Ordenanza N° 1781 NO

Datos de la ordenanza
Número
1781
Fecha de sanción
03/09/1997
Vigencia
NO
Decreto
861
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1°.- ESTABLECESE el sistema de estacionamiento para automotores por tiempo en la vía pública, en aquellos lugares que las condiciones viales lo permitan con acuerdo del Concejo Deliberante, facultándo al Ejecutivo Municipal a suspender el sis- tema cuando razones de fuerza mayor, en época invernal, así lo aconseje.-

ARTICULO 2°.- En las zonas a que se refiere el artículo anterior, los usuarios deberán estacionar acorde a las siguientes reglas: a) Ubicar correctamente el automotor dentro de los espacios demarcados a tal fin, guar- dando la distancia entre los vehículos que fija la ley; b) Pagar el importe de la tarifa que se.establezca.

ARTICULO 3°.- Establécese én una (1) hora el tiempo mínimo para el uso del esta- cionamiento dispuesto por esta -Ordenanza. El usuario que así lo necesitare podrá hacer uso de mas de un turno , lo que deberá anunciar colocando la tarjeta correspondiente en la misma forma que lo hizo para la prinlera.

ARTICULO 4°.- La tarjeta de estacionamiento deberá ser colocada en el vehículo al es- tacionarse, marcándose en forma nítida con indicación del mes, día, hora y minutos, de manera tal que sea perfectamente visible desde el exterior, quedando inutilizada una vez transcurrido el tiempo de validez indicado en la misma.

ARTICULO 5° Queda prohibidó el estacionamiento sin tarjeta en los lugares, días y horarios en que rige el sistema de estacionamiento medido, como así también prolongar el período de estacionamiento habiendo vencido la duración de la tarjeta, marcar en for- m a defectuosa o incompleta, o utilizarlá mas de una vez adulterándola.

ARTICULO 6°- Autorízase a cambiar de lugar de estacionamiento durante la validez de cada tarjeta, sin perjuicio de que deberá observarse el estricto cumplimiento del artículo anterior.

ARTICULO 7°- Estarán exceptuados de la obligatoriedad de utilizar la tarjeta de estacio- namiento medido los frentistas de viviéndas familiares, vehículos adaptados para disca- pacitados; los automotores ambulanciás, vehiculos del Cuerpo de Bomberos Voluntarios que se encuentren cumpliendo funcionés inherentes a su actividad .

ARTICULO 8°- El vehiculo que permánezca en el estacionamiento con tarjeta vencida, podrá ser retirado del lugar por la autotidad competente a costa del infractor, , quien que- nn,7,1A OPIA FIEL 1- filN)AS HE Jefa DIvIsión Registro Jeré1pto. Desp cho Goneral Despacho General Concejo Deliberante Munlcloalided cle Ushuplr o )1 (-7.o rie /(1 6 It«/«•(1 Mktaia dará obligado al pago de la Tasa que por acarreo se establezaca en la Ordenanza tari- faria vigente

ARTICULO 9 - El Departamento Ejecutivo arbitrará los recaudos pertinentes para la con- fección de la señalización de norma y del demarcado a que dé lugar la presente Orde- nanza

CAPITULO DEL SISTEMA PARA SU EXPLOTACION

ARTICULO 10°.- Facúltase al Departarnento Ejecutivo a concesionar por via de la Licitacion Publica o Contratacion Directa con Entidades de Bien Publico u Organizaciones no Gubernamentales cuyo objeto primordial fuese la generacion de empleos, el Sistema de Estacionamiento Medido previsto en la presente Ordenanza.

ARTICULO 11 0 .- El contrato que se celebre con Entidades de Bien Publico u Orga- nizaciones no gubernamentales cuyo objeto primordial sea la generacion de empleo podrá relevar al Ejecutivo Municipal del cumplimiento de las exigencias contenidas en la presente Ordenanza, debiendo establecer el procedimiento en caso de infracciones; . En estos supuestos, el contrato celebrado con estas entidades deberá obtener la posterior aprobación por parte del Concejo Deliberante con el voto afirmativo de las dos terceras partes de sus miembros.

ARTICULO 12°.- CONTRATO DE CONCESION . PAUTAS. A los efectos de la apli- cación de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo suscribirá el pertinente contrato de concesión con el adjudicatario, por el cual regirá el servicio de control del Sistema de Estacionamiento Medido, debiéndose encuadrar dentro de las pautas gene- rales que prescribe esta Ordenanza, a saber: a) El término de la concesión no podra superar los CINCO (5) años. b) Ante el incumplimiento en la prestación del servicio, el Departamento Ejecutivo podrá, previa intimación, rescindir el contrato de concesión; c) El Concesionario deberá abonar al Municipio, en concepto de explotación de la con- cesión un canon de uso,el que no podra ser inferior al CINCO POR CIENTO (5 %) de la recaudación mensual por dicho concepto.

