Ordenanza N° 3631 —

Datos de la ordenanza
Número
3631
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Decreto
1338/2009
Tema
Ordenamiento Urbano / Medio Ambiente
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- ZONIFICAR como Distrito de Proyectos Especiales —PE-, conforme el artículo VII.1.2.6. del Anexo I de la Ordenanza municipal 2139, el espejo de agua y espacios públicos adyacentes denominado Bahía Encerrada, delimitado por: a) al norte por la avenida Prefectura Naval Argentina; b) al sur por la calle Teniente Berráz; c) al este por la pasarela Luis Pedro Fique y d) al oeste por la calle Capitán Mutto.

ARTICULO 2°.- Serán objetivos para el sector zonificado por el artículo 1°de la presente, los siguientes:

a) proteger y mantener a largo plazo la diversidad biológica y otros valores naturales del área;

b) promover prácticas de manejo racionales con fines de producción sostenible;

c) el uso público, la educación ambiental y las actividades recreativas, culturales, deportivas y turísticas.

ARTICULO 3°.- Con el objeto de lograr los objetivos detallados en el artículo 2° de la presente ordenanza municipal, el Departamento Ejecutivo Municipal desarrollará el proyecto ejecutivo del sector.

ARTICULO 4°.- Asignar al área zonificada por el artículo 1°, el carácter de "Área Protegida con Recursos Manejados: área protegida manejada principalmente para la utilización sostenible de los ecosistemas naturales", conforme la Categoría VI de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).

ARTICULO 5°.- El área protegida zonificada por el artículo 1° de la presente, contiene predominantemente sistemas naturales no modificados, que son objeto de actividades de manejo para garantizar la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica a largo plazo, y proporcionar al mismo tiempo un flujo sostenible de productos naturales y servicios para satisfacer las necesidades de la comunidad.

ARTICULO 6°.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a elaborar el Plan de Manejo de la Reserva con mandato preciso a favor de la conservación, de conformidad con las costumbres locales y con el apoyo y asesoramiento de organismos gubernamentales y no gubernamentales, con el objeto de establecer los criterios técnicos para el manejo de los ambientes naturales involucrados.

ARTICULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.-

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3631

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 28/10/2009.-

Observaciones
Zonifica como Distrito de Proyectos Especiales –PE- el Espejo de Agua y espacios públicos adyacentes denominado Bahía Encerrada.
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