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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
6565 04/12/2025
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el inciso a) del artículo 24 de la Ordenanza Municipal N.° 711, el que queda redactado de la siguiente manera: "a) los vehiculos afectados a la prestación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros pueden continuar prestando los mismos por el plazo de tres (3) afios contados desde el vencimiento de la antiguedad requerida por el inciso b.1) del artículo 53 de la Ley N.° 24449, conforme lo dispuesto por el apartado b.4) del artículo 53 del Anexo I del Decreto N.° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, y sus modificatorios y deben aprobar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en forma cuatrimestral, en los términos establecidos en la Resolución 10/2024 de la Secretaria de Transporte; Ministerio de Infraestructura de la Nacion".
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Mod. 711
6550 04/12/2025
ARTÍCULO 1°.- Creación. CREAR el Registro Municipal Unificado de Conductoras de vehículos habilitados por la Municipalidad para el traslado de pasajeros y de pasajeras (ReMuCo) en las modalidades definidas por las ordenanzas respectivas como colectivo, taxi, remis, especial punto a punto, ocasional, turismo alternativo y el contratado a través de plataformas digitales habilitadas por la Municipalidad.
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SI
Deroga 1853, 5947, 6446
6547 06/11/2025
ARTÍCULO 1°.- INCORPORAR como Capítulo XXII de la Ordenanza Municipal N.° 1492, el siguiente: "Capítulo XXII — De las garitas de colectivo
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Mod. 1492
6424 29/10/2024
TÍTULO DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°.- Definición. A los fines de la presente ordenanza se define: a) Pequeñas Unidades Productivas Alimenticias: son las unidades mínimas de trabajo del tipo familiar, individual o de forma asociativa, que se dedican a la elaboración de productos alimenticios de bajo riesgo de contaminación bacteriana, a baja escala y a nivel local, de aquí en adelante PUPAs; b) Cocinas Comunitarias: son espacios de procesamiento, elaboración y fraccionamiento de alimentos de tipo comunitario establecidos en el Código Alimentario Argentino (CAA).
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6409 25/09/2024
ARTÍCULO 1°.- ADHERIR a la Ley Provincial N.° 1551, que adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional N.° 26858, que tiene por objeto asegurar el derecho al acceso, deambulación y permanencia en lugares públicos y lugares privados de acceso público, y a los servicios de transporte público en sus diversas modalidades, de toda persona con discapacidad, acompañada por un perro guía o de asistencia.
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6355 30/05/2024
ARTÍCULO 1°.- PONDRÁN en peligro la seguridad pública las personas que conduzcan vehículos en estado de alcoholemia positiva; bajo la acción de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas; y/o de manera imprudente.
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Mod. 4449
Deroga 3411, 4231, 5200, 5339, 5480, 5682,
6340 18/04/2024
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER la colocación de pictogramas en oficinas púlicas, espacios públicos, clubes e instituciones deportivas y educativas que se enc tren dentro de la esfera municipal, unidades del transporte público de pasajeros habili das por el Departamento Ejecutivo Municipal y en las paradas de ómnibus en forma visible, con la finalidad de facilitar el derecho a la comunicación de las personas con Condición de Espectro Autista (CEA) y garantizar la accesibilidad cognitiva de los entornos en la ciudad de Ushuaia. 
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6330 21/03/2024
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 2541/2023, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se aprueba -ad referéndum del Concejo Deliberante- el Convenio (CONVE-2023- 143055651-APN-DGD#MTR), registrado bajo el N.° 19505, celebrado entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Municipalidad de Ushuaia,.por el cual el Ministerio reconoce a la Municipalidad como beneficiaria del Fondo de Compensación al Transporte Público de pasajeros por automotor urbano y suburbano del interior del país, en cuyo marco, se continuará percibiendo las acreencias emergentes del referido fondo compensador.
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6283 06/12/2023
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 2172/2023, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se autoriza un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros de taxi.
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6277 22/11/2023
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 1942/2023, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se aprueba la Adenda III al Convenio (CONVE-2023-12005672-APN-DGD#MTR) registrada bajo el N.° 19316, celebrada entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Municipalidad de Ushuaia.
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SI
6267 25/10/2023
ARTÍCULO 1°.- IMPLEMENTAR el Boleto Gratuito en Transporte Público de Pasajeros en beneficio de los Bomberos Voluntarios de la ciudad de Ushuaia. El mismo será de aplicación al transporte colectivo en su alcance actual y en aquellas líneas y/o soluciones especiales a crear y/o concesionar en el futuro para cualquier zona del ejido municipal.
