| 1770 |
06/08/1997 |
ARTICULO ESTABLECESE el doble sentido de circulación vehicular de la calle Comodoro Augusto Lasserre, en el tramo comprendido entre la Avenida Maipú y la deltmitación del sector que ocupa el Puerto de la Ciudad.- […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. por 1972, 2005
|
|
| 1691 |
06/11/1996 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 22 de la Ordenanza Municipal Nº 508, T.O.
604, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
" […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. 508, 604
|
|
| 1608 |
22/05/1996 |
ARTICULO 1º.- EXIMASE a la señora Dora Elsa GUTIERREZ, L.C. Nº 1.058.785,
viuda del extinto Dn. Rafael BATALLA, del cumplimiento de los requisitos
establecidos por la Ordenanza Municipal Nº 412, artículo 6º, inciso c) y artículo 30,
modificado por la Ordenanza Municipal Nº 735, a fin de procederse a la
transferencia de titularidad a su favor de la Licencia de Taxi Nº 007. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1599 |
08/05/1996 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUAR al señor Domingo A. GALUCCIO, titular de la
Licencia de Taxi Nº 211, de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 412, en sus
artículos 30, 31 y 32 respectivamente, los cuáles rigen la actividad del Servicio
Público de Transporte de Pasajeros de Taxi. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1492 |
30/11/1994 |
ARTICULO lo.- APRUEDASE el Régimen de Penalidades por Faltas Municipales que a todos sus efectos como Anexo I, forma parte integrante de la presente.- […ver más en el detalle] |
—
|
Deroga 1295, 1302, 235
Mod. por 1796, 1871, 1881, 1938, 2158, 2220, 2250, 2260, 2424, 2882, 3132, 3221, 3558, 3995, 4160, 4161, 4449, 4877, 5144, 5152, 5200, 5339, 5340, 5341, 5342, 5480, 5683, 5946, 6547, 6598
|
|
| 1408 |
21/09/1994 |
ARTICULO 10.- IMPLEMENTASE la modalidad de intercamunicadares en Cá W&Ca(W.2/Ch &,/~aL: instalaciones del Hospital Regional Ushuaia que posibiliten la comunicación directa con una Central de Radio Taxi, habilitada por el Municipio, para los usuarios que requieran el servicio de Taxi, en virtud a los considerandos precedentes.- […ver más en el detalle] |
NO
|
Deroga 1112
|
|
| 1376 |
10/08/1994 |
ARTICULO 12.- EXCEPTUASE de las normas que fija el C6dino de Planeamiento Urbano para la obra ubicada en la Secci6n "A", Macízo 57 Parcela 5c, propiedad del seKor Odíno QUERCIALI, auto- rizándose, de acuerdo al anteproyecto presentado que obra a fojas 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 del Expediente NO 256/94, LETRA: C.D. a: a) Un F.O.T. máximn de 3,04 b) Un F.O.S. máximo para el basamento de 1,00 c) Un F.O.S. máximo de 0,80 (Plantas superiores) Ceance", --TearAa/rIA aé Wiaacia‘ Wuaca d) Una altura máxima sobre Línea Munícipal de 12.00 metros. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1375 |
27/07/1994 |
ARTICULO 1P.- EXCEPTUDSE de lae normae one fija el CÓdido de Planeamiento Urbano, a la obra eíta en la Seecíón "9", Maeizo 60, Parcela 19, eropiedad del Carloe A. R -1UERn . JIPt-nr- zándose, de acuerdo al anteoroyecto oresentadb due, nbra a 5 del Exeediente N o 296/94, LFTRA: a) Un Ilgaxime de 0.67 bI Un atáxímo de 1.13 Wow.ce" -TeitÁmagtk Wiccazdaí Wdza~ Uí---uor• eI ReLlvc -5--ontaL […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1309 |
01/01/1994 |
ARTICULO 1º.- APROBAR el Convenio suscripto oportunamente entre esta
Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno Dn. Omar Enrique
BECERRA, y la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia, obrante como
Anexo I de la presente, a través del cual la Municipalidad autoriza a la mencionada
Asociación a habilitar el kiosco con ingreso al público en la Parada del Servicio
Público de Taxi Nº 2, sita en Avenida Malvinas. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1298 |
08/04/1994 |
artículos 175, inciso 5, y concordantes de la
Constitución Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que es competencia de los municipios autónomos el establecer un sistema de
revisión y control de cuentas y de la legalidad de los actos, conforme la norma constitucional
citada.
Que ello hace a la eficacia y transparencia de los actos de gobierno y a la eficacia y
transparencia de los actos de gobierno y a la autonomía comunal consagrada por la Carta Magna
Provincial.
Que, mientras ello no ocurra, es imprescindible implementar un método
sustitutivo, con similar índice de eficiencia.
Que este Departamento Ejecutivo elevó al Concejo Deliberante con fecha 22-12-
92, el proyecto de Ordenanza creando la Contraloría Municipal de Ushuaia, proyecto que , hasta
el presente y no obstante haber transcurrido ya catorce (14) meses no ha merecido el debido
tratamiento.
