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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
188 09/05/1986
ARTICULO 1º.- EXIMASE del pago de Tasas e Impuestos Municipales al Aero Club Ushuaia, por los períodos 1980 al 1896 inclusive.
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NO
185 02/04/1986
ARTICULO 1º.- APRUEBASE y pónese en vigencia el texto de la Ordenanza Tarifaria para el Período Fiscal 1986, que obra agregado a la presente como Anexo I. (Ver Planillas en Anexo).
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NO
168 12/09/1983
ARTICULO 1 9 .- MODIFICASE el Presupuesto Municipal del ejercicío 1983,aprobado por Ordenanza Municipal n 9 161/83 y sus modificaciones de la siguiente manera: Partida Crédito Aumento Disminución Crédito Actual , 5210-02 Refacción y Mante- 150.000.- 160.000., 310.000.- nimiento Edif. Mun. 565.000.- 285.000.- 5219h06 Red Agua Potable 280.000.- 5210-13 Pavimento y Obras Comp. C,Deportívo *410W00.- 120.000.- 830.000.- 1.425.000.- 280.000.- 280.000.- 1.425.000.- ÁRTICULO 2 º .- REFRENDARAN la presente Ordenanza los seftores Secretarios de / :Gobierno, de Economía y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos.-
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NO
Mod. 161, 162, 163
163 30/06/1983
Ordenanza Numer•oum: 1ér6o3:163_ 1/6 ffidat aIds Wiessa efider, widániwo Q911 . . . .14 gidwaia USIMAI.k, ,Lowki• égBa -'1.> VISTO: 31 Prasupuesto de Gastos y 011cylo de Recurses pa, i , ra el Ejercicio 1983; y 1 , OONSIDERANDO: Q ue es necasario proceder a ou modifica c idn a fin do in. i , distribuir mayores ingresos emergentes de una mayor copar corpoxar y ticipación de impuestos territoriales, impuestos nacionale,s1 y rpga:lil as porcombustibles; •,;:'' 12Z1'.:, 11411i.- Por ellO: EL INTENDENTEMUNIOIPAL-ILE USWAIA.. •••1,,p,1./,¿i, :1-.11;191,1 SANOIONA Y PROMULGA OON FUERZA DE 0 R 10 EIBINZ _ v,. .~.• 1 :',:,.4: 910,. . G.aeto.o Y,91.49,1791... ARMX0010. 10 .- MODIFIOASE el Presupuesto Municipal de lpdooa,.ldanaaggl lpl1:o6Pc1lu/ar8ns3io,lslmpaoasdriadfiiesclcarEdijomeirpn9oeir9tiaO0rr.id1ae9sn8a3qn,uzeaapsrMeoubnaaidgcorieppgaoalrnnOcorodm1eon6a2an/znBae.x3Mo,usdn•ieIc:,la....-.c1,1„u:„'t•.Se..aW..rV.,1.!'' y que forman parte integrante de la preeente Ordananz a .- • ,.• ABTIODIO 2 0 .- El Presupuesto General de la Municipalid ad de Ushuaia. •.c-lula.a:r.a:fijado en PESOS ARGENTINOS TREINTA Y SEIS MILIONES GOTATROOI. . 1.i INTINUEVE MII NOVEOIENTOS OINOUENTI y . • - ,,,,i- - (160., 36-.429.950.-.).- ARTI , ríos de 30.- REFRENDARAN la presente Ordenanz a los seZores Secreta . Gobiarno, do EconomU y Finanzas y de Obras y Servicios Pj- blicos.- • ARTIOULO 40 .- OOMUNIQUESE. Oumplido, AROHIVESE.- MUNIOIPAL NO 183.- • (.1,1;•,.171"vi' - Ordenanza NumeeriSo.l:ir1pé6r3o: 163 ,112=0 I 2/6 KUNICIPALIDAD DE USIRIAIL EJERCICIO 1983 (azt posoo annwOrs) : laporta ikotual Variaoionoo - • 1.31 27.199.050o- 9•2300200.— 2742Ip4 tretly. Corrlo0 ntos 50.-- ,., 9.230.900.— 3644»4 910 " • 7f ,r-,,,F4 00. Z-1 94, +1,004: , 75.000.- .. Inproaos do Capital ••••n••n ., II.P4202~ • 9.230.900.- 36.429.950.- , 21430.9000. - lhantémodalopo Porrtentoo • • die, .01110 2`1.:,20.1.29 . 650.- 7.000.000.- .,'. folt»Atlfr".1 Nittpaes do 7.130.000.- ".•nn•• 3.4.130.000.- 171.000..- i Af g 9aPital , .231.600.- WINIM '71.1i:0001.- „;... i. 41,1t-tW do Deuda - 231.60Q.... % Zearn por no Inversidn r, USHUAIA, 3 plq Ordenanza Numero: 163 ÁNEZOII 3/6 , EDNICIPALIDAD DE USE.TAIL ILTERCICIO 1983 CALCOLO DE RECURS91-,. (en pesom argentinos) Importe ' 031,z,itt Wriacienes • ejt_ j_127; 1:; * C 27.199.050 ... .9...213~0.«90~0~.."• . 3141: •194.2*.11»> ' 9.230.900.- -• MIIIIMMOIM MUMM OIM 36•429.9500.• oolda Municipal 27.124.050,- 1111"1",1,1", .DylIT_Odiecti4a Territorial 36.354.910r INOREECS DE COITAL 3.124.050.- 3.124050,t:: 24.000.0004- 9.230.900.- 33.2301900.4 75.000.- , 1,114`,; 75.000.- • 75.000.=- v usTALL, Ui-11 „ ../1" Do0: • C•Anra de t.b=huala JI- Ordenanza Numero: 16é3i.o: 163 4/6 AMO NUNICIPALIDAD DEtSRULIL ETERCICIO 1983 CLASIFICACICK ECONONIGA Y PCR ORTETO DEL OASTO (en pesos argenliaos) Orddito - Modif1V1G4‘,,1 letual 9.03.900 27.199.050w- • , CIONES CORRIENTES 20.129.6930- 2.2304000- 22,360. 504-- .0 76:;;;;;;:: y Rervieios 1.500.000.- 17.747 a.114t. no Lawr. a. tiyes 3.782.299.- '77"711:r. 0000 100.000.- 10O.09q' IIitEROGAZIONNS DE CAPITAL 7.130.000.- 14130.000..it. 3.576.6.004 versionne Adaintstrativas - 836.000.- 2.7400000," jde Obras y Trabajos Pdblieos -160.000. - 200.000... 360.000.-- 10.194.000 6.134.000.- 4.060.000.- orim xamsce 1710000.- •nn••nn 171.000.- w 171.000. - 111111111n• 171.000.7 saoidn de la Denda NCONCNIAS POR NO INVERSICN - 231:6000 - - 231.600.- Isenemiaa por no Inreraids 231.600.- - 231.60007, r- r7o ,,„ kd 3, :DSRUJIIA, Ordenanza Numero: 1m6e3ro: 163 5/6 MUNICIPALIDAD DE USHUAIA EJERCICIO 1983 CALCULO DE RECUESSOS (en pesos argentinos) Imrorte Variaoién 94301900 aotnal 277.22.122 • 4 3 .544~ 1. RECURS dbaRIENTES 27.124.050 9.2300900— 36511' 3.124.655y- JURISDICCION MUNICIPAL .,1024.050 2.151:16565" 2.614.050 929.1 1. Iisctrs-‘,MONICIPALES XVi0i0B ........*, 920.000 tO e ineDeeelón 49.000 -'>43114511-'1 87.000 110:441% ilitad44e eemereiPeA Ilguatriao 380.000 6.150 87.000 peoo4n ,de Seguridad ,0 Hágiena 1.950 380.000 1.350 mdedoreo Aglulantes 169.000 60.5o 11%, .. • * 15.700 .1450- TrEapeotáoulos Públioos 22.35Tcp i.kDerechos de Publicidad 169.000m0 I 'Diereehos de Ofieina 4hiereehos do Cementerio Wmameohoa da Oonotrumién 62.000 62.99p x .,Aereaboo 0oupaoi6n va Publioa 1.750 42 afterechoo Estaoionaniento Madido 21.250 2$450- 13 -. .Oontribuciónpor Méjoras 727.900 727.900,' > -tentro Deportitro, Social y 21.000 21,600 1 .reohOP Ootkpaoi6n Viv. 330 8.V.Paul 150.000 D 2- omódInormsos DE JURISDICCION MUNICIPAL 510.000 -w" 150.000 .0 01 -angreeloo varloa 510.000 24.000.000 9,230.900 510.000,.C 2. DEJÚRISIECION T- ERRITDRIAL 9.230.900 510.0go- .-1 - Áatortes mo reintegrableo 24.000.000 33:23d.9o0 .- •, 33,230,900,,x ;SZCUIbISIá CAPITAL ****** oe411141Alre n Oreellí 75.000 75.000 9 75.000-- D DO: duriedicoión Munioiral 75.000 7.: 0 es variom de 75.000 75.000 C n tiphua Ordenanza Numero: 163 o: 163 ANEXO V 6/6 NUNICIPALIDAD DE URRUAIA EJ22WICI0 1983 en peses ergentinos) Crédite Koditioaolones 151«wo C14440 4.0tua1 TOUL GEIMAL 9•230•902:: v. 36.429451" 270199•050.» COACIGIES CORRIPETES 20012996500- 2.230,900á.» 22:360e550éL.L-., .801254194" ta Psretenente 7.848.050.- 277.60. 7.234.850.- 7444.2oo... 190.650..n sponal Tenporarie 560.00 528.500.- 31.500r 1.820.700 1140n• Oø.srio Peniliar ** ****** 0•••••eb• 1.000.000••• 6.000.;», 8Sriviolos Ettrurdinatioa p 82097000. poowes 1.931.630v.., 11/0; Asli gtenola al Personal •••• 600009- 511.630." 21'9•.270w• ' 1• •._r; 2.527.270«, ,ritifffitai de COMUMO ******** esseeolleo 1.4441°` 1•n••••• 100.000.- eraeles ne Personales ..0•••• n •• 2.308;000.• Interesee de la Deuda 54400,. Aportas a,Aot. no luoratives ••••• 100400.• CICRES DE CAPITAL • 7.130.000.0n 7.1».coo,- 29740•000r ..naipaueientes 836.000.- 3.576,000w. 200.000.0. Inversiones Adainistrativaa 1600000.- 4.06090000- 360.000.- ajos Pilblioon P1in de Cbras 6.134.000.. 500.000.- 10.194.000.nn W ela11•1111• 1.000400.• IM//0.n 150.000... 3.4 C11soal - Estenaiones ••••••••,,, 500 .00040. 15000009.• 3009000.• 180,000w.. .02. n Eaf. y lienteniniento Edit. Mun. .0 18000000". 500.000.n 20090009.. 19860.0000. 5.360.000.• .0"Oeroos y Veredea 39500 •000 400.000.- 16590009- 565.0000.. .04.,n•:Parquisaoi6n y Urbanieno 28095000- MomPl, 280.500.T 10400.- 10,000.. .0:-:74raestruetura Vial 400.000.- - Red. de Agua - Extensiones 65•0009- 400.000.- 465.003... 600.000w Paiodelsoitha Cenenterio 20090009- 11.I•1I•1Iw 654,000.• East. y Bet. de PD 90000- 200.000.- 710.000.n Cbrea Renores 65•00090- 274,5000. 10 - Y Munio/pa1 Agua, oloaes y 0.0. 71090000. • 740500.- 1.0000. 11 - Eplural oeroado y oesilla 12 - Oempo de Oolf 190009- 12,0004r. 12.0009- 1.19900*• 3 -,10.2entaottsn y Obrea Complezenta- 171.000. 10000 Y( rise 0antro Deportive 'iyagpx, Test. y Ca1er. Centro Dep• .408drone Nuniolpal — Corralth Nuntoipal Estaeioniaieuto Jusgede 000 • 7-- 171 .000 tisaoidn de la Deuda 17100000- 171.0001.r. 311A0 POR NO 231•6009- 231.600. n 3 1.z F1E poorraG,o ffig
NO
Mod. 162, 161
Mod. por 168
154 01/02/1983
artículos de la Ordenanza Fiscal, con el objeto de adaptarla a las reales / necesidades de la Comuna y otorgarle una mayor practicidad y elasticidad para su funcionamiento y cumplimiento; Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO MODIFICANSE los artículos 4, 21, 32, 38, 41, 49, 52, 53, 54, 55, 91 y 95 de la Ordenanza Fiscal, a par- tir del corriente ejercicio.-
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NO
Mod. 137
Mod. por 80-84, 82-84, 139-85, 198
107 05/01/1979
ARTICULO 70 •- Están asimismo obligados al pago en cumplimiento de la deuda tributaria de los contribuyentes en la forma que rija para éstos o que expresamente se establezca, las personas que ad lninistren o dispongan de los bienes de los contribuyentes, las oue par Iticipen por sus funciones páblicas o por su profesión en la formaliza .tión de actos u operaciones sobre bienes o actividades que constiturrn ál objeto de servicios retribuibles o beneficios por obras que .non contribuciones • aquello2 a qaionos üuLa Orelcnanza, la Orj,elunun Tarifaria Anual o las Ordenanzas Fiscales Especiales designen como :agentes de retención.- ,ARTICUIC 8 0 .- Los responsables a que se refiere el articulo anterior, responden solidariamente y con todos sus bienes por el pago de los derechos, tasas retributivas y contribuciones adeudados, Salvo que demuestren que el contribuyente los haya colocado en la i7L- posibilidad de cumplir en tiempo y forma con su obligación.- Igual responsabilidad corresponde, sin perjuicio de las zanciones a que hubiere lugar, a todos aquellos que intencionalmente .por zu culpa, facilitaran u ocasionaran el incumplimiento de las ohli tiones fiscales del contribuyente o dems responsables.- , •ES COPIA Fin DEL OFMNAL SnA1'' Afb d hi Diro 15n Vokto eiraconal cle uer, eÁn/cbdida e 27i4ti del PÁdániko Mdnicipalidad de Ushuaia /1/... 1B2ICUI0 9 0 . - Los sucesores a título particular en el activo o pasivo de ampresas, explotaciones o bienes que constituyan el -objeto de servicios retribuibles o beneficios por obras que oriinen , contribuciones, responderá n solidariame nte con el contribuyent e y de- mas responsables por el pago de tasas, derechos o contribuciones, sal vo que la Municipalidad hubiere expedido la correspondi e n te certifica OlAia de no adeudarse gravámenes•- :. ÁRTICUI0 10 0 .