ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a que implemente, a través de
un convenio o contrato con terceros que se encuentren comprendidos en los
considerandos que fundamentan esta Ordenanza, para que los mismos realicen la
tarea de venta de Tarjetas de Estacionamiento a quienes utilicen dicho sistema
medido, pudiendo controlar en forma directa el funcionamiento del mismo.
ARTICULO 2º.- Lo recaudado en concepto de la venta de Tarjetas de
Estacionamiento, será distribuido por partes iguales (50% y 50%) entre el Municipio
y las personas que efectúen su venta.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 661 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 17/05/1990.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 254 / 90.-