Ordenanza N° 5780 —

Datos de la ordenanza
Número
5780
Fecha de sanción
05/08/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- CREAR la Senda Peatonal de la Diversidad, en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, con el objeto de visibilizar la lucha y el orgullo de la conquista de derechos del colectivo LGBTIQ+ y generar conciencia sobre la importancia de la igualdad de condiciones y oportunidades.

ARTÍCULO 2°.- DISPONER que la misma estará ubicada en la avenida Prefectura Naval Argentina, entre la intersección con la vía de acceso al puerto de la ciudad y la calle Julio Argentino Roca. La autoridad de aplicación podrá disponer posteriormente de nuevas ubicaciones en los demás espacios que considere de utilidad a los fines de visibilizar esta causa.

ARTÍCULO 3°.- Será autoridad de aplicación de la presente ordenanza el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda.

ARTÍCULO 4°.- SOLICITAR a la autoridad de aplicación que realice campañas de difusión y fomento de la presente ordenanza a través de los diferentes medios de comunicación.

ARTÍCULO 5°.- La presente será reglamentada en un plazo no mayor a los sesenta (60) días a partir de su promulgación.

ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5780.

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 05/08/2020.

Asunto de origen
Asunto 359/2020
Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 359/2020 — Taquigráfica N° 4/2020 — 05/08/2020
(Asunto 359/2020, expediente 42/2020)
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