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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
3917 02/03/2011
ARTÍCULO 1º .- MODIFICAR el plazo establecido por el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal N° 3429 quedando el mismo establecido en diez (10) años renovables por un plazo igual de tiempo, con destino al desarrollo del proyecto educativo de carácter social sin fines de lucro denominado "Granja Educativa" llevado adelante por la Fundación para la integración de niños con discapacidad.
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Mod. 3429
3851 03/11/2010
ARTÍCULO 1 2 .- CREAR en el ámbito de "Cultura municipal", el Programa para la identificación, señalización y cesión de fondos documentales privados históricos de la ciudad.
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3748 12/05/2010
ARTÍCULO 1º.- CREAR el Consejo Municipal de Discapacidad de la ciudad de Ushuaia (COMUDI), cuyas funciones principales serán: a) difundir y propender al cumplimiento de los derechos reconocidos a las personas con discapacidad en los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional, Provincial, leyes nacionales y provinciales, Carta Orgánica Municipal, ordenanzas, concluidos en este sentido; b) defender los derechos que la ley otorga a las personas con discapacidad, buscando su integración, equiparación de oportunidades sociales, laborales, culturales, educacionales, comunicacionales, políticas e institucionales; c) proponer políticas públicas municipales así como estadísticas y trabajos de investigación para la temática de la discapacidad en las áreas de desarrollo social deportes, cultura, educación, obras públicas, obras privadas, transporte, turismo, recursos humanos y empleo; d) asesorar a los Departamentos Ejecutivo y Deliberativo en la creación y/o modificación de normas legales basadas en los principios de la equiparación de oportunidades y la no discriminación y colaborar en el desarrollo de planes y programas de investigación que las mismas lleven adelante en el área; e) apoyar y coordinar la actividad de las entidades privadas sin fines de lucro que orienten sus acciones a favor de las personas con discapacidad; f) representar al Municipio ante foros internacionales, nacionales y provinciales en materia de discapacidad; g) compilar y sistematizar toda la documentación legislativa local, provincial, nacional e internacional existente sobre temas, problemas y situaciones que plantea la discapacidad, referidas particularmente a la accesibilidad, equiparación de oportunidades, discriminación , barreras físicas (arquitectónicas, urbanísticas, del transporte, etcétera) culturales, laborales y educacionales, barreras sociales, políticas e institucionales, informáticas y de la comunicación y, en general todo aquello que haga a la implementación de normas tendientes a lograr el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad dentro del concepto de una ciudad para todos.
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Mod. por 3832
3693 03/03/2010
ARTÍCULO 1°.- La presente Ordenanza establece y regula la administración financiera, el Régimen de Contrataciones, Administración de Bienes y los Sistemas de Control Interno y Externo Municipales.
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Mod. por 3738, 4099, 4602, 5115, 5559, 5698, 6042
3430 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE a la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, de los alcances de los Artículos 50 y 60 de la Ordenanza Municipal 2025, modificada por la Ordenanza Municipal 2697.
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3429 19/10/2015
ARTICULO 1°.- APRUEBANSE los términos del Acta de Manifestación otorgada por Escritura Pública Nro. 208, de fecha 22 de septiembre de 2008, mediante la cual la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Intendente Municipal, Don Federico SCIURANO, cede a la Fundación "Un Lugar en el Mundo", representada por su Presidente Don José Luis ALONSO, la fracción fiscal individualizada como Sección 0, Tierras Fiscales sin Mensurar 61R de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra, denominado Grilla 15, conforme al Decreto Municipal 152/2005, con una superficie aproximada de ONCE MIL METROS CUADRADOS (11.000 m2), por el plazo de CUATRO (4) años renovables por un período igual de tiempo, con destino al desarrollo del proyecto educativo de carácter social sin fines de lucro denominado "Granja Educativa" Ilevado adelante por la Fundación para la integración de niños con capacidades diferentes.
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Mod. por 3917
3416 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ESTABLECER el cerramiento de los Ilamados Playones Deportivos Municipales que por sus dimensiones permitan la realización de tales obras en forma total o parcial de su superficie ocupada, y con independencia de la zona de la ciudad en que estén emplazados o de los Usos permitidos por el Código de Planeamiento Urbano; a tales efectos el Departamento Ejecutivo Municipal deberá evaluar la factíbilidad y conveniencia con respecto a las características de cada Playón Deportivo.
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3352 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INSTITÚYASE el proceso de Presupuesto Participativo, conforme lo establecido en los Artículos 37 - Inciso 3), 55, 96 y el 125 - Inciso 20) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia. DEFINICIÓN Y FINALIDAD
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3350 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INSTITÚYASE el Voluntariado Social como política pública, de acuerdo a lo normado en el Artículo 260 de la Carta Orgánica Municipal, con intención de merituarlo como una de las expresiones más significativas de participación ciudadana y agente de transformación y cambio social desde el hacer solidario y desinteresado, para el bien común a favor de la calidad de vida. Se lo reconoce así, como institución social portadora de la conciencia colectiva construida sobre el resguardo de los derechos sociales de los sujetos frágiles, en confrontación con el rigor de la exclusión, y referentes de la instrumentación de dichos derechos en el interior de una sociedad alternativa y justa.