Que, por otra parte, el organismo provincial –Tribunal de Cuentas- que por
imperio del artículo 180, inciso 3, de la Constitución Provincial debe ejercer el contralor de las
cuentas municipales hasta la creación del sistema comunal propio, tampoco se encuentra
integrado, luego de mas de dos años de instaladas las autoridades constitucionales.
Que la Fiscalía de Estado Provincial no es competente en los asuntos municipales.
Que el control contable de los actos municipales no se ofrece con la celeridad y
diligencia necesarias, afectando la celebración de las contrataciones en debido tiempo y forma,
además de ser ejercido por un organismo –Auditoría General del Gobierno Provincial-
dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, agraviándose la esencia misma del sistema municipal
autónomo consagrado por la Constitución.
Que la inminencia en la realización de obras públicas de gran envergadura por
parte de este Departamento Ejecutivo hace imprescindible el ejercicio de un debido control de sus
actos.
Que en virtud de todo ello se estima improrrogable la creación del órgano de
fiscalización municipal que se formaliza por esta Ordenanza, con las características de
provisoriedad necesarias para no condicionar las futuras decisiones de la Convención
Constituyente ni someter a las arcas del municipio a erogaciones que las desmedren y escapen de
las previsiones presupuestarias.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto conforme
lo reglado por los arts. 81 y concordantes de la Ley 236 y 169 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL INTENDENTE MUICIPAL DE USHUAIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
PROYECTO DE CONTRALORIA MUNICIPAL DE USHUAIA ARTICULO 1º) CREASE la CONTRALORIA MUNICIPAL DE USHUAIA, que tendrá a su
cargo el contralor técnico contable de la ejecución del presupuesto municipal, el control
de legalidad de los actos y la representación judicial de la Municipalidad de Ushuaia. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1293 |
01/01/1994 |
ARTICULO 1º.- DEFINIR, como Transporte de Cargas en General la actividad
consistente en el acarreo mediante vehículo automotor de todo tipo de cosas y/o
bienes a granel, en contenedores, etc., a cambio de una contraprestación en dinero.
La presente norma no será de aplicación a los vehículos habilitados como Taxi Flet. […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. por 1604, 1732, 2175, 2181, 5429, 5509, 5542
|
|
| 1283 |
01/01/1994 |
ARTICULO 1º.- APROBAR, el convenio suscripto oportunamente entre esta
Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno, Dn. Omar Enrique
BECERRA y la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia, obrante como
Anexo I de la presente, a través del cual la Municipalidad autoriza a la mencionada
Asociación a introducir mejoras en la Parada del Servicio Público de Taxi Nº 3, sita
en Gobernador Paz y Olegario Andrade, con el objeto de obtener la habilitación
comercial en el rubro “Kiosco” sin ingreso al público. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1250 |
15/12/1993 |
artículo 90 de la Ordenanza Municipal NQ 412 que regula el servicio de taxi; Que el solicitante es titular de la Licencia de taxi NQ 161 y en vírtud a la necesidad de trasladarse a la ciudad de Buenos Aires por razones de enfermedad de un familiar, traslado que efectuará por vía terrestre con la unidad que hoy tiene afectada al servicio, se ve en la obligación, para no afectar el servicio, a habilitar una unidad que no se ajusta a los prescripto en la Orde- nanza 412; Que los fundamentos expuestos fueron consíderados por los integrantes de éste Concejo Dellberante por lo que se ha resuelto acceder a lo solicitado; Que como consecuencia de la urgencia del traslado puesta de manifiesto por el recurrente, éste solicita se autorice al sehor Facundo Saturnino OBREGON, D.N.I. NQ 14.735.260 a contínuar los trámites necesarios que tengan relación con las presentes actua- ciones; Que de acuerdo con la Ley Territorial No 236, éste Cuerpo ceoncejo S'eldelante uhid Wilfwzia cuenta con atribuciones para ordenar sobre el particular; Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA .CIUDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE 12.-E-ILEALLAL2L_A ARTICULO lo.- EXCEPTUASE al titular de la Licencia de Taxi No 161, sehor Domingo Saturnino VERALLI y por un tiempo improrrogable de TREINTA (30) días, de lo establecido en el Inciso a) del artículo 90 de la Ordenanza Municipal NQ 412.- […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 1118 |
26/05/1993 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el inciso b), artículo 2º, del Título I de la Ordenanza
Tarifaria en vigencia, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“b) Si se desarrolla más de una actividad, el importe a abonar, en concepto de Tasa
de Habilitación Comercial, será del cien por ciento (100%) de la Categoría más alta
del rubro habilitado y/o a habilitar, más el cincuenta por ciento (50%) de la Categoría
que corresponda por la segunda, más el veinte por ciento (20%) de la Categoría que
corresponda por cada una de las subsiguientes.”. […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. 1110
|
|
| 1111 |
11/05/1993 |
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la Ordenanza Tarifaria para el año 1993, de acuerdo
al Anexo I y las Planillas que figuran como Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII, que forman
parte integrante de la presente.
