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19/10/2015 |
ARTÍCULO 1º.- Créase el Programa de Desarrollo para la Zonificación, Condiciones
y Restricciones de Uso del área geográfica denominada “Vertiente Sudoccidental
del Valle de Andorra”, el que será regido por lo dispuesto en la presente Ordenanza
y los reglamentos a que ella de lugar. […ver más en el detalle] |
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19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE por el término de (SEIS) 6 años, con opción a una
prórroga de DOS (2) años más, el Uso del “Espacio Recreativo Deportivo”, establecido
por la Ordenanza Municipal Nº 2139 (Código de Planeamiento Urbano), para la zonas
delimitadas: al Norte por la cota de 120 metros; al Este el Arroyo sin nombre, desde la
Ruta Nacional Nº 3 hasta la cota de 120 metros; al Sur la Ruta Nacional Nº 3 hasta la
intersección con el camino de acceso al campo de Golf y por éste hasta el Arroyo de la
Oveja y al Oeste el Arroyo de la Oveja; y el sector denominado catastralmente como
parcela 2lr, macizo 1000, sección J, cuyo plano corre agregado como Anexo I de la
presente. Las áreas naturales no degradadas ubicadas en el límite norte serán la barrera
natural de los sectores a adjudicar para su explotación. […ver más en el detalle] |
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| 2690 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO
LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de
Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO:
El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la
forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a
las condiciones de habitabilidad más convenientes y a las existencias, si las
hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII -
ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4
metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro
contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80 metros.
El presente Artículo será de aplicación para las zonificaciones CE – CE1 – R1
y R2, y se deberán respetar los indicadores urbanísticos de cada zonificación" […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
Mod. por 3016
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| 2678 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo V.1.3.1. - DETERMINACION DEL ESPACIO
LIBRE DEL MACIZO - del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, del Código de
Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO:
El porcentaje de espacio libre se distribuirá dentro de cada parcela, en la
forma que el proyectista considere más apropiada de acuerdo al proyecto, a
las condiciones de habilidad más convenientes y a las existencias, si las
hubiera, y según el F.O.S. requerido para cada zonificación en el Capítulo VII -
ZONIFICACION - debiéndose mantener en Planta Alta un retiro mínimo de 4
metros desde la Línea Divisoria Contrafrontal. En Planta Baja, sobre el retiro
contrafrontal, se permitirá una Altura Máxima de Construcción de 4,80
metros.” […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2623 |
19/10/2015 |
ARTICULO MODIFICASE el texto del ArtícuIo V.1.3.1. "DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO" del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139, Codigo de Planeamiento Urbano, el que quedará redactado de la siguiente "V.1.3.1. DETERMINACION DEL ESPACIO LIBRE DEL MACIZO" El porcentaje de espacio libre se distribuirá entre el retiro de frente obIig torio y O osetiro ContrafrontaI configurando una línea de edificación Contrafrontal donde ias construccJones alcanzan una altura según la zonificación. Las fachadas posteriores deberán ser tratacias arquitectónicarnente, según el criterio del proyectista. El retiro Contrafrontal mínimo sera el que fije la zonificación. EI porcentaje de espacio libre será distribuido en la parcela, adoptándose la solución que favorezca una mejor orlentación de la edificáción, debiéndose respetar un retiro de fondo mínimo según Ia zonificación. Asimismo se permitirá, la ocupación parcial de hasta 1/3 sobre ectiranero de fondo y hasta 4,00m de ancho, en aquellos casos en que ei tercio resui:o inenor a esta medida. La. altura máxima permitida será de 4,80m para cualduier zonIcacion. Cualquiera sea la solucion adoptada, esta no deberá crear situaciones perjuoiciales respecto al espacio libre del macizo." […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Plano de Zonificación que forma parte del Código de Planeamiento Urbano oomo Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139, sustituyendo Zonificación Mixto Residencial 2 y R3 y reemplazándola como Reserva Turística, para los lotes frentistas sobre la Ruta Nacional N° 3, Sector del Río Pipo, de acuerdo al Croquis que forma parte de la presente como Anexo I. […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2595 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Plano de Zonificación del Anexo I del Código de Planeamiento Urbano, Ordenanza Municipal N° 2139, de acuerdo al Croquis que forma parte de la presente como Anexo I. […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2587 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- INCORPORASE el Artículo V.1.6.1. PARCELAS PASANTES, al Anexo de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), el que.quedar redactado de la siguiente manera: "V.1.6.1. PARCELAS PASANTES: a) Para los casos en que la