- Cuando un mismo hecho imponible sea realizado por dos o más personas, todas se considerará n como contribuyen tes por igual y solidariamen te obligados al paso del gravámen por su totalidad, salvo el derecho de la Municialida d de dividir la oblia- cián a cargo de cada una de ellas.- : ARTICUIC 11 0 .- Si alguno de los intervinient e s estuviera exento del pago del gravámen, la obligaci jn Te considerará en ese caso divisible y la exencidn se limitará a la cuota que le corresronda a la persona exenta.- CAPITUI0 IV - DEI DOMICILIO FISCAL ARTICUI0 12 0 .- A los efectos de sus obligacio nes ante la Municipalidad de Ushuaia, el domicilio fiscal de los contribuyentes y demás responsables, es el lugar donde e 'stos rosiden halJitualmente, tratándose de personas de existencia visible, y en el lugar en Que se halle el centro principal de sus actividades, tratándose de otros obli gados.- Este domicilio deberá comunicars e en los escritos y en las declaracio nes juradas que dichos obligados presenten. Todo cam'cio de domicilio deberá comunicarse dentro de los (15) quince días de ocu rrido. En su defecto podrá refutarse subsistent e el jltimo domYcilio consignado.- Cuando el contribuy ente se domicilie fuera del esido de Ushuaia y no tenga en ésta ning5n representant e , se considerará co •MD domicilio el lugar de esta ciudad donde el contribuje nte tenga in- residencia muebles o negocios; subsidiariamente el lugar de su &\el que se declare.- ES COM FffiL DEL WRINAL Q24;eimudde h liena 29blichIja e e71/60 del( eAkíniico e9(5a/ Municipalidad de Ushuaia ///- Las facultades que se acuerden para la constitución de 'damicilios especiales no implican declinacián de jurisdicción.- 0APITUI0 V - DEBERES FORMALES DE LOS COYTRIBUYENTES, RESPOrSA3LES Y TERCEROS ARTICUI0 l3 0 .- Los contribuyentes y demás responsables están ohligados a facilitar con todos los medios a su alcance la verifi fiscalización y determinación de las situaciones fiscales, asi VED a comunicar dentro de los (10) diez días de verificados, cualquier 'ambio en su situación que pueda dar orIgen a nuevos hechos impoles modifícar o extinguir los existentes. Están obligados asimismo a conservar y presentar a cada requerimiento todos los documentos que se refieren a las operaciones que constituyen hechos imponibles o sirven de comprobantes sobre los mismoso — ARTICUI0 14 0 . - La Municipalidad podrá requerir de terceros, y estos deben suministrar, todos los informes que se refieren :.:heehos comerciales o profesionales que constituyan o modifiquen he- Chce-imponibles segtín las normas de esta Ordenanza l salvo en el caso de informaciones obtenidas con motivo de intervenciones profesionales.- Las declaraciones juradas, comunicaciones e informes que los eontribuyentes rouponsublos o borceroo, proonten on cum di— miento de las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza l son de cardcter secreto. Yo serl de aplicación la norma de referencia en los casos de informaciones que deben ser agregadas como prueba de los ,picios criminales por delitos comunes y en cuanto se hallen directa- ente relacionados con los hechos que se investiguen, o bien cuando lo solicite o autorice el propio interesado o en los juicios en cae sea parte contraria el Fisco Territorial o TJunici pal y en cuanto la información no revele datos referentes a terceros.- ARTICUI0 l5 0 .- Los contribuyentes registrados en el a":lo anterior res- ponden de las contribuciones correspondientes al si- iente, siempre que hasta el último dia hábil del mes de enero no hu Meren comunicado por escrito el cese de obligaciones, salvo excepcio expresamente indicadas en esta Ordenanza. Si la comunicación se ectuara posteriormente, el contribuyente continuard siendo r e s p on- - CO7'1\ ///.00 A/C ,IrecciU QYadond de b giena eÁnickliala e @,Mnitko aci Municipalidad de Ushuaia -///... Sable a menos que acredite fehacientemente que las actividades no se han desarrollado despuós del primero de enero. Cuando el cese de un Hehecho imponible se produzca por causas fortultas o de fuerza mayor ,fehacientemente comprobadas, las contribuciones que establece la pre ,sente Ordenanza Fiscal serán percibidas o reintegradas, en su caso, efectuándose la liquidación del gravámen en forma proporcional a los ússes transcurridos hasta el momento de producirse dicho cese, tomán dose COMD enteras todas las fracciones del mes. El procedimiento es- tablecido precedentemente no se aplicar1,1 cuando el importe de la con eetribución sea inferior a la suma de (8 10.000) DIEZ MIL PESOS.- ARTICUI0 16 0 . - Ouando una actividad, hecho u objeto imponible reeuie ra habilitación o permiso, éste se otorgará previo pa 1Sp del grav4men correspondiente, el eue deberá hacerse efectivo den- tro de los (10) diez diás posteriores a la notificación. La inicia- :ción del trámite y el pazo del respectivo derecb.o no autoriza el fun :cionariento.- :ARTICUI0 170 . - En los casos de transferencia de una actieiJad, hecho u objeto imponible, la autorización pertinente sólo se ,otorgará previo pago de los gravámenes que correspondan.- , 18 0 . - Ningiín escribano otorgarl escrituras y nin:»na persona -ARTIOUI0 realizará tramitación aluna con respecto a negocios, - Idenes o actos relacionados con las oblieeaciones fiscales cuyo .zdento no se compruebe con certificados de Iibre Deuda ÁRTICTJLO 19°.- Los contribuyentes no quedan excusados del pago retro- activo de las diferencias de gravámsnes que surjan co- .em0 consecuencia de reliquidaciones, adn cuando la Tf:unicipaltiad huhie re aceptado el pago del tributo de acuerdo con los valores viyentes .con anterioridad a la operación de reajuste. En los casos de c'eLsmi- aución los contribuyentes tendrán derecho a la devolución o acredita- ián de las sumas abonadas en exceso.- ES Mel cmyNAL A/C de la irección Ordenanza Numero: 107 Fierta 6/35 eiracional eÁnlechiiia e e9W6u eW Q7biánbco. Municipalidad de Ushuaia CAPITULO VI DE ILAS INFRACCIONES A LAS 0-DIGACIWTES Y DElERES OIPALES ARTICUI0 20 0 . - La falta de pago de los derechos, tasas retributivas y contribuciones en los términos establecidos en la pre- 'aente Ordenanza, hace surgir sin necesidad de interpelación aluna, la óbligación de abonar, conjuntamente con aquellos, un interés resarc o tio de 4% mensual, calculado en función a los dias transcurridos entre Ia fecha de vencimiento general y la del pago u obtenci j n del cobro 114dicial. Todas las fracciones de mes se calcularn como enteras. La _01211gaci6n de pagar los intereses resarcitorios subsiste no obstnte Ia falta de reserva por parte de la Munícipalidad al rec ir l paGo de la deuda principal.- ARTICUIO 21 0 .- Cuando correspon, aplicar otros recarzos establecidos por esta Ordenansa, los íntereses r sarcitorios oue de termina el artículo 20 0 se liquidarán sobre el total de le contribu- cián, tasas retributivas y/o derechos más todos aquellos.- e4RTICUI0 220 .- A todos los efectos, la aplicación de los intereses re sarcitorios, se considerará accesoria de la obligación unicipal.-
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NO
Mod. 101
Deroga 101
Mod. por 109
93 01/01/1977
ARTICULO 1 0 .- DEROGASE el texto inserto en la SECCION TERGERA 3— CA- PITULO DECIMOQUINTO 3.15. INSTALACIONES SANITARIAS 3.15.0. el que a partir de la fecha será reemplazado por el siguiente: SECCION TERCERA 3.15 9, CAPITULO DECIMOQUINTO 3.15.0. INSTALAGIONES SANITARIAs 3.1501. REQUERIMIENTOS DE INSTALACIONES 3.15.1.1. GENERALIDADES Definici6n: Comprende elbonjunto de disposiciones que regl lan los servicios que deben suministrar las instalaciones para garantizar enj.os ambientes y edificios las ConO.cio- nes mlnimas de seguridad, salubridad y funcionalidad.- ndra de ta-Precilla ite,::tora Legal' y Técnica Despacho Oeneral 3.15 * 2 * SERVICIO DE SALUBRIDAD 3.15.2.1. SERVICIO MINIMO DE SALUBRIDAD EN TODO PREDIO EDIFICIO 0 UNIDAD FUNCIONAL DONDE SE HABITE 0 TRABAJE.- En un predio, edificio o unidad funcional, donde se habi-/ te o trabaje, deberán existir los siguientes servicios mí- nimos de salubridad: a) Un retrete equipado con un inodoro.- b) Una pileta de cocina o lavabo.- c) Una ducha y desaffle . de piso, y d) Las restantes exigencias impuestas por 0.S.N*- Quedan exceptuados del cumplimiento de éste Ar-gculo las / unidades funcionales dotadas de servicios sanitarios agru- pados en baterías.- 3.15.2.2. SERVICIOS DE SALUERIDAD DE USO COLECTIVO Cada unidad funcional deberá disponer de servicios . de salu bridad de uso comdn o colectivo separado per sexos, que de berán proporcionarse al ndmero de usuarios.- 3.15.2.3. SERVICIOS DE SALUBRIDAD POR SEXOS: .a) A los efectos de obtener los valores numéricos para de- terminar la cantidad de artefactos a instalar se debe-/ rán utilizar los Cuadros 3a, 3b y 3c.- Se adoptará para cada sexo el porcentaje de usuarios // que denuncie el propietario, en la presentación de los planos, segdn el destino y funcionamiento de los ambien tes a servir.- b) En cualquier caso l salvo en el oaso de viviendas, cuan- do exista en una unidad funcional la posibilidad de con currencia de pdblico, deberá existir un servicio mínimo constituído por un inodoro y un lavabo l independiente del servicio de salubridad proyectado para el sexo pre- dominante.- c) En los casos en que el propietario no denuncie el por—/ centaje de usuarios de cada sexo que podrán utilizar y frecuentar los ambientes que proyecte, o cuando éstos / parezcan inadecuados, la Municipalidad se reservará tribuir el porcentaje a servir que considere convenien- te, al que (1,90t4A adecuarse los servicios.- 3,15.2.4. CANTIDAD DE ARTEFACTOS EN FUNCION DEL NUMERO DE USUARIOS: a) Edificios o locales comerciales o industriales o activi oa ra de la Precilla irrectora-L ea D espacho General Letrada Municip.al fli• • •2 dades deportivas CUADRO 3a.a. CANTIDAD DE USUARIOS LAVABO INODORO 1 1 Hasta 5 sin distinción de Sexos CUADRO 3a,b CANTIDAD DE USUARIOS LAVABOS INODOROS MINGITORIOS VARONES 2 1 - ”Hasta 2 - Entre 6 y 10 3 2 1 Entre 11 y 20 2 2 Entre 21 0 5 Entre 41 y 60 3 3 6 3 4 Entre 61 y 80 4 7 4 Entre 81 y 100 4+ 1 Mingi- 74- 1 lavabo e/ 4+ 1 inodoro torio c/30 Más de 100 30 usuarios c/30 usuarios usuarios CUADRO 3a.c9 CANTIDAD DE USUARIOS LAVABOS INODOROS MUJERES 1 1 Hásta 5 2 2 Entre 6 y 10 3 2 Entre 11 y 20 3 Entre 21 y 40 4 4 n a.tre 41 y 60 5 6 6 Entre 61 y 80 6+ 1 inodoro c/30 Entre 81 y 100 7 usuarios lils de 100 7+ 1 latabo c/30 usuarios a.1) Ouando el total de personas no exceda de 5, y se trate de ocupación mixtay como en el caso de Edificio Comer- cial o Industria y vivienda unifamiliary ocupada por e: usuario del edificio para Comercio o Industria y Servi- ciosy la Municipalidad podrá autorizar que los serviei( exigidos sean satisfeehos por los propios de la vivien- da.