ARTICULO 1°.- INCORPORASE como Zonificación Distrito Reserva Turística, al sector que perteneciendo a esta demarcación, se observa identificado con el grafismo que corresponde a la zonificación distrito "Reserva Deportiva Recreativa", de acuerdo al plano de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, de la cludad de Ushuaia.
ARTICULO 2°.- Se incluirán dentro de la zonificación Distrito Reserva Turística a todo aquel lote que sea frentista a la calle denominada Luis Fernando MARTIAL, desde donde comienza esta zoníficación hasta su finalización, en la base del Glaciar L. Martial.
ARTICULO 3 0 .- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- 2 3 1 ORDENANZA MUNICIPAL N° 1 .- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 16/05/2001.-