parcela pasante se encuentre en Zonificaciones Residenciales 2, 3 y 4 y cuente con uno de sus frentes sobre Correaor Comercial, sólo se permitirá el uso comercial sobre el frente que linde sobre el Corredor. El Uso.Residencial deberá preverse sobre el frente que se encuentre sobre la otra calle, será obligatorio en planta baja y como mínimo deberá desarrollar un 30% del F.O.S. para éste Uso, pudiendo .usar el resto para el uso comercial. No se permitirán accesos desde la calle del sector residencial para la actividad comercial. b) Para las Parcelas Pasantes que se encuentren sobre diferentes zonificaciones, sin que se trate del caso enunciado en el Punto anterior, se aplicarán sobre ella los indicadores urbanísticos más favorables en cuanto al F.O.S. y F.O.T., debiéndose respetar en cada frente las alturas máximas sobre la Línea de Edificación y Retiros de acuerdo a la zonificación que le corresponda." […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2582 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°.- ilstitúyase el marco normativo para el llamado Audiencia creada en el Artículo 248 de la Carta Orgánica Municipal. […ver más en el detalle] |
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| 2578 |
19/10/2015 |
ARTICULO ESTABLÉCESE por la presente el Régimen Electorál que regirá las elecciones ordinariz-,:; y extraordinarias de la Municipalidad de la Ciudad de Ushuala. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 3240, 3820, 3875, 3888, 6148
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| 2576 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1°,- INCORPORASE al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139,
dentro del Capítulo VII, el Artículo 1 1, hoja de zona que define los Indicadores
Urbanísticos de la ZONIFICACION RESERVA TURISTICA, de acuerdo al Anexo I
que forma parte de la presente. […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2564 |
19/10/2015 |
ARTíCULO INSTITÚYASE por la presente el marco normativo que reglamenta la onformación y funcionamiento del Consejo de Planeamiento Urbano de la (;iudad de Ushuaia, conforme lo dispuesto en los Artículos 37, 49, 50, 52, 53 y 26 de la Carta Orgánica Municipal. ARTÍCULO 2° - El Consejo de Planeamiento Urbano tiene a su cargo la gestión y articulación técnica para la formulación del Plan Urbano de la ciudad, constitúyén- dose en ámbito de opinión y seguimiento de las acciones y proyectos relativos a: 1) El régimen general de usos del suelo, subsuelo y espacio aéreo, la localizaciCn de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de espacios públicos y privados, 2) El uso adecuado de los predios y la regulación y coordinación de las atribuciones urbanísticas de la propiedad de los mismos, las actividades y edificacicn s que sobre ellos se establezcan, 3) La actividad administrativa en materia de ordenamiento y planificación territorial, quedando prohibida la construcción en zonas de reserva ambiental dispuestas por autoridad administrativa o judicial; 4) La fiscalización de las concesiones de usos de los espacios públicos, que deberán ! .cspetar los fines establecidos en el artículo precedente; 5) El uso de suelo, en especial su urbanización, respetando el interés público y el social ce la propiedad, garantizando la distribución equitativa de las cargas y benefielJs derivados de la construcción colectiva del hábitat y la consecuente asignación de atributos urbanísticos al territorio. 6) La planific0,ción urbana del ejido. 7) La desafeL:tación y transferencia dominial de las tierras fiscales. En consecuenc:a, corresponde al Consejo de Planeamiento Urbano: a) Participar en cada una de las instancias y talleres de trabajo que se organicen para la formulación del Plan Urbano, conforme la propuesta metodológi de trabajo presentada por la presidencia. b) Proponer n edidas relacionadas con los asentamientos urbanos; o) Asesorar Concejo Deliberante y al Ejecutivo Municipal en la elaboración de planes y programas de desarrollo urbanístico, e intervenir en sus modificaciones: d) Participar n la formulacion o reformulación del Código de Planeamiento foo,. y Sandwu1/2 de/ Sur y /os Hielos Cononentoles, s017 serOn .-iroconnos- , , (- ncejo e(r,b-e:Kan4 c/e '`31ZÁ-ecaía e Dp rIGUEZ noral Urbano o el Código de Edificación, nto e) . Dar opinión previa a la sanción de cualquier ordenanza por la que: 1) Se produzea la desafectación de espacios que hubiesen sido cedidos .al uso público. 2) Se otorguen excepciones ai Código de Planeamiento Urbano o de Edificación. 3) Se produzca la transferencia dominial de tierras fiscales libres de asentamientos urbanos. f) Proponer convenios con organismos nacionales, provinciales, regionales, universitarios. entidades intermedias o no gubernamentales sobre aspectos urbanos y ambientales; g) Coordinar acciones con el Consejo de Planeamiento Estratégico. h) Dictar su propio reglamento interno. […ver más en el detalle] |
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| 2540 |
19/10/2015 |
ARTICULO EXCEPTUASE de lo establecido en el Capítulo VII del ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2139, para la Zonificación CE1: CENTRAL MICROCENTRO, la propiedad ubicada en la Parcela le del Macizo 62 de la Sección "A", autorizándosa un F O S. de 1,00, conforme al Anteproyecto de obra girado al Cuerpo por parte de Depar7amemo Ejecetivo Municipal. […ver más en el detalle] |