- a.2) En los casos de Industrias de categoria 2, 3 y 4 por e. e a Precilla ry..-Zécitira-7• u7:?spacho General Mu Letrada nicipal- Ordenanza Numero: 93 grado de molestias o destinadas a la elaboraci6n de alimen 4/11 tos, cualquiera spa su categoría, se deberán disponer ade- más por cada sexo, duchas de servicio de agua fría y ca-// liente a raz6n de una cada 20 personas de un mismo sexo o / fracción. b)Teatros t cinematógrafos, auditorios, café concert, salas / de conferencias y similares.- CUADRO 3b.a ESPECTADORES NUMERO DE PERSONAS INODORO MINGITORIO LAYABO DUCHA Hombres Gada 200 6 fracción 1 2 1 - - ... Illy n.Z1-2 .10 7. ---- .. Mujeres --Cada 200 6 fracción EMPLEADOS Hombres may or que 100.- 2 2 1 Mujeres ARTISTAS NUMERO DE PERSONAS INODORO MINGITORIO LAVABO DUCHA -Homb•• res Mu eres ... Cada . 30 . o fracci6n 1 1 2 1 Cada 30 6 fracción 1 - 2 1 NUMERO DE PERSONAS INODORO MINGITORIO LAVAEO DUCHA Cada 20 6 fracción 1 1 2 2 • • •• •••• •••• **** • •• • • •• • •• I• t• • •• ••••• ***** • 1 • ••• •• .Cada 20 6 fracción - 2 L=1== c) Estadios Los servicios de salubridad se ubicarán separadamente en cada sector; el 50% de las exigencias , en las proximidade de los lugares de ingreso y el . otro 50 % en lugares de /, fácil acceso desde las tribunas.- CUADRO 3c0a --------- INODORO MINGITORIO LAVABO DUCHA ESPECTADORES NUMERO DE PERSONAS 2 7 3 _. SEXO - e.1, - 3 Hombres cada 1.000 2 Mujeres ... ****** .-. ** Cada 1.000 d) Edificios pa el Culto Se proyectarán serviOios mínimos de salubridad por sex equipado cada uno de ellos por inodoro y lavabo.- e) Guarda-coches o Garages e.1) Todo Garage con una Superficie mayor de 100 m20 de- berá contar con un servicio mínimo de salubridad, quipado con inodoro y lavabo.- e. -2.)Todo Garage que tenga más de un nivel de estaciona- miento, deberá contar como minimo con un lavabo poi nivel o cantidad equivalente, agrupados en niveles intermedios ci c de la Técnica y r aLegal uacho General .elrada Municipal e.3) Los Garages no destinados a usuarios de edificios dc viviendas colectivas, con Superficie mayor de 300 m2 deberán contar con un servicio mlnimo de salubridad equipado con un inodoro y un lavabo por sexo.- f) Estaciones de Servicio f.1) Para el páblico se proyectará un_servicio m/nim9 d( salubridad c9mpuesto por un inddoro y un lavabo, ra cada sexo.- f.2) Para empleados se deberán proyectarAos servicios de conformidad con las disposiciones del inciso a) g) Edificios para vivienda Toda vivienda deberá contar con las cantidades m/nimas de artefadtos sanitarios que se indican . en el cuadro a-, nexo, en funci6n del ndmero de usuarios.- CUADRO 3 A CANTIDAD DE USUARIOS INODORO DUCHA LAVABO DE ALIMENTACION DE COCINA AGUA Y DESAGUE PARA LAVADO DE ROPA (1) Hasta 4 usuarios ." 1 1• ... 1 1 . .... ". • • •• •• • Des,de 5 á 6 usuarios 1 1 1 1 De 7 4 8 usuarios 2 1n •••••• •1141 • • • • • • ••• ... ••••• • • •• • • 2 •... •• • 9 • •••• • • • • •• • •*I • ••• • ...... • •• I• •• •••• •••••• •• • •• .114s de 8 usuarios 3 3 4 • ••••••• •••••• •• •• •• • .... •• •• • •• •••• •-••••••• . • • •••• (1) Esta exigencia se cumplirá cuando no existan lavaderos colectivo, La cantidad minima de artefactos sanitarios indicados en el cuadro anexo, podrá ser distribulda en la cantidad de ambio, tes que requiera el proyecto. Ios inodoros y duchas, cuando sean más de uno, deberán ser proyectados an recintos separados.- Toda unidad funcional destinada a vivienda deberá contar co: un servicio m/nimo de provisión de agua caliente, que abas tecerá a la ducha y a la pileta do cocina, cuya instalaci6n artefactos y demás elementos, deberán responder a los requi sitos establecidos por 0.S.N.- h) Edificios para establecimiento de alojamiento h.1) Servicios de salubridad colectivos Se ubicarán sobre circulación de uso comán y para s dimensionamiento se tendrá en cuenta el námero de 1 Dr dra dé la Precilla Directora Legal y Técnica Jo Despacho General Letrada Municipal Ordenanza Numero: 93 usuarios de los ambientes para descanso que carecen de 6/11 baao exclusivo. - La discriminación del ndmero de usuarios por sexo, co- rresponderá que sea declarada por el propietario.- - En todos los casos deberá existir un servicio mínimo.// compuesto por inodoro, ducha y lavabo para cada sexo. - El tipo y numero de artefactos se calculará segdn el nd mero de usuarios por sexo, de acuerdo a los cuadros 3./ h.a..y.31h.b.- CUADRO 3.h.a0 USUARIOS HOMBRES DUCHAS LAVABOS INODOROS MINGITORIOS p" .*H*a*s*ta--1-0-" **** ---.....""" ***2****** ...3 .. **** 2 *** ".. . - ..... 1 2 Entre 11 y 20 3 4 2 .. Entre 21 y 40 . ** 4 5 3 2+ 1 c/ 20 Más de 40 ó frac 4+1c 5+ 1 / 3+ 1 ción Mayor q ue 10 10 10 40.- CUADRO 3.h.b. USUARIOS MUJERES DUCHAS _ LAVABOS INODOROS Hasta 10 2 3 2 4 ** . Entre 11 y 20 3 3 . Entre 21 y 40 5 ••• • *• • *. . 5+ 1 c7 4 10 4 Más de 40 ó frac- 4 +1 / 4+ 1 c/ 20 ci6n que supere 10 40 - Las duchas y lavabos deberán contar con servicios de agua dría y caliente. - Los edificios para establecimientos de Alojamiento que se desarrollen en varias plantas deberán contar en cada nivelt con los servicios de salubridad calculados para sus respec tivos usuarios.- h.2) Servicio de salubridad exclusivo - El bano privado se deberá colocar anexo al ambiente pa ra descanso al que sirve, o sobre circulación exclusi- va de dicho ambiente.- - El servicio mínimo de salubridad exclusivo podrá pro- yectarse hasta para 6 usuarios, y deberá contar con i nodoro, ducha y lavabo con servicio de agua fría y ca liente. - Un1-'‘ervicio de salubridad exclusivo para más de 6 usua 77-tr;3., ridra-de la Precilla ///0.8 Directora Legal y Técnica Despacho General Letráda MuriiciOal ' ///...6 Ordenanza Numero: 93 ríos se proyectará aplicando las disposiciones y cuadros 7/11 3.h.a y 3.h.b e incisos h.1 de este art/culo.- h.3) Servicio de salubridad mixto - Se entiende por servicio de salubridad mixto a aquel que se compone de servicio de salubridad exclusivo y servicio de salubridad colectivo. - En éstos casos, cada uno de los servicios de salubri- dad deberá cumplir respect/vamente con las disposicio nes de los incisos h.1) y h.2) anteriores.- h.4) Servicio de salubridad •ara el sersonal - El servicio de salubridad para el personal se determi nará de acuerdo a lo establecido en el inciso a) de / este artículo.- h.5) Servicio de salubridad anexo a ambientes de uso comdn Los edificios para establecimientos de Alojamiento debe rán contar'con un servicio m/nimo de salubridad anexo a ambientes de uso comdni ambientes . para espera ó atención de pdblico, reunión, alimentación, o circulación, consis tente en un inodoro y un lavabo por cada sexo. 3.15.2.5. UBICACION DE SERVICIOS DE SALUBRIDAD a) Los servicios de salubridad serán con acceso _sobre circula cíones comunes, conectados a través de_ antecámaras o pasos. b) La Municipalidad podrá exigir, cuando a su juicio las con diciones de uso lo requieran, la ampliación de los servi- cios de salubridad o su subdivisión segdn sea el caso. 3.15.3. SERVICIO PARA PROVISION DE AGUA En todos los aspectos no regulados por este Código para las ins talaciones de provisión ds agua, tendrán validez las disposicio nes de Obras Sanitarias de la Nación.- 3.15.3.1. TANQUES DE BOMBE0 Y DE RESERVA Todo tanque de bombeo o de reserva, tendrá fácil y c6modo ac ceso hasta las tapas de inspección y colectores 6 válvulas / de comando, ppr medio de pasarplas, escaleras o dispositivos asegurados en forma permanente. El plano inferi9r de . todo tan que de bombeo o de reserva distará entre 0,60 m. y 2 1 50 m. / del techo, solado, pasarela o plano d. accesoque sirva para accionar las llaves mencionadas anteriormente.- 3015.30 2 . INSTALACIONES DE PROVISION DE AGUA EN AREAS QUE CARECEN DE RED DE DISTRIBUCION DE O.S.N. Las obras se proyectarán y ejecutarán cumpliendo con las nor ///...8 S• a Precilta egal y Técnica de Despacho General Letrada Municipal Ordenanza Numero: 93mas y disposiciones de 0.S.P. 8/11 3.15.3.3. ALJIBES Podrán construirse aljibes o cisternas para almacenamiento de lluvia destinada a bebida, en los radios sin servicio de a-/ gua corriente. Se deberán construir en albanilería u hormig6n, con paramen- tos interiores lisos, perfectamentep.mpermeabilizados. Deberán distar como mínim0 15,00 m. de cualquier sumidero o pozo negro. Deberán estar constitlidos por recintos cerrados, provistos de boca de acceso a cierre hermótico. El líquido deberá ex- traerse por bombeo. El conducto que conduzca las aguas al aljibe, deberá ser de material cerámico vidriado en su interior, hierro l ,cemento im p ermeabilizado, fibrocemento, policloruro de vinilo u otro ma terial aprobadó por 3.15.3.4. POZOS DE CAPTACION UIAGUA Podrán construirse pozos para captación de , agua potable, en las áreas sin servicio de agua c9rriente, o cuando la Munici palidad lo autorice expresamente. Distará como mínimo 1,00 m. del eje divisorio entre predios linderos. Cuando existan antepozos deberán tener bóvedas o losas de /7 cierre asentadas en suelo resistente. Los pozos destinados a la extracci6n de agua para bebida o fabricación de sustancias alimenticias, deberán alcanzar co- mo mínimo la primera napa semisurgente. Deberán ajustarse a las disposiciones de 0.S.N0- El agua se extraerá 15or bombeo. 3.15.4. SERVICIOS PARA DESAGUES CLOACALES En los aspectos no . regulados por este Código, se adoptarán las disposiciones de 0.S.N. 3.15.4.1. INSTALACIONES DE SALUBRIDAD EN RADIOS QUE POSEEN RED DE CLOA CAS En un predio, edificio u unidad funcional ubicado en radios de la ciudad servidos por red de cloacas, los desagUes prove nientes de todos los artefactos sanitarios que se proyecten e instalen deberán conectarse a cámara séptica y tener conexió con dicha red.- ' Drailectora Legal ia Precilla y Técnica Despacho General Letrada Municipal //f.. .8 3.15.4.2. INSTALACIONES DE SALUBRIDAD EN RADIOS QUE CAREZCAN DE RED DE CLOACAS En un predio, edificio o unidad funcional ubicado en radios de la ciudad no servidos por red de cloacas, los desagües / cloacales deberán conectarse con cámara sóptica y pozo ne-/ gro.- Las obras deberán proyectarse y . ejecutarse cumpliendo con las normas y disposiciones de 0.S.N.