ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR una superficie aproximada de mil quinientos sesenta y tres metros cuadrados (1.563m2) del Espacio Verde identificado según catastro como Parcela 4 del Macizo 114 de la Sección J del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, afectando en el mismo acto tal superficie al uso Calle y Ochavas, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º.- La superficie desafectada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, será compensada en el marco del proyecto de urbanización del predio identificado según catastro como Parcela 2, del Macizo 114, de la Sección J del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de Bahía Cauquén S.A., que se tramita mediante Expediente SP-5472/2007 del registro municipal.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4621
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 30/04/2014.-