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6239 16/08/2023
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 1303/2023, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se aprueba -ad referéndum del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia- la Adenda II al Convenio (CONVE-2023-12005672-APN-DGD#MTR), registrada bajo el N.° 18982, celebrada entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Municipalidad de Ushuaia, ARTíCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. 6 2 3 9 ORDENANZA MUNICIPAL N.° SANCIONADA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 16/08/2023.- CO , \ \, .., \1 \ \ ( n. ....., , E . --':- Abog. VerónicalWars17- JuakCarlos PINO Secretaria Legislativa Concejo Deliberanle de Ushuaia Concejo Delíberante Ushuaia 111111 112111 s.tr I e Conrdin DespJcho enocE.io ozusEsArn er.3. '1A t, Ordenanza Numero: 6239 "2023 — 40° Aniversario de la Restauración de la Democracia". 2/6 r Concejo Defiberante ANEXO 1. de fa Ciudad de giskuaia ORDENANZA MUNIC1PAL N.° Dpcho. 6 2 3 9 ,' JIL onieta SAI Gtal. "z&25Y4b°~ÁrilvdrIario de la Restauración de la Democracia" Municipalidad de Ushuaip COPIA HEL DEL R1GINAL 1303- Provincia de Tlena del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =ReptiblIca Argentina. Municipalldad de Ushuaia USHUAIA, 0 7 JUL 2023 VISTO el expediente electr6nico E-4702-2022 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través del mismo tramitó la suscripción de un Convenio celebrado entre el Ministerio de Transporte de la Nación, representado por el Señor Marcos César FAR1NA, en su carácter de Secretario de Articulación Interjurisdiccional y la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Secretaria de Gobierno, Señora Yésica Valeria GARAY, .DNI N°30.566.363, en el marco de lo establecido en el artículo 72 de la Ley N°27.591, prorrogada en último término por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°882/2021, y reglamentada por la Resolución N°82/2022 del Ministerio de Transporte, el cual fué identificado como CONVE 2023-12005672-APN-DGD#MTR. Que por el convenio aludido se reconoce a la Municipalidad como beneficiaria del Fondo de Compensación al Transporte Público de pasajaros por automotor urbano y suburbano del interior del país, en cuyo marco se continuará percibiendo las acreencias emergentes del referido fondo compensado. Que en fecha veintinueve (29) de junio de 2023, entre las mismas partes se suscribió la Adenda 11 al referido Convenio, que reconoce la continuidad y vigencia del mismo, como así, de la Adenda precedente, se confirman las obligaciones asumidas; en tanto que se liquidan cuatro (04) pagos mensuales y consecutivos por la suma de Pesos Tres Mil Ochocientos Cincuenta Millones ($3.850.000.000) correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre, y por la suma de Pesos Cuatro Mil Quinientos Millones ($4.500.000.000) por el mes de octubre, todos del 2022. Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada de la Adenda 11 realizada al Convenio precitado, registrada bajo el N°18982, correspondiendo su aprobación ad-referéndum del Concejo Deliberante. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal conforme a lo establecido en el articulo 152 incisos 1), 21) y 38) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL 1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ART CULO 1 0.- Aprobar ad-referéndum del Concejo Deliberante la Adenda 11 al Convenio 111.2 111.IDERAW1 CS Ordenanza Numero: 6239 "2023 — 40 0 Aniversario de la Restauración de la Democracia". 3/6 Concejo Deliberante ANEXO I. de Ciudad huaia 6 2 3 9 . J. ORDENANZA MUNICIPAL N.° ton, /\,( P+ Subd1r. Dpc.bo. Gral. wi 11 n Dici.lr1wym1.FS1.L7. ,y,,w11 mw. wio de la Restauración de la Dernoc.racia" ProvIncia dellerra del Fuego COPIA f•-• _L DE. eQ, RIGINA2 AntártIda e IsIas del Atlántico Sur T$9-110: T. .República Argentlna. mur,cip ,dadde shuaia Munícipalidad de Ushuaia 111.2 (CONVE-2023-12005672-APN-DGD~TR), celebrada en fecha veintinueve (29) de junio de 2023, entre el Ministerio de Transporte de la Nación representado por el Señor Marcos César FARINA, en su carácter de Secretario de Articulaci6n Interjurisdiccion al y la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Secretaria de Gobierno, Señora Yesica Valeria GARAY. DNI N°30.566.363, registrada bajo el N°18982, cuya copia certificada forma parte integrante del presente. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
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6213 05/07/2023
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 1286/2023, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se autoriza -ad referéndum del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia- un incremento en la tarifa del Servicio Público de Transporte de Colectivos de Pasajeros.
