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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
3076 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE del cumplimiento del Artículo VII.2.2., "R2 Residencial Densidad Media/Baja - Indicadores Urbanísticos: Parcela Mínima" en lo referente al Frente y Superficie mínima establecidos para la zona según Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la parcela denominada según nomenclatura catastral F - 66b - 3, de acuerdo al croquis que forma parte de la presente como ANEXO I.
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3021 19/10/2015
ARTICULO 1° DESAFECTASE del Uso Público una superficie de Pasaje Peatonal aproximadamente 12,70 m2 de acuerdo al croquis que como ANEXO I corre agregado la presente.
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3010 19/10/2015
ARTICULO 1° Fijase en la suma de PESOS CIENTO TRECE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 113.999.400,00) las erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2006, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 8° y
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Mod. por 3110
3001 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DECLARAR de Utilidad Pública, para su conservación, protección y uso exclusivamente turístico, la franja de tierras fiscales sin mensurar de Dominio Municipal, comprendidas entre el límite oriental del Parque Nacional Tierra del Fuego, definido por los meridianos geográficos establecidos en la Ley Nacional N° 15.554, promulgada el 25 de Octubre de 1960, y los mojones demarcatorios de éste límite, erróneamente colocados en el año 1966 por la entonces Dirección de Parques Nacionales, actualmente Administración de Parques Nacionales.
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2994 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE del cumplimiento del Artículo VII.2.2. - "Zonificación R2: Residencial Densidad Media / Baja" - Indicadores Urbanísticos - Retiro de Frente Obligatorio", de la Ordenanza Municipal N° 2139 — Código de Planeamiento Urbano — autorizándose solo la ocupación actual declarada por el profesional interviniente obrante a fojas 18, expediente SP-1462-2002 referente a la obra ubicada según nomenclatura catastral como Sección "L", Macizo 06, Parcela 14.
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2980 19/10/2015
ARTICULO 1 0 .- DESAFECTASE del Uso Público una superficie de calle de SIETE MIL SESENTA METROS CUADRADOS (7.060 m2) aproximadamente, de acuerdo al croquis que forma parte de la presente como Anexo I.
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2960 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE del cumplimiento de los Artículos V.3.4 “Retiro Lateral” de la Ordenanza Municipal Nº 2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la parcela resultante de la mensura y unificación de las parcelas F- 01-17 y F-01-18c, mientras se mantengan las condiciones actuales establecidas en el proyecto presentado, lo cual deberá ser explicitado en el Plano Conforme a Obra correspondiente.
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2959 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE de cumplir con el Artículo III.15.3. MUROS DIVISORIOS DE PREDIOS, del Código de Edificación de la ciudad de Ushuaia, en lo que respecta a permitir los muros medianeros paras las viviendas que se encuentran implantadas en la Parcela denominada catastralmente como 10ª del Macizo 4 de la Sección “L”.-
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2941 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE de cumplir con el Artículo III.15.3. “Muros Divisorios de Predios”, del Código de Edificación de la Ciudad de Ushuaia, en lo que respecta a permitir los muros medianeros para las viviendas que se encuentran implantadas en las Parcelas denominadas catastralmente como Parcelas 2 y 9a, del Macizo 62 de la Sección “D”.
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2929 19/10/2015
ARTICULO 1º.- El marco normativo relativo al proceso de regularización dominial de predios fiscales ubicados dentro de ejido urbano en el Barrio Kaupen de la ciudad de Ushuaia, como componente del Programa de Mejoramiento de Barrios financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo, será el establecido en la Ordenanza Municipal Nº 2025 y la presente Ordenanza.
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2923 19/10/2015
ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE de cumplir con lo establecido en el Artículo VII.I.1.2. ZONIFICACIÓN R2 RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA/BAJA INDICADORES URBANÍSTICOS, de la Ordenanza Municipal Nº 2139 (Código de Planeamiento Urbano), para la zonificación R2, en lo que se refiere a la superficie mínima exigida para la zona, a los lotes resultantes de la subdivisión de la Parcela D-68c-2, denominados catastralmente en forma provisoria como D-68c-2g, D-68c-2f y D-68c-2e, autorizándose a contar con una superficie menor a la establecida para la zonificación R2.
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Mod. por 3354
2915 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DESP,FÉCTASE del uso público el Pasaje Peatonal existente entre los Macizos denominados catastralmente como Sección "F" , Macizos 115 y 116 del Barrio Albatros de la ciuda I de Ushuaia, de acuerdo al croquis que corre agregado a la presente como Anexo I.
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2903 19/10/2015
ARTICULO 1° - AFECTASE al Uso Público como Espacio Verde, la fracción fiscal de una superficie aproximada de novecientos setenta y tres con sesenta y tres metros CUADRADOS (973,63 m2) de la parcela identificada catastralmente en forma provisoria como sección "E", Maciz() 30A, Parcela 7a de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo al croquis que se adjunta a la presente como ANEXO I.-
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2891 19/10/2015
ARTICULO DESAFÉCTASE del uso público una superficie de 88,50 m2 aproximadamente, del Espacio Verde correspondiente a la parcela denominada catastralmente ccmo Sección "B", Macizo 90, Parcela 02, del Barrio San Salvador, de acuerdo ai croquis que se adjunta a la presente como Anexo I.
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2888 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE de cumplir con el Artículo 111.15.3. Muros Divisorios de Predios, del Código de Edificación de la Ciudad de Ushuaia, en lo que respecta a permitir los muros medianeros para las viviendas que se encuentran implantadas en las Parcelas denominadas catastralmente como Parcela 2 del Macizo 19; Parcelas 1,2 y 3 del Macizo 21 y Macizo 22, todas de la Sección "H".
