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N° Fecha Descripción Vigencia Vínculos PDF / Ir
4851 25/03/2015
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 4045, el que quedará redactado de la siguiente forma: "
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Mod. 4045
4794 12/11/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR a las entidades detalladas en el Anexo I de la presente, de la aplicación del inciso 2° del artículo 6° y del artículo 7° de la Ordenanza Municipal N° 3178.
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4781 12/11/2014
ARTÍCULO 1°.- PROHIBIR el estacionamiento en ambas márgenes en la curva que une las calles Isla Redonda e Isla de los Pájaros en el barrio Mirador del Beagle.
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4765 12/11/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 4048, en lo referido a los módulos de estacionamiento requeridos para el edificio ubicado en el predio identificado catastralmente como Parcela 3r, Macizo 56A, Sección L de la ciudad de Ushuaia, estableciéndose la obligatoriedad de cumplir con diez (10) módulos de estacionamiento ubicados en la calle Yámanas y/o dentro del predio.
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4736 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el estacionamiento a cuarenta y cinco grados (45º), en el sector que se encuentra frente al Jardín Nº 7 "Piedra Libre", sito en la calle Provincia Grande, lindero al predio que actualmente se encuentra la Unidad Ejecutora Provincial.
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4730 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo VI.5.2 "Altura Mínima" del Código de Planeamiento Urbano, Ordenanza Municipal Nº 2139, quedando el mismo redactado conforme a continuación se detalla: "VI.5.2. ALTURAS MÍNIMAS". VI.5.2.1. Estacionamiento en edificios o edificios de cocheras: Altura mínima. 2,20 m a fondo de viga o paso libre. La ventilación de una cochera debe ser natural, permanente y satisfacer los requerimientos para un local de tercera clase. La ventilación natural puede como alternativa, ser reemplazada por una mecánica. En una cochera ubicada en sótano que posea ventilación mecánica, la D.O.P. exigirá inyección y extracción simultánea de aire. VI.5.2.2. Estacionamiento en viviendas. Considerando que muchas veces los garajes se transforman en quinchos familiares, dependiendo de su superficie la altura mínima será de: locales hasta 15m2 (1 módulo) = 2,2m. mayor a 15m2 (más de un módulo) =2,4m. En los casos donde se proyecte ambos locales, quincho familiar y estacionamiento/garaje como locales individuales, la altura mínima del estacionamiento podrá ser de 2.2m. VI.5.2.3. Depósitos: Depósitos domésticos: no se establece. Depósitos comerciales: altura mínima será de 2,20m. VI.5.2.4. Los demás locales de 4ta clase no consignados, tendrán una altura mínima de 2,4m. La autoridad de aplicación autorizará en los casos técnicamente justificados, las alturas menores a las normadas.
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Mod. 2139
4722 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar, para estacionamiento exclusivo de Transporte Especial Turístico de Pasajeros, hasta el cincuenta por ciento (50%) de la dársena ubicada sobre la margen derecha de la avenida Prefectura Naval Argentina, entre las proyecciones de calle Roca y Rivadavia, cuyo plano se adjunta a la presente como Anexo I, no pudiendo ocupar, en ningún caso, el cien por ciento (100%) del frente marítimo.
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4703 24/09/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR de cumplir con lo normado en el Artículo VI.5.2. Altura mínima, del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia, al local denominado "estacionamiento" según planos que obran en fojas 8 y 9 del Expediente DU- 7117/2014, del edificio a construirse en la Parcela 15, Macizo 10, Sección B de la ciudad de Ushuaia, autorizándose una altura mínima de 2,20 m.
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4671 20/08/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR a la Asociación Simple 1º de julio de Julio del cumplimiento del inciso 2) del artículo 6º y del artículo 7º de la Ordenanza Municipal Nº 3178.
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4651 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR al señor Héctor Gastón Otey Moreno, propietario de la parcela denominada catastralmente como Sección L, Macizo 47, Parcela 01, ubicada en la calle Río Negro Nº 188 del cumplimiento del artículo V.3.2 "Retiro de frente obligatorio" del Código de Planeamiento Urbano, autorizando la ocupación del retiro de frente obligatorio de acuerdo al plano que como Anexo I corre agregado a la presente.
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4646 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo VIII.I.1.2 del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia, de cumplir con dos (2) módulos de estacionamiento requeridos en el predio identificado catastralmente como Sección L, Macizo 31, Parcela 08a del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad del señor Arturo José Badano Grandal.
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4644 02/07/2014
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de la aplicación del inciso 2° del artículo 6° y del artículo 7° de la Ordenanza Municipal N° 3178.
