Ordenanzas

184 resultados
Búsqueda Limpiar
Filtrando por palabra clave #defensa-civil (Defensa civil) Quitar
N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
3692 24/02/2010
ARTÍCULO 1o.- AUTORIZAR una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2010, aprobado por la Ordenanza Municipal 3663, conforme al detalle que se consigna a continuación: a) incorporación del Recurso “003 001 036 – Aporte Construcción Templo Buen Pastor” por un monto total de pesos TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($3.959.492,97); b) incoporación del Recurso “003 001 037 – Aporte Construcción Centro Preventivo Asistencial Reencontrándonos” por un monto total de pesos DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($2.461.225,71); c) incorporación del Recurso “003 001 038 – Aporte Construcción Gimnasio Club Las Aguilas” por un monto total de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS ($5.356.700,00); d) incorporación del Recurso “003 001 039 – Aporte Ampliación Colegio del Sur” por un monto total de pesos CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y OCHO CON DIEZ CENTAVOS ($4.981.068,10); e) incorporación del Recurso “001 001 004 001 – Ingresos Figurativos Concejo Deliberante” por un monto total de pesos OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00); f) incorporación del Recurso “003 001 040 - Aporte Casino Club S.A.” por un monto total de pesos QUINIENTOS MIL (500.000,00); g) incorporación del Recurso “003 001 041 – Aporte Asociación Civil Barrio Kamshen” por un monto total de pesos UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($1.300.000,00); h) incorporación del Recurso “001 002 012 – Fondo de Emergencia Urbano Ambiental Ley 766” por un monto total de pesos SEIS MILLONES SETENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($6.070.984,63); i) disminución del Recurso “003 003 002 – Remanente Ley 766” por un monto total de pesos NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($961.362,31); j) incremento del Recurso “001 001 002 – Impuesto Inmobiliario” por un monto total de pesos DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SESENTA Y OCHO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($278.068,34); k) incremento del Recurso “001 001 008 – Multas por infracciones” por un monto total de pesos DOS CIENTOS MIL ($200.000,00); l) incremento del gasto correspondiente a la Partida 52 – Trabajo Público por un monto total de pesos VEINTITRES MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($23.129.815,22); m) incremento del gasto correspondiente a la Partida 13 – Servicios no Personales – por un monto total de pesos UN MILLON TRESCIENTOS NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($1.309.146,88); n) incremento del gasto correspondiente a la Partida 31 – Transferencias para Financiar Erogaciones Corrientes – por un monto total de pesos CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CINCO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS (148.065,34); o) incremento del gasto correspondiente a la Partida 51 – Bienes de Capital – por un monto total de pesos TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA($359.150,00).
[…ver más en el detalle]
—
Mod. 3663
3672 02/12/2009
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2009, aprobado por la Ordenanza Municipal N° 3449, conforme al detalle que se consigna a continuación: a) incorporación del Recurso "001 001 001 050 — Servicio de Línea Urbana Adicional" por un monto total de pesos cien mil ($100.000,00); b) incorporación del Recurso "003 001 032 — Aportes Consulta Popular" por un monto total de pesos sesenta y cinco mil ($65.000,00); c) incorporación del Recurso "003 001 033 — Aportes Ushuaia Magnifica" por un monto total de pesos cincuenta mil ($50.000,00); d) incorporación del Recurso "003 001 034 — Aportes Inclemencias Climáticas" por un monto total de pesos un millón trescientos mil ($1.300.000,00) e) incorporación del Recurso "002 002 002 001 — Venta de bonos" por un monto total de pesos quinientos mil ($500.000,00); f) incorporación del Recurso "003 001 011 — Convenio Plan Federal de Emergencia Habitacional" por un monto total de pesos noventa y seis mil ciento seis ($96.106,00); g) disminución del Recurso "003 003 001 — Resultados Ejercicios Anteriores" por un monto total de pesos tres millones seiscientos treinta y tres mil doscientos cincuenta ($3.633.250,00); h) disminución del gasto correspondiente a la Partida 51 — Bienes de capital por un monto total de pesos un millón quinientos veintidós mil ciento cuarenta y cuatro ($1.522.144).
