Ordenanzas

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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
881 13/11/1991
ARTICULO 1º.- PROHIBASE el estacionamiento en ambas márgenes de las calles que a continuación se detallan: 1.1. EVA PERON, entre Perito Moreno y Cipriano Reyes. 1.2. CIPRIANO REYES, entre Eva Perón y Aristóbulo del Valle. 1.3. ARISTOBULO DEL VALLE, entre Cipriano Reyes y Soberanía Nacional. 1.4. SOBERANIA NACIONAL, entre Aristóbulo del Valle y Eva Perón.
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NO
878 08/11/1991
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Parcela 2f, Macizo 40 de la Sección “A”, de esta ciudad, propiedad del señor Omar Rubén BLANCO.
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NO
819 28/06/1991
ARTICULO 10.- PROHI6ASE el estacionamiento vehicular sobre la Avenida General San Martín, en los sectores que a continuaci6n se indican, los que quedarn habilita- dos unicamente para el ascenso y descenso de pasajeros: Avenida General San Martin (acera sur) al 620, un espacio de siete (7) metros. Avenida General San MartIn (acera sur) al 790, un espacio de siete (7) metros.
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NO
793 10/04/1991
Artículo V.I. del Código de Planeamiento Urbano vigente, para su local comercial que funciora como taller de chapa y pintura, sito en la calle Antártida Argentina; y CCNSIDERANDO: Que el informe emitido por la Dirección de Obras Particulares se manifiesta en for ga favorable al respecto de otorgar la excepción solicitada; Que se trata de un inmueble consolidado, con estacionamiento propio dentrodel lccal, no afectando el tránsito vehloular ni peatonalde la zona; Que de acuerdo a la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta con atribuciones para ordenar sobme el particular; Por ello; EL HCNORABLE CCNCEJO DELIBERANTE DELA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCICNA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR de la Ordenanza Municipal N° 163/85 al local comercial que funciona como taller de chapa y pintura, ubicado sobre la calle Antártida Argentina entre las calles San Martin y Gobernador Deloqui, propiedad del Señor Hugo ROSALES.-
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NO
764 01/01/1991
ARTICULO 1 0 ,- AUTOBIZAR, ad-rPfPren riuffi del Honorahl P Conrej r, Deliberante, la implantaciÓn de las seales viales que se indiran a continuación sobre la calle 25 de sa yo en el ingreso al sector turistico del puerto local y frente a las oficinas de la Dirección Municipal de Turismo: a) 2 (dos) carteles de orohibición de estacionar, uno a cada lado de la calzada de ingreso y de egreso al puerto con la leyenda u sobre esta marci en", y 2 (dos) carteles de contramano emplazados de igual forma, de manera que la circulación se realL ,:e :eahoo por la mano Perecna (mano Oeste) y saliendo por la izquierda (mano Este). b) 2 rdoe) Osc pe de H.taclonamento prohibido con la leyenda 'ascenso y descenso de pasajeros - dias habiles de 9 a 18 horas', oon ure olstan p ia rrnca Lartaie, Oe metros, a pOre acera Oeste de la calle 25 de Mayo frente a las oficinas de la Dirección MuniLoal da TriEAD,- .
