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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
4055 09/11/2011
ARTÍCULO 1 2 .- MODIFICAR el plano de zonificación del Código de Planeamiento Urbano vigente (Ordenanza Municipal 2139) de acuerdo al planteo formulado en el croquis adjunto que corre agregado a la presente como Anexo I.
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Mod. 2139
3953 18/05/2011
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el plano de zonificación del Código de Planeamiento Urbano vigente, Ordenanza Municipal 2139, de acuerdo al planteo formulado en el croquis adjunto que corre agregado a la presente como Anexo I.
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Mod. 2139
3929 13/04/2011
ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR el inciso a) del artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 565, modificado por Ordenanza Municipal N° 3228 y Ordenanza Municipal N° 3830, el que quedará redactado de la siguiente forma: "a) Certificado de Aptitud Técnica (C.A.T.) para Habilitación Comercial."
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Mod. 565
Mod. por 5969
3893 02/03/2011
ARTÍCULO 1°.- DEROGAR el artículo 4 ° de la Ordenanza Municipal N° 2820 y la Ordenanza Municipal N° 3517.
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Mod. 2139
Deroga 2820 (artículo 4º) 3517
3889 18/02/2011
ARTICULO 1º.- CREAR el Cuerpo de Guardias Ambientales Municipales (GAM), de la ciudad de Ushuaia.
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Mod. por 4026
3748 12/05/2010
ARTÍCULO 1º.- CREAR el Consejo Municipal de Discapacidad de la ciudad de Ushuaia (COMUDI), cuyas funciones principales serán: a) difundir y propender al cumplimiento de los derechos reconocidos a las personas con discapacidad en los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional, Provincial, leyes nacionales y provinciales, Carta Orgánica Municipal, ordenanzas, concluidos en este sentido; b) defender los derechos que la ley otorga a las personas con discapacidad, buscando su integración, equiparación de oportunidades sociales, laborales, culturales, educacionales, comunicacionales, políticas e institucionales; c) proponer políticas públicas municipales así como estadísticas y trabajos de investigación para la temática de la discapacidad en las áreas de desarrollo social deportes, cultura, educación, obras públicas, obras privadas, transporte, turismo, recursos humanos y empleo; d) asesorar a los Departamentos Ejecutivo y Deliberativo en la creación y/o modificación de normas legales basadas en los principios de la equiparación de oportunidades y la no discriminación y colaborar en el desarrollo de planes y programas de investigación que las mismas lleven adelante en el área; e) apoyar y coordinar la actividad de las entidades privadas sin fines de lucro que orienten sus acciones a favor de las personas con discapacidad; f) representar al Municipio ante foros internacionales, nacionales y provinciales en materia de discapacidad; g) compilar y sistematizar toda la documentación legislativa local, provincial, nacional e internacional existente sobre temas, problemas y situaciones que plantea la discapacidad, referidas particularmente a la accesibilidad, equiparación de oportunidades, discriminación , barreras físicas (arquitectónicas, urbanísticas, del transporte, etcétera) culturales, laborales y educacionales, barreras sociales, políticas e institucionales, informáticas y de la comunicación y, en general todo aquello que haga a la implementación de normas tendientes a lograr el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad dentro del concepto de una ciudad para todos.
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Mod. por 3832
3685 02/12/2009
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER para aquellos ocupantes de la vertiente suboccidental del Valle de Andorra que desarrollen emprendimientos productivos en los sectores zonificados mediante la Ordenanza Municipal No 2750 como Zona de Desarrollo Económico (ZoDE), Zona de Desarrollo Social y Económico (ZoDSyE) y Zona de Desarrollo Recreativo y Social (ZoDRyS) los criterios y condiciones para iniciar el proceso de saneamiento y ordenamiento, detallados en el artículo 3º de la presente y la reglamentación que a tal efecto se dicte.
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Mod. por 3885, 4001
3634 28/10/2009
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR el Acta de Manifestación labrada mediante Escritura Pública N° 178, celebrada entre el Municipio y el señor Luis Bernardo Pinedo, por la que se acuerda el marco regulatorio de las ex quintas 16 y 17, del macizo 1000, de la sección O del Valle de Andorra, - Plano de Mensura TF — 1 — 34 - 85-, anulado por el artículo 15 de la Ordenanza municipal 2750 y disposición de la Dirección de Catastro N° 21/2005, que se corresponde con la Resolución del Ministerio de Desarrollo de Economía de la Gobernación del Ex Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur N° 699/1991.
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3631 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ZONIFICAR como Distrito de Proyectos Especiales —PE-, conforme el artículo VII.1.2.6. del Anexo I de la Ordenanza municipal 2139, el espejo de agua y espacios públicos adyacentes denominado Bahía Encerrada, delimitado por: a) al norte por la avenida Prefectura Naval Argentina; b) al sur por la calle Teniente Berráz; c) al este por la pasarela Luis Pedro Fique y d) al oeste por la calle Capitán Mutto.
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3615 01/01/1970
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos las Actas de Manifestación labradas mediante Escritura Publica con ocupantes de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra, por aplicación de lo dispuesto en el Anexo I del articulo 5° de la Ordenanza Municipal N° 3085 y articulo 3° de la Ordenanza Municipal N° 3121, de acuerdo al detalle del Anexo I que corre agregado a la presente.