[…ver más en el detalle]
—
3602 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DECLARAR en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, el ESTADO DE EMERGENCIA del Sistema Públíco de Transporte Colectivos de Pasajeros.
[…ver más en el detalle]
—
3579 19/10/2015
ARTICULO 1.- APROBAR el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el Ilamado a Licitación Pública para Ia Concesión de uso que permita el desarrollo y explotación comercial, turístico-recreativa del Camping Municipal Río Pipo, incluyendo el quincho-comedor e instalaciones accesorías sitas en el lugar, el cual corno Anexo I forma parte integrante de la presente.
[…ver más en el detalle]
—
Mod. por 3613
3554 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La presente ordenanza tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las Escuelas de Verano/Invierno y Colonias de Vacaciones.
[…ver más en el detalle]
—
3548 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ESTABLECESE un servicio de atención médica gratuita, para brindar la asistencia necesaria, emergencia y/o traslado de una persona, en todas las instalaciones deportivas y culturales dependientes de la Municipalidad de Ushuaia.
[…ver más en el detalle]
—
3544 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚESE de lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano - Ordenanza Municipal 2139 - en el Capitulo VII, Articulo 1.2.3.2. Zonificación Mixto Industrial, para la Parcela 15K, del Macizo 1, de la Sección F de la ciudad de Ushuaia, propiedad de Martín Ariel PARRA, autorizándose: a) La ocupación parcial del Retiro Lateral de 3 metros; b) Un FOS de 0.76, resultante de la ocupación parcial del Retiro Lateral de 3 metros.
[…ver más en el detalle]
—
3530 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Cuartel Central de Bomberos Voluntarios de Ushuaia ubicado en la Avenida Hernando de Magallanes 974, a proceder al lavado de las unidades oficiales del mismo en la vía pública, en los siguientes días y horarios: a) Lunes a Viernes de 20:00 Hs. a 06:00 Hs del día siguiente, b) Sábados y Domingos durantelas 24 Hs.
[…ver más en el detalle]
—
3449 19/10/2015
ARTICULO 1°.- F1JESE en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 243.237.257) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2009, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 9°, 10 y 11.
[…ver más en el detalle]
—
Mod. por 3660
3416 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ESTABLECER el cerramiento de los Ilamados Playones Deportivos Municipales que por sus dimensiones permitan la realización de tales obras en forma total o parcial de su superficie ocupada, y con independencia de la zona de la ciudad en que estén emplazados o de los Usos permitidos por el Código de Planeamiento Urbano; a tales efectos el Departamento Ejecutivo Municipal deberá evaluar la factíbilidad y conveniencia con respecto a las características de cada Playón Deportivo.
[…ver más en el detalle]
—
3380 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ADHIERASE, a partir del la sanción de la presente, al Artículo 4° de la Ley Provincial N° 766, por la cual se declara la emergencia Urbano Ambiental en todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.-
[…ver más en el detalle]
—
3376 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CREASE el Programa de "Módulos de Asentamiento Habitacional" (Programa MAH), en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, cuya finalidad es evaluar y destinar a la solución de situaciones de emergencia socio-ambiental y habitacional, fracciones fiscales o espacios públicos.
[…ver más en el detalle]
—
Mod. por 3573
3309 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- INCORPÓRASE a la Ordenanza Municipal N° 3308, como Artículos €3° y 14, los textos que se detallan a continuación: "
[…ver más en el detalle]
—
Mod. 3308
Mod. por 3309, 3351, 3366, 3391
3308 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- Fíjese en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 0/00 ($ 196.080.482,00) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2008, de acuerdo a la distribución y detalle que fígura en los artículos 8° y 9°.-
[…ver más en el detalle]
—
Mod. por 3309, 3351, 3353, 3366, 3391
3196 19/10/2015
ARTICULO 1º.- CRÉASE el Fondo de Afectación Específica de Búsqueda y Rescate, destinado a atender emergencias relacionadas con las tareas de búsqueda y rescate de personas extraviadas en zonas agrestes del ámbito suburbano y urbano rural, y que hubieran tenido como último destino conocido la ciudad de Ushuaia.
