Ordenanza N° 6565 —

Datos de la ordenanza
Número
6565
Fecha de sanción
04/12/2025
Vigencia
—
Decreto
2118/2025
Tema
Transporte
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el inciso a) del artículo 24 de la Ordenanza Municipal N.° 711, el que queda redactado de la siguiente manera: "a) los vehiculos afectados a la prestación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros pueden continuar prestando los mismos por el plazo de tres (3) afios contados desde el vencimiento de la antiguedad requerida por el inciso b.1) del artículo 53 de la Ley N.° 24449, conforme lo dispuesto por el apartado b.4) del artículo 53 del Anexo I del Decreto N.° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, y sus modificatorios y deben aprobar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en forma cuatrimestral, en los términos establecidos en la Resolución 10/2024 de la Secretaria de Transporte; Ministerio de Infraestructura de la Nacion".

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 1106/2025
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
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Tratado en sesión
Asunto 1106/2025 — Taquigráfica N° 8/2025 — 04/12/2025
DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS (Asunto 1106/2025,
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