Ordenanza N° 979 NO

Datos de la ordenanza
Número
979
Fecha de sanción
17/06/1992
Vigencia
NO
Decreto
555
Tema
Transporte Privado
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1o.- MODIFICASE el Artículo 8o de la Ordenanza Municipal No 115/84, agregando al mismo como Inciso "L" el siguiente texto: ' -k- . Wanceita.9-eaeuznle cie citiciadh C2Muaia "Inciso L: Los vehículos afectados al Servicio de Remisse, se identificarán en ambas puertas laterales, colocando el nombre de la Agencia, seguido de la palabra REMISSE, y el número que le asigne la Agencia locadora. La numeración asignada deberá ser comunicada a la Dirección de Tránsito Municipal, indicando vehículo, titular y dominio al que corresponde la aludida numeración".-

ARTICULO 2p .- MODIFICASE el Articulo llp de la Ordenanza Municipal Np 115/84 y el Artículo 8o de la Ordenanza Municipal NQ 337/88, los cuales quedarán redactados de la si guiente manera: "Las Agencias no podrán tener menos de doce (12) vehículos para iniciar sus gestiones de habilitación, debiendo mantener este número como mínimo y un máximo de treinta y cinco (35) unidades".

ARTICULO 3p .- Registrese. Pase al Departamento Ejecutivo para 811 promulgación. Cumplido. ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL NQ _z92.— DADA EN SESION ORDI IA DE FECRA- 17-96-92 D» 10 1NAR AIDO J. DEIRIVO Seer tario Fresklente Concejo Dellberan Concejo DeHberante -71577CRE 7 5.51 z Ordenanza Numero: 979 192 3/6 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA USHUAIA, VISTOu la Ordenanza Municipal sancionada el 17 de junio de 1992, a través de la cual se modifican los artículos 82 y 112 cIe la Ordenanza Municipal M2 115/04 y el artículo 82 de su similar 337/08• yl CONSIDERANDOu Que la modificación art. 82 de la Ordenanza 115/84 con- siste en agregar un inciso con el siguiente textol " inciso 1) los vehículos afectados al servicio de remisse de identificarán en ambas puertas laterales, colocando el nombre de la agencia, seguido de la palabra REMISSE, y el n(Amero que le asigne la agencia locadora. La numeración asignada deberá ser comunicada a la Dirección de Tránsito Municipal, indiCando vehículo, titular y dominio al que corresponde la aludida numeraciÓn". • Que la citada inclusión se contrapone con la prohibición de identificación qu• contiene el art. 102 de la misma ordenanza. Que la Dirección de Tránsito emit• opinión en el sentido que permitir la identificación distorsiona la modalidad del servicio que fija el artículo 20 del antedicho texto legal. Que la Asesoría Letrada ha emitido el correspondiente dicta- men jurídico, entendiendo que una norma no puede ser c.‹ ..mvUra.dicto- ria consigo mismo, por. cuanto esta situación acarrea una insegu- ridad jurídica para los destinatarios de la misma. Que en virtud de ello se aconseja el veto del artículo 12 de la Ordenanza sancionada el 17 de junio de 1992. Que el suscripto •e encuentra facultado para el dictado del presente acto de conformidad con lo establecido en la Constitu- Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA ción Provincial y en •l articulo 101 d• la Ley Territorial 1.10 Por ellol EL PRESIDENTE DEL CONCEU0 DELIDERANTE A CAROO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DECRETA ARTI('ULO 12.- VETAR el articulo 12 de la Ordenanza sancionada el 17 de junio de 1992 por medio del cual se incluye el inciso I) en el articulo 82 de la Ordenanza 115/84, en virtud d• lo expresado •n los considerandos / 45

ARTICULO 22. • PROMULOAR la Ordenanza Municipal H2 e 9 /92 sancionada por el Concejo Deliberante en su artIculo 22, a través del cual se modifican los artl.culos 1152. de la Ordenanza Municipal 115/04 y 8Q de su similar 337/00, aumentándose la cantidad de vehftulos que pueden tener habilitados las agencias de remisse.

ARTICULO 32. • REOISTRESE. Notifiquese. Publiquese. cumplido ARCHIVESE.- 1 / DECR :TO MUNII.,: 1!... ;;I1,9112141 OM E. BECUIRA ALDO DELRIVO UshLuia JUI Ordenanza Numero: 979 50 5/6 Fouo ZizcO .9eiZtante ale lez si-tun\ls civalad dTidiuctiál;• USHUAIA, VISTO: El Expediente Na 070/88, H.C.D., el Decreto Municipal No 555/92; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo el Ejecutivo Municipal VETA el articulo lo de la Ordenanza Municipal sancionada por este Concejo Deliberante el 17 de'junio del corriente aso, por medio de la cual íncluye en el art1culo 8o de lá Ordenanza MuniciPal No 115/84, el Inciso "L" referente a la mddaiidád de identificación que deberá llevar cada vehlculo quepreta etH servicio de Remísse; 1 Que se ha comprobado que dichaiinclusi6n;e contrapone con la prohibición de identificación twe contiehelel articulo 14o de la misma Ordenanza Municipal; Que éste Cuerpo en Sesión Ordiharia de fétha 01 de ju- lio próximo pasado ha decidido aceptarél VéTEL articuln 10 de la citada norma en su totalidad; Que de acuerdo con la Ley Yérritorial No 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ei dictadd d la presente ES COPIA F1EL PAQUEL, DIrectol 4cInDelli Ordenanza Numero: 979 n 6/6 Woncelo Sfeljelanle h ciuciad Vatuaik, norma; Por ello: -EL CONCEJO DELIBERANTE DEh LA CIUDAD DE USWAIA RESUELVE

ARTICULO lo.- ACEPTPR en todos sus t¿r:minos el VETO al articulo lo de la Ordenanza Munícipal Sancionada el junio próximo pasado, por medío de la cual se incluye el Inciso "L" al artículo 8o de la Ordenanza Municipal No 115/84, :en virtud a los considerandos precedentes.-

ARTICULO 2o.-Regístrese. Pase DePartamento Ejecutívo. Cumplido. ARCHIVESE. RESOLUCION C.D. /92.- P1 11 F17.1 EQUARDO DAIVIEL kiLEUER Vice-PresIdenitli !11 AQUE . VER 0Ire tor. AdmInIstr clón . Condejo éAtzGb cl,anisp i p Ooliberante 11U1.10 LINARES §tIvretarb deneejo Deltberante

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