[…ver más en el detalle]
—
3184 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTÜASE de lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano, en los Artículos V.2.2. “Patios de 1ª Categoría”, V.1.3.1. “Determinación del Espacio Libre del Macizo” y VII.I.1.4. CE1: Central Microcentro, para el proyecto de obra emplazado sobre el predio identificado catastralmente como “A”-70-12 de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la sucesión Vincenzo D’INGIANNA, autorizándose a: a) Un (1) Patio emplazado en el Contrafrente de la Parcela de 4m x 3m; b) Una altura máxima en el Retiro Contrafrontal sobre el eje medianero de 10,20 m, tomado respecto al nivel del acceso sobre línea Municipal; c) Un F.O.S. de 0,94.
[…ver más en el detalle]
—
3143 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular la prestación del Servicio de Transporte de Público de Pasajeros con recorrido de Difusión y Conocimiento de la Historia de la ciudad de Ushuaia, en vehículos históricos originales, prestado por personas físicas o jurídicas dentro del Ejido Urbano Municipal. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
[…ver más en el detalle]
—
Deroga 2172, 2190, 2206
Mod. por 3345
3124 19/10/2015
ARTICULO 1º.- MODIFICASE la Ordenanza Municipal 2241 en su Anexo I, Capítulo I Punto 1.2.) ALCANCES, el que quedará redactado de la siguiente manera: “1.2.) ALCANCES: La presente norma será de aplicación a toda obra nueva, a ampliar o donde se modifique su distribución general o el destino para el cual fuera proyectado dentro del Ejido Urbano de la ciudad de Ushuaia, a excepción de los destinados a viviendas unifamiliares. La norma se aplicará también a edificios existentes de más de SEISCIENTOS (600) metros cuadrados de Superficie cubierta y/o planta baja y tres pisos altos que por su destino y peligrosidad relativa de los materiales predominantes, estén comprendidos en la misma. Para los edificios existentes menores a SEISCIENTOS (600) metros cuadrados y con un riesgo de incendio de consideración, para cualquier destino y materiales utilizados el Área Técnica de Bomberos podrá exigir las medidas de seguridad que considere necesario implementar para cumplir con el presente reglamento. Así mismo serán cumplidas por usos que no importen edificios, y en la medida que esos usos las requieran de acuerdo a lo que en cada caso determine el Área Técnica de Bomberos. En viviendas unifamiliares quedará a criterio del proyectista la utilización de elementos de protección contra incendios. Una correcta evaluación del riesgo de incendio y de los factores concurrentes al mismo puede dar lugar a la formulación de soluciones alternativas, distintas a las exigidas, que representen una mayor economía sin perjuicio de la seguridad, por ello en edificios existentes en los cuales alguna de las especificaciones sancionadas en el presente reglamento no pueda concretarse, un profesional con incumbencia en la materia podrá presentar una alternativa para cada caso en particular, la que deberá ser aprobada por el Área Técnica de Bomberos de la Provincia, antes de su presentación en el Área Técnica Municipal de incumbencia. Para los edificios existentes se otorga un plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, para la ejecución de los trabajos. 1.2.1.- Cuando un cambio de uso afecte únicamente a parte de un edificio o de un establecimiento, esta norma se aplicará a su proyecto y a su obra, así como a los medios de evacuación que deban servir a dicha parte, con independencia de que estén o no situados en la misma. 1.2.2.- En las obras de reforma en las que se mantenga el uso esta norma se aplicará a los elementos constructivos y a las instalaciones de protección contra incendios modificados por la reforma. 1.2.3.- Si la reforma altera la ocupación o su distribución con respecto a los medios de evacuación, la norma debe aplicarse a estos. 1.2.4.- En todos los casos, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones de seguridad preexistentes. 1.2.5.- Cuando en una parcela existan actividades diferenciadas que tengan disímiles grados de riesgo, se aplicará a cada parte y uso las condiciones que correspondan; en caso contrario se considerará todo el riesgo como el mayor existente. 1.2.6.