Ordenanzas

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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
5042 27/04/2016
ARTÍCULO 1°.- ADHERIR en todos sus términos a la Ley Nacional N° 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.
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4977 14/12/2015
ARTICULO 1°.- CONSTITUIR en el ámbito de la Municipalidad de Ushuaia, bajo la dependencia directa del Poder Ejecutivo Municipal, el Instituto Municipal de Deportes.
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Mod. por 5701, 6452, 6604
4953 07/10/2015
ARTÍCULO 1°.- INSTRUIR al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de que, mediante la metodología que considere conveniente, diseñe un isologotipo que identifique a la marca "Ushuaia" como destino turístico. El mismo deberá ser distinto al Escudo Municipal, que es la identificación institucional del Municipio.
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4948 07/10/2015
ARTICULO 1°.- PRIORIZAR el acceso a la carga de combustible de los vehículos pertenecientes a la flota automotriz de: Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, Bomberos Voluntarios, Defensa Civil Provincial y Municipal, Ambulancias y Servicios de Emergencias Médicas.
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4945 07/10/2015
ARTÍCULO 1°.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal disponga, por el término de un (1) año, la colocación de un cartel con la leyenda "Estacionamiento Reservado Comisión Nacional de Comunicaciones", ubicada en la calle Gobernador Paz N° 1112.
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4940 07/10/2015
ARTICULO 2°.- La emprésa solicitante deberá abonar la tasa correspondiente de acuerdo a la normativa.
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4934 07/10/2015
CREACIÓN
ARTICULO 1°.- INSTITUIR la Fiesta de las Colectividades Extranjeras de la ciudad de Ushuaia, la que se compone de un festejo central y de actividades complementarias. OBJETOS
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4902 26/08/2015
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 1130/2015, de fecha 4 de agosto de 2015, mediante el cual se establece -ad-referéndum del Concejo Deliberante- para el predio identificado catastralmente como Sección A, Macizo 80, Parcela 3, ocupado por la Asociación de Caza y Pesca de Ushuaia, los usos: sede social y restaurante; y los indicadores urbanísticos que a continuación se detallan: • F.O.S.: 0,40 • F.O.T.: 0,50 • Altura máxima s/L.E.: 7,50 m. • Plano límite altura máxima: 7,50 m. • Retiros: o Frontal: 3,70 m. • Lateral: s/ lindero S.O. (tierras fiscales sin mensurar): 9 m. Contrafrontal mínimo (tierras fiscales sin mensurar): 11 m. • Distancia mínima entre edificios (sede social y restaurante): 7,50 m. • Construcciones permitidas en el espacio urbano: marquesinas según plano a fojas 33. • Premios: NO. • Estacionamiento: se debe mantener cómo mínimo la cantidad de módulos existentes (26 módulos).
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4781 12/11/2014
ARTÍCULO 1°.- PROHIBIR el estacionamiento en ambas márgenes en la curva que une las calles Isla Redonda e Isla de los Pájaros en el barrio Mirador del Beagle.
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4753 12/11/2014
ARTÍCULO 1°.- ASIGNAR el nombre "Comunidad Donante. Espacio CUCAI TDF" al espacio verde ubicado sobre la avenida Alem, en su intersección con la calle Buenos Aires, identificado según Catastro como Sección L, Macizo 60.
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4722 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar, para estacionamiento exclusivo de Transporte Especial Turístico de Pasajeros, hasta el cincuenta por ciento (50%) de la dársena ubicada sobre la margen derecha de la avenida Prefectura Naval Argentina, entre las proyecciones de calle Roca y Rivadavia, cuyo plano se adjunta a la presente como Anexo I, no pudiendo ocupar, en ningún caso, el cien por ciento (100%) del frente marítimo.
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4690 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- RÉGIMEN. IMPLEMENTAR el régimen de Boleto Estudiantil Gratuito para todos los niveles educativos obligatorios en el Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de la ciudad de Ushuaia. El mismo será de aplicación al transporte colectivo en su alcance actual y en aquellas líneas o soluciones especiales a crear y/o concesionar en el futuro para cualquier zona del ejido municipal.
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Deroga 426,568
Mod. por 5245
4673 20/08/2014
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo III.4.7. "Marquesinas con y sin apoyo sobre aceras" del Código de Planeamiento Urbano, Ordenanza Municipal Nº 2533, quedando el mismo redactado conforme a continuación se detalla: "MARQUESINAS CON Y SIN APOY0 SOBRE ACERAS. Sólo se permitirán las marquesinas con apoyo sobre acera en las calles zonificadas como calles comerciales, a los efectos de crear condiciones que favorezcan el tránsito peatonal y la contemplación de vidrieras, excepto en la calle San Martin, sobre la cual solo se permitirán las marquesinas sin apoyo de acuerdo a lo normado por el artículo III.4.7.2.2".
