| 2494 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- EXIMASE a los responsables de las Escuelas de Danzas Folclóricas
“Horizonte Austral”, Retoños Fueguinos” y “Tierra Gaucha”, organizadores del Festival
de Danzas Folclóricas que se desarrollará el día 14 de Septiembre de 2002,
preparatorio para el “Segundo Encuentro de Danzas Folclóricas en el Fin del Mundo”,
en instalaciones del Polideportivo Municipal del Barrio La Cantera “Malvinas
Argentinas”, del pago de lo establecido en el Título IV “Derechos de Espectáculos
Públicos” de la Ordenanza Municipal Nº 1507 y del Artículo 16, Inciso l), Título II -
“Derechos de Oficina” de la Ordenanza Municipal Nº 1508. […ver más en el detalle] |
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| 2493 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- EXIMASE a los organizadores de la Peña de los Folcloristas titulada “La
Fiesta de los Folcloristas”, Beatriz del Carmen ARCE y Raúl Armando SPINILLO, que
se desarrollará el día 13 de Septiembre de 2002, en instalaciones del Polideportivo
Municipal del Barrio La Cantera “Malvinas Argentinas”, del pago de lo establecido en el
Título IV “Derechos de Espectáculos Públicos” de la Ordenanza Municipal Nº 1507 y del
Artículo 16, Inciso l), Título II - “Derechos de Oficina” de la Ordenanza Municipal Nº
1508. […ver más en el detalle] |
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| 2467 |
19/10/2015 |
ARTICULO 1º.- A los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza, entiéndase por “Ruidos Molestos” aquellos que por su intensidad superen los niveles establecidos en los Artículos 6º y 21 de la presente Ordenanza. La intensidad de los ruidos, cualquiera sea su origen y medidos desde el exterior, será determinado mediante la utilización de un medidor de nivel sonoro (Decibelímetro) acorde con lo requerido por las normas IRAM Nº 4062 (octubre/84). […ver más en el detalle] |
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Deroga 1721, 2382
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| 2152 |
03/05/2000 |
ARTICULO 1º.- Se denomina como ¨Café Concert¨ a aquellos locales en los cuales
se expenden y se sirven bebidas alcohólicas y analcohólicas para ser consumidas en
el local, y en los cuales se llevan a cabo, para entreteniemiento de la concurrencia,
espectáculos o números artísticos, ejecución de instrumentos musicales, canto,
recitado, relato de cuentos, números de magia, mimos, representaciones y/o
expresiones culturales. […ver más en el detalle] |
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Mod. por 4620
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| 2087 |
05/05/1999 |
ARTICULO 1°.- La presente Ordenanza rige la radicación y funcionamiento de los
establecimientos que presten servicios como: “Hoteles Alojamientos, albergues por hora,
alojamientos por hora, alojamiento transitorio y todo otro establecimiento hotelero
cualquiera fuere su denominación, que esté destinado a alojar parejas sin equipaje, por
lapsos menores a 24 horas, en un todo de acuerdo con las condiciones establecidas en la
misma.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2042 |
28/07/1999 |
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE del pago estipUlado en la Ordenanza Municipal N° 1508, ArtícUlo 16°, Incisó k), a. la Asociadón Amigos del Folclore, para el espectácUlo qUe realizará el día 14 de Agosto del corriente año, en instalaciones del Complejo Polideportivo "AugUsto Lasserre" de ésta CiUdad.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 2021 |
03/06/1999 |
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE del cumplimiento de lo establecido en el ANEXO III — Tabla de Parámetros Constructivos y ANEXO V — Tabla de Usos, de la Ordenanza Municipal 1496, para la PARCELA 1 del MACIZO 106 de la SECCIÓN "L", propiedad del señor Alberto ORTIZ, autorizándose un: a) FOS = 0,62 b) FOT = 1,03 c) "Confitería — Restaurante con espectáculos en vivo" […ver más en el detalle] |
NO
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| 1772 |
06/08/1997 |
ARTICULO 1°.- PROHÍBASE en todo el ámbito de la ciudad de Ushuaia, los espectáculos circenses o similares, cuando entre sus números artísticos figuren como protagonistas los animales, salvajes en cautiverio.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 1688 |
23/10/1996 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE a la Agrupación "Bastoneras del Fin del Mundo", del
pago del arancel por Alquiler para Espectáculos Públicos en el Polideportivo,
establecido en el inciso k), artículo 16 de la Ordenanza Municipal Nº 1508, para la
realización de un espectáculo infantil amenizado por el grupo "Las Tres Marías",
integrado por las conocidas Trillizas de Oro, el que se llevará a cabo el día 9 de
