindar la asistencia necesaria, emergencia y/o traslado de una persona, en todas las instalaciones deportivas y culturales dependientes de la Municipalidad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 3544 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚESE de lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano - Ordenanza Municipal 2139 - en el Capitulo VII, Articulo 1.2.3.2. Zonificación Mixto Industrial, para la Parcela 15K, del Macizo 1, de la Sección F de la ciudad de Ushuaia, propiedad de Martín Ariel PARRA, autorizándose: a) La ocupación parcial del Retiro Lateral de 3 metros; b) Un FOS de 0.76, resultante de la ocupación parcial del Retiro Lateral de 3 metros. […ver más en el detalle] |
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| 3530 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Cuartel Central de Bomberos Voluntarios de Ushuaia ubicado en la Avenida Hernando de Magallanes 974, a proceder al lavado de las unidades oficiales del mismo en la vía pública, en los siguientes días y horarios: a) Lunes a Viernes de 20:00 Hs. a 06:00 Hs del día siguiente, b) Sábados y Domingos durantelas 24 Hs. […ver más en el detalle] |
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| 3449 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- F1JESE en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 243.237.257) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2009, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 9°, 10 y 11. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3660
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| 3416 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- ESTABLECER el cerramiento de los Ilamados Playones Deportivos Municipales que por sus dimensiones permitan la realización de tales obras en forma total o parcial de su superficie ocupada, y con independencia de la zona de la ciudad en que estén emplazados o de los Usos permitidos por el Código de Planeamiento Urbano; a tales efectos el Departamento Ejecutivo Municipal deberá evaluar la factíbilidad y conveniencia con respecto a las características de cada Playón Deportivo. […ver más en el detalle] |
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| 3380 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- ADHIERASE, a partir del la sanción de la presente, al Artículo 4° de la Ley Provincial N° 766, por la cual se declara la emergencia Urbano Ambiental en todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.- […ver más en el detalle] |
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| 3376 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- CREASE el Programa de "Módulos de Asentamiento Habitacional" (Programa MAH), en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, cuya finalidad es evaluar y destinar a la solución de situaciones de emergencia socio-ambiental y habitacional, fracciones fiscales o espacios públicos. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3573
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| 3309 |
19/10/2015 |
ARTÍCULO 1°.- INCORPÓRASE a la Ordenanza Municipal N° 3308, como Artículos €3° y 14, los textos que se detallan a continuación: " […ver más en el detalle] |
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Mod. 3308
Mod. por 3309, 3351, 3366, 3391
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| 3308 |
19/10/2015 |
ARTÍCULO 1°.- Fíjese en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 0/00 ($ 196.080.482,00) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2008, de acuerdo a la distribución y detalle que fígura en los artículos 8° y 9°.- […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3309, 3351, 3353, 3366, 3391
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| 3196 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- CRÉASE el Fondo de Afectación Específica de Búsqueda y Rescate,
destinado a atender emergencias relacionadas con las tareas de búsqueda y rescate de
personas extraviadas en zonas agrestes del ámbito suburbano y urbano rural, y que
hubieran tenido como último destino conocido la ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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| 3184 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTÜASE de lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano, en los Artículos V.2.2. “Patios de 1ª Categoría”, V.1.3.1. “Determinación del Espacio Libre del Macizo” y VII.I.1.4. CE1: Central Microcentro, para el proyecto de obra emplazado sobre el predio identificado catastralmente como “A”-70-12 de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la sucesión Vincenzo D’INGIANNA, autorizándose a: a) Un (1) Patio emplazado en el Contrafrente de la Parcela de 4m x 3m; b) Una altura máxima en el Retiro Contrafrontal sobre el eje medianero de 10,20 m, tomado respecto al nivel del acceso sobre línea Municipal; c) Un F.O.S. de 0,94. […ver más en el detalle] |
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| 3143 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular la prestación del Servicio
de Transporte de Público de Pasajeros con recorrido de Difusión y Conocimiento de la
Historia de la ciudad de Ushuaia, en vehículos históricos originales, prestado por personas
físicas o jurídicas dentro del Ejido Urbano Municipal.
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO […ver más en el detalle] |
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Deroga 2172, 2190, 2206
Mod. por 3345
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| 3124 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE la Ordenanza Municipal 2241 en su Anexo I, Capítulo I
Punto 1.2.) ALCANCES, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“1.2.) ALCANCES:
La presente norma será de aplicación a toda obra nueva, a ampliar o donde se modifique
su distribución general o el destino para el cual fuera proyectado dentro del Ejido Urbano
de la ciudad de Ushuaia, a excepción de los destinados a viviendas unifamiliares.
La norma se aplicará también a edificios existentes de más de SEISCIENTOS (600)
metros cuadrados de Superficie cubierta y/o planta baja y tres pisos altos que por su
destino y peligrosidad relativa de los materiales predominantes, estén comprendidos en
la misma.
Para los edificios existentes menores a SEISCIENTOS (600) metros cuadrados y con un
riesgo de incendio de consideración, para cualquier destino y materiales utilizados el
Área Técnica de Bomberos podrá exigir las medidas de seguridad que considere
necesario implementar para cumplir con el presente reglamento. Así mismo serán
cumplidas por usos que no importen edificios, y en la medida que esos usos las requieran
de acuerdo a lo que en cada caso determine el Área Técnica de Bomberos.
En viviendas unifamiliares quedará a criterio del proyectista la utilización de elementos de
protección contra incendios.
