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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
4787 12/11/2014
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en venta y posterior extensión del título de propiedad, a favor del señor Juan Benito Barilari, DNI N° 12.340.142, el predio identificado catastralmente como D-18-16, con destino a taller mecánico y vivienda.
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4768 12/11/2014
ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 1733/2014, de fecha 20 de octubre de 2014, mediante el cual se aprueba ad referéndum del Concejo Deliberante el Convenio registrado bajo el N° 8731, celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia y el Sindicato Unificado de los Trabajadores de la Educación Fueguina, por medio del cual el Municipio manifiesta su intención de disponer para el "SUTEF" el predio identificado catastralmente como Sección Q, Macizo 4A, Parcela 4, con una superficie de nueve mil trescientos veintinueve metros cuadrados con cincuenta decímetros (9.329,50 m 2), ubicada en la urbanización Alakalufes II, destinado a la construcción de un polideportivo de usos múltiples para el beneficio de la comunidad, conforme plancheta catastral que corre agregada al presente.
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4760 12/11/2014
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la aprobación del Proyecto de Trama Urbana y conformación de los macizos para la urbanización denominada "PROCREAR - Monte Gallinero" ubicada catastralmente en la Parcela la, del Macizo 33, de la Sección H, propiedad del Estado Nacional Argentino - Armada, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente, una vez cumplimentada la documentación según la normativa en vigencia.
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4752 12/11/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal la contratación en forma directa con la Cooperativa de Trabajo "IYU Limitada", Matrícula 44.427, para la construcción de veinticinco (25) viviendas por la suma de: pesos dieciséis millones doscientos noventa y tres mil ($16.293.000), y con la Cooperativa de Trabajo "Patagonia Austral Limitada", Matrícula N° 47.426, la ejecución de veinticinco (25) viviendas de carácter social por la suma de: pesos dieciséis millones doscientos noventa y tres mil ($16.293.000), de acuerdo a la documentación y antecedentes obrantes en el Expediente Municipal SP 4191/2014 en el marco del Convenio Específico, registro Municipal N° 8666, Programa Federal de Integración Sociocomunitaria, Viviendas Nuevas, provincia de Tierra del Fuego, Ushuaia, suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; el Instituto Provincial de Vivienda y la Municipalidad de Ushuaia, con el objeto de ejecutar cincuenta (50) viviendas en la ciudad de Ushuaia. Convenio aprobado ad referéndum del Concejo Deliberante por Decreto Municipal N° 1699/2014. En el Anexo I del convenio se establece que la subsecretaría financiará un monto total de pesos: treinta y dos millones quinientos ochenta y seis mil ($32.586.000), para la construcción de cincuenta (50) viviendas en un plazo obra de seis (6) meses mediante la contratación de dos cooperativas de trabajo.
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4746 12/11/2014
ARTÍCULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal N° 1699/2014, de fecha 15 de octubre de 2014, mediante el cual se aprueba ad referéndum del Concejo Deliberante el Convenio Específico "Programa Federal de Integración Sociocomunitaria" - Viviendas Nuevas, provincia de Tierra del Fuego – Ushuaia, registrado bajo N° 8666, celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia; la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y el Instituto Provincial de Vivienda de la provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur, con el objeto de ejecutar cincuenta (50) viviendas en la ciudad de Ushuaia.
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4738 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el límite de bosque comunal establecido por Ordenanza Municipal Nº 3209, afectándose la fracción de la parcela identificada catastralmente como Sección D, Quinta 13A, Parcela 1 comprendida por encima de la cota 115 msnm al área urbana, como zona R2- Residencial densidad media baja.