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4643 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR de cumplir con lo normado en el Artículo VIII.I.1..3 -10- Referencias para estacionamiento o guarda vehicular, del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia, al local comercial ubicado en el predio identificado catastralmente como Parcela 1, Macizo 40, Sección B de la ciudad de Ushuaia.
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4641 02/07/2014
ARTÍCULO 1 2 .- PROHIBIR el estacionamiento sobre ambas márgenes de la calle Darwin entre calle Beauvoir por el sur y avenida Magallanes por el norte.
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4637 02/07/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la colocación de carteles con la leyenda "Prohibido Estacionar" en el ingreso y egreso de vehículos de emergencia que posee la guardia de reclamos de la Dirección Provincial de Energía en el predio central centro DPE sito en la calle Lasserre N°233. Los mismos llevarán incorporada la leyenda "Ingreso y Egreso Vehículos de Emergencia:'
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4595 30/04/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el Uso "Fabricación de productos de plástico pre moldeados, extrusión" a la Parcela 2, del Macizo 3, de la sección G, del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de Saldivia, Adelia del Carmen.
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4593 18/06/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el estacionamiento vehicular sobre ambas márgenes de las calles Gobernador José María Paz y Gobernador Deloqui entre las calles Piedrabuena y Yaganes.
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4545 26/03/2014
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR por el término de dos (2) años un espacio reservado entre discos de siete (7) metros con la leyenda "Estacionamiento Reservado Persona con Discapacidad", sobre la calle Ignacio Rucci N° 2742 de nuestra ciudad, residencia del señor Saez, Rubén Antonio, DNI Nº 12.862.981.
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4531 26/02/2014
ARTÍCULO 1º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 4506, promulgada por Decreto Municipal Nº 19/2014, mediante la cual se autoriza un espacio reservado en la vía pública de siete metros con la leyenda "Estacionamiento Reservado para Persona con Discapacidad" en la calle Soldado Águila Nº 2738.
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Deroga 4506
4528 26/02/2014
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la colocación de carteles con la leyenda Prohibido Estacionar en todas las salidas de emergencia que posee el Cuartel de Bomberos Voluntarios Zona Norte, del barrio La Cantera, sobre la calle Soldado Águila y calle Soberanía Nacional del citado barrio.
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4503 20/11/2013
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la construcción de una dársena para estacionamiento sobre la calle Magallanes, coincidente con el frente de la parcela identificada catastralmente como D- 66-10, según croquis que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
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4496 11/12/2013
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR, para el predio identificado en forma provisoria como parcela L del macizo 1000 de la Sección J, del ejído urbano de la ciudad de Ushuaia, perteneciente al sector C de la urbanización denominada "Barrancas del Pipo" y asignado a la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) — Seccional Ushuaia, los siguientes indicadores urbanísticos: F.O.T. 1.36, altura máxima sobre línea de edificación 32 m, plano límite de altura máxima 36 m y densidad habitacional neta 960 hab/ha., que serán de aplicación (junto con los demás indicadores urbanísticos establecidos en el Anexo del Decreto Municipal N° 1162/2012) para el proyecto de viviendas colectivas a presentar por la entidad gremial ante el Departamento Ejecutivo Municipal.
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4495 11/12/2013
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR, para el predio identificado en forma provisoria como parcela J del macizo 1000 de la Sección J, del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, perteneciente al sector C de la urbanización denominada "Barrancas del Pipo" y asignado al Sindicato Unificado de los Trabajadores de la Educación Fueguina (S.U.T.E.F.) - Seccional Ushuaia, los siguientes indicadores urbanísticos: F.O.T. 1.33, altura máxima sobre línea de edificación 32 m, plano límite de altura máxima 36 m y densidad habitacional neta 560 hab/ha., que serán de aplicación (junto con los demás indicadores urbanísticos establecidos en el Anexo III del Decreto Municipal N° 1162/2012) para el proyecto de viviendas colectivas a presentar por la entidad gremial ante el Departamento Ejecutivo Municipal.
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4483 20/11/2013
ARTÍCULO 1°.-- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a dar curso a los trámites correspondientes al permiso de inicio de obra para la Parcela 34, Macizo 27, Sección C, propiedad de la U.O.M.R.A., quedando condicionado el certificado final de obra a la resolución de la cantidad de módulos de estacionamiento requeridos por la normativa vigente.
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4481 20/11/2013
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el estacionamiento momentáneo de vehículos conducidos por médicos u obstetras que concurran a domicilios particulares en prestación de un servicio público o privado de carácter urgente y bien común, por un período que no exceda de sesenta (60) minutos, en aquellos lugares en que rija alguna prohibición o limitación de estacionamiento, debiendo cumplimentar las disposiciones de carácter general y las que regulan el estacionamiento medido en cualquiera de sus formas.
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