ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 1130/2015, de fecha 4 de agosto de 2015, mediante el cual se establece -ad-referéndum del Concejo Deliberante- para el predio identificado catastralmente como Sección A, Macizo 80, Parcela 3, ocupado por la Asociación de Caza y Pesca de Ushuaia, los usos: sede social y restaurante; y los indicadores urbanísticos que a continuación se detallan:
• F.O.S.: 0,40
• F.O.T.: 0,50
• Altura máxima s/L.E.: 7,50 m.
• Plano límite altura máxima: 7,50 m.
• Retiros: o Frontal: 3,70 m.
• Lateral: s/ lindero S.O. (tierras fiscales sin mensurar): 9 m.
Contrafrontal mínimo (tierras fiscales sin mensurar): 11 m.
• Distancia mínima entre edificios (sede social y restaurante): 7,50 m.
• Construcciones permitidas en el espacio urbano: marquesinas según plano a fojas 33.
• Premios: NO.
• Estacionamiento: se debe mantener cómo mínimo la cantidad de módulos existentes (26 módulos).
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 4902
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26/08/2015.-