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Mod. 3209,2139
4730 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo VI.5.2 "Altura Mínima" del Código de Planeamiento Urbano, Ordenanza Municipal Nº 2139, quedando el mismo redactado conforme a continuación se detalla: "VI.5.2. ALTURAS MÍNIMAS". VI.5.2.1. Estacionamiento en edificios o edificios de cocheras: Altura mínima. 2,20 m a fondo de viga o paso libre. La ventilación de una cochera debe ser natural, permanente y satisfacer los requerimientos para un local de tercera clase. La ventilación natural puede como alternativa, ser reemplazada por una mecánica. En una cochera ubicada en sótano que posea ventilación mecánica, la D.O.P. exigirá inyección y extracción simultánea de aire. VI.5.2.2. Estacionamiento en viviendas. Considerando que muchas veces los garajes se transforman en quinchos familiares, dependiendo de su superficie la altura mínima será de: locales hasta 15m2 (1 módulo) = 2,2m. mayor a 15m2 (más de un módulo) =2,4m. En los casos donde se proyecte ambos locales, quincho familiar y estacionamiento/garaje como locales individuales, la altura mínima del estacionamiento podrá ser de 2.2m. VI.5.2.3. Depósitos: Depósitos domésticos: no se establece. Depósitos comerciales: altura mínima será de 2,20m. VI.5.2.4. Los demás locales de 4ta clase no consignados, tendrán una altura mínima de 2,4m. La autoridad de aplicación autorizará en los casos técnicamente justificados, las alturas menores a las normadas.
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Mod. 2139
4725 20/08/2014
ARTÍCULO 1º.- INSTITUIR por la presente el Sistema de Acceso a la Vivienda con Asistencia Financiera de Programas Nacionales o Provinciales, el que podrá aplicarse en el marco del Programa de Creación de Suelo Urbano establecido por Ordenanza Municipal Nº 3085, y/o para parcelas o macizos urbanísticarnente consolidados.
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Deroga 4479
4720 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área técnica que corresponda, a realizar la aprobación del anteproyecto denominado "Urbanización Río Pipo- Sección J, Macizo 137, Parcela 1, Sector III", que se tramita mediante Expediente DU- 7603- 2014 del registro municipal, área referenciada en el croquis que como Anexo I acompaña a la presente.
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Deroga 3817,4372
Mod. por 5355
4700 24/09/2014
ARTÍCULO 1°.- PROHIBIR la instalación y habilitación de plantas fijas o móviles de elaboración de hormigón en la Sección F, Macizo 1 A, del barrio San Vicente de Paul, en relación a lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano con respecto a dicha zona, por los efectos ambientales nocivos que produce dado su proximidad a instalaciones educativas, de salud y viviendas particulares.
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4696 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- DESAGREGAR del Listado de Postulantes a Predios Fiscales Municipales, ratificado mediante Ordenanza Municipal Nº 4030, a las personas que se detallan en el Anexo I de la presente.
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Mod. 4030
4694 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- La presente ordenanza regula dentro del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia la instalación de las redes, existentes o futuras, de comunicación, telefonía, televisión por cable, iluminación, energía eléctrica, circuito cerrado de televisión, radiodifusión, y/o cualquier otro servicio que requiera la ocupación del suelo, subsuelo y/o espacio aéreo para su tendido.
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4688 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal la contratación en forma directa con la Cooperativa de Trabajo IYU Limitada, Matrícula 44.427, la construcción de veinte (20) viviendas por la suma de: pesos diez millones doscientos setenta y nueve mil ($10.279.000,00), y con la Cooperativa de Trabajo Patagonia Austral Limitada, Matricula Nº 47.426, la ejecución de diecisiete (17) viviendas de carácter social por la suma de: pesos ocho millones setecientos treinta y nueve mil cien ($8.739.100,00) de acuerdo a la documentación y antecedentes obrantes en el Expediente Municipal SP 4255/14 en el marco del Convenio Específico, registro Municipal Nº 8428, Programa Federal de Integración Sociocomunitaria, Viviendas Nuevas, provincia de Tierra del Fuego, Ushuaia, suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el Instituto Provincial de Vivienda y la Municipalidad de Ushuaia, con el objeto de ejecutar treinta y siete (37) viviendas en la ciudad de Ushuaia. Convenio aprobado ad-referéndum del Concejo Deliberante por Decreto Municipal Nº 875/2014. En el Anexo I del convenio se establece que la Subsecretaría financiará un monto total de pesos: diecinueve millones dieciocho mil cien ($19.018.100,00) para la construcción de treinta y siete (37) viviendas en un plazo de obra de seis (6) meses mediante la contratación de dos (2) cooperativas de trabajo.
