ARTICULO 1°.- MODIFICANSE los Artículos 1 0, 3°, 4° y 5° de la Ordenanza Municipal 3315, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "
ARTÍCULO 1°.- CREASE el Paseo Público Municipal "PASE0 DE LOS EXPLORADORES ANTARTICOS", el que se emplazará en reconocimiento y homenaje a los hombres y mujeres argentinos y/o extranjeros y/o medios emblemáticos que se hubieren destacado por su labor en el Continente Blanco y que tengan vínculo con el accionar Antártico Nacional." "
ARTICULO 3°.- El desarrollo del Proyecto para la parquización y emplazamiento de monumentos y recordatorios específicos deberá evaluarse sobre la base de lo prescripto en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Municipal 1642, su reglamentación y lo determinado en la presente." "
ARTICULO 4°.- CREASE • la Comisión para la evaluación, seguimiento y supervisión del Proyecto, la que estará integrada por el Secretario de Desarrollo y Gestión Urbana de la Municipalidad de Ushuaia; DOS (2) representantes del Concejo Deliberante, el Director de Parques y Paseos de la Municipalidad de Ushuaia, UN (1) representante del Colegio de Arquitectos; UN (1) . representante de la Cámara de Turismo; UN (1) representante del Museo Provincial (Museo del Fin del Mundo); UN (1) representante del Museo Marítimo; el Director de Antártida de la Provincia; el responsable de la Oficina Antártica del IN.FUE.TUR y UN (1) docente residente en Ushuaia, que haya prestado servicios en la Escuela Provincial Nro. 38, Presidente Julio Argentino ROCA, de Base Esperanza y, por invitación, UN (1) representante de la Dirección Nacional del Antártico." "
ARTÍCULO 5°.- Se reserva como mínimo el OCHENTA POR CIENTO (80%) del paseo exclusivamente para el homenaje a personas de nacionalidad argentina o extranjeros y/o medios emblemáticos que hubieren tenido efectiva y notoria significación en el accionar Antártico Nacional."
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su publicación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 3 3 87 ORDENANZA MUNICIPAL N° r DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 10/09/2008.