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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
2317 16/05/2001
ARTICULO AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a dar de baja del Patrimonio Municipal a los elementos detallados en el Inventario General de Bajas año 1998 a 1999 de 14 fojas útiles.
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NO
2311 16/05/2001
ARTICULO 1°.- INCORPORASE como Zonificación Distrito Reserva Turística, al sector que perteneciendo a esta demarcación, se observa identificado con el grafismo que corresponde a la zonificación distrito "Reserva Deportiva Recreativa", de acuerdo al plano de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, de la cludad de Ushuaia.
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NO
2257 29/11/2000
ARTICULO 1°.- INSTITUYASE por la presente, el marco regulatorio para la instrumentación del Programa de Asistencia al Turista.
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NO
2243 15/11/2000
ARTICULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE EMBELLECIMIENTO Y CONSOLIDACION URBANA DE LA CIUDAD DE USHUAIA, como un programa amplio, general, planificado y convergente hacia el mejoramiento permanente de la imagen de la ciudad, afianzando su perfil turístico y elevando la calidad de vida de los vecinos de Ushuaia.
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NO
Mod. por 2269, 2824, 2894
2171 14/06/2000
ARTICULO 1°.- DENOMINASE “BOSQUE COMUNAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA”, a la Reserva Natural establecida en el Capítulo VII del Anexo I del Código de Planeamiento Urbano.
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NO
2158 17/05/2000
ARTICULO 1º.- INCORPORASE a la Ordenanza Municipal Nº1492, el CAPITULO XXI con el título ¨DEL EQUILIBRIO ECOLOGICOY PAISAJISTICODE ESPACIOS PUBLICOS¨, que consta de los Artículos 244º al 249º inclusive, los que quedarán redactados de la siguiente manera: ¨CAPITULO XXI DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PAISAJISTICO DE ESPACIOS PUBLICOS
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NO
Mod. 1492
2128 08/03/2000
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR, a la Subsecretaría de Turismo a distribuir gratuitamente el remanente de 9.300 Misceláneas del Fin del Mundo editadas por la Municipalidad de Ushuaia en el año 1992, destinándolas a aquellas personas, instituciones, organismos y/o empresas que garanticen una buena promoción de nuestro destino turístico .
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NO
2103 10/11/1999
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE para el sector Sur-Oeste de la Ciudad, entre la Ruta Nacional N° 3 y la Costa del Canal Beagle, la zonificación que se indica en el croquis agregado. a la presente y que corre adjunto como Anexo I.-
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NO
2097 10/11/1999
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 1372, modificatorio de la ordenanza municipal Nº 1183, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ¨
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NO
Mod. 1372
2087 05/05/1999
ARTICULO 1°.- La presente Ordenanza rige la radicación y funcionamiento de los establecimientos que presten servicios como: “Hoteles Alojamientos, albergues por hora, alojamientos por hora, alojamiento transitorio y todo otro establecimiento hotelero cualquiera fuere su denominación, que esté destinado a alojar parejas sin equipaje, por lapsos menores a 24 horas, en un todo de acuerdo con las condiciones establecidas en la misma.-
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NO
2062 08/09/1999
ARTICULO 1 0.- DECLARAR la Emergencia Financiera del Municipio hasta el 31 de diciembre de 1999, y/o hasta tanto se regularice la remisión de Fondos Coparticipables de Jurisdicción Nacional o Provincial, que permita el normal funcionamiento de la Institución Municipal (Departamento Ejecutivo y Departamento Deliberativo).-
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NO
2025 03/06/1999
ARTICULO 1°. L2? pfeSerrt`e Ord'enanza será dé aplicación para todos los predios municipales que se encuentren comprendidos dentro del ejido urbano y urbano rural de la Municipalidad de Ushuaia.
