Ordenanza N° 4703 —

Datos de la ordenanza
Número
4703
Fecha de sanción
24/09/2014
Vigencia
—
Tema
Obras Particulares / Código de Planeamiento
Comisión
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Descripción

ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR de cumplir con lo normado en el Artículo VI.5.2. Altura mínima, del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia, al local denominado "estacionamiento" según planos que obran en fojas 8 y 9 del Expediente DU- 7117/2014, del edificio a construirse en la Parcela 15, Macizo 10, Sección B de la ciudad de Ushuaia, autorizándose una altura mínima de 2,20 m.

ARTÍCULO 2º.- EXCEPTUAR de cumplir con lo normado en el Artículo VI.5.2. Altura mínima, del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Ushuaia, a los locales denominados "entrepiso" según planos que obran en fojas 8 y 9 del Expediente DU-7117/2014, del edificio a construirse en la Parcela 15, Macizo 10, Sección B de la ciudad de Ushuaia, autorizándose una altura mínima de 2,40 m.

ARTÍCULO 3º- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4703

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 24/09/2014.-

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