- 3.15.4.3. PROHIBICION RELATIVA A DESAGUES CLOACALES Se prohibe desagUar a la via pblica o a terrenos propios o linderos, los liHuidos cloacales y las aguas servidás. 3.15.4.4. UBICACION DE DESAGUES CLOACALES RESPECTO A MUROS PROPIOS 0 MEDIANEROS Las caherias y cualquier otro elemento integrante de las ins talaciones, que se encuentren enterrados por debajo del nivel de fundación de estructuras propias o medianeras, deberán es tar separados . del máximo avance de tales • estructuras, en una medida igual o mayor que la diferencia entre su nivel y el de la fundación respectiva. 3.15.4.5. Una cámara séptica de más de 3.000 litros deberá constar de IL dos secciones independizables, a efectos de no interrumpir la continuidad de su funcionamiento cuando se repare o limpie una sección.- Las cámaras sépticas deberán dimensionarse con capacidnd in- terior calculadas a razón de 250 litros por usuario, cuando éstos no pasen de diez y con un minimo de 1.000 litros. Si el ndmero de usuarios está cpmprendido entre 10 y 50, la capaci dad deberá ser de 200 litros por usuario. La altura del líqui ///...16 f )ra San a de la Precilla Directora L egal y Té cnica y do Despacho General o trada Municipal do dentro de la cámara deberá oscilar entre 1,00 m. y 2,50 1-r. dejando entre el nivel superior del líquido y la cara infe-/ rior de la cubierta de la cámara un espacio libre mínimo de 0,20 m. Los conductos de entrada y de salida de las aguas servidas a la cámara l deberán quedar sumergidop en el líquido a profun- didad comprendida entre 0,40 m. y 0,80 m. Se podrá reempla-/ zar la trampa de salida por un tabique de hormig6n 6 mármol. La tapa o cubierta de la cámara deberá estar provista de bo- ca de acceso de cierre hermétíco y de fácil desmontaje para las operaciones de limpieza y reparaci6n0 Las cámaras sépticas se construirán con paredes_impermeabili zadas que preserven de toda filtraci6n exterior.- Deberán ubicarse en espacios no cubiertos, en caso de ubicar se en el interior de ambientes, ástos deberán ser para ese / dnico objeto.- La cámara séptica deberá descargar a pozo absorbente o red / cloacal.- raos 3.15.4.6. ABSORBENTES Sólo podrán construirse pozos absorbentes . en los radios de la ciudad no servidos por redes cloacales.- Cuando un pozo absorbente se encuentre emplazado, atraviese terrenos desmoronables o de relleno, deberá construirse en e se tramo una pnred del tipo albaflilería alveolar de 0,30 m0 de espesor. Los pozos absorbentes distarán como mfnimo 1,50 m. de la 11 nea divisoria entre predios y de la L.M., y no deberán encon trarse alejados más de 10,00 m. de ésta dltima. Deberán dis- tar como minimo a 15,00 m. de cualquier pozo de captación de agua propio o de predio vecino.- La profundidad de los pozos absorbentes podrá llegar hasta / la napa freática y su fondo no dGberá alcanzar el estrato im permeable que sirve de techo a la primera napa semisurgente. Los pozos tendrán bóvedas o losas de cierre asentadas en el suelo resistente. El conducto de descarga en el interior de los pozos deberá terminar acodado en forma recta con la boca vuelta_hacia aba jo y distanciada no menos de 0,40 m. del paramento.-. Los pozos tendrán ventilación por conducto de_0,10 m. de di11. metro interior como mínimo y deberán romatar a cuatro vien-/ tos, a 5Q m. de altura mínima pin-sobre el nivel de la cu /1/.. CU3a _egaLy Técnica e Despacho General Letrada Municipal Iderta del techo, debiando superar en cualquier caso el ni- vel de muretes o parapetos situados a menos de 2,20 m. del remate. 3.15.5. SERVICIO PARA DESAGUES PLUVIALES 3.15.5.1. GENERALIDADES En todos lbs aspectos no regulados por este C6digo para las instalaciones de desagaes pluviales tendrán validez las dis posiciones de 0.S.N.- En un techo, azotea o terraza, las aguas pluviales deben esc rrir fácilmente hacia los desagUes proyectados, evitando su calda directa a la via pdblica, sobre predios linderos, sobr patios o sobre muros divisorios o privativos, o contiguos a predios linderos.- 1.15.5.2. UBICACION DE CANALONES, LIMAHOYAS, CANALETAS, Etc.- Todo elemento colector de aguas pluviales en techos, azoteas o terrazas, deberá apartarse del eje divisorio entre predios no menos de 0,30 m. medidos desde dicho eje hasta el borde / wás pr6ximo del elemento, debiendo continuar la cubierta en- tre canal y muro con una contrapendiente igual o mayor a la del techo.- 31155.3. UBICACION DE LOS DESAGUES PLUVIALES RESPECTO A MUROS PROPIOS 0 DIVISORIOS Deberán cumplimentar las condiciones estipuladas en el Art. 3.15.4. Inc. 4.- 3.15.5.4. ARTEFACTOS Y ELEMENTOS INSTALADOS EN LAS FACHADAS Todo artefacto o elemento sanitario instalado en la fachada cuyo funcionamiento pueda producir derrames, deberá proveer- se de un dispositivo o elemento que impida la caida del ague a la via pdblica.-
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NO
92 01/01/1977
ARTICULO 1º.- Se regirán por la presente Ordenanza las obligaciones fiscales hacia la Municipalidad de Ushuaia, consistente en derechos, tasas retributivas y contribuciones cuya aplicación emana del régimen establecido por Decreto Ley Nº 2191/57, cuyo monto será establecido de acuerdo a las alícuotas y aforos que determine la respectiva Ordenanza Tarifaria.
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NO
Mod. 20
Mod. por 95, 97, 101
71 11/10/1975
artículos treeeportablea 149111511 mente y por expargo dirocte. (Ejemplo. Zapa- ter0-9 reparaCión de radioo y artefactoe eldotricos, etc.) Batablecimientoa comereíales que cuentan con taller para la repa, raciÓn de loa productos que comercializan. (Ejemplo$ Sastrerias, relojerias, eto.) -~„Ntenoría «KBItablecimientea cuya producción eatd destinada al consuno y equi- pamiento de la población. (Bjemplo$ Pábrica de alimentos, fdbrica deilOpes- ,ummbles, heladeraa, etc.) .~3111r11 ..Botableoimientos dedicadoa a realizar reparaciones de artículos para el conaumo de la población o equipamiento de la vivíanda. (Edemplo$ Ta1ler de reparacion de cocinas, do muebles, etc.) CategOrfa› Motableoimientos destinados a la produecion o reparaci'n de artf- coloo para el agre, la induatria y para el equipauiento urbano. (BjeMploo$ Reparación de mdquinao rurales, viales, etc.) nJM1‘ tlaaií*ioao:Lc52nrmajEnL.,i.t_ujljelar anodeobraoouadai Categorfa 1$ De 1 a 5 operarios. m Categorfa 2$ De 6 a 20 operarios. .60 Categoría 3$ Mns de 20 operarios. C1aakficación por grado de molestias$ m,Categorfa la ..Elaboración de heladoe, dulees, frutas y leutrIbros socas y al na. tural. Produotos do an procosos herrAticos. D'ha Diandra de la Precilla Directora Legal y Técnica y de Despacho General Asesoría Letrada Municipal O18rd/6e6nanz1a1N4u0m0e.ro4:4701.* ~1.214414 uvaseisionto esole&zi ilikaboluctim otoeme y ceartUreet pelvo de borromrio ealeae y condlmeretoof produa tos dietyd*Lecep tkdeo-e y puotake altmerittoLas freseas y seeae ela2 sta en proosee tienadtLoe (Preeelonantearte) bilyikeekeIdizi let daineate* eenesatemdoe. *osilado y ze1 tenda 4110, 4104.4 y elaberaolika ste tenaesitootén erox~ Idea elAtraew .ileaaeftaseeeas y bebLdas eLn aleehole barreecoe. •JohbrietleMin de cttUo y etwuros, Oleaokees teSide y apreeto de textilea• tejido y oontecothit illmoubwe 8* 4»100411) realizadas con textiles. 401~01144* do loolsedo de autro, ta444 etcw, eadepto eulebe+ .:~41 OeldsaMemios eeia elideriale* texttlea, ineitAsiG, ube prea 40» delmoldt4 •Of• ebard Loweee tda Tteleadas parttr 6*1. elatertal preparado y de pro, •dieSee de corea yie madera o elaiel2toados en otra parte, maroos ettadr0e. eterides, produotee ttuneadee. eliee WiNaitteerelAzi de ertacules de pepe4 paUte de altdarks eartsSztil- ~ coxe aealwa* bLiandieme e barlauubleew ediAertelee e tzidastriae conezew ~eseliffis sMozulas de pa1.g tncluyendol'- , » rozw140 de Yeettr easseibié 0111~4114e de gwees Lzierte% kitiedea de ftbras art L.!kolfalee y Waesal Uáller/ei prtmas para la tadastrta plás%Loa. Geraa para laiksar y ttetas sha agso de ittetaT•etee triflaztableite Preparaolefa j)U. Umpteir y vldrtee y piedrasu liepeolt Loo. vetorinar Los. abittieumatse rie prodozetee famaedalittlas y de toeador eLe uoso de »itseeelateeek4t 0911 Drn amdelaPmala Directora Legal y Técnica de Despacho General Letrada Municipal Ordenanza1N.1u.1maedro:y71grabado de vi,d-rtos y earpejosw Moldaras y arttoulos de 19/66 7.104 1111~64 Ibriado y estampado de Iderro o.soero, oobre o sus aleaolionew Sabri.caot6n de productos metál too s, maqu tnar ias, la electrtotdad. Constraocihn de matertal de transporte y tabri.oaot6n de inetrumento s profee Lona le e, o tent 1! too e de me dtda -y controlll .04tres de reparao tén de arttealos de consumo y equtpam tent o de -410112401,6».1 , de la vtitendal 4~dai,g1 4Pzu duetoe de mo 1 tno en pro ce so no bormét Loo, Mollen da de azdcar. , 2xodttecilin de pastas secas con pro oeso» de mol tenda no hermét Loo e. de lana, algo d6n y otras f Lbras. abrLoacL6n de estopa materta prtma ltmpts.. eneop tai y avlos para calzadow Oonfeooi6n de bolsas de ar y serre,deree, talleres de oeptiladoras y otros talleres para traba jar madera, ebapas de f tbra, Y tratas de madera ilo res t dao e vege. tales prensadoW rabricaci6n de viv tendas, galpones, tlnglados y eas tUas tztelayendo la preparac 1.6n del mater ial. Cajone a para en- liikee» 7 salbalw Cabas, oasoos barriles, Incluyendo la repara- -. 04 de las ilaosmos‹., Productos de oorobo nataral y aglomerado: -:~4,40.1es dtreirsos de pulpa de madexas papel y oarkén tapregaados y/a xecultertos es» soma, parafIza, cola, ety4 341rteael4n de ladrtlioe de máquina, tejas, baldosas y Pa~ brloaotén de pieuas *efraotartas, inolatdo oemento refraotarto. Fabrioactén de vidrios y oristales, de artefaotos sanitarloa, oe. nímicas, de artrIcalos de cemento y f ibzo cemento y de uz.o sa loo oalofwees y grault tco s. Arotrzidero, corte, pulido y lebrado de máraolea, grantttoos y otras piezas. (Excepto molienda de 3.24.4,41 Dra. andra de la Precilla Mi ectora Legal y Técnica y de Despacho General sesoría Letrada Municipal O20rd/6e6nann1- -z1a»N~ tuimaearaom:d7ie1llgenado; preparación do oarnes en frigprif Loo, earnes conaerradlia, embut tdo s y f tambres; prepara o tón de oarne s para ex— ptorlaet4.0 X'abrtoaotOn de prodnotos 34oteos. Envase y conservaolk penoaila7 trimaa pxoduataa martnos. E1aboraoL6n de maltas.. Ela .10701aUrt y xer**4411,42> de asItoarl llaboraollande lavaduras de ce— realei. „Inflitda la geratnaotéu. Elaboraci6n de vingre.. 