noviembre del corriente año. […ver más en el detalle] |
NO
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| 1687 |
23/10/1996 |
ARTICULO 1º.- APRUEBASE para el año 1996 el Clasificador de Erogaciones
integrado por las cuatro (4) clasificaciones siguientes: CLASIFICACION
INSTITUCIONAL, CLASIFICACION FUNCIONAL, CLASIFICACION ECONOMICA Y
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO, las que enumeradas del I al IV
conforman otros tantos Anexos que forman parte de la presente Ordenanza. […ver más en el detalle] |
NO
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| 1678 |
09/10/1996 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE a la Escuela "Telkien Morikanien", del pago del
arancel por Alquiler para Espectáculos Públicos en el Polideportivo, establecido en
el inciso k), artículo 16 de la Ordenanza Municipal Nº 1508, por la realización de una
Peña Folklórica, con la finalidad de recaudar fondos, los que serán destinados a
solventar los gastos del viaje de egresados de los alumnos del séptimo grado, la
que se llevará a cabo el día 26 de octubre del corriente año. […ver más en el detalle] |
NO
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| 1672 |
25/09/1996 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE a la Asociación Centro de Residentes Chilenos
“Gabriela Mistral”, del pago del Arancel por Alquiler para Espectáculos Públicos en
el Gimnasio Nuevo, establecido en el inciso k), artículo 16, de la Ordenanza
Municipal Nº 1508, por la realización de la Gran Fiesta Popular con motivo de la
conmemoración de un nuevo Aniversario de la Independencia de la República de
Chile, la que se llevó a cabo el día 21 de septiembre del año en curso. […ver más en el detalle] |
NO
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| 1492 |
30/11/1994 |
ARTICULO lo.- APRUEDASE el Régimen de Penalidades por Faltas Municipales que a todos sus efectos como Anexo I, forma parte integrante de la presente.- […ver más en el detalle] |
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Deroga 1295, 1302, 235
Mod. por 1796, 1871, 1881, 1938, 2158, 2220, 2250, 2260, 2424, 2882, 3132, 3221, 3558, 3995, 4160, 4161, 4449, 4877, 5144, 5152, 5200, 5339, 5340, 5341, 5342, 5480, 5683, 5946, 6547, 6598
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| 1488 |
07/09/1994 |
Artículo 137(2 lít(An IX de la Ordenanza
Fiscal NPI111/73„ "DEPIEr2H DE ESPECTACULOS P UDLICOS"„ para la
••
zación de la tradicioha 1,.esta de la Cerveza"
nRTIcuLo 2 0 . - REGISTREbl 1ffiuníquese•a guienes CO'.:resrypnda„ Cumplido,
ARCHIVESE.
DECRETO MUNIC I ... ysr.
ES GeflA
QUE VEDIA MARIO D, D IELE
ierno
INTENDE TE
A IDA MUNICIP L
USHUAIA
ION BE rEZ
Divec;ora A Geral
Desp:',3c1-0
1n11unlekpv,W;;;,.1‘14 L; „huale
4. |
NO
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| 1454 |
16/11/1994 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE a partir de la promulgación de la presente y hasta el
día 31 de diciembre del año 1995 a la Federación de Fútbol 5 de Ushuaia, con
Personería Jurídica Nº 193 del pago de los Derechos de Espectáculos Públicos,
establecido en el artículo 140, Título IX de la Ordenanza Fiscal Nº 1110/93, por la
realización de eventos deportivos que organice dicha Institución, en virtud a los
considerandos expuestos. […ver más en el detalle] |
NO
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| 1369 |
29/06/1994 |
Articulos 15 y 16 de la Ley del Deporte, cabria la necesidad de crear la Comisión Municipal de Boxeo; Oue 1e acuerdo con la Ley Territorial Mo 26, éste Cuer• OrdenWaonnzcalioN2u2mJeeidroez: a1n3te69 2/4 Zuelzi d Wdhala po cuenta con atribuciones para ordenar sobre •l particular; Por. ello: EL CONCEJO DELIBERAHTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA SANCIOHA CON FUERZA DE […ver más en el detalle] |
NO
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| 1262 |
27/10/1993 |
ARTICULO u Chenen", ál pago de lo establecido en el Articulo 137, 1 "Kay Titulo IX, de la , Ordenanza Fiscal NQ 1111/93, "Derechos de l de Música Espeátáculos Públicós", para la realizáción del Festiva RoCk denominado "PRE BIENAL BARILOCHE 93", en virtud a los conside- randos precedentes.-, Registrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su […ver más en el detalle] |
NO
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| 1211 |
27/10/1993 |