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—
Mod. por 2273, 2295, 2436, 2697, 3160, 3420
2021 03/06/1999
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE del cumplimiento de lo establecido en el ANEXO III — Tabla de Parámetros Constructivos y ANEXO V — Tabla de Usos, de la Ordenanza Municipal 1496, para la PARCELA 1 del MACIZO 106 de la SECCIÓN "L", propiedad del señor Alberto ORTIZ, autorizándose un: a) FOS = 0,62 b) FOT = 1,03 c) "Confitería — Restaurante con espectáculos en vivo"
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NO
2005 21/04/1999
ARTICULO 1°.- INCORPORASE como Artículo 2° Bis de la Ordenanza Municipal N° 1770, el siguiente texto: "
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NO
Mod. 1770
1926 03/06/1998
ARTICULO 1°.- LA continuación de los trámites de adjudicación de predios fiscales urbanos oportunamente otorgados por el Ejecutivo del Ex Territorio de conformidad a los planes de fomento a la actividad hotelera propiciada por la Ex Dirección de Turismo del Territorio y/o a través del Instituto Fueguino de Turismo, se regirá por la presente Ordenanza Municipal, no siendo de aplicación a los mismos la Ordenanza Municipal N° 1406.-
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NO
1687 23/10/1996
ARTICULO 1º.- APRUEBASE para el año 1996 el Clasificador de Erogaciones integrado por las cuatro (4) clasificaciones siguientes: CLASIFICACION INSTITUCIONAL, CLASIFICACION FUNCIONAL, CLASIFICACION ECONOMICA Y CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO, las que enumeradas del I al IV conforman otros tantos Anexos que forman parte de la presente Ordenanza.
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NO
1658 28/08/1996
ARTICULO 1º.- DENOMINASE al Muelle Turístico ubicado sobre la costa de la ciudad, frente a la Plaza Cívica "12 de Octubre", con el nombre "MUELLE TURISTICO EDUARDO BRISIGHELLI".
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NO
1606 08/05/1996
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Parcela 07, Macizo 15b, de la Sección “D”, propiedad del señor Federico Atilio José GAMENARA, autorizándose a: a) Un F.O.T. máximo de 1,59; b) ocupar el Retiro Frontal hasta la Línea Municipal sobre calle Rivadavia; c) ocupar el Retiro Contrafrontal; d) uso predominante hotelería y vivienda.
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NO
1545 12/07/1995
Artículo preceden- t v'' ' ' de cada bloque político 4reas , especificas del i .'tél ,,,étitfk to-,.n. w"i,i ,g,li,.i.'',? ,l4ld,-1i1ar,.'.,4,p„o0rt'-,‘, ,uénsernet..;oáll-'tteiélsd,ee'ni-',tl..áalnttiel `410' W1'.. r f.1,11' . :" .1 '4 ': , ,., 1 1,11 .1 1 i i' ,' ,. .1 :011, ,. =:il?;i4l,,::.-',.'-1...4á.v'''é'1_' i,R.1io.tt.;.h,',,',-.•dI..'11lJS:U,é.n. 'if.cá..;,ié.•.4r.,.„.1.•, ,...!U;in..¡,* 4é,-é:. éi! .nd.ébu) Phimer reunión, que dias de , sancionada l a ',. .'.4-ti'T' 4L 9V I il.tailll¿I4i 115: íis' enta'hteS de los Entes Is r ;i/•!,Ir .,.. Y''',0 h:iíMál , yC.¿C .Ittá :15,'ádémá s se realizara una .1'' . 'l ;' ',', p»: - : J..1,• 1 ' ...'..:!.'11 : -• ' Ita '". áf,a0ueliáé`intilitUciones intermedias que in 'tét,W(9,1-..iidí'thá,CoMillión.- 11'.'44 Z1111. • .,4,1,. .„,. ét11)611d, é:..df14 ., bá. rli, itión no se agotar4 sólo en h.,..h,. é',•,'..4.'1..-10.1l4.''1•,I-••l..',i.,.f.,,i:.,'e;.lz:,rl,u,:itl.trjUr iraOsRIGeInNAHLielo, sino que .;.-I7. 4,,.,' . 1 11 , .• ,11.,' : Wonr„b gdeicia42, }I . . Wúzaáci Wdzaaea además deberá realizar los esfUerzos hecesarios para lograr el reconocímiento internacional de Ushuaia coma plaza periódica de reálización de éstos eventas.- ARtICULO 4o.- Registrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Cumplida. ARCHIVESE.- ' ORDENANZA MUNICIPAL No DADA EN SESION ORDINARIA DE FECidA: 12-07-95.- E s PiA HEL UIS ARREA t r. n .. U.,1,Dorarilo lo GontO Dollber3:-Yrz; Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur UNICIPALIDAWDE USHUAIA USHUAIA, • 7 AGO 1995 VISTO: La Ordenanza Municipal N g. 15 " / 95„ sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaiap y CONSIDERANDO: Oue mediantb la misma se crea la Comisión Especial organiza- dora, Opl 12 Torneo de Esculturas en Hielo, a realizarse en la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA AIRTICpLi5.12.-PROMULGAR la Ordenanza Municipal N12,5 14 5 /95, sancionada pdr el ',. Conoeio Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, mediante la cual se crea la qomisión Especial organizadora del 1 0 Torneo de Esculturas en Hielo, - realizarse en la ciudad de Ushuaia.