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NO
Mod. por 4955, 5131
750 12/11/1990
ARTICULO 1Q.- CREASE la Dirección de Tránsito Municipal, siendo su dependencia orgánica la Subsecretaría de Gobierno secretarla de Go bierno, teniendo como Organigrama, Misiones y Funciones los que se a gregan en los Anexos 1 y II, que constan de una (1) y doce (12) fo-/ jas respectivamente y forman parte integrante de la presente.- ART1CULO 2Q.- Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.-
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NO
746 11/12/1990
ARTICULO 1°.- ESTABLECESE a partir de los treinta (30) dlas corridos- de promulqación de la presente Crdenanza el ordenamiento vebicular en el Earrio "LOS CANELOS", de acuerdo al ANEY0 I que forma mrte inteqrante de la presente y e lo señalado a continuación: a) Calle "BRAUVOIR" entre "_!111_, CANO" y "LAS LENCAS" sentido Oeste-Este.- b) Calle "EL CANO" entre "MAGATJANES" y el comienzo de la calle "PADRE PEDERICO TORRE" sentido Norte-Sur.- c) Calie "PADRE FEDERICO TORIE" desde su inicio hasta la inter- sección con la calle "CNAS" sentido Oeste-Este.- d) La calle comprendida entre los Maeizos 69 y 2 en sentido Sur-Norte.-
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NO
Mod. por 771, 1299
732 28/11/1990
Artículo 9 0 , Inciso 18), fija la tasa mensual que se debe abonar al Municipio por espacios reservados, por unidad, en la vía pública, que htibieran sido previamen- te autorizados por la Comuna; Que por Ley Territorial N° 236, Artículo 101°, Inciso 7), el Ejecuti- vo Municipal está facultado para proyectar Ordenanzas y proponer su sanción al Honorable Concejo Deliberante; Que de acuerdo a la Ley Territorial N° 236, éste Cuerpo cuenta eZzoCiale Zncelo 2-eiZtanje eituniciAaáciad Zitalaci alc Valuaia .1/ II con atribuciones para ordenar sobre el particular; Por ello: EL HONORABIE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDA) DE USHUAIA SANCICNA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1°.- ESTABLECESE que las agencias, concesionarias, o cualquier otro tipo de locales comerciales dedicados a la compra-venta de vehícules automoto- res, nuevos o usados, alquiler, permutas, consignaciones, y actividades simila- res lícitas a título gratulto u oneroso, siempre que no posean parques cerrados o recintos que puedan albergar a las unidades, podrán hacer uso de la vía pública para el estacionamiento de hasta dos (2) rodados a los efectos de su ekhibición para su comercialización, en el lugar expresamente autorizado por el Departamento Ejecutivo.-
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NO
725 15/11/1990
ARTICULO ig .- PROHIBESE terminantemente en todas las áreas destina das a Vía Pública, comprendidas en el Area Industrial (AI), segun/ Plan Director- Zonificación Urbana, toda implantación y estaciona- miento y depósito de: contenedores y/o depósito movibles del tipo comercial; semirremolques y/o cámaras térmicas destinadas a cual- quier tipo de transportes; máquinas viales, vehículos de todo ti- po que se encuentran fuera de circulación o en estado de abandono, como así de restos de carrocerías o chatarras.
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NO
711 20/10/1990
ARTICULO 1º.- Elección del concesionario. La concesión para la explotación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, será otorgada mediante el llamado Licitación Pública bajo las formalidades legales y en base a Pliegos de Especificaciones y Condiciones que contendrán básica y necesariamente: 1.- Recorrido de la/s líneas. 2.- Frecuencia, programa básico de circulación y variantes. 3.- Procedimiento y mecanismo para la determinación de las tarifas iniciales y sus ajustes. 4.- Cantidad mínima de vehículos. 5.- Otras condiciones que para un mejor servicio se implemente.
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—
Deroga 83-84, 117-84, 256, 500, 649, 656
Mod. por 765, 1373, 1799, 1879, 1996, 2381, 2712, 3214, 5823, 6565
671 27/06/1990
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el sentido de circulación de las arterias que a continuación se detallan: a) Las calles Tólhuin y Polidoro Seguers desde Kuanip hasta su intersección con la calle Fuegia Basquet de Norte a Sur; b) Río Grande desde Fuegia Basquet hasta su intersección con la calle Kuanip de Sur a Norte.
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NO
668 13/06/1990
ARTICULO 1º.- ESTABLEZCASE en las zonas de accesos y adyacencias inmediatas de los establecimientos escolares de la ciudad de Ushuaia, un vallado de seguridad y contención que resguarde la integridad física del alumnado, dejando paso libre exclusivamente en las zonas indicadas para cruce peatonal de calzadas y sector de ascenso y descenso de transportes escolares.
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NO
661 17/05/1990
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a que implemente, a través de un convenio o contrato con terceros que se encuentren comprendidos en los considerandos que fundamentan esta Ordenanza, para que los mismos realicen la tarea de venta de Tarjetas de Estacionamiento a quienes utilicen dicho sistema medido, pudiendo controlar en forma directa el funcionamiento del mismo.
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NO
637 01/02/1990
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la Ordenanza Tarifaria para el año 1990, de acuerdo al Anexo I, que forma parte integrante de la presente. (Ver Planillas en Anexo).