4,11.mentos preparados para antmaleo y avro de corral, Tostado y mollenda de •aye otao.. Bo£ inactén y moltenda de sal oomest tble sin ei-traoolein: Elaboraote y raftnacien ' de aceites vegetales comesttbles y no zaz COMattblea.1 ntrados de oatd, tó y mate.'1 ,Y41/0104.1.14674 reot tf icaoi4n y umozola de beb tdas alooh61Ioas. Ela.- .021.4441n 41, 114,koot e jera 7 oerveza‘l 4raparaoi4n de bojas de tabace: ..Domatado de ale»d6041 lavaderos de lana. Preparación de ftbras texttles vegetales y de cerdas, inoluso tejedurtas. Elabo raol6n *i~t d peles para sombreros. inabrtoacttin de estopa a partir .011 liderta prtma suota.' rabrtcaci6n de arttoulos text Lles diver— m aon yxciaaso0 de tabrtcao ién que tnoluyen Imp regaao tón, de oht- 4aalaido 7 manipuieo de taateria prima espeotal. ,~eganotioa de maderas, Obraje de hornos de carb6n. y/o re. A'abrteaolón de papel• oartón y oartultnas e imprognactón eabrIaltsztos de los milsmos oon oustancias bliumlnosas o taflama. 41110.11.dereas peladeros, curtido, teindo y aoabado de cueros y pte. 11-11W JaabrtosoOn de arttoulos de oauobo. .1`abrtoao t6n de productos quimioost Actdos y sales; destilación • de aloobnl; gas4s oomprimidno y lteuados, teatcos ilo Lnflamablet y-tanino y además curttembres de ortgen gegetal y sintétleo., Gra. ase animales no comeotib les. tnoluje moltenda y trituractón de •bzaaagl earas para luotrar y ttntao para imprentas dlIntdas en Dra. Sandra de la Procilla Directora Legal y Técnica y d e Despacho General A es or ía Letrada Municipal O21rd/6e6nanzs'a~Nfufmilearoty:fa7ts1oUetaldeoms aqubeleusVenroodoumatotiimdaeteprotzatupmrbeeret,anyitarrototoeluullooeapaaoraet- Idlareed, iraVetegeotan de i6eforee.- Produotoe gutmlooe divereoe no e olaatfteados en otra parte'„, Wrodnotoe del petr6loo y del oarbénfno elaborados en deat Llertaaw 0abrLea' oL6n de oemento portland7 blance. Blabora oL6z de ea. re-- 11.0.04.14» de Produrtoe de ptedre, iLerra, yeso y deekás minerales *114414texe. que Ineluyen en eta procte go el uso de oarburo de s141,04, trtinarado y molienda de estos elementow Molienda de ,1,11)redsLetee 14sLoos de hierro, aoero y de la fus ihn de unnerale .4* plorae, e etaflo z Ina y demjile no gerrado 'Oendnotoree elletrieos atelados con materiales resinosoe y/e •,wparei0 Ofetertal fetee0astble a ba ee de nitro oelulosa o p ro dotOa almtla x114.3 •istliategorta ,. 41 foa sta istatea de papel: la)ro dactos ptro$cntoo a. 4abite, a partír de graeas animalea frescas. 013.aberae1411 de tnseot1øtaae, ungu. o. lgozeoide ladrillos4; Ifilates borziosil OLetastiante do 3.05 no ferrogloW .11 tode otro estableoLmtento que po r eu tipo de p ro du 000 lén ut 1.11~ ellaeelexmteaeGuOrtxeLe deeoagil,todeptoedrieorrcoomdeblusmt iebdlei,oexfptelolaoio.VoO8c,oonepurmoadeux.zceoaeivo velibeen de adna.. CS cg7i Sa-r iatepria Vta tronoal de dletrIbuotén terrltortal, Buta 11. 30 gclfis9414 ,?0,1,:i IPLas se ouridar Las de distr Ibuoión reg tonal, que ooloprende las rutas compIementartas do sa s, a 0.7199 táSf/T14% Comprende aoceoo a la oiudad • deode ihrta iis3, 41-1' 1(41.4 y sa oontLnuaoliin a3. Áexopuerto:' %, erfj 111.] Son las • 4114 pr1oipaleø de d Lot ribuo 14n Luter olattdo Oeste.Este; aan itilarttn, Delogul, Gob.rao y ou cont bmaokiln. Maeallanes y sa oont inuao 16n, 12 de Octubre y ,Itgantp:, gaiefiorti, 5ta. Son las 4ao prtno Ipale s de distribuct6n bater 1144e. .salI4a ?iprte.aur Yatgatea, Goil.Paz t 8o4o, P te drabuenat .•.,,11102347.007 .4i4241 Pr, b201111. 201, 11,1,te.r. Brown.; Son Xas v4Ao aecuudarlas de dtatrtbuolln aotwonde todas las deSe oalles de oiroulaotén Yelkloule .0e02i1& praoldrelvalasSdoen las vlao:teroLarLas de dl8tribuoi421 LA.tern1 oLroulaoUn peatonal o con acoeso 1.1.11.tado .10 yie~ ndra dela Procilla moctora Legal y Técnica Jespacho General Letrada Municipal tvts -4‘1 inaelot Todo- 4aSotonamiento del suelo estará aujeto a lae normas gene rales espeoir !.+3411 estableoidas en el preaente 05dizo, oualquie 111941 t l' po de aubdivtalén gue se realtoes lisnVo eí .anbatvtistAns Que aorreaponde a toda nueva subdtvtatán teá ó Vinga oonez14n cion otroa tractotonanatentosil ) ligha14n„..2..ezdiaot6na Qu.e corresponde a toda subdivt- modIttoaoth de oubdtvtatán que tenga relaoión de dependeneta con otros extatentes.k 4-al .„134 :421 jail de otroulaolAn de 3ra. a 7na.. aata«axlaat tatiltates0 Xiaa oailea nuevas doberán trazarse en todos loa 040.10a meogia laa tunotonea Itue desemi;atlen, tentendo en ouenta li,odmi s coneztones tndispensables; en todos los oasos de - siOdyytatán, anpltaolón o modiftoaolén deberá tenerse en euen isla la 0032€9431 Q0/1 red ezistente t de forma de no deavtrtuar let twieté4 sassde admítt.i.án pendtentea mayores de para las isallasyOnst¡palei. (aatmtlablee a 4taj y 5ta., .eategortao de 444/4entes} 1; /41 para las restan1es.1 Tadaa lai cal3øø que fuera neseaarto abrir deberán aer mejora 44% narokidose el anobo de la calzada y vereda. Será proptetarto realtzar prev Lamente todos los moviraten- Ms dict 1111,413.4 neosaarios para dar a la oalzada las pendlentes ierriles que se espeolftquen en oada ouso., T:44,14M1.9.4~ 41*- isawaulao eatarán formadas pow un oonjunto de lotes y debe n4n enoontrarae zo dea da d caUs a. La £orma podrá ser oual- tuterap debtendo ajustarse a las d ipen aloze y proporolonee Minialas espeolticadas en las nozmas correepondientee a oada hrea ac” --19Tandra de la Precilla Directora Legal y Técnica y de Despacho General Asesoría Letrada Municipal Ordenanza Numereo:.71 Xatt14 la oreaol4n da menzanas oon dimenstones 30/66 is eepeettloadas ea este G4d1.0 cuando ee trate de "0111 110114"gliaels que a4 11) lecluLeranw Pare ello deberAn oon tan, oon nrobaogin de la xe. cc6n de Urb4n1.5uct Vutos2)1 y efirtia ldtuttoLpaltdad., kote, yalo04.aft iiode lete deber,4 ajustarse a lae disposlolones y proporotonea Utelaa eapeetfLoadas en las normas oorrespondtentes a oada 4fireka sanalíA 111424 palmilttrik la oreaolipn de paroslas de dimensiones meno- Ss a 4.0 estableoldas ouando tenga por objeto la transterenota M lekpezflotes entre paroelas línderas, para dar lugar a elones Involuoren soluolonar pzoblemas de acoeso o regula- QL6n de tormaa, dsntro de las normas de etxte Cddico, los lotes podr.kt ser con frente a vtae pdbli.oas o interiores, dtio aqasx,(49 jas nomaaa espeolf Loas de oada 4reaw Todos loa lo- 10111 bktfeartaxem, tendzito un eapacts de salida a la y-ta 4b1Loal • 4sUn.eo Isjntwo de 3 netrow r1 eapaolo de salida a la vta • 11.411144 podr4 ser ooupado por ningdn ti lpo de localt exoepto aoltredor de entrada y saltda Za Superftote mintma (que establW cen las nsrmas espeotfLoas de oada Zirea), correspondiente a los letes Intertores, ro inoluye la supertiota del paao de salida pdbiloal el y el JP! O.ST espeoLfLoado para estos ease,s1 ifobe aplioarise a la maperg Lote del lote, exclayendo la maperteltete del paso de salida a la vía pábltoa. 44*- Oabeves4 En las eaquinas de las manzanaa ae dejará un e epacto 1 ibre que 0141 tztoaxporaré al dominto y uso Otbitoo. El mtsiao estard deten- alinads por las ltneas Mun 1.4 tpales de las oalle e conourrentes a. Z1nesun%otpal de esqutna gyae será perpendioular a la Inseo _ tattl delinolo tormado por las anteriores. Loa lados iguales Drara de la preCina glrectora Legal y Técnica de Despacho General Asesoria Letrada Municipal Ordenanza Numeirho:r7ti1e iírtfIngulo iorán Le 2,133 ajj en las esquinas en Angulo 31/66 Itesto3e eellava resultará de 4 metros1). el. itngulo indLoado taezs Igual mayor a 135 .1 o ,será zeoesaric la oreación del ilfonatio 1-tlare -tx oo1av4 4411514ff.,~It ' mouk .1~033jatanto es ebUipatorLe el amojonamtento de los •x4~em 3..as maneanas, el. q,ne se llevar4, a oabo exclustva mente con mojones de ceinento de 0 f 80 mot de largo y una secci4n ,mo menor de 0 164 m En las paroelas se oolocarán mojones esquI neroa cle madera dura de 3 ema= x 3 ome de socción y 30 cm., de COvie xialiao;1 la ManloUialidad se reeerva el dereotto de min Iráltiftlear meneara el replardleo, todo fraootonamtento rital 24511.4W R17.9.4taitmlito_,tiontgps Ezt toda lo ,reterente al preoedimiento thn Loo del proyeoto y su realtssaolh deberá camplirse oon las normas que dlote la Dtreo. ei4n dilIV,Fiegistrd iltarto (151iiitstl; dá ...E' poncun y s) yjat limi.jaziarrjalauzjazáadausat mirkableee eame hulots princapales y seoundartos" para todas laa de eada una de las onas y Areas, los indLoados en la tirWEELI"A USOS PRINCIWZ13 T 3E0311n411103“; los eomeretoe atnortstas solamente podr,án tener en su ehrtab3.1. •intento depgattos ittipo amiljEn oaso de neoesitar deptstto ola sitioado tipo plVe a ge s, deberá ser Lndependiente del estaCie— eimteata y localizado en el krea oorreapond tente segán se Indi. Ca en la plautila edZiS03 PIC PL T311 WADIa En toda pareela se permtti.rá uno o más usos principaleo siempre to da paroela se ownpla con lo estableotdo en 4.2. pazhat solo un uso se muidar Ek n_--- Dra. Sandra de la Precilla Directora Legal y Tecruca y de Despacho General ésesoría Letrada Municipal Ordenanza Numero: 71 ' 32/66 7,11, , uspithio PARA IPO ES PÁG 10 PAAA E8-TACIO.. ‹tg erriole míniffia:, por pareé1V1,1, Para un autanábil por cada 2 unidadeta alv osa Estableoitaientos de Hote- lerfaio• Eatabléciolihntos para Edu- caoi6n de nivel prímario, seoundario, superior y uni- versitario.- Establecimientos para ledu- Superficie construída cacieln: Pgraaiatemítioa*. Eetableoimientos sanitari $uporfioie oonstruída con o oin internación.- Espeotdoulos y entreteni- Para un namero de automóriles ignal .1.5% de la aa- ,- mientos al alre pacidad..- Oficinas Publicas (sin ad- ceso signJ ficative de 20% de la superficie total construída.-. Oficinas Plblicas (con ac- de la superfioie total construída..- ceso significativu de pa- blioo).- Supermercados y GUerías Superfidie construída más de 200 m2 de la superficie total construlda.- Comerciales.- (sin incluir dependencias).- En los Moteles se exigirá estacionamiento para un ni1,1ero de vehículc,s íGual al namero de sus habitaciones.- Ordenanza Numero: 71 *DBós ctilmmemoros 33/66 Supcírficlis clibierta tatal Comercío Mayorista tipoC*Do Oualgraera Establecimiento Industrial tipo B o ints de 100 in2 Estableoimiénto Industrial tipo D DoP6eitcle Tip0 A 6 B TipoCoDoE Mércados y Supermeroados Galerias comerciales persattrá dos o zás usou por paroelase ssau primotpales •o priaeipale s y seoundarias, stempre que sean oompat Lbles entre st de acuerde a lo Ludicado en la IlanUla HUSOS COMPATIBLES Y 03192140141ARIOSsti; --21311-Ints00elhees. • 14 estellseen como ¶SO 5alliiIIEMEUTÁRIOS « para oada uso prIno todOs Muellos que eean compatibles oon él l además de los Upresamente tndioados en laPlanilla “USOS ODYWITIBLES Y ODM PIEUNTARIO80.;,,,, En todos los oasoe son permittdos usos oomplementartos estable 14-1 gas.auMpania_r,ap obligatoriost 244.1 rara 80 e4I,Latrá iliwaolo para estaotonamiento a los estableoimiento; eoxrespondlentes a los usos principales Indioados en la Pla— ntlla süS03 0311) atvTáRIOS OBLIGATORIOS ESPACIO 2.411iA ESTA CIOUNIENTO Nr oon las superf Loies mín tmas espeoif Icadas ext la nasma. 