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Mod. 2533
4652 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 43º de la Ordenanza Municipal Nº 2986, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 43.- El automóvil afectado al Servicio Público de Taxi, no podrá ser utilizado como transporte de carga ni como medio de propalación por altavoces de ninguna clase de publicidad o propaganda. Queda autorizada, sin embargo, la exhibición de publicidad comercial o propaganda institucional en los apoya cabezas, en las puertas delanteras y en el techo, en el mismo letrero identificatorio del servicio que presta y el número de licencia correspondiente. Tratándose de publicidad o propaganda en las puertas laterales, los carteles tendrán una dimensión no superior a 0,60 metros por 0,30 metros. Para el caso de publicidad o propaganda exhibida en el letrero identificatorio ubicado en el techo del vehículo, se estará -en cuanto a su forma, característica y dimensión- en un todo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la presente ordenanza. Podrá exhibirse un cartel en el asiento delantero izquierdo, a espaldas del conductor, de un tamaño igual al de una hoja A4, conteniendo publicidad de una empresa de sepelios que haya firmado convenio con los titulares de licencia, cuya contraprestación importe la cobertura de dicho servicio a favor de los mismos. Queda expresamente prohibida la publicidad o propaganda política."
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Mod. 2986
4637 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la colocación de carteles con la leyenda "Prohibido Estacionar" en el ingreso y egreso de vehículos de emergencia que posee la guardia de reclamos de la Dirección Provincial de Energía en el predio central centro DPE sito en la calle Lasserre N°233. Los mismos llevarán incorporada la leyenda "Ingreso y Egreso Vehículos de Emergencia:'
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4570 30/04/2014
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER la prohibición de venta, expendio o suministro de combustible a menores de 18 años de edad, excepto aquellos de 17 años que posean carnet de conducir.
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4554 26/03/2014
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 4373, la cual quedará redactada de la siguiente manera: "Artículo 1º Establecer la atención prioritaria de las mujeres embarazadas, adultos mayores y personas discapacitadas, en todos los establecimientos públicos (oficinas,dependencias, etcétera), y privados, (entidades financieras, supermercados, comercios,etcétera) que presten atención al público en cualquier forma y/o modalidad, disponiéndose a tal fin como mínimo una boca de atención cada tres. Artículo 2º.- Disponer en los establecimientos ut supra mencionados, que cuenten con menos de tres bocas de atención, que deberán igualmente garantizarse la prioridad de personas discapacitadas, ancianos y embarazadas. Artículo 3º.- Establecer que dichos establecimientos deberán exhibir obligatoriamente un cartel a la vista del público que contenga la siguiente leyenda: "Tiene prioridad la atención de mujeres embarazadas, adultos mayores, y personas discapacitadas". Dicho cartel deberá colocarse en todas las cajas de pago o cobro y mostradores de atención al público en lugar visible y con dimensiones adecuadas para su correcta lectura."
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Mod. 4373
4528 26/02/2014
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la colocación de carteles con la leyenda Prohibido Estacionar en todas las salidas de emergencia que posee el Cuartel de Bomberos Voluntarios Zona Norte, del barrio La Cantera, sobre la calle Soldado Águila y calle Soberanía Nacional del citado barrio.
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4441 16/10/2013
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR al Departamento Ejecutivo Municipal del cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nº 2895, modificada por la Ordenanza Municipal Nº 3230, a los efectos del desarrollo de las actividades recreativas en el marco del "Programa Convivir".
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4424 16/10/2013
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR al Departamento Ejecutivo Municipal del cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nº 2895, modificada por la Ordenanza Municipal Nº 3230, a los efectos de la organización y desarrollo de un evento musical infantil organizado por el Departamento Ejecutivo Municipal.
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4421 18/09/2013
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar, para estacionamiento exclusivo de Transporte Especial Turístico de pasajeros, hasta el cincuenta por ciento (50%) de la dársena ubicada sobre la margen derecha de la avenida Prefectura Naval Argentina, entre las proyecciones de calle Roca y Rivadavia, cuyo plano se adjunta a la presente, Anexo I, no pudiendo ocupar en ningún caso, el cien por ciento (100%) del frente marítimo.
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4413 18/09/2013
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, el sistema de padrinazgo voluntario de construcción y mantenimiento de garitas de transporte público de pasajeros por parte de las personas jurídicas que asuman formalmente el costo de las tareas de mantenimiento y/o construcción de tales sitios.
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4373 10/07/2013
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER la atención prioritaria de las mujeres embarazadas, adultos mayores y las personas con necesidades especiales en todos los establecimientos públicos, (oficinas, dependencias, etcétera) y privados, (entidades financieras, supermercados, comercios, etcétera), que presten atención al público en cualquier forma y/o modalidad, disponiéndose a tal fin como mínimo una boca de atención cada tres.
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Mod. por 4554
4298 13/03/2013
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR dos espacios reservados para estacionamiento, con característica de parada de colectivo, de aproximadamente ocho (8) metros cada uno, destinados a vehículos de fantasía en los lugares y empresas que se detallan a continuación: a) un espacio de ocho (8) metros en calle Lasserre, margen Este, y su intersección con la avenida Maipú, frente al edificio del Hotel Albatros destinado al vehículo fantasía propiedad de la señora Elena Brigida Paez; b) un espacio de ocho (8) metros en calle San Martín, margen Norte, y su intersección con la calle Juana Fadul, frente al edificio de la Secretaría de Turismo Municipal, propiedad de la empresa Ushuaia Double Decker Tour.
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Deroga 2502
Mod. por 4565, 4822, 4913, 6587
4296 13/03/2013
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 4050/2011, la que quedará redactada de la siguiente manera: "
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Mod. 4050