ARTICULO 13° .-PROCEDIMIENTO EN CASO DE INFRACCIONES. Al verificarse infrac- ciones a la presente Ordenanza, el Concesionario no actuará por sí, siendo el procedi- OPIA FIEL IVIA ARDENAS HE Jefe DIvlsión Registro Jefe Ppta. Despacho Gorter Despech o General Conceio Deliberante MonlrIn^11,•—n Ordenanza Numero: 1781 nee/o )e-lje W)ble 3/5 de.97-hania r/e miento correcto solicitar la preséhcia eñel lugar de la falta, de un Inspector Municipal de Tránsito, quién labrará la respectiya Acta si así correspondiere.

ARTICULO 14°.- MODIFICACION DEU, ECTOR AFECTADO. El Concesionario no po- drá ampliar ni disMinuír por voluntad propia el sector afectado al Estacionamiento Me- dido, siendo ello facultad expreSa del órdano deliberativo del Munidpio.

ARTICULO 15°.- MANTENIMIENTO Dp SECTORES AFECTADOS. El Departamento Ejecutivo arbitrará-los medios nebesarilil a efectos de mantener transitables y libres de hielo y nieve los Sectores de •' pública donde rije el Sistema de Estacionamiento la :.vía Medido, a los finesde asegurar si,tcontiribidad durante todo el año.

ARTICULO 16°.- MANTENIMIENTO p":1 ESPACIOS RESERVADOS. Será obligatorio mantener libre los: Espacios Reservad4 aludidos, a fin de que los mismos presten la ,• función para la cupl fueron autdrizadok Esta obligación comprende la implantación y mantenimiento de las señales viáles pertinentes, de acuerdo a lo previsto en la presente Ordenanza.

ARTICULO 17°.- Facultase al ejaCutivo Municipal a establecer el horario en que regira el Estacionamiento Medido.-

ARTICULO 18°- La violación de lo dispuesto en la presente Ordenanza hará pasible al infractor de las sanciones previstas en eíRégimen de Penalidades por Faltas Municipales en vigencia

ARTICULO 19°.- Deróganse las OrdenInzas Municipales N° 181/86, 260/87, 944/92 y 966/92 y toda otra norma que se opongá .,a la presente.

ARTICULO 20°.- Comuníquese.. Pase a. Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su.Publicación y ARCHIVESE.- 78 ORDENANZA MUNICIPAL N° T- DADA EN SESION ORDINARIA DE FEd.HA: 03/09/97.- maf1 .14),11 d r Conci-; ál5143-e-t7n MUYMANI rter;'dente Concelo Del'berente OPIA FIEL 11 ARDENAS • Jefa: to. Despacho Goneral Jefa DIvIsIón Registro ncejo Deliberante Despach o General Ordenanza Numero: 1781 861 4/5 1 5 SEP 1997 Pr- nv -;. nria de Tierra del reecull AntArtída e Islas del Atlántico Sur República Argentina MuNIClPñL lDPD DE 1 1n 77NEIDED7I 77- _ • 7 .77JE E7 "17- 77:1 77:71:77J.17zrit77, _ - 7L INTÉN7, 11777 rIU"1177.7PL uEun-i- 77-77.7.712LE 1 78 171_1 E--2.-11,".13 11 ES COPiA FTL OR1G'Nr_ cA,R. NAS ,4„„A •111 wes.,c•• de Ushusle Provncía dn Tjrrr dr ego Antártida D islas dEq. Atlántillo Sur Prp l:tblica Arclentina MUNTCIPPILIDnD DE — Ipj.£ 1=jtjlI:±1.727,EE 7.17.,51 •-^,' 7 777_7 7 1,2LT 2177_- 7.771 777 1-1777-AL H7 11*7 Ing. JOFICL: A. GARRAMUÑO Intendente ES COPIA FIEL MunIcipaIidad de Ushuala J- 3 ivIsIón RegIstro Despacho General LIc.JUANM'ANUELROMANC de Uchuele Secretario de Gobierno de Ushual, Pnr unIzipalidad ,.._MELZLJ Jecretz; a :,.zno:nía y PinanzaS Municipdad de Ushuaia

Observaciones
Deroga Ord. 181/86, 260/87, 944/92, 966/92