Una correcta evaluación del riesgo de incendio y de los factores concurrentes al mismo
puede dar lugar a la formulación de soluciones alternativas, distintas a las exigidas, que
representen una mayor economía sin perjuicio de la seguridad, por ello en edificios
existentes en los cuales alguna de las especificaciones sancionadas en el presente
reglamento no pueda concretarse, un profesional con incumbencia en la materia podrá
presentar una alternativa para cada caso en particular, la que deberá ser aprobada por el
Área Técnica de Bomberos de la Provincia, antes de su presentación en el Área Técnica
Municipal de incumbencia.
Para los edificios existentes se otorga un plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días
a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, para la ejecución de los
trabajos.
1.2.1.- Cuando un cambio de uso afecte únicamente a parte de un edificio o de un
establecimiento, esta norma se aplicará a su proyecto y a su obra, así como a los medios
de evacuación que deban servir a dicha parte, con independencia de que estén o no
situados en la misma.
1.2.2.- En las obras de reforma en las que se mantenga el uso esta norma se aplicará a
los elementos constructivos y a las instalaciones de protección contra incendios
modificados por la reforma.
1.2.3.- Si la reforma altera la ocupación o su distribución con respecto a los medios de
evacuación, la norma debe aplicarse a estos.
1.2.4.- En todos los casos, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones
de seguridad preexistentes.
1.2.5.- Cuando en una parcela existan actividades diferenciadas que tengan disímiles
grados de riesgo, se aplicará a cada parte y uso las condiciones que correspondan; en
caso contrario se considerará todo el riesgo como el mayor existente.
1.2.6.- El Área Técnica de Bomberos por evaluación de los hechos y riesgos emergentes,
puede:
a) Elegir condiciones diferentes a las establecidas en este Código cuando se trate de
usos no previstos en el mismo.
b) Exigir el montaje y análisis de los sistemas energéticos y de gas certificados por
profesionales, sobre quienes avalarán su efectivo uso bajo las normativas en
vigencia.
1.2.7.- Cuando a su juicio la Municipalidad lo considere podrá solicitar el asesoramiento
del Área Técnica de Bomberos Provincial.
1.2.8.- Cuando en la materia “De la protección contra incendio”, ya sea por analogía,
dictamen jurídico u otro reglamentario, se establezcan requerimientos que no configuren
nuevas normas, los mismos previa resolución del Área Técnica Municipal de
incumbencia, serán de obligatoria aplicación por el Área Técnica de Bomberos.
1.2.9.- Cuando un nivel donde se desarrolla actividad se encuentre a más de DIEZ (10)
metros sobre el nivel de vereda, deberá dotárselo de boca de Impulsión.
1.2.10.-Toda presentación deberá contar con un Informe escrito del responsable del
proyecto, con respecto a la protección contra incendios a tener en cuenta en el edificio.
Este Informe, aprobado por el Área Técnica de Bomberos, deberá ser presentado al área
competente de la Municipalidad.
1.2.11.- Si el profesional proyectista lo considera necesario podrá consultar en el Área
Técnica de Bomberos el capítulo correspondiente a Definiciones, que permanece como
Anexo II de la presente Ordenanza.” […ver más en el detalle] |
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Mod. 2241
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| 3121 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- APRUÉBASE el Programa de Saneamiento Ordenamiento y
Recuperación Urbana de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra que como
ANEXO I se incorpora a la presente y el que será regido por las Ordenanza Municipales
2750, 3085, 3099, lo dispuesto en la presente Ordenanza y los reglamentos a que ella
de lugar. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3543
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| 3103 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1 0 .- INSTITÚYESE por la presente el marco que regula las normas de presentación y ejecución de todo tipo de Obras en espacios y vías públicas . CAPITULO II: GESTION DE PERMISOS DE OBRAS Y/O INTERVENCIONES EN VÍAS 0 ESPACIOS PÚBLICOS. […ver más en el detalle] |
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Deroga 1787
Mod. por 6626
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| 3085 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1° - INSTITUYASE, en el marco de la problemática habitacional y urbanística de la ciudad de Ushuaia, el Programa Municipal de Creación de Suelo Urbano (CSU), como marco normativo de aplicación para la determinación de indicadores urbanos, regulación de usos, modalidades y operatorias para la adjudicación de los sectores de tierras fiscales municipales afectados al programa, o los que a futuro puedan incorporarse mismo mediante ordenanza especifica, con el fin de producir suelo urbano destinado a vivienda única y permanente para vecinos residentes de la ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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Mod. 4418
Mod. por 4418
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| 3053 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal 2764, el que quedará redactado de la siguiente manera: " […ver más en el detalle] |
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Mod. 2764
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| 3042 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- CREASE, en función de la emergencia habitacional existente, el Consejo de Planificación Habitacional en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3079, 3087
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| 3029 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE el Convenio registrado bajo el número 3128, celebrado en fecha 07 de Octubre de 2005, entre el Municipio de la ciudad de Ushuaia, representado por el Señor Intendente Municipal, Ing..Jorge Alberto GARRAMUÑO, y el Grupo Scout "Nuestra Señora de las Nieves", afiliado a "Scout de Argentina Aso:iación Civil", representado por la Señora Stella Maris PUSINO, en su carácter de Jefa de Grupo, cuya copia certificada forma parte de la presente, a través del cual se cede la Custodia y un sector para Uso del Remanente Quinta 16 de la Sección "D", para conservación y protección ambiental y la realización de actividades al aire libre y afines que contemplen una relación armónica entre la naturale2:a y la sociedad por el término de CINCO (5) años. […ver más en el detalle] |
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| 3027 |
19/10/2015 |
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a Ilamar a Licitación Pública para la adjudicación en concesión y explotación de nuevas Licencias del Servicio Público de Transporte Taxi. […ver más en el detalle] |
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