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NO
Deroga 634
Mod. por 709, 724, 782, 808
604 14/11/1989
ARTICULO 1°.- APRUEBENSE los textos ordenados, que se agregan a la presente como anexo I, de las Ordenanzas Municipales Nros. 43/74, 1100/77, 157/83, 110/84, 115/84, 181/86, 233/87, 235/87, 262/87, 316/88, 320/88, 337/88, 358/88, 359/08, 409/88, 412/88, 413/88, 464/88, 482/88, 489/89 y 505/89, que formarán parte del Digesto Municipal.-
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NO
Mod. por 687, 1691, 2119
549 19/07/1989
artículo 101., inciso 7º.; Que es facultad de este Cuerpo dictar las Ordenanzas relativas al tránsito y estacionamiento en las calles y caminos de jurisdicción Municipal, / conforme lo prescripto en la Ley Territorial Nº 236. 1 Inciso 212; Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE: 0 RDENANZA
ARTICULO lQ.- AUTORIZASE el estacionamiento a cuarenta y cinco grados (450, en la d5rsena realrIzada sobre calle Marcos ZAR, entre las calles Puerto Español y/ Kuani15
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NO
534 28/06/1989
ARTICULO 1°.- MODIFICASE a partir de la promulgación de la presente, el actual sentido de circulación de la calle 12 de octubre en el tramo comprendido entre las calles Primer Argentino y Provincia Grande, el que tendrá sentido ascendente únicamente, en virtud de los considerandos precedentes.-
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NO
511 03/05/1989
ARTICULO 2Q.- El Ejecutivo Municipal, dispondril la colocacin de los certeles/ indieudores correspondlentes.- APTICULO 3P.- RegIstrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgaelf)n. Cumplido, A2CHTV1ME.- -71y2lr o n orle"-71-11J7 HONGIME CUZi.n LA:11:Ei ORDENANZA MUNICIPAL NP 1/139 DA11.7)A EN SESION ORDINARTA DE EO CHA3/05/69,- 1±1 USHUAIA, ,1(IN 190g VISTO: 1,a Otdenanza Municipal N° 1 /89, Sancionada por Honorable Concejo D , liberante de la ciudad de U5-:ffinaia; y CONS1DERAHM: Que por la nui.!min queda prohibido rI estacionamiento sobre la acera norte de la calle Kuanip, en su tramo comprendido entre la calle JUan Domingo PERON y la Avenida Malvinas Argentinas. Por ello: EL 1NTE11DENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA /89, sancionada por
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NO
484 01/01/1988
ARTICULO 2.- La Municipalídad, a tra y tT; s de las iíreas que Ejecuti y o determine, tendrri ci o it carí-,o 1 ci aplicación fiscalización del cumplimiento la prescnte ordenanza normas res-,lamentarins que o u a it consecuctlein a o ditcten.- -CAPTTUI.,0 DE LOS RESIDUOS SOLTDOS:
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Mod. por 876, 964, 1470, 1880, 1883, 3370, 4402, 4812
459 02/11/1988
ARTICULO 1º.- PROHIBASE el estacionamiento de vehículos automotores sobre la margen Oeste de la calle Damiana Fique, entre las calles Kuanip y Fuegia Basket, y sobre la margen Este de la Avda. Malvinas Argentinas entre las calles Walanika y Onachaga, en virtud de los considerandos precedentes.
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NO
445 05/10/1988
ARTICULO 1º.- A partir de la promulgación de la presente norma, se autorizará el estacionamiento vehicular sobre ambas márgenes de aquellas arterias cuyo único sentido de circulación así lo permitan, quedando librado al criterio del conductor la elección del sitio para aparcar su rodado, atendiendo especialmente a las condiciones del suelo, en virtud de la existencia de nieve o hielo y en razón de la pendiente que pudiese presentar la calzada.
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NO
Deroga 424
438 14/09/1988
ARTICULO 1º.- INCORPORAR al Código de Planeamiento vigente la Parte V denominada NORMAS BASICAS PARA REQUERIMIENTOS DEL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.
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NO
345 13/04/1988
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 89 de la Ordenanza Municipal Nº 235/87, el que quedará redactado de la siguiente manera: “
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NO
Mod. 235
Mod. por 464
268 23/10/1987
ARTICULO 1 0 .- AUTORIZASE el cambio de uso para la Parcela 1, Macizo 10 de la Sección "G", el cual será a partir de la presente "Hotel Alojamiento".
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201 18/07/1986
ARTICULO 1º.- APRUEBASE y pónese en vigencia las normas que reglamentan la construcción y habilitación de los kioscos, que se agrega a la presente como Anexo I.
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NO