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| 2506 |
19/10/2015 |
ARTICULO i0. MODIFICASE el Artículo VIII.1.3. de la Ordenanza Municipal N° 2139, el que quedará redactado de la siguiente manera: "VIII.1.3. USOS COMPLEMENTARIOS AL RESIDENCIAL En todos los casos en que exista en una finca o en parte de ella, locales con uso vivienda (u otro uso no compatible al tramitado) que sea anexo y/o contiguo y/o lindero a un Iccal comercial, el mismo deberá contar con un acceso desde la vía pública, diferenciado e independiente respecto al de la vivienda, respetándose las restricciones de ocupación del suelo establecidos para la zonificación que corresponda." […ver más en el detalle] |
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| 2482 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Capítulo VII – ZONIFICACIÓN, del ANEXO I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, a la propuesta de subdivisión de predios de la Parcela 04 del Macizo 76 de la Sección A, propiedad de la Señora Petrona MOREL, autorizándose un Frente Mínimo de Parcela de 9,00 metros hasta una distancia de 11,20 metros, contados desde la Línea Municipal sobre la Avenida Maipú, ampliándose desde este punto hasta los 10,00 metros, de acuerdo a lo requerido en el indicador urbanístico para la zonificación CE 1. […ver más en el detalle] |
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19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- INCORPORASE el Uso “I.3.2. Fraccionado y Envasado de Frutas y
Verduras Deshidratadas. Elaboración Artesanal de Dulces, Mermeladas y Jaleas”,
a la zonificación Ce1, de la Tabla de Usos del ANEXO I de la Ordenanza Municipal Nº
2139, con el mismo grafismo y condiciones indicadas para el Uso denominado “I.2.2.
Elaboración de Dulce de Leche. Elaboración de Postre a base de Lácteos.
Elaboración de Helados”. […ver más en el detalle] |
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Mod. 2139
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| 2455 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 2139, a
la obra ubicada en la Parcela 2b del Macizo 2 de la Sección “F”, propiedad de
BAPLAST S.R.L., autorizándose a ocupar un F.O.S. máximo igual a la superficie que
surja de la aplicación de los retiros frontales, contrafrontales y laterales, normados para
la zonificación MI (Mixto Industrial), sobre la Parcela. […ver más en el detalle] |
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| 2439 |
20/03/2002 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139,
zonificándose la calle Pioneros Fueguinos como CORREDOR COMERCIAL (CO). […ver más en el detalle] |
SI
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Mod. 2139
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| 2424 |
28/11/2001 |
ARTICULO 1º.- Modifíquense los Artículos 46 y 47 de la Ordenanza Municipal Nº
1492, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“ […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 1492
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| 2411 |
14/11/2001 |
ARTICULO 1º.- Regúlase por la presente la tenencia o depósito dentro del Ejido
Urbano de la ciudad de Ushuaia de todo insumo, producto o compuesto que pudiera
generar riesgos a la seguridad o la salud de las personas, y/o afectar el ambiente en
forma negativa. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. por 3068
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| 2404 |
31/10/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en los Capítulos VII y VIII del Anexo
I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, para la obra ubicada en la Parcela 8, del
Macizo 13, de la Sección “L”, autorizándose a:
a) Ocupar el Retiro Frontal.
b) Ocupar el Retiro Contrafrontal.
c) Un FOS máximo de 0,63.
d) Superar el 40% de la superficie de la unidad afectada a depósito. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2396 |
31/10/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Inciso a) del Capítulo V.1.6.
del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, para la obra ubicada en la Parcela
16e, del Macizo 36, de la Sección “C”, propiedad del señor TURZA Ceferino,
autorizándose a un FOS máximo de 1,00.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2395 |
31/10/2001 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Inciso a) del Capítulo V.1.6.
del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 2139, para la obra ubicada en la Parcela 7,
del Macizo 36, de la Sección “C”, propiedad del señor ORLANDI Carlos Valeriano,
autorizándose a un FOS máximo de 0,87. […ver más en el detalle] |
NO
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| 2389 |
17/10/2001 |
ARTICULO 1º.- MODIFICASE el plano de zonificación que corre agregado como
Anexo I a la Ordenanza Municipal Nº 2139, ampliándose la zonificación Mixto
Industrial sobre un Sector del Macizo 2, de la Sección G, de acuerdo al croquis
adjunto que como Anexo I corre agregado al presente. […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. 2139
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| 2343 |
11/07/2001 |
ARTICULO 1º.- AUTORIZANSE los indicadores urbanísticos y el uso propuesto
para el predio ubicado catastralmente en la Parcela 5, del Macizo 17 A de la
Sección “G”, de acuerdo al anteproyecto presentado y que corre agregado a la
presente como Anexo I. […ver más en el detalle] |
NO
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