Artículo 1372, 11~1 itulo IX, de la Ordenanza Fiscal NQ 1111/93, "Depechos de Spectábulos Públicós", para la realizació n del Festival de Música polt.denominado "PRE BIENAL BARILOCHE 93", en virtud a los coneide- rendos precedentes. 22.-.Regi8trese. Pase al Departamento Ejecutivo pata su, ÁRTICULO róáulgáción. Cumplido. ARCHIVESE.- JOR UIS LARREA ALDOJ. 1711.11:110 DIrect r • e AdmInIstracIón nt Prosl:I 3 Comiele laéIlbetanto • Concelo Dellberanto JULIO LINARES V:r.:CFIETP > L ORIGINALC.""er.'"'"'•-an-n....Nre sic5 B•EZ Directora espacho General 14urfio'r7hdaci de Ushuala Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA HJSHUAIA, 23 D C 1:99 -‘5 La Ordenanza Munici p al N1211 1( /93, .sancionada Déliberan te de la Cludad de Ushuaial CONSIDERANDOu Que mediante la misma Se exce p túa a la Cooperadora de Escuela Especial N21 "Ka y u Chenen", del pa g o en lo establecido él Artículo 1379., Título IX, dé la Ordenanza Fiscal N91111/93, . ."Derechos de Espectaculos PúblicoS". Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPA L DE USHUAIA DECRETP 99, . ARTICULO. 12.-PROMULGA1 la Ordenanza Municipal N91 7.11 tiohada por el Concejo Deliberante de ia Ciudad de Ushuaia, túa a la CooperadOra de la Escuela Especial N91 - cUal se exce p o de io establecido en el Prtículo 1372, Chenen", del pa g p ec- IX, de la Ordenanza Eiscal N91111/93, "Derechos de Es I".1;tuió t'licUlos Públ.icos", para la realización del Festival de Música f:.1(..denomínado "PRE DIENAL BARILOCHE 93". corresponda” […ver más en el detalle] |
NO
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| 1183 |
29/09/1993 |
ARTICULO iç DENOMINASE "CLUB NOCTURNO" a. los establecímlentos de divérsiones en ros que, básicamente, se ejecute müstea yfo canto; se ofrezcan bailes públicos; se expendán bebidas con o sin alcoho4; se realicen o no números de variedades, con o sin transformacion; existan personas para. alternar o bailar con ios concurrentes, quedando expresamente prohibído incurrir en actos pornográficos.- […ver más en el detalle] |
NO
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Deroga 69, 95-84
Mod. por 1372
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| 1181 |
13/10/1993 |
ARTICULO lo.- EXCEPTUASE a. la l -lonperadona de Escueja No Pago dc lo e.r-Lrru Inc rL 00 en. el ,Artículo 137o, T1"tulo de Ordenanza Fiscal No 1111/93, "Derechns de Espeetáculos Públieos", para le realizan:Uin de la tradiclonal "Fiesta de la Cerveza", se llevará a. cabo el dia 06 de Noviembre del corriente en Woncelo 2eUelanic la Zudad 9,/aZtezia virtud de tos eonsiderandos preeedentes.- […ver más en el detalle] |
NO
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| 1113 |
26/05/1993 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del artículo 137, Título IX de la Ordenanza Fiscal
vigente (DERECHOS DE ESPECTACULOS PUBLICOS), al pago de tributos por
espectáculos públicos, que realizará el Sindicato de Obreros y Empleados
Municipales (S.O.E.M.) sin fines de lucro a los efectos de la construcción de la sede
del mismo, en virtud de los considerandos precedentes. […ver más en el detalle] |
NO
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| 1111 |
11/05/1993 |
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la Ordenanza Tarifaria para el año 1993, de acuerdo
al Anexo I y las Planillas que figuran como Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII, que forman
parte integrante de la presente.
(Ver Planillas en Anexo). […ver más en el detalle] |
NO
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Mod. por 1156, 1167, 1251, 1284, 1294, 1366, 1368
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| 1110 |
11/05/1993 |
ARTICULO 1º.- APRUEBASE la Ordenanza Fiscal de acuerdo al ANEXO I, que
forma parte integrante de la presente y consta de 210 artículos en 59 fojas, en virtud
a los considerandos precedentes. […ver más en el detalle] |
NO
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Deroga 405
Mod. por 1118, 1119, 1487
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| 1076 |
02/12/1992 |
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE al Ushuaia Rugby Club del pago de los “Derechos
de Espectáculos Públicos”, establecidos en el artículo 133, Título IX de la
Ordenanza Fiscal Nº 405, para la realización del “Super Festival del Ushuaia Rugby
Club”, que se llevará a cabo en instalaciones del Shopping Center Lapataia, el
próximo 23 de diciembre, en virtud de los considerandos precedentes. […ver más en el detalle] |
NO
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| 1075 |
02/12/1992 |
ARTICULO 1º.- A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la
Cooperadora de la Escuela Nº 16 “Arturo M. Bas”, queda exenta del pago del
Impuesto establecido por el artículo 133 de la Ordenanza Fiscal Nº 405 (Derechos
de Espectáculos Públicos), para la realización del Campeonato de Truco que se
llevará a cabo en las instalaciones del Establecimiento, el próximo 12 de diciembre,
en virtud de los considerandos precedentes. […ver más en el detalle] |
NO
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