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2881 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DESAFÉCTASE del uso público una superficie de MIL DIECINUEVE CON CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (1.019,46 m2) aproximadamente, de la Avenida Magallanes, adyacente al macizo denominado catastralmente como Sección "D", Macizo 93, entre las calles Darwin y Las Lengas, incluyendo sus ochavas, de acuerdo al plano que se adjunta a la presente como Anexo I.
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2869 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE al Señor Julio César HIDALGO, Documento Nacional de Identidad N° 11.997.050, de los alcances de los Artículos 5° y 6°' de la Ordenanza Municipal N° 2025, modificada por la Ordenanza Municipal N° 2697.
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2860 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE de cumplir con el Artículo IV.4.2. TIPOLOGÍA DE PARCELAS del Código de Planeamiento Urbano, a la Parcela 42 del Macizo 21 de la Sección "D", autorizándose a la subdivisión en DOS (2) Parcelas individuales, cumpliendo las mismas con el ancho mínimo establecido para la zona .
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2841 19/10/2015
ARTICULO 1°.- APRUÉBASE el Convenio registrado bajo el número 2716, celebrado en fecha 12 de noviembre de 2004, entre el Municipio de la ciudad de Ushuaia, representado por el Señor Intendente Municipal de la ciudad de Ushuaia y el Club Andino Ushuaia, representado por el Señor Martín BEGINO en su carácter de Presidente y la Señora Carolina Nora ETCHEGOYEN en su carácter de Secretaria, a través del cual la Municipalidad cede al Club el uso, mantenimiento y administración, de una fracción del Espacio Público conformada por una porción del sector identificado catastralmente como Remanente 1, del Macizo 1 de la Sección "U" de la ciudad de Ushuaia y Tierras Fiscales sin mensurar aledañas a dicho Remanente, donde se encuentra ubicada la Pista de Esquí de Fondo denominada Francisco Jerman.
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2819 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DESAFECTASE del Uso Público una superficie de 50 Ha. aproximadamente, de Tierra Fiscal Sin Mensurar en el sector que se encuentra ubicado al Sudoeste de la Ciudad, en la zona denominada catastralmente como Sección "Q", a los efectos de ser destinada, según croquis que corre agregado a la presente como Anexo I, a: a) Emprendimientos Turísticos y Usos Complementarios; b) Uso Residencial.
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Mod. por 3156
2805 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de cumplir con el Código de Planeamiento Urbano, en lo referido al Artículo IV.1.1. "Lineamientos Rectores", con respecto a los porcentajes de Espacios Verdes y Reservas Municipales requeridos para nuevas urbanizaciones., para el proyecto urbano a ejecutarse sobre la Parcela denominada catastralmente como J-1000-2AGR, autorizándose a ceder un porcentaje de Espacio Verde y Reserva Municipal menor a lo requerido por la normativa vigente, calculándose éste porcentaje sobre la superficie resultante de descontar del total de la parcela a subdividir, la superficie correspondiente a la suma de las nuevas parcelas mayores a TRES (3) hectáreas. Que surjan como resultado de la referida subdivisión.
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2801 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el cuarto párrafo del Artículo IV.1.1 "Subdivisión del Suelo —Generalidades", del Código de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera: "La subdivisión que genere nuevos macizos con apertura de calles, se considerará urbanización debiendo adaptarse a las normas y restricciones que se enuncien en el presente Capítulo".-
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Mod. 2139
Mod. por 3517
2793 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFÍCASE el Artículo VII.2.11 del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Ushuaia, quedando redactado de la siguiente manera: "VII.2.11. RC — Distrito Reserva de Costa: Incluye la costa marítima y la de ríos y arroyos, se encuentren en zonas urbanas o suburbanas. Quedará sujeto a un proyecto particularizado que defina su recuperación y su uso, como área de esparcimiento y recreación. Por sus características ambientales su uso será destinado a actividades deportivas y/o recreativas de tipo público, semipúblico o privado, según el estado dominial que cuente el sector afectado por el presente artículo. Dentro de las superficies definidas como Reserva de Costa no podrá construirse espacios cerrados. R.C.R. (Reserva de Costa de Ríos): Incluye a los arroyos. Será de 25,00 m. a partir de la línea de ribera, la cuál será definida por el área de competencia. R.C.M. (Reserva de Costa de Mar): Se define esta como una franja de 50,00 m. a partir de la línea de máxima marea, la que deberá quedar registrada mediante mensura correspondiente."
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Mod. 2139
2781 19/10/2015
ARTICULO 1°.- Fíjase en la suma de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS SIETE ($ 81.202.507,00) las erogaciones del Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2005, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los Artículos 8° y 9°.
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Mod. por 2831, 2840, 2885, 2963, 2988
2768 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE el Convenio Registrado bajo el N° 2673, celebrado en fecha 10 de septiembre de 2004, entre el Municipio de la ciudad de Ushuaia, representado por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Mariano POMBO, y la Asociación de Pilotos y Preparadores 850 Fueguina, representada por su Presidente Dn. Héctor ECHT, y su Secretario Dn. Hiram Armando RUIZ, cuya copia certificada founa parte de la presente, a través del cual se otorga en Uso Gratuito a la Asociación, un predio de Tierras Fiscales sin mensurar que coincide con la fracción fiscal que el Municipio ha destinado al " Autódromo Municipal 12 de Octubre ", el cual cuenta con una superficie de CUARENTA Y SEIS (46) ha.
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