ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área técnica que corresponda, a realizar la aprobación del anteproyecto denominado "Urbanización Río Pipo- Sección J, Macizo 137, Parcela 1, Sector III", que se tramita mediante Expediente DU- 7603- 2014 del registro municipal, área referenciada en el croquis que como Anexo I acompaña a la presente.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR los Indicadores Urbanísticos que serán de aplicación para todo el área de proyecto denominado "Urbanización Río Pipo- Sección J, Macizo 137, Parcela 1, Sectores I, II y III", establecida en el Anexo II que forma parte de la presente ordenanza, de acuerdo al croquis que como Anexo III corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 3º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 3817.
ARTÍCULO 4º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 4372.
ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4720
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 24/09/2014.-