ARTICULO 22.-REGISTRESE. Comuniquese a quienes corresponda. Cumplido. ARCHIVESE. DECRET9:MUNICIPAL N 113 /9.5. k.$011EN 1M8TDR / 1 taria de Ecenomi3 y Fourvaz RICA—.30 ALz TO WILDER lICIPALIDAD DE LISHUM. / MARIO D. DA Secrefor'a,Rel. Co ny Turismo ( j INTENDENTE M ui:Malidad do Ushuaia UNICIPALIDAD USHUAIA
NO
1490 16/11/1994
ARTICULO lp.- AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a constítuir una Cuenta Ranraria Especial que se denominará q GRANJA EDUCATIVA MUNICIPAL", en virtud a lo expresado en el exordio.-
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NO
1473 27/10/1994
ARTICULO 1º.- ACEPTASE la donación de la estructura correspondiente a la vivienda sita en la Avenida San Martín Nº 63 de nuestra ciudad, que efectuara la firma “TRANEX TURISMO S.A.”, a la Municipalidad de Ushuaia.
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NO
1406 03/10/1994
Artículo, en su Inc„ 15 se faculta a los Municipios de la Pravincia a "Administrar y distribuir las tie- rras fiscales ubicadas dentro del ejido municipal"1 Que de acuerdo con la Ley Territorial No 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sobre el particularl Por ellcm EL CONCEJO DELIBERANTF DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE DF1\ q \ - A TITULO PRIMERO JURISDICCION
ARTICULO lo.- La presente Ordenanza será de aplicación para todos los predios municipales que se encuentren comprendidos dentro del ejido urbano y urbano rural de la Municipalidad de Ushuaia.
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—
Mod. por 1630, 1788, 1868, 1892
1384 27/07/1994
ARTICULO 12„- FXCEPTUASF de las rmec que fija el Códino de Planeamiento Urbano e la obra sita en la Sección » 11". Macizo 01, Parcela 03 propiedad del ESTADO NACIONAL AROENTINO, ocu- pante Teresa MARTINEZ de FANK, ant•rizandnsó de ecuerdo al antepruyecto p resentado que obra a twlas 6 del Excechónte NP 313/94, LETRAt C,D., al uso residencial.-
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NO
1370 27/07/1994
Articulo 552, dicha autorización debe ser efectuada por éste Concejo mediante Ordenanaa Preparatoria; Que asimismo, el Articulo 57 0 dispone que se debera incorporar al Presupuesto del Municipio la partida necesaria para el page del servicio de amortización e intereses del empréstitel Que los valores recibidos están afectados en un OCHENTA POR CIENTO (90%) a la realiaación de obras públicasu asimisme, tanto por Constitución Provincial como por la citada Ley Ordanica de Municipios solo esta autorizada la toma de préstamos para la ejecucián de Obras PIMDlicasu Que la citada afectación del OCHENT( POR CIENTO (80%) se refiere a la realiaación de la Obra Póblica adicional a la pre- vista originalmentel oue en esa posición el Intendente Municipal ha presenta- do un Plan de Obra, el que se adjunta como Anexo a la presenteu Que el Banco de Tierra del Fuege es 1a entidad finanLie- Ceowce, CeticcÍcidaí Wzaae¿b ra aproplada para el manejo de los intereses del Municipio Que éste Concejo por lo díspuesto en la Con5titucíón Províncial en la Ley Orgánica de las Municipalidades tiene la capacídad para el dictado de la presente; Por ellol EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE
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NO
1357 29/06/1994
ARTICULO 12.- PROHIBASE fumar tabaco en cualquiera de sus formas, dentro de las oficinas o espacios cerrados del ámbito municipal donde se atienda o no al público en general.- Inclyase en la presente norma al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia.-
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NO