4:12.141,24i para oarja y desoarat extgirá espaolo para estacionamiento correspondient e a los wiss prInetpales Indtoados en la Planala ILI8O8 COICIEMEXTA4 110/1 OBIIGÁTO111021. ESPACIO PÁRÁ CARGA Y reSURGA".1 \Vgas 110 jilafiónes1 los usos no conformer de acuerdo a las normas de usos eatablé oidas en este Cádigo, se olastf Loan por t ipos. Cada tipo de uso no oonforme de acuerdo a diferentes grados de perturba4j, o 1431 que produoe en relactUn al dest ino del área en que esté localisadow le oorresponde distintos tipos de resttiooiones. -tára de la prec\lla Dra, ector 3 Legal y 1-ecnIca de Despacho General Letrada Municipal 40154'0,1 7s1irklactIn po.2.,1122.11. flo e itablige etnco ttpoa de usos no conformesi Todo estableolatento destinado total o parotalmente a : lua meo no pertattido nt oomo prtnotpal nt como seoundarto 031 4hrea . donde eat,6 looalimado, de acuerdo a lo estableol. do 014 412111 4t10 ZL Todo establectatento deatt,nado a dos o más usos no oompat tbleel de acuerdo a lo estable cl4o en 4.' .3322.4ts Tado eotabledatento que no cuonta con el uso com plementarte obltgatorto de. uso al cual esta dest tnado total parigalilente, de acuerdo a lo establecido en wibiLay Todo sotablecimiento destinado total o parcialmen te'al lan mao periattido en oar,ácter de secundario en el trea dondo está localtzado, stempre que en la mtsma paroela no oe dearrolle otro uso permittdo en carácter de prineLpal en díokta orpreail Todo establecimiento deattnado a dos o más usoo pei lattdoa solo en carácter dé aecundartos en el Area donde ear#4 lOs efeetos de esta olastficactán se oonsideran oomo dts- tintos ugooa a cada uno de los Indi.cados en la Plantllat HUSOS PRINCIIALES Y SECUNDABIOSIV 2,„5-412:1 ReltrtoOtone st Ia setableotmtentos correspondtentes a usos no-oonforme, Po driln eer areatados segitn ea grado de perturbaothn, por las stgaLentea restrtoctones: a) Xo podrán retnetalarse ouando oe haya producido la inte. rrapotén de la actividad oorrespondtente durante un perto do mayor a un ato t ya sea por desocupact.6n, carabio de f 1r ma Yenta. solo podn4 camblar ou uno por otro que sea perintt ido en el. 4rea correepondienterj Dra Sandra de Precilla Dlvecidta Legal y Tecnica y de Despacho General esoriaLetraciaMunlelpal 441.0 044.491. reaZtzar ampliaotones o aemodelactones que afeo ›ten a 'a11 poroentaje de la superftote destinada al uao no.00n fonle que, segh los oasoso podrán varlar entre Q y un 2091., d) 4411* podrán realtzar reparao iones que resulten tropresei.ndip. bles de 2.os destrutdo o detertorado por daZos o destrucciAn »410.41 stue ate oten a un poroentaje de la superf tote desti— aull a uee 'no.00nforlie que. segdu los oasoso po drá variar 4.$111» lap 21» y un 7091.1 e) 0111) podrán conttnuar sua aottvtdades siempre que se adeoden a las reglamentac ione s y tgentes. En oaso eontrarto deberán ossar las aLsmas definitivamente o se productrá la erradlea et‘a de los mtsmos en plazos que segán los casos, variarán entre 5 y 3) ailos a partir de la vigenota del presente CODI (0.0 4445454 a§~625..1..Lc.LnjEáLoAe Se establecen trds (a) grados de usos no.00nforme, de acuerdo a la pertúrbactán que causen a3. entorno$ .Orado 1$ Corresponde a los establecimtentos que produeen un giado de perturbaolán máximo a su entorno. . 211 Oesprende a los estableolmientos q,ue producen un gra 410 Ieportrapts de perturbación a su, entorne.i eea- u.dgsp .12 Comprende a los estableotmtentoe que producen un gra. do moderado de perturba e Lén a su entorno. plan illa oFfEST RICO10 NES POR GIUDO DE dtea ti.po y magnitud de las restrtoclones correspondientes a ca— da ano de los grado s de pe rtarba ot.6n e stable eido se 4/121,5140 9rado de perturba ihn aen t tpo 42. 5414 Ttlilo 353. grado de perturbaeltin de los estableeimientoss comerclop laallia rtsta y dep4s ito s Incluzve corralones de mater Lale s) estable olmientos 1n dustriale s y taller de repara ei.6n de au— tomóvtles y explotaciones agropeouarias, se detallan en la,s plantnasi F9 E -D-r~ara de la Precilla Directota Legal y Técnica y de Despacho General Asesoría Lettada Municipal • Grade 41) Iltirtxwbacidn Come ro to s Mayor sta s y Dp4sitoa . arado de Perturbaoth Establedtatentos Industriales Xialfirets de parao14n de latolaóvile • Grallede Perturbaokén Xxplotaolones Agropeouariase Todos 2os. deals t Lpos de estableoltatentos que f tguran e la plantila nIsoz Principales Secundarios o , se enouentran en Grado.de rerturbacihn 1141114fall Chandi por tlo menos uno de los usos pertenezoa a InUstrta lipo "eKty Coraeroto Mayo rista ttpo "F o Dop4 Lto t ipo "F", el estableolatento se encuadra en o Grado de Perturhaolón Todos los dezás oasos se enouadran en oGrado de Perturbaokla -132 tvat TodølO ossos oorreapondtentes at lo t!.pos III, IV y V, se eneuadran en "Grado de 2erturbaoL6n 30;s 4045J-54 ,Eirradb de ilertgrbao,t6n en el Area UPs rodos los usos estableotdos t exoepto centro deportivo l en paroelas del Area están oomprendtdos en 1 Grado de turbaol6n en funoietn del dest t.no prev táto para dicha hrea. 37.1§2.3e Perbaol4n No se establece grado perturbaotán hasta tanto no se de lizetten dichas Areas y se dtoten, normas def Ivas. ) de I a Precilla . ‘ . 3 -112-tbr Legal y Técnica 11)E:.spacho General Municipal — . epuodoexao0 ep aode exao* epuoda aza oo , eptiodta azzo0 _ (eif xoted) (V OT xoTgA) ep tiode ezzeo eptt ods alxoo -? , epuods exicko epu ode e.x.zeo t ------ 10101r/12111WII sp vzodoexioo (103 z*VA.) (o zerrA) epuode exxoo epuode exaco epaodeezroo epaodetaxeo Sff OCIVED o ._........n..-..- 33 S ll 0 I 000 /II ISaTt Urt Uso permittdo 3.: Grado de Perturbact 6n 1 2: Grado de Perturbactén 2 3 t Grado de Perturbaet6n 3 ( 1 ): UP para taller automotoree. USZAIA (x) Se incluyen en eeta Categoria Corra16n de materiales, 1:113 : tleo permitido. 1: Grado de Perturbaoihn 1 2: 2 3: el go 3 ( I ) t Dep6eito permitido oomo ITso Secundario. Ordenanza Numero: 71 ZfO 131~4014031 . zmunortS 41/66 A Et DE I9OALIZÁCIÓN , Ár8 2 Á8 3 Quintas 2 3 1 . • UP Criaderos 1 2 3. VP Tambos 1 2 1 ur IllaTáBLos y 1 1 2 1 UP eaballerizad Chacras 1. 1 2 1 3 IIP: Usos PermItLdo 1: Grado de Perturbación 1 2: fi 2 3: it et 3 Ordenanza Numeraoc: k7k1611"ei diaelot 42/66 polmaa! estableoen »omo normas de ocupaolAn del suelo para toda par oala eash eona, 4rea o banda de otroulaoUn en la oual se oaltzaa las espeoLttoadas en 5., 6. y 7v; salvo las exoepoi.ones QLS es Latiteaa a conttnuaegfn para las paroelas destinadas a la looaltsaolán , de estableottatentost a) Gaarderla y jardin de intantes, educact6n de Lve1 primarto y eeeundarto1 Se aplIcará un LO.S. del danater lo con int e rna oto$retuap 1 1.oar4 un Fa O. 511 del 50%. Salao de espectibulos y galertas oomerotaless de apltoará um 1. 0.8. de stempre que se oattata~ los requertmten teo 4/40 tboalmaethn y ventilsotón de acuerdo a las normas tableetdao ext el 06dtgo de EdtfLoact6n.i d) Xeroadoo y supermeroadosi Se podr4 ocupar el total de la eu perfloie de la pareela no afectada a la carga y descarga extgida en 4.2.4., elempre que se satisfa6an los requerimlen too de tiumtnaoth y vent tlación de acuerdo a las norams es tablootdao en el C6dtgo de Edlitcacl6n.- 4441 del_EaDa.pto Ltbre Exdgtdol. •opacto ltbre exigtdo, segdm el P.O.S. correepondtente, po— dr4 ser uttllzado para eataolonamtento oubLerto, stn cerramtea too laterales, stempre que la superftoLe que ósta ocupa no dts, mtnoya la ouperftele del espacto ltbre extgtdo como pat 1.0 de LjAnzttnaci4 y ventilaot,6n, en el 045dLgo de la Edif tcaci.6n para looales cuyos vanos abran sobre diono pati.o.1 l'orma de madtotén de altura del edtfictot Ia altura ikixtma ttjada para laa conatanooLonee debe medirse ea el punto del lote que tenga la cotIrtilit In_a Fa plano hortzon tal traxado a eata alt ra.deter1.na ito 11.mite de la cons luneet4n en la totaltdad del lote. Siblo podrán sobresalir cht. aeileas y Yenttleotones4' ES L e la Precilla D ra €,es-1-ct,o-1ra11Ldergaal D11 y Técnica y de Despacho General Letrada Municipal -~gazt /ba todt!ío las eallea peatonales se esigirá retiro del frente •bltiaterto a dos metwo 044 lituateipalidad podrá exígir rettro de frente en los terrenos taue sea neceearto para la soluoL6n del aoceso a los ediftotos, en razion del nivel deftnttivo que e dé a la 8 veredas. 41641 44,534 1424.44.22412 roma 34. partastroa eálteriorea de ls edtfloaciones deberán entar terminados arqutteotbnioamente y manteneree en buen es- tado de eonservaci.6n& Tios techos de ehd,pa deberán pi.n .ta_ose en colowes que araionicen con los oerramtento s exteriores. 4,111-0 Veradast Todas . las parcelas baldtas o ediftoadas de las dreast 4W lo la, 411 2, 411Y 3, 4,1T 4, 5 y ,10 6, deberán oontar con una vereda de un metro de ancho a partir de la linea mun to tpalt construtda con matertal aprobado por la kunio No se admittrA pendientes mayorea 4e1 551.; en caso de que nivel de la oalle sea superior a 5111 la vereda se realizará por trataes sin pendtente,0 gepnradoe por .h.soaleras oon eacale nes sin pendtente; 142 14/3 trames de veredas con escalones o oon pendtente, ten. drin ana baranda del lado extertor, de altura Of e0 met ro a, construtda con parantee vertioalee y pasamanos de madera o hl.e rr0 las paroelas frenttstas a oalles pav imentadas o con instalaci6z de oord6n~etu2eta, deberán además parquizar o completar, ottn misso material en que eeté realizada la vereda l el espacio res tante basta el oord6n1 Sardro de la Precilla cra Legal y Técnica :) ,_-,pa,ohc) General Munrcipal Ordenanza Numaetr, o: 71~4.2.2 3.11221.931~ 44/66 titio pexeelee con edtfLouotones total o parolales rettra- 444 de 2.4 lizee rauntotpal, deberán oontar con u.n oeroo vtvo, o di oisloter ttpo de metenal apnbado por la Muntotpal Lda d, esEa mia s3tirs no stapertoz e 420 erte. radal leíe pereelae beldetak1/4 leealizadas en las áreas 40 1/1a, - 147 $1 Att 3, AU 4, AU 5 viiJ6, deberán oontar ettat un Cer00 opa de u elto no menor de 1,80 ak 44614 Todas las paroelas con retiros de edifLoaotén de frente late rale s2, deberán tener las aup erf Lote a de p iso y La Lble e de sde la vja b1ioa,. parqu tzadas o teruánadaa oon eolado s art if to tale s. aiumatjouitualint 4411Wil .24;gál,W, der(oinIne conjunto tntep;:cal al oonjunto de edLf Loaolones des tteadhas i u.s uso predominante , bástoo, con el equipamLento e Szsegtmetata cor:ceepondlente. Puede tratarse de conjuntos de v Lvtendas een-lros de Invest tgao ione s y/o edu cao tón oentro s tu 4sticoo, aggagl Xaae xlermao espeolftoas en el artteulo 4.7. son aplicables ánt eaments e conjuntos integrales a construtrse en terrenos dep9r lo menos una heotárea de superf Lote, y para los ouales se a E343~ glkora la realtmaeletn del oonju.nto integral en una o varias Imee rePPeed iande a un Antoo proyeoto que es-ta Zantoipaltdad apruebe. 