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3594 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a transferír a valor fiscal y otorgar el Título de Propiedad a favor de la Unión de Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.), el predio identíficado catastralmente como Sección J, Macizo 1, Parcela 4 de la ciudad de Ushuaia, con destino a la instalación de cabañas para uso turístico.
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3592 19/10/2015
ARTICULO 1 0 .- SUSTITUIR el Artícula Vil 1.2.2.2. CE 1 — Central Microcentro (hoja de zonificación) del Código de Planeamiento Urbano vigente (Ordenanza Municipal N° 2139) de la ciudad de Ushuaia, quedando redactado el mismo de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.
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Mod. 2139
Deroga 3562
3579 19/10/2015
ARTICULO 1.- APROBAR el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el Ilamado a Licitación Pública para Ia Concesión de uso que permita el desarrollo y explotación comercial, turístico-recreativa del Camping Municipal Río Pipo, incluyendo el quincho-comedor e instalaciones accesorías sitas en el lugar, el cual corno Anexo I forma parte integrante de la presente.
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Mod. por 3613
3575 19/10/2015
ARTICULO 1°.- RATIFICAR el Acta de Manífestación labrada mediante Escritura Pública numero sesenta y seis, celebrada entre el Municipio y los señores Rivera, Norma Isabel y Machado, José Ricardo, por la que se acuerda el marco regulatorio ce las ex Quinta 26 y 30, del Macizo 1000, de la Sección O dei Valle de Andorra, -Plano de Mensura TF-1-34-85- anulado por el artículo 15° de la Ordenanza Municipal N° 2750 y disposición de la Dirección de Catastro N° 2112005, que se corresponde con la Resolución del Ministerio de Desarrollo de la Economía de la Gobernación del ex Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur N° 763/1991.
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3545 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ADHERIR al Código Ético Mundial para el Turismo (CEMT), aprobado por la resolución AIRES/406(XIII) de la Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo, que forma parte de la presente como Anexo I.
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3524 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el plano de zonificación del Código de Planeamiento Urbano vígente (Ordenanza Municipal 2139) de acuerdo al planteo formulado en el croquis que corre agregado a la presente como Anexo I.
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Mod. 2139
3486 19/10/2015
ARTICULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos las Acta de Manifestación labradas mediante Escrituras Públicas con ocupantes de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra, por aplicación de lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ordenanza Municipal 3085 y el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal 3121, de acuerdo al detalle del Anexo I de la presente.
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3479 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZÁSE al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar, para estacionamiento temporario de Transporte Especial Turístico de Pasajeros, Línea Regular , Taxis y Remisses, hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la dársena ubicada sobre la margen derecha de la Avenida Prefectura Naval Argentina, entre las proyecciones de calle Roca y Rivadavia, cuyo plano se adjunta a la presente como Anexo I; no pudiendo ocupar, en ningún caso, el CIEN POR CIENTO (100%) del frente marítimo.
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3458 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZANSE espacios reservados entre discos de TRES (3) unidades - 21 (VEINTIÚN) metros de longitud, para el ascenso y descenso de pasajeros con una leyenda en placa adicional "ESPACIO RESERVADO PARA ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS DESTINADO A HOSPEDAJES TURISTICOS", los que estarán emplazados según el siguiente detalle: a) Sobre margen Sur de la Avenida José de San Martín, entre las calles 9 de Julio y Juana Fadul, próximo a su intersección con 9 de Julio; b) Sobre margen Sur de la Avenida José de San Martín, entre las calles Patagonia y Sarmiento, próximo a su intersección con Sarmiento; c) Sobre margen Sur de la Avenida José de San Martín, entre las calles Onas y Patagonia, próximo a su intersección con Patagonia.
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3449 19/10/2015
ARTICULO 1°.- F1JESE en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 243.237.257) las Erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2009, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 9°, 10 y 11.
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Mod. por 3660
3390 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DECLARAR Reserva Ambiental para su conservación y protección como patrimonio histórico y cultural y con destino a un uso predominantemente turístico, a las turberas asociadas al Glaciar Vinciguerra, ubicadas dentro de los limites del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia.
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3387 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICANSE los Artículos 1 0, 3°, 4° y 5° de la Ordenanza Municipal 3315, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "
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Mod. 3315
3382 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en venta a favor del señor Guillermo Almiro DÓRNELES, D.N.I. 12.848.030, el predio identificado catastralmente como Sección F, Macizo 127, Parcela 3 de la ciudad de Ushuaia, a fin de instalar un complejo Turístico para el Servicio de Alojamiento Turístico Receptivo, conforme las prescripciones previstas en la Ordenanza Municipal 2025 y su modificatoria Ordenanza Municipal 2697.
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3352 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INSTITÚYASE el proceso de Presupuesto Participativo, conforme lo establecido en los Artículos 37 - Inciso 3), 55, 96 y el 125 - Inciso 20) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia. DEFINICIÓN Y FINALIDAD
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3345 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Articulo 1°, el Articulo 2° inciso b) y el Articulo 3° inciso c) y d) e INCORPORASE como artículo 2° inciso d), de la Ordenanza Municipal 3143, los que quedaran redactados de la siguiente forma: "
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Mod. 3143