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Mod. por 3803, 5054
3289 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar al Rotary Club Ushuaia, el predio identificado catastralmente como Sección E, Macizo 19, Parcela 2 de la ciudad de Ushuaia, en los términos de la Ordenanza Municipal 2025, modificada por la Ordenanza Municipal 2697.
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Mod.
Mod. por
3153 19/10/2015
ARTICULO 1º.- APRUÉBASE el Convenio registrado bajo el número 3476, celebrado en fecha 26 de Junio de 2006, cuya copia certificada forma parte de la presente, celebrado entre la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia, representada por el Señor Intendente, Ing. Jorge Alberto GARRAMUÑO, y la Fundación “Un Lugar en el Mundo”, representada por su Presidente, señor José Luis ALONSO, D.N.I. Nº 13.645.177; aprobado Ad Referéndum del Concejo Deliberante mediante Decreto Municipal 812/2006; a través del cual se cede en uso y mantenimiento una porción de Espacio Público conformada por una fracción fiscal de la sección “J”, en el paraje denominado Triángulo del Río Pipo, con el objeto de ejecutar el proyecto “Granja Educativa”, de carácter social sin fines de lucro.
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3128 19/10/2015
ARTICULO 1º.- INSTITÚYASE por la presente el marco regulatorio para la instrumentación del Programa de Indicación de Procedencia “HECHO EN USHUAIA”, como política de estado que fortalezca la participación en el mercado de los productos locales asociados al perfil turístico de la ciudad, en defensa de las expresiones y productos culturales genuinos y originarios del lugar.
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2694 19/10/2015
ARTICULO 1º.-. Esta Ordenanza tiene por objeto regular dentro de la esfera de la competencia Municipal el uso de parques, jardines, plazas, espacios verdes, playones deportivos y tierras fiscales de propiedad Municipal, dentro de las competencias Municipales, elementos de juegos infantiles, bancos, papeleras y demás mobiliario urbano existente en los indicados lugares, el arbolado urbano de la ciudad y locales de titularidad de la Municipalidad de la Ciudad de Ushuaia, en un todo de acuerdo con lo establecido en los Artículos 80,83,86,87 y 88 de la Carta Orgánica Municipal.
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2693 19/10/2015
ARTÍCULO 1º.- Instituir para el ejido urbano y urbano rural de la ciudad de Ushuaia, la figura de “PADRINO DE LOS ESPACIOS VERDES PÚBLICOS”, para aquellas personas o entidades que deseen asumir la responsabilidad de preservar y/o desarrollar el recurso natural de dichos espacios del dominio municipal, haciéndose cargo del mantenimiento, embellecimiento y/o construcción o refacción de los mismos.
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Mod. por 2730, 3052
2486 19/10/2015
ARTICULO 1º.- CREASE el sistema de Incentivo a la Cultura y el Deporte en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia.
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2372 19/09/2001
ARTICULO 1º.- Institúyase por la presente el marco normativo que regula la publicidad y propaganda estática en todos los lugares de acceso público sujetos a la jurisdicción de la Municipalidad de Ushuaia, en atención a los siguientes fines: a) Salvaguardar la seguridad, comodidad y estética urbana. b) Preservar y promover los valores culturales, urbanísticos e históricos dentro del ejido urbano municipal.
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NO
Mod. por 2378
2359 22/08/2001
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento de lo establecido por el Artículo 25 de la Ordenanza Municipal Nº 2025, para la Parcela 01c del Macizo 32 de la Sección “L”, adjudicada a la Asociación Civil sin fines de lucro Colegio del Sur.
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NO
2328 13/06/2001
ARTICULO 1º.-FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder el uso y goce, mantenimiento y administración parcial o total a Clubes, Comisiones Vecinales que cuenten con personería jurídica o Asociaciones Civiles sin fines de lucro de: a) Centros vecinales. b) Espacios verdes y otros espacios públicos.
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NO
Mod. por 2605
2040 14/07/1999
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE a la Asociación Civil Sin Fines de Lucro "COLEGIO DEL SUR", del pago del predio que le fuera adjudicado oportunamente, denominado catas- tralmente como PARCELA lc. MACIZO 32 de la SECCIÓN "L", según Plano de Mensura TF 1-33-99.-
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NO
1687 23/10/1996
ARTICULO 1º.- APRUEBASE para el año 1996 el Clasificador de Erogaciones integrado por las cuatro (4) clasificaciones siguientes: CLASIFICACION INSTITUCIONAL, CLASIFICACION FUNCIONAL, CLASIFICACION ECONOMICA Y CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO, las que enumeradas del I al IV conforman otros tantos Anexos que forman parte de la presente Ordenanza.
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NO
1113 26/05/1993
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del artículo 137, Título IX de la Ordenanza Fiscal vigente (DERECHOS DE ESPECTACULOS PUBLICOS), al pago de tributos por espectáculos públicos, que realizará el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (S.O.E.M.) sin fines de lucro a los efectos de la construcción de la sede del mismo, en virtud de los considerandos precedentes.
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NO
1110 11/05/1993
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la Ordenanza Fiscal de acuerdo al ANEXO I, que forma parte integrante de la presente y consta de 210 artículos en 59 fojas, en virtud a los considerandos precedentes.
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NO
Deroga 405
Mod. por 1118, 1119, 1487
507 03/05/1989
ARTICULO 1 0 .- CREASE el Regístro de Entidades de Bien Público, el que será llevado por la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia.-
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NO