Ordenanza N° 5480 NO

Datos de la ordenanza
Número
5480
Fecha de sanción
12/07/2018
Vigencia
NO
Tema
Tránsito
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICAR el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 5200, que quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTÍCULO 3°.- No podrá circular por la vía pública, el conductor de cualquier tipo de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero (0) gramos por litro (g/l) en sangre."

ARTÍCULO 2°.- MODIFICAR el artículo 10 de la Ordenanza Municipal N° 5200, el que quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTÍCULO 10.- DEROGAR las Ordenanzas Municipales números 3411, 4231 y los artículos 5° y 6° de la Ordenanza Municipal 4449."

ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5480 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12/07/2018.-

Asunto de origen
Asunto 658/2018
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto 658/2018 — Taquigráfica N° 6/2018 — 12/07/2018
(Asunto 658/2018, expediente 272/2000)
Ir al debate (pág. 91)
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