4111.4 , 219.ati a ta.eLs l YA1 uso del suelo se regirá por las normas de uso estableoldas para oada 4rea., Lea normas de subdtvtist6n y oo.ipaolán del suelo, ast colao el lapo de eguipareiento e tetraeutzuotara obltgatorta a preveer 103. 1101141191110, ogrAin detexateades en oada oaso por la lareoclOn de Ttlimula trbazitsmowl Dra-.-oarra de la Precilla Directora Legal y Técnica y Despacho General c,ría Letrada Municipal .Preceitta ierrt" B3,. prop tete. lo presentará ante la Muntolpalidad la -etén del terreno y el programa del conjunto a realtzar. La Iluntotpaltdad gtrará las actuaotones a la Dirección de Vivien da y Urbanismo (Mintsterip de Obras y Servietes Pdblioo s), que tfrmino de 10 dtas deberá def Inir las norman sienetonadea en el bieteo anierton remttiendo lo dispuesto la ikua telpaltda0 Ite $tuntetpandad pondr4 en conoolmtento al pzoptetarto de • ias normas qtie deberá ajustarse el proyecto a realizar.' 131 pmptetario plesentará ante la Municipalldad un programa ajustado y el anteproyecto urbanistico del oonjunto. £3. mismo, deberA ser istrado para su aprobación a la Direoción Ge VINtende r UrbanLsmo, la cual deber4 resolver en el tán. mtno 3.5 gan la aprobactihn.o dssaprobación del Una vez aprobado el entepnyecto por la Dtreoolán de Vtvien da y Urbantsmo, la Municipalidad preatará conformidad para la ejecución del proyectop debiendo ajustaree las tramita. olones del proyecto a las caracteristicas del edificio a las norwas del Qdio de Edificaciónil 0.0 0 G19Pliv DLdra de la Preciga Directora Legal y Técnica y de Despach o General Aeesoria Letrada Municipal Ordenanza N.u1m9e2r4 o, : 7u1 ozo, • teleu L zon 46/66 1.214.23:tlea.Z.Q.LII A Urbana )11117t44n del euelo 40-141ee con frente a vta pAbltcas 8upe rf Lo te mín tgra 150 m2.1 liado min imo t 10 metros, 44otes later bre. 8aperf tote mlnbua 400 a 2. Lado mt tmo metro a, suelo —lotee oon frente a vta p•blioat lat.O.T. 1,6 . O.S. 60% máxtma de ed Lf toao t6n 1 7 m. en 1 12 m. en AU la s interioreel P. 0. T. 0,6 Utazia minc tma de e dtf 1. oao tén I 5 metro s NetLros 4 metros a todas las ltneas cl 1v Lsollas. 33 .42.1.1alajidas .Leteo con frente a vta públtoa s Sin 1 Lm itac tonee.1 4kote bitertorees LX) (z vtvien dae. -1/1"1 1/t3Pa 1 atdiaaidéLiS "lootee con frente a via ¡úblLoas Superf lo ie min tma 300 m2. Lado mintmos 15 metros. -liotee interiorest No se permiten. 051940.632 del euelo 0,8 7. 0. * 60% Áltura alixtma de la e dif loactiSns 10 metro s. Rettros Yrentes 2 metros, Pondot 4 metro s. laterales I 2 meltros. ES G.0 rdi do la Precilla ora Legal y Técnlca ac,ho General Municipal Ordenanza Numero: 71 Irlyiendas for p4roe3as Doe 47/66 44/ lado no _Interlor a 20 metro a y. saperf Lote Orl»r 400 inZ11 una em los restantes oasos., • OewromLento 8o4re Itinea 1111131 o 1.1> al ex141.do on 411 altura tizzlelor a 0,70 metrow trente a via dblioat OupertIoLe oitnima 200 , liado utinimot metros es tatiertoresi Jo se permi.tem.' waggag 119. at451* nenoo hosta 400 .421;,do cuperflotree', rrenos ma,yores de 400 mal de auperfLoie.1 metx904,4 ..kos aez* obli,gatorto oonstrutr sobre línea de p.22.2522222 „ItoittatiOnet sreelas .txontketao a todoo los Tta o de qtroulootéo pOliz4n 4144/9»or .1 y el 114 gue lee oorresponde en un 25% , 2011;respeotivamente, es&tarán eximidialo de oumpltmentar el noto para estaoionar ext4do para vtvionda en etooPzx 51.46 4 10 .01 dol ;Crente sea deattnado a looal para los alwitentes ilioratttdos en el áreat aalo de e speotaculooí coaeroio b4a woltioneto ocaoLonalf neroado 7 supermeroadoi serg lotoa de atimalt», serf to Los porrtionalesi serv Loto s de la v Vst ottotiza pOlLoa; ottoixas proteslonalesi ofiotnae generalea - establootiotentos Lndu,str tales t Lpo NÁ1101 -%11,Y11, Ora éTia precMa Directora Legal y Técnica y de Despacho General i\sesouía •etrada Municipal 541,1,11# 150 .1124'1, zootot/4 400 itta Aftb:134a* rsOIRT.- 1,45 Mea, 70,1 loteu hauta 400 112. 60% 3,40.4 aayorwo 4. 400 atZIkt, 040410 ZÁ),WISXIS. tosIno i'acr3taitiadx oobre ltnea ette ediat#44/0 iketrossw tiodati 1441. lttosíli #11,44v r er:j ar 1471114010104w, 11: j#1011, 0194:911/ 11110* frE Jr.0,11. i()% lotea lukata 400 #12.' It•4413* 60* .* raajorea d 4190 ,n ra de la Precilla Directora Legal y Técnica de Despacho General Letrada Municipal 1 5t441. 47r410- . 8a.a de 844?Piittelk1441 , "ta a 1141) 41araeroll -141yrki*" 411_ 11J,P1 1;0191:11,00 7 auPeXaexca 41 04,41-90,110 .otq P(Plgiollaes Chasta al2›; saxvIeta.,00# ~4.ecialantkom_ triduslir Palit» 1F1410 x,ep cto a d40114Y131.043 ip 9!.8* 4 6) .7V _ 4.41' 91k1,1:: de la Precilla ,1 •. ;. ctora Legal y Tócnica , respacho General .c:trada Municipal fle 549>zi» 11) • k 440.11410 de 1144^ 1044141 Dr, pt ndra de la Precilla Dir -:, ctora Legal y Técnica y de Despacho General sesoría Letrada Municipal PLANLLA UJS PRINCI PAL S "Y SECUN samfal steiiier de Nivel Saperlor 11l1i11E111l11l1i11 tab1e9imiento para Bducael.6n Parasi tatilfflelmiento de Ensefianza Agropeculari HZ111111 Irb-1 •IiliilIiIgIaIIlIl - 2speet4 etilo y >altre tenialeatoz aIe 1.1X,Yze 1111111111 Iii RINI •tner'cie Me.rtrista etz ttet iripts li 1111111 Comerlio. Mayart stca tlipc 'ir •Illinal 'e ; Cconlerciii> Vitaráista 11I 11111111 ri 1111111 II 111111 ev 111111111 G111I11111111111111111111 11111 111101110 11119118 IIIRIMI 11111EIMI IIIIRIM • I1f1i0ll1111R11111111 11111111 Iii 11111 Iffil 111111 011i 101 III EIMINIR QComercio -ywortsza con Deinztto rIpa. y, -,.7:iComercU 1 r , , trier1e ItaYttrist2 enr Deplst.t.1, late) lt '' 1111111 Ordenanza Numero.:.7„1..„,ex.c,..... ,...,.„ .... ,.,,,,-;...,,,,,,, =_r.,„,, 1, . IgR 52/66 , Viaáreristae-ix: - ..7517-1.-tc-• tv73 . 11 . . , _ , - - .,'Corr, alln 1.:„4ir mattri,*-4.es - .. 1 , :.» Comezzi•C. . Galerts, Plereado yrzertz-„ --,-- r-,--1.eio de 11.4.,2&--t- zielr. C.'7_' .".-. . 21 -7,2-3:..:,. ..Z-er,?-1-.ete-. de -1 . - ," az„.tiar in V".-" de2-:.1.=...47 '-' ' • _-fSerriziOS PersonrA- --- 4:1'.7-11.4-t-a_ 2Z_1. .m7) 1111111 7S' erviclOst.PersonNI-zs C.11;-..la ria 7:1,.3: ia2) .¿,-.-5tiorrielit-.4 'iit --,%Itriandl ("7:,-.1-....- •,_. 4.12) -"• 1111 t 11.11 '. .: 1110 rifielP 3 de -Airier Dkís t4. .., .--*21, I11I11I1I1II ''' 3 ................. WE 21 .i. ......wwwwww.d......• „ . . lin .. -.. - In• Dra' S/k - . ., 1111111 I T:,i..;•Ustablecizielto Inclistrial Itkz---,1_, . I1i1In11I1 Ig .. .Estableelmiento Industrial llpo B.„, - .7,r,--n2.,.Istab1ecindento Industrial Ilpa. C I1I11I111111 , 18-11er --1' taiSliáintientb IndüStrial Tio D . - . 11111 g T4^113tiíblecimiento Industrial liírl:› 2 -- 111 erde Repe.ración de ..lutoviles Tipo B . de Reparaci6n de _Autairiles -.-:rixo e . ,:pepó,i3O 'i1.,.. , Ta) 1 er df>, Reparaciln de kut,-n,5711e-s npo D 15::'',i:ltk DZPOSITOS Tipo 1 Dep0osíto Tipo B -_f Dep4sito Tipo C _ . . . . . . . .e_.p. . .ó. .s, ito Tipo D . Depr. 5sito Tipo E . : Depósito ripo F ,.. ; _ S SlaIrM ie PUBLICOS . Terminal de Carga icinsi' ProreSional Wasta 25 ....---...........- 111111 _.-' leina Proleelonal erliz tle _25 . . . . ~. . . . Ellin -1111 Ordenanza Numero: 71 --,------- ' =4,-Oficina_ Generai t, dasta 20 112 I1I,91I11I11I11E1M1I1I 53/66 01 11111 ,-;-v-ric-init-tVe¿,en1 Xmás _de L'ilá--- IMIEW Il 'D U 3 T -Et.,'T A. 11111111111 11111111 - Ustabledziwto Ind.).strial TI. ..ce--.I. III ._l Estableoiraiento Industrial ripc .B, . 1 tableelmiento Indu strial Tipo C III . 111 •- blicimientb . Inaüttrial Tipo mr: 1,7.-.-T--5.8..tA~á..-b..t.1e...re.._dcternRieepnatora-cIinjdnudsetrAiaul toirz_ltIpvoil2e-s-- --- 1111 Tipo,11 IIE Taller de Reparaei6n de Auteka&viles Zi.po C . IIIII –Taller db, 2eparaciln de AutcttSlies Tipo D al -, , Dep. .osito Tipo DZPOSITCS - .P. -Dep0osíto Tipo B ,...».D._e..p...ó..s.í..to Tipo C . ....--------. 'Depósíto Tipo D • Depósito Tipo E -.4", D. eposito ripo F LSERVICIOS PUBLICOS ' Terminal de Cárga Terminal de Pasajeres . • Planta tratamiento Azua Potable Planta Tratamiento Lividos Cloacales • Usina ,\ Planta Tratamiento Residuos 36lidos . Cernenterio — ---- y 1 ' CómIsaria Destacamentes Policiales , Cárcel y Reformatorio (Tipo Cerrado) artel - EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS Vivero . ..1Quinta- III -Criadero 11 1111 74rarnbo 01111 stablo y Caballeriza . , 11111 aerei.-: 111. EFEREP GINÁL 111 ' 9".7..T411' unier quos nammi mImNu5Oi4rd/l6mEe6nianaizaiNl1iuamm1erkoE: 171aE~lMME1M1M ~-O11M1M— riza ezza ase suzaw oun meqg 111111111111111111111 1c11i111a111z111i11a111m11111m111111u111c111a111f111f11l1u1111z111u111g111a111s111i11z11/a19. 1 IimMMmIuUnMiMzzEaMmIiIaMnINioEnEnRoInE U E111N1R 1E11E1U 1M111R E111I1Z11111E1111I111Z1111E1111I111R11111E111I1C111I1E111Z11I1R1E11E11I11CaNvIfeS1ll1i:n1 1im 1m 11oRnEaEmMmEaE mang 111111 , 111~~ IMMERME 11111111 1.111111 mium mmis c» EMEMM MMEMMEM 1111 MEMEM 11111111111111111111 • z11:111a1121-1Zi1m1111a111z1 111 ZREIREIMIIIEREINIZEI le 11111.1 EM MIIIIIIEIIIRUIIIEI' 17 ItD annum U.U. 111 111111111111111111111111, U5 IC EINE 12, EM MERM EMERMER EIEL1111 111111- ZEL2111111° MMEMERME RIMMEMEM 111111111115 11 1111111110E 11111111111111111111111E1 11~1~~ MMEMMWM UUUUUUUU 12:› IZ 1 1 MEM MEMMER IIMMER IMMEM MEOrdenanza Numero1: 711111111111111111111111COMMIMIIII 111 55/66 MEM 111111111 MEMEMMIMMOMMEI 111111111111M11M11IU11M1M1111111r.1dMit":1111 1111111111111111111111111111111 111111% 1111111:1111111111iEllribillaill 1111 IIIIIIII1111111111 11111111111121111=MIZEZUMEMIIIMMUCIIIIIII 11111111~1111111111111111111111111111111111M1111111111 1111111111111111:111ZEICIEECIZEI 1111111111101:01111 111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111~11.111111111111 11111:11115111111111111111MIZE WEISIMISTMEN111 .11"111111 6r1'T11'r 11 11-111111 2 O1rd1e1n1a1n1za11N1u1m1e1r1o:1711 2 56/661111111111 1 - 2 111111111 11 1111111111 11 Iiii1111111111 2 1 baglibe 11111M111111 2 1 1 2 1 11 111111111111111111 1 111111111111111111 1 11 111111 ill111 2 1 111111 3 1 1 •11111111 1 111111 1 • 3 77 111 1 1 1 Á 6 2 1 rt USO- PRINC1PAL 3 FARCELAS S/VIAS CATEG. OSO SECUNDARIO 4 PARCELAS S/MANZANA TEMF 5 C EtAENTE RIO 1 / PARCELÁS VTODAS LAS V 1AS -6 LOCALIZA:ION DETERMINAD PARCELAt S/VIAS CATEG, áty 5b. -,• •n -,j •1.