Ordenanza N° 1283 NO

Datos de la ordenanza
Número
1283
Fecha de sanción
01/01/1994
Vigencia
NO
Decreto
NULL
Tema
Transporte Público
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- APROBAR, el convenio suscripto oportunamente entre esta

Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno, Dn. Omar Enrique

BECERRA y la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia, obrante como

Anexo I de la presente, a través del cual la Municipalidad autoriza a la mencionada

Asociación a introducir mejoras en la Parada del Servicio Público de Taxi Nº 3, sita

en Gobernador Paz y Olegario Andrade, con el objeto de obtener la habilitación

comercial en el rubro “Kiosco” sin ingreso al público.

ARTICULO 2º.- EXCEPTUASE, para este caso en particular, lo dispuesto en el

artículo 5º, inciso c), de la Ordenanza Municipal Nº 233/87.

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido.

ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1283 .-

SANCIONADA Y PROMULGADA POR EJECUTIVO MUNICIPAL AÑO 1994.-

ANEXO I

-----En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e

Islas del Atlántico Sur, a los tres días del mes de Febrero de mil novecientos

noventa y cuatro, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por

el señor Secretario de Gobierno Dn. Omar Enrique BECERRA, por una parte, y la

Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia, representada en este acto por su

presidente, señor Luis A. LAZO, por la otra, acuerdan en celebrar el presente

convenio de “concesión de uso”, sujeto a las siguientes cláusulas:-------------------------

--------------------------------

PRIMERA: OBJETO: El Poder Ejecutivo Municipal, en adelante LA CONCEDENTE,

autoriza a la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia, en adelante LA

CONCESIONARIA, a realizar la construcción de la ampliación para anexo

“KIOSCO” sin ingreso de público de la parada Nº 3, según plano adjunto integrante

del presente convenio.-----------------------------------------------

SEGUNDA: PLAZO PARA HABILITACION COMERCIAL: LA CONCESIONARIA

contará con un plazo de treinta (30) días hábiles administrativos, a partir de la firma

del presente, para la obtención de la pertinente habilitación comercial.-------------------

--------------------------------------

TERCERA: El término de concesión será a tres (3) años a contar de la fecha de

habilitación municipal y, vencido el mismo el local anexo quedará en poder del

organismo concedente, sin que la concesionaria tenga derecho a indemnización

alguna. Durante ese período LA CONCESIONARIA, no podrá vender el local ni

subcontratar, salvo previo consentimiento de LA CONCEDENTE.--------------------------

----------------------------------------------------

CUARTA: LA CONCESIONARIA se compromete a mantener en perfecto estado de

conservación, aseo, pintura y todo lo demás concerniente a las condiciones

estéticas acorde a la realidad e imagen turística del municipio.-----

QUINTA: Al vencimiento del presente, LA CONCESIONARIA se obliga a dejar el

local anexo en poder de LA CONCEDENTE, en perfecto estado de conservación.----

-----------------------------------------------------------------------------

SEXTA: LA CONCESIONARIA deberá dar cumplimiento con las reglamentaciones

vigentes para el funcionamiento de un comercio en la Dirección de Habilitaciones y

Renovaciones Comerciales de esta Comuna y se hace cargo del pago de toda tasa,

contribución de mejoras, etc. que repercuta sobre el local anexo a construir.-----------

-----------------------------------------------

SEPTIMA: LA CONCESIONARIA abonará el sellado de ley que corresponda por el

presente convenio dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos de la fecha de

este convenio.-------------------------------------------------------------

OCTAVA: En prueba de conformidad con todo lo establecido en el presente

convenio, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el

lugar y fecha arriba indicados, quedando el original en poder de LA CONCEDENTE,

para ser agregado al Expediente Nº 5031/H/93, y copia en poder de LA

CONCESIONARIA, que constituye domicilio en Marcos Zar Nº 374, a todos los

efectos de este convenio.--------------------------------------------

Observaciones
S.y P. 1994
Palabras claves
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