- El Área Técnica de Bomberos por evaluación de los hechos y riesgos emergentes, puede: a) Elegir condiciones diferentes a las establecidas en este Código cuando se trate de usos no previstos en el mismo. b) Exigir el montaje y análisis de los sistemas energéticos y de gas certificados por profesionales, sobre quienes avalarán su efectivo uso bajo las normativas en vigencia. 1.2.7.- Cuando a su juicio la Municipalidad lo considere podrá solicitar el asesoramiento del Área Técnica de Bomberos Provincial. 1.2.8.- Cuando en la materia “De la protección contra incendio”, ya sea por analogía, dictamen jurídico u otro reglamentario, se establezcan requerimientos que no configuren nuevas normas, los mismos previa resolución del Área Técnica Municipal de incumbencia, serán de obligatoria aplicación por el Área Técnica de Bomberos. 1.2.9.- Cuando un nivel donde se desarrolla actividad se encuentre a más de DIEZ (10) metros sobre el nivel de vereda, deberá dotárselo de boca de Impulsión. 1.2.10.-Toda presentación deberá contar con un Informe escrito del responsable del proyecto, con respecto a la protección contra incendios a tener en cuenta en el edificio. Este Informe, aprobado por el Área Técnica de Bomberos, deberá ser presentado al área competente de la Municipalidad. 1.2.11.- Si el profesional proyectista lo considera necesario podrá consultar en el Área Técnica de Bomberos el capítulo correspondiente a Definiciones, que permanece como Anexo II de la presente Ordenanza.”
[…ver más en el detalle]
—
Mod. 2241
3121 19/10/2015
ARTICULO 1º.- APRUÉBASE el Programa de Saneamiento Ordenamiento y Recuperación Urbana de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra que como ANEXO I se incorpora a la presente y el que será regido por las Ordenanza Municipales 2750, 3085, 3099, lo dispuesto en la presente Ordenanza y los reglamentos a que ella de lugar.
[…ver más en el detalle]
—
Mod. por 3543
3103 19/10/2015
ARTICULO 1 0 .- INSTITÚYESE por la presente el marco que regula las normas de presentación y ejecución de todo tipo de Obras en espacios y vías públicas . CAPITULO II: GESTION DE PERMISOS DE OBRAS Y/O INTERVENCIONES EN VÍAS 0 ESPACIOS PÚBLICOS.
[…ver más en el detalle]
—
Deroga 1787
Mod. por 6626
3085 19/10/2015
ARTICULO 1° - INSTITUYASE, en el marco de la problemática habitacional y urbanística de la ciudad de Ushuaia, el Programa Municipal de Creación de Suelo Urbano (CSU), como marco normativo de aplicación para la determinación de indicadores urbanos, regulación de usos, modalidades y operatorias para la adjudicación de los sectores de tierras fiscales municipales afectados al programa, o los que a futuro puedan incorporarse mismo mediante ordenanza especifica, con el fin de producir suelo urbano destinado a vivienda única y permanente para vecinos residentes de la ciudad de Ushuaia.
[…ver más en el detalle]
—
Mod. 4418
Mod. por 4418
3053 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal 2764, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
[…ver más en el detalle]
—
Mod. 2764
3042 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CREASE, en función de la emergencia habitacional existente, el Consejo de Planificación Habitacional en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia.
[…ver más en el detalle]
—
Mod. por 3079, 3087
3029 19/10/2015
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE el Convenio registrado bajo el número 3128, celebrado en fecha 07 de Octubre de 2005, entre el Municipio de la ciudad de Ushuaia, representado por el Señor Intendente Municipal, Ing..Jorge Alberto GARRAMUÑO, y el Grupo Scout "Nuestra Señora de las Nieves", afiliado a "Scout de Argentina Aso:iación Civil", representado por la Señora Stella Maris PUSINO, en su carácter de Jefa de Grupo, cuya copia certificada forma parte de la presente, a través del cual se cede la Custodia y un sector para Uso del Remanente Quinta 16 de la Sección "D", para conservación y protección ambiental y la realización de actividades al aire libre y afines que contemplen una relación armónica entre la naturale2:a y la sociedad por el término de CINCO (5) años.
[…ver más en el detalle]
—
3027 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a Ilamar a Licitación Pública para la adjudicación en concesión y explotación de nuevas Licencias del Servicio Público de Transporte Taxi.
[…ver más en el detalle]
—