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6212 05/07/2023
ARTÍCULO . 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 1222/2023, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se autoriza -ad referéndum del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia- un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros de taxi, consistente en elevar el valor de la ficha de pesos quince con 00/100 ($15,00) a pesos veinticuatro con 00/100 ($24,00) y la bajada de bandera de pesos doscientos setenta con 00/100 ($270,00) a pesos quinientos con 00/100 ($500,00).
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6153 30/03/2023
ARTICULO 1°.- RATIFICAR en todos sus terminos el Decreto Municipal N.° 237/2023, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se aprueba -ad referendum del Concejo Deliberante- el Convenio (CONVE-2023-12005672-APNDGDIIMTR), rejistrado bajo el N." 18340, celebrado entre al Ministerio de Transporte de la Nación y la Municipalidad de Ushuala, por el cual el Ministeno reconoce a la Municipalidad como beneficiaria del Fondo de Compensación al Transporte Público de pasajeros por automotor urbano y suburbano del interior del pais, en cuya marca se continuará percibiendo las acreedencias emergentes del referido fondo compensador. 
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6118 30/11/2022
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 2147/2022, mediante el cual se autoriza -ad referéndum del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia- un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros de taxi, consistente en elevar el valor de la ficha de pesos diez con 00/100 ($10,00) a pesos quince con 00/100 ($15,00) y la bajada de bandera de pesos ciento cincuenta con 00/100 ($150,00) a pesos doscientos setenta con 00/100 ($270,00).
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6066 14/06/2022
ARTÍCULO RATIFICAR el Decreto Municipai N.° 285/2022, mediante el cual se autoriza, ad referéndum del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, un incremento de la tarifa del transporte público de línea urbana de pasajeros, de acuerdo al cuadro tarifario que corno Anexo I corre agregado a la presente.
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6064 08/06/2022
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 1012/2022, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se autoriza -ad referéndum del Concejo Deliberante- un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros de taxi, consistente en Ilevar el valor de la ficha de pesos siete con 00/1 CO ($ 7,00) a pesos diez con 00/100 ($ 10,00) y la bajada de bandera de pesos ciento diez con 00/100 ($110,00) a pesos ciento cincuenta con 00/100 ($150,00).
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5965 15/12/2021
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 1825/2021, que corre adjunto a la presente como Anexo I, mediante el cual se autoriza, ad referéndum del Concejo Deliberante, un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros de taxi, consistente en Ilevar el valor de la ficha de pesos cinco con 00/100 ($5,00) a pesos siete con 00/100 ($7,00) y la bajada de bandera de pesos ochenta con 00/100 ($80,00) a pesos ciento diez con 00/100 ($110,00).
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5945 06/10/2021
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 1239/2021, que corre agregado como Anexo I de la presente, mediante el cual se aprueba ad , referéndum del Concejo Deliberante el Convenio N.° 16451, celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con el objeto de que la Municipalidad otorgue a la Agencia el permiso de uso de un bien inmueble emplazado en la terminal municipal de colectivos, a los fines de que en el mismo funcione una base operativa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial dentro de la jurisdicción del municipio de Ushuaia.
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5899 22/06/2021
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo 1° de la Ordenanza Municipal N.° 2381, modificatoria del inciso a) del artículo 24 de la Ordenanza Municipal N.° 711, modificado por las Ordenanzas Municipales N.° 765 y 1996, para el vehículo con dominio HRT 962, para su afectación al servicio público de transporte colectivo de pasajeros que presta la empresa Ushuaia Integral Sociedad del Estado (UISE).
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5850 13/04/2021
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N.° 381/2021, que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza, mediante el cual se autoriza -ad referéndum del Concejo Deliberante- un incremento en la tarifa del transporte público de pasajeros de Taxi, consistente en llevar el valor de la ficha de pesos cuatro con cincuenta centavos ($ 4,50) a pesos cinco con cero centavos ($ 5,00), y la bajada de bandera de pesos cincuenta con cero centavos ($ 50,00) a pesos ochenta con cero centavos ($80,00).
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5823 15/12/2020
ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR el artículo 16 BIS a la Ordenanza Municipal 711, conforme el siguiente texto: "
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Mod. 711
5783 05/08/2020
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER el uso obligatorio de dispositivos de protección que cubran nariz, boca y mentón tipo tapaboca, barbijo o mascarilla facial al ingresar o permanecer en establecimientos, centros de salud y medios de transporte, todos ellos, tanto públicos como privados, como así también en locales comerciales, oficinas de atención al público y cajeros automáticos.
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Mod. por 5937, 6035
5780 05/08/2020
ARTÍCULO 1°.- CREAR la Senda Peatonal de la Diversidad, en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, con el objeto de visibilizar la lucha y el orgullo de la conquista de derechos del colectivo LGBTIQ+ y generar conciencia sobre la importancia de la igualdad de condiciones y oportunidades.
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