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4672 20/08/2014
ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal Nº 875/2014, de fecha 17 de junio de 2014, mediante el que se aprueba ad referéndum del Cuerpo de concejales el Convenio Específico Programa de Integración Sociocomunitaria Viviendas Nuevas, provincia de Tierra del Fuego - Ushuaia, registrado bajo Nº 8428, celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y el Instituto Provincial de la Vivienda de la provincia de Tierra del Fuego.
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4671 20/08/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR a la Asociación Simple 1º de julio de Julio del cumplimiento del inciso 2) del artículo 6º y del artículo 7º de la Ordenanza Municipal Nº 3178.
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4660 20/08/2014
ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Municipal Nº 1169/2014, de fecha 22 de julio de 2014, dictado ad referéndum del Concejo Deliberante, mediante el cual se aprueban los indicadores urbanísticos que corren agregados a la presente como Anexo I, para el proyecto de urbanización denominado "F-120-4 - Proyecto Urbanístico Integral Municipalidad de Ushuaia/PRO.CREAR" ejecutado sobre la parcela actual "F-120-4" y su subdivisión parcelaria según croquis que se adjunta y forma parte del presente como Anexo II.
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4659 20/08/2014
ARTÍCULO 1°.- DECLARAR como Obra de Utilidad Pública y sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, la obra denominada "Pavimentación calle De la Estancia", referida a la pavimentación asfáltica a realizar en tramos de las calles: De la Estancia, Río Turbio, Río Milna, Bahía de los Abrigos y Bahía de los Renos.
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4644 02/07/2014
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de la aplicación del inciso 2° del artículo 6° y del artículo 7° de la Ordenanza Municipal N° 3178.
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4642 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo VII.1.2.11 del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139 (Código de Planeamiento Urbano), modificada por la Ordenanza Municipal Nº 2793, autorizándose un retiro de 30 metros a partir de la Línea de Máxima Marea para el proyecto de urbanización de la parcela identificada catastralmente como J-118B-01.
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4635 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la localización de siete antenas de la Firma Ushuaia Visión S.A. en el predio identificado según catastro como Parcela 02, Macizo 1, Sección F, del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de DAPCO S.R.L, conforme a la documentación que obra en Expediente DU 10202/2013 del registro de la Dirección de Urbanismo.
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4621 30/04/2014
ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR una superficie aproximada de mil quinientos sesenta y tres metros cuadrados (1.563m2) del Espacio Verde identificado según catastro como Parcela 4 del Macizo 114 de la Sección J del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, afectando en el mismo acto tal superficie al uso Calle y Ochavas, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente Ordenanza.
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4604 18/06/2014
ARTÍCULO 1°.- ASIGNAR en forma precaria con los nombres que a continuación se detallan, a las calles previstas en el proyecto de urbanización "Ushuaia Chico" que se realizará en el predio denominado catastralmente como J-1000-2AGER: a) Papa Francisco: a la calle que corre entre la calle Los Ñires y calle sin nombre, delimitada al oeste por el macizo en el que se ubican el espacio verde y reserva fiscal a ceder, según croquis que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente, b) De la Concordia: a la calle restante incluida en el Anexo I de la presente.
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4592 30/04/2014
ARTÍCULO 1º. SUSTITUIR la Parte Especial, Anexo VI, Tasa General por Servicios Municipales de la Ordenanza Tarifaria Nº 3500, artículo 12 "De las Excepciones", el que quedará redactado de la siguiente manera: "Parte Especial, Anexo VI, Tasa General por Servicios Municipales. DE LAS EXCEPCIONES:
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Mod. 3500
4576 30/04/2014
ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR el Artículo 111 , Parte General, Título XIII, de la Ordenanza 3500, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 111.- En el caso de convenios suscriptos entre la Municipalidad de Ushuaia y otros Entes estatales, donde se encomiende a la Dirección General de Rentas el cobro de algún concepto, se podrá exigir el mismo con igual fuerza y en idéntico marco normativo con que se cobran tributos municipales."
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Mod. 3500
4541 20/11/2013
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER para todos los beneficiarios de un módulo habitacional creado y otorgado en uso en el marco de la Ordenanza Municipal N° 3376 la posibilidad de optar entre aceptar el módulo que efectivamente habitan como solución definitiva, o aceptar la solución que le correspondiere según puntaje del Registro Único de Demanda Habitacional.
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