(Ver Planillas en Anexo). […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. por 1156, 1167, 1251, 1284, 1294, 1366, 1368
|
|
| 1090 |
11/11/1992 |
ARTICULO 1º.- MODIFICANSE los artículos 1º, 14 y 15 de la Ordenanza Municipal
Nº 748/91, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“ […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. 748
|
|
| 1000 |
01/07/1992 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 14 de la Ordenanza Municipal Nº 115/84,
el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“ […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. 115-84, 337
Mod. por 1073
|
|
| 999 |
03/08/1992 |
ARTICULO 1º.- CREASE en el ámbito del Concejo Deliberante la Comisión de
Consulta y Estudio para la elaboración del Régimen Jurídico Básico del Empleado
del Estado Municipal. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 979 |
17/06/1992 |
ARTICULO 1o.- MODIFICASE el Artículo 8o de la Ordenanza Municipal No 115/84, agregando al mismo como Inciso "L" el siguiente texto: ' -k- . Wanceita.9-eaeuznle cie citiciadh C2Muaia "Inciso L: Los vehículos afectados al Servicio de Remisse, se identificarán en ambas puertas laterales, colocando el nombre de la Agencia, seguido de la palabra REMISSE, y el número que le asigne la Agencia locadora. La numeración asignada deberá ser comunicada a la Dirección de Tránsito Municipal, indicando vehículo, titular y dominio al que corresponde la aludida numeración".- […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. 115-84
Mod. por 1346
|
|
| 957 |
10/04/1992 |
ARTICULO APRUEBASE la Ordenanza Tarifaria para el año 1992, de acuerdo al Anexo I y las Planillas que figuran como Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII, que forman parte integrante de la presente.- […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. por 997, 1004, 1007, 1027, 1089
|
|
| 852 |
25/10/1991 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE hasta el día 31 de diciembre del año en curso de lo
establecido en el artículo 9º, inciso a) de la Ordenanza Municipal Nº 412/88, al
vehículo Dominio V-029242, Marca RENAULT 12L, año 1987, para ser afectado al
Servicio Público de Taxi, propiedad del señor Osvaldo PEREIRA, D.N.I. Nº
14.038.930, titular de la Licencia de Taxi Nº 152. […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 838 |
23/08/1991 |
Artículo 22 de la Ordenanza Municipal NP 461/88; Oue a tal efecto se requdere la aprobación de este Honorable Concejo Deliberante de una norma que faculte al Poder Ejecutivo Municipal a rea l- izar un Convenío de Excepción con la Asociaeión de Propietarios de Taxi.; Que de acuerdo a la Ley Territorial NP 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sobre el particular; Por ello: EL HO ORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZ ARTICULO 12,- PRORROGASE por Unlca vez y por un período de tres S .2.7anota0 Woncep 2Jeáezante de la duciad de °2/dAsaia (3) anos el Canon. de uso que establece el Artículo 22 de la Ordenanza Municipal NP 461/88, del Kiosko anexo a la Parada 1 - Felipe Romero - , sito en la intersección de las calles Avenida MaipU y Lasserre (Sección A. Maciso 79, Parcela s/n), en virtud de las consideraciones efectuadas en la presente.- […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. 461
|
|
| 813 |
07/06/1991 |
Articulo 8' de la Ordenanza Municipal 115/84 (T.O. ORDENANZA MUNICIPAL NU 604/89),querglaSvicíodeRms; Que dicha excepción será por üníca vez y con carácter improrrogáble por el térimino de seis (6) neses; Que el Señor Rodolfo MAS, fundanenta dicha solicitud en la necesidad de trabajar y en el perfecto estado de conservación del vehículo que pretende babilitar; Que de acuerdo a la Ley Territoríal N' 236, éste Cuerpo cuenta con atribucíones para ordenar sobre el partícular; Por havrABLE CONCEJO DLIIBERANIE DH. LA MUNICIPALIDA) DE SAgCION CON FUERZA DE O RDENANZA […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 810 |
07/06/1991 |
Articulo 9' de 1a Ordenanza Münícipal N° 412/88 (T.O. ORDENANZA MUNICIPAL N' 604/89), que regula e1 Servicio Público de Taxi; Que lo requerido es por un término de naventa (90) dias, hasta tanto se entregue la nueva unidad qte adquirió en fecha 10 de mayo del corriente año y que demorará aprodmadamente el plazo que pide para la excepción; Qüe el Señor Juan Daniel LOPEZ manifiesta que es su bnica fuente de ingresos, motivo por el cual presenta la solieitud nencionada; Que de acuerdo a la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sdble el partieular; Pbr ello; EL HONCRABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA […ver más en el detalle] |
NO
|
|
|
| 782 |
01/04/1991 |
ARTICULO 1°.- A partir de la promulgación de la presente, los propietarios de" véhículos afectadcs al Servicio de Taxi, abonarán en concepto de Tasa por Servicios de Inspección de Seguridad e Higiene el cincuenta por ciento (50%) de lo estáblecido en el Artículo 4° de la Crdenanza Tarifaria N° 637/90.- […ver más en el detalle] |
NO
|
Mod. 637
|
|