ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la subdivisión de la parcela identificada catastralmente como Sección J, Macizo 72, Parcela 9 A, de la ciudad de Ushuaia, en dos parcelas de aproximadamente 126,50 m 2 de superficie cada una, de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- MANTENER para lo enunciado en el artículo 1° los restantes indicadores urbanísticos establecidos en la Ordenanza Municipal N° 4720.
ARTÍCULO 3°.- Para las parcelas resultantes de la subdivisión no será de aplicación lo enunciado en el artículo V.1.6, Parcelas Atípicas, del Código de Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 4°.- Los gastos que demanden la subdivisión parcelaria y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble, quedará a cargo de los propietarios de las parcelas.