- •111111111111111111 n 11 minigmamiinng gul goongomm gozoggiumm:. igair. li.ll WWWWW: Ordenanza Numero: 71 inumm Effina 58/66 maIIzaaIggRiomrlmhs gorm 11111111 MIEMI~IMMIE 111111111111111M~M 111 111111 EINIE M11I1S,1IM11M11E1R1E1E1N11E1M1 m1u1m~111~~1E1RI1 ME 11M1I1M1E1M1M1E1R1M11111.11IN1E1E1M 111111111111111111111111~11111I1M1E1M1 IN • _ 1111~ 1111111111111111111111111111MIMMIMMI MIRM MEMMEMMEMMOMEN 1111 111 MERM OMM. , Ordenanza Numero: 71 777 159/66 11 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 7 7 7 1 777 77 7 77 77 7 77 7 77 1 77 1, PARCELAS ShIAS CATEG . - 61 Y ma PARCELAS MANZANA TEMPLO 5 C EMENTE -6 LOCALIZAZiON DETERMINADA LOCA .LIZAG ION A DETERMINAR ▪ T "9•071; io ..1d/ X0 Ordenanza Numero: 7.511-.." 4•=1.7 «-c,-,./1 y en7epete.i..~iera'03 4 i 60/66 Com Gti-ct,c) "N-Iopio7.4 Con941.-eve, /4-49.-oe..s 7:4 con -Dry2CZ.1/.7á 71/00 ."4. _C 1:7,,7e,C;0 CCM) ..Dt¡¿w, 71P 77,,o Coniercio c, 77ioc, Ce"~-014, co.-2 77/tc:, t:=> C-40.77e.-=.O /VaLro.-.:2-7j7 7.-/c5o ec›.•>2E._ .c.io /11J/0/./. 2)e,,,o.,17t3 cov-^ird/c2-7 G1 i..C0/77 e • 0 0 0 )1 0 " cre._ado y 5.C./12e~ c ado 5ervicic3 de .A/1/»en7ec.:0'12 p•n;c;0 /215.4-0,3.94,,, Se'wct Se.c.:cios .nianc/ ros xx x. . .s7Lczg c>4.• -5"e'r v/.Cio 000 o o o -5e,"vicio C/;04>lcV e .07t, &rVic, gle* 1-./0.5 0f2cmws Pe./4hcds - f x,>_ 0:• •7 c;/79 yde...1-77/,o.C) of r.171:1 o ZIpibc;:51710 Deiocr5/7`o 7,(50 C Zrx: á i7ci 77A,0 772t7c3 ZDemr;.sitc 7J.-n»;/ v/cycx.s- "=ti.E3z/c-cp.s C"..P.•9.3 /T:o .srver _ Agua f'/9",21,7 77co7tirrilen7`o Z4u./ clos C/odca/e-s Z/..37,,o) - - 4-- -• 77.97a/r7ien70 ..ect.sio/u o sd/idos C'enpenteeic, Cornís 0.C(../A.e/As VerC7 Criadero 7c5",360 .E-SX-9hic) y C"..7.6..?/k.r/z.c.? a opa "DZA/V/LLA : /1505 -.t... .,o COPIPLEPAN TA/e/05 1 CO,-\PA7/Zzlz_12..5 1 Quj i aJi 1), k i lá %....Z1 i 19 , I 1Z1 i ,11 k . 0 n1 ;I111U.S1,:1`k2"I 11D .1.9Z)''1 . 1>' ii i\ k . .11 11:1 1 er Il n blIn e \ ,„1,h ti.0i ! \ P'L l i 771 ¿Ic 7c)de 4//re/ 71.2 46.11G C/ ;"")./ C17710 ("JaafroJ 7151"5:La _ Ea. 7.1.),54c,..rnfe. 07 chl 4'./=./.."71;e."770 CN:::> __17leynn c(O'n 7.`.? 6/e.cm;nfen 7c4 . .E.7.,>c-i.,g/ .71G CUL. 7-0 - CZY.L.7-C/" Y'-Sx>"eC/AN/G'''/VTT:=t5 Cu//4'tki/ CA/4 Cer/wd.s. .-Ts1aec9be.e.,/›5 AJOCI'd ,/1504 7.7 c;e4 )31>713iorw/ X CP •e Glo? s y e.,775-ete.01/~/4°.#7,105 .9/ c.74~. 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Y de De§Pago /\$esería Latfálá:'
NO
Mod. por 87, 96
58 07/06/1975
articulo anterior, la Municipalidad / podrá cuando razones de necesidad así lo requieran, obligar la continuación del / servicio por plazo no mayor de un (1) DE LA TRANSFERENCIA DEL PIRTIESO ARTICUI0 12°).-Los permisos no podrán ser transferidos, negociados, fusionados // con otros ni parcialmente cedidos o arrendados sin estudio y autorización Munici- pal.- ARTICUI0 13°).-Los recorridos no podrán ser reducidos, prolongados ni total o par ciaImente modificados, sin causa justificada debidamente autorizada por la Munici palidad. En caso de irregularidades o perturbaciones transitorias producidas en / el trayecto de la línea, los permisionarios introdtcirán las variantes del recorri do extrictamente necesarios para obviar dichosinconvenientes, con la obligación dp comunicarlas a la Múnicipalidad dentro de las veinticuatro (24) horas.- AIITICUI0 14°).-Toda modificación de itinerario que motive una modificación de re- corrido por más de cinco(5) días, deberá ser puesta en conocimiento del público / usuario con la correspondiente autorización Múnicipal.- ///...4... ivisión Registro Despacho General de Ushuele NAL DE LA TIERRA Ordenanza NuAmRTeIrDoA: 5E8ISLAS 4/8 CO SUD 0 MuNICIPAL DE USEUAIL ///1...4... DE LOS HORARIOS ARTICUIO 15 0 ).- El permisionario deberá someter a aprobación previa de la Municipa lidad los horarios y sus modificaciones l los que una vez aprobados serán eybibidos al público por medio de ISublicaciones en los distintos medios de prensa y en lugares convenientes del interior de los vehiculos.- ARTICUI0 16°).- Para el establecimiento de los horarios, las empresas deberán regir se por las siguientes normast a) Establecerán un horario de invierno y otro de verano que serán pues tos en vigencia a más tardar el 1° de Abril y 1* de Octubre respec tivamente.- b) La aprobación de toda modificación de horario deberá solicitarse / con una anticipación de treinta (30) días como minimo a la fecha / de implantaciSn proyectada.- ARTICUIO 17°).- Eh ningún caso el permisionario podr g adelantar el horario de sali- da de los coches, tanto en las estaciones terminales como en los puntos intermedios del recorrido, ni siquiera porque ya estuviera colmada su capacidad, ni suspender / el mismo por falta de pasajeros.- - ARTICUIO 18°).- Cuando el concesionario se encuentre imposibilitado para asegurar la continuidad y regularidad del servicio por causas extraordinarias fuera de su controll deberá comunicarlo a la Municipalidad dentro de las veinticuatro (24) horas.- DE LAS TARIFAS ARTICUIO 19 0 ).- Las tarifas serán razonables, justas y uniformes en isualdad de con diciones para todos los que se sirvan del transporte automotor. Deberán cubrir los gastos normales de la explotación y procurarán obtener un interés adecuado sobre el capital invertido. Los gastos de explotación incluirán los recursos necesarios para los fondos de reserva, renovaciones de los elementos y el servicio de las obligacio nes financieras.- ARTICUI0 20°).- Para el cálculo de las tarifas topes que regirán en el transporte de pasajeros se tendrán en cuenta no solamente la distancia a recorrer sino también el tipo y calidad del camino a recorrer.- ARTICUI0 21°).- En ningún caso el permisionario podrá aplicar tarifas que no hayan sido aprobadas por la Municipalidad._ ///...5... Mlyt:J- J a DivIsión Regis r Despacho General Ordenanza NOuNmALerDoE: 5L8A TIERRA AlTARTIDA E ISLAS 5/8 ATLANTICO SUD EJO MUNICIPAL DE USHUAIA ///...5...
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NO
39 28/09/1974
Ordenanza Numero: 39 USHUAIA, 30 do Setiemere do 1974. 1/3 -JRIO NACIONAL DE LA TIERRA FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD CONCEJO MUNICIPAL DE USHUAIA VISTO: El aune y entusiasmo popular que on nuostro medio suscitan las com potencias automovilísticas, y COUSIDEUNDO: D oo dicho entusiasmo serta cosi una concocuencia lópico dn lo que El ocurre on resto do nuestro pats ante eventos outomovilisticos. Due nuestra comunidad, no es una excepción dado lo gran cantidad de aficionados que desean participar en pruebas automovilisticos. 'LJe no obstante todo ello, so recuerda que la 3unicipalided dobe te ner ingerencia directa en todas las actividades deportivas, arttsticas o competitivas que se lleven a cabo en la vta póblica. Que las competencias automoviltsticas no pueden ser una excepcidn a esta renla. POR ELLO: EL CONCE:0 MUNICIPAL DE USHUAIA SANCIONA LA SIGUIENTE OR OEN Pi N Art. 12) Los dnicos autorizados para realizar competencias con automoto- res, motocicletas, o con todos aquellos medios mecdnicos autopropulsados, serán entidades locales, territoriales o nacionales, debidamente reconoci das como tales.- Art. 22) En todos los casos y realizándose dentro del Departamento de Ushua ia, será la Municipalidad local, quien autorice la realizacidn de compe- tencias aludidas en ol Art. 12,- Art, 32) La entidad responsable de la organizacidn de la competencia, de- berd presentar pruebas fehacientes de las medidas de seguridad adoptadas para evitar accidentes, no solamente de los participantes, sino tambión de 0- espectadores y terceros', antes de ser otorgado el permiso indicado en el Art. Art. 42) Sin perjuicio de lo dispuesto en ul orttculo onterior, el Depar tomento Ejecutivo estard facultado, en su funcidn do Policla Municipol, a opelar a todes los medios necesarios a fin de garantizor la senuridad de ( porticipantos y plblico osistento en las compotencias; prineipalmente, los vehtculos serón verificado en lo corrospondiente u frenos, amortiguacidn IA y direccidn, ast como tambión condiciones generales que se doterminen, que dando facultado el Departamento Ejecutivo para excluir a todos aquellos com petidores cuyos vehículos no rednan las condiciones do seguridad para te- les oventos.- Jefa División RegIstro Despacho General 11^h1 gp11, RIO NACIONAL DE LA TIERRA FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD CONCEJO MUNICIPAL DE USHUAIA /1/... 2... Art, 59) Facdltase al Departamento Ejecutivo a dictar las normas tdcnicas y reglamentarias que bagan menester a los fines dol cumplimiento de lo dis puesto en la presente Ordenanza.— Art, 62) Comuniquese'al Dapartamento Ejecutivo y a los medios informativos locales. Odse al Boletin Oficial del Territorio, Cumplido, ARCHIVESE.— ORDENANZA N2 39/74.— Dada en sesidn Extraordinaria del dia veintiocho de Septiembre del aMo mil nevecientos satenta y cuatro. MAZZAFERRO \.) En ejerciciJ 'Jó - la Presidencia MMhUL CARDENAS Jefa DIvIsión Registro Despacho General MunIcIpplicirci IobiiP 4 (1.3 - ?io ída c/..4f:a.; c¿„ USHUAIA, 3 de octubr de 1974. VISTO:La Ordenanza Muni al Nro 39/74, sanciona da por el Conoejo Munioipal. y OONSIDERANDOI Que dicho ouerpo legal naraa las dísposiolones pra los futuros eventos automovilistioos que se realioeA/ en nuestra ciudad; Por ellos EI PRESTDENTE DEL (,)NCEJO MUDICIPAI USHUAIA A CA4' 40 DEL DEPAIiTAMENTO EJECUTIVO DECRET AnICULO /º.- PROKULGAR la Oraenanza Municipal Nro 39/74 s!..ialCULO 2 0 .- RU1RENDALAP el pr-sente Decreto el Senor Se- oretario de Gobierno Municipal oaao tal y a oargo de la oretaria de Boonooda y Pinanzas y el Senor Seore ario de / Obras y Servioios Pdblioos. AialCULO Comuniquese a Uts Instituoiones automovilis- tieas locales, dbse amplia difusión oumplide DEC ,a0 KUNIGIr L d.t.1 OTERO Manuel LAVENIA Eduardo A.ROSBOCH Registro Derpecho General de Ushuale ,
NO
5 01/01/1973
ARTICULO 1 0 A partir del dÍa 1* de enero de 1973, las tasas y conl buciones sé regirán por lo deterlinado en los articulos que corren E gados a la presente Ordenanza y que son parte integrante de la misma ARTICUDO 2 0 Los derechos, tasas y contribuciones que se determinar los capItulos agregados, deberán ser abonados en las oportunidades chas que en los